Crimen de EstadoEl Paramilitarismo en Colombia, lejos de ser una espontánea reacción de las clases adineradas contra la insurgencia armada, fue y sigue siendo una estrategia de defensa y seguridad, implementada por el Estado, cuyo propósito principal ha sido la defensa de un modelo económico, político y social claramente excluyente e inequitativo.

Esta afirmación se funda en las investigaciones, suficientemente documentadas, sobre los orígenes del paramilitarismo, en la persecución sistemática y generalizada hacia sectores sociales de oposición que solo durante los años 1988 a 2003 arrojó un saldo de 12.398 personas ejecutadas y 2.121 desaparecidas a manos de los paramilitares1. Y en la precaria situación socioeconómica de la mayoría del pueblo colombiano resultado del modelo económico impuesto por unos pocos, precisamente los aliados del paramilitarismo.

 

La utilización de civiles por parte del Estado colombiano para controlar el orden público tiene antecedentes remotos. En 1914 los alzamientos protagonizados por los indígenas del Cauca fueron enfrentados con una autorización otorgada a los terratenientes por el ministro de Gobierno -Miguel Abadía Méndez- para armar a sus trabajadores y defenderse de los indios que buscaban recuperar sus tierras.2

Sin embargo, el carácter sistemático de la utilización de este recurso toma fuerza a partir de 1960 en el marco de la llamada guerra fría, que polariza al mundo en dos bloques implementando en los países latinoamericanos una serie de estrategias de seguridad nacional para defenderse del Comunismo. 3 Así, en la década de los sesenta se llevan a cabo en el país diferentes conferencias de organismos militares estadounidenses con las Fuerzas Armadas colombianas, tras las cuales se recomienda la creación de grupos de civiles armados bajo el control del Ejército.

A partir de esto, se expide en 1965 el Decreto 33984 que definió la defensa de la nación como “la organización y previsión del empleo de todos los habitantes y recursos del país, desde tiempo de paz, para garantizar la Independencia Nacional y la estabilidad de las instituciones” y legalizó temporalmente el hecho de que el Ministerio de Defensa armara a civiles5. Posteriormente, en abril de 1969, se expide bajo el amparo de esta normatividad la resolución 005 del Ministerio de defensa orientada a “organizar en forma militar a la población civil para que se proteja contra la acción de las guerrillas y apoye la ejecución de operaciones de combate”. Definiendo este tipo de organizaciones como: “organización de tipo militar que se hace con personal civil seleccionado de la zona de combate que se entrena y equipa para desarrollar acciones contra grupos de guerrilleros que aparecen en el área o para operar en coordinación con tropas en acciones de combate”6

A finales de los setenta, durante el gobierno de Turbay Ayala se intensificó la doctrina contrainsurgente entendida como persecución a los grupos civiles de oposición. Por ejemplo, en el manual del ejército de 1979 se encuentra el siguiente fragmento: “…la Organización de un Movimiento Guerrillero, pone en primer lugar, desde el punto de vista militar la población civil simpatizante”, de la que enseguida afirma: «“normalmente se organiza como movimiento sindical”7

Además, durante el gobierno de Turbay las Fuerzas Militares patrocinan y participan en operaciones encubiertas dirigidas en contra de líderes sindicales, políticos y estudiantiles, que van desde amenazas hasta desapariciones forzadas; también recurren al terror por medio de atentados con bombas contra medios de comunicación de izquierda y contra sedes de partidos políticos de oposición como lo es el Partido Comunista de Colombia. Orgánicamente, tales operaciones fueron planeadas, dirigidas y ejecutadas por los distintos organismos de inteligencia de las Fuerzas Militares, específicamente por el “Batallón de Inteligencia y Contrainteligencia Brigadier General Charry Solano –BINCI– ” cuya comandancia participó en la conformación de la Alianza Anticomunista Americana (Triple A) en 1978, organización clandestina en la que operaban diferentes sectores militares del BINCI.

Más adelante se va ingresando plenamente en la expansión de la conformación de grupos y organizaciones de carácter irregular que ya venían actuando bajo la anuencia directa de sectores políticos, gremiales y económicos en varias zonas del país y que fueron impulsados, mediante su vinculación directa con las Fuerzas Armadas, en la consecución de la lucha contra todo tipo de oposición. Ejemplo de ello es el grupo denominado MAS -Muerte a Secuestradores- que surge en 1981, supuestamente por iniciativa de un capo del narcotráfico. Sin embargo, en febrero de 1983 un informe de la Procuraduría General de la Nación, en cabeza de Carlos Jiménez Gómez, denunció que de los 163 miembros del grupo MAS, 59 eran a la vez miembros de las Fuerzas Armadas en servicio activo. Ante las acusaciones la reacción del ministro de defensa, General Fernando Landazabal Reyes, fue de indignación, y las intimidaciones lograron que ninguno de los funcionarios acusados fuera judicializado, por el contrario, fueron todos puestos al frente de los principales cargos para la defensa del “orden público”. Además, el procurador debió exiliarse debido a las amenazas que contra su vida realizaron los militares.

La denominación MAS fue retomada posteriormente por varias estructuras paramilitares que actuaron en todo el país haciéndose llamar los MASETOS. Un informe de inteligencia de 1988 estableció que había paramilitares organizados con el nombre de MAS en al menos ocho departamentos, incluidos Antioquia, Boyacá, Caquetá, Córdoba, Cundinamarca, Meta, Putumayo, y Santander.8 También fue utilizado el nombre del MAS por los servicios de seguridad estatales para encubrir un importante número de asesinatos políticos y desapariciones perpetradas por las fuerzas de seguridad.

El copamiento del territorio nacional por parte de las estructuras paramilitares se consolidó durante los ochenta, cuando de la mano de los militares y apoyados por políticos y propietarios regionales se perpetraron miles de crímenes contra opositores políticos y sociales. Siendo ostensible el aumento de la criminalidad en los años donde se presentó mayor movilización social o cuando las elecciones otorgan cargos de dirección a los partidos políticos de oposición. No es gratuito que de 1988, año de la primera elección popular de alcaldes y 1990 más de 200 militantes de la Unión Patriótica, entre ellos varios alcaldes, concejales y diputados, fueron asesinados o desaparecidos, al igual que los líderes de las marchas campesinas realizadas en 1987 y 1988.

La masacre como modalidad de terror fue instaurada en esta época por los paramilitares. Para 1988 el banco de datos del Cinep y el archivo de prensa de la revista Solidaridad, documentaron 60 masacres perpetradas por paramilitares que cubrieron prácticamente todo el territorio nacional, pero que tuvieron particular intensidad en Antioquia, al menos 10 casos sin contar por lo menos cuatro presentados en la región del Urabá antioqueño, Santander con 10 casos y Córdoba con al menos 6. 9 Algunas de las masacres perpetradas en 1988 son: las de Mejor Esquina, Córdoba, con 38 campesinos asesinados, la de Coquitos, en Turbo Antioquia, que cobró la vida a 25 campesinos más, o la de Segovia, Antioquia, donde fueron asesinados 43 habitantes del municipio.

A pesar de esta absurda situación, en 1994 se presenta una nueva iniciativa legal por parte del gobierno nacional para otorgar piso legal al paramilitarismo a través de la expedición del decreto 356 que autorizó la creación de las Asociaciones Comunitarias de Vigilancia Rural -CONVIVIR-. Antioquia, con su gobernador Álvaro Uribe Vélez a la cabeza, sería el departamento donde mayor fuerza tomarían las CONVIVIR, cuyos asociados eran reconocidos paramilitares. Para 1996 se hablaba de la existencia de 70 Convivir en Antioquia10.

La lectura detenida del documento emitido por el gobierno para justificar estas asociaciones, deja al descubierto su objetivo principal: la defensa de los sectores políticos y económicos poderosos en diferentes regiones sin importar el aniquilamiento de amplios sectores rurales empobrecidos. Esta apreciación se hace evidente si se tiene en cuenta que el proyecto se abrió camino en un congreso nacional del gremio ganadero que se apresuró a respaldarlo de manera inmediata.

Aunque desde 1993 se empieza a gestar la conformación de estas asociaciones, sólo a finales del año 1994 se concreta la propuesta, cuando el Ministro de Defensa, Fernando Botero, logró dar cuerpo a la idea de conformar cooperativas campesinas de seguridad, que protegieran inicialmente los intereses de los ganaderos y grandes agricultores del departamento de Córdoba. Para el Ministro de Defensa Fernando Botero “lo que el gobierno busca con ellas es despertar la solidaridad de la población civil en la lucha contra la subversión. Ningún país en la historia ha sido capaz de vencer el problema de la criminalidad rural sólo con el esfuerzo de las Fuerzas Armadas, se requiere el apoyo de la población civil organizada”.

Desde su puesta en marcha, las CONVIVIR son dadas a conocer de manera ambigua; inicialmente se presentadas “como inofensivas cooperativas rurales cuyo objetivo era la libre asociación de indefensos campesinos para que suministraran información a las autoridades. Pero lo que se desarrolló rápidamente bajo esta intención fueron grupos armados que cumplían labores paraestatales sin control alguno”11. Siempre se negó que estas cooperativas estuvieran armadas, pero no sólo tenían armamento de guerra, sino que operaban de manera irregular. En cuanto al control que debía ejercer el Ministerio de Defensa, por medio de la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada, pronto quedó demostrado que esta entidad no fijó desde un principio políticas claras al respecto, lo cual permitió a las CONVIVIR actuar de forma clandestina convirtiéndose en ejércitos irregulares dotados con armas de uso restringido de las Fuerzas Militares y con el apoyo y financiación de grupos económicamente poderosos de las regiones en las que empezaron a operar.

Paralelamente a estos hechos, a finales del año de 1994 se lleva a cabo la Primera Cumbre de las Autodefensas de Colombia en la que los paramilitares se autodefinen como un proyecto político legítimo que siempre estuvo apoyado por el Estado; reconocen también que tales grupos fueron reglamentados por el Ejército en los Manuales de Inteligencia de Combate y que reciben capacitación y entrenamiento de miembros de las Fuerzas Armadas para realizar operaciones conjuntas. Además, el documento producto de la cumbre afirma que “se aprueba seguir considerando como blancos militares, a los cuadros políticos y sindicales de la extrema izquierda” 12.

Con la llegada de Uribe a la presidencia se crean nuevas formas de legalización del paramilitarismo al crear espacios donde la fuerza pública y la población civil actúan de forma conjunta, en este sentido se implementan las redes de cooperantes civiles con el ejército, las redes de informantes y la modalidad de los soldados campesinos. Además, desde el año 2002 se adelantó una nueva estrategia para legalizar a los grupos paramilitares reformando la Ley 418 de 1997, que contenía disposiciones para facilitar el dialogo, la suscripción de acuerdos y realización de negociaciones de paz con grupos insurgentes. De este modo el gobierno de Uribe suprimió la exigencia de un “reconocimiento de carácter político”, como condición para el diálogo.

Así, la Ley 782, y su decreto reglamentario 128 han permitido que cerca de 32.000 paramilitares hayan realizado procesos colectivos de desmovilización y aproximadamente 6000 los hayan hecho individualmente. Siendo la mayoría beneficiarios de cesación de procedimientos penales, autos inhibitorios, indultos, beneficios económicos; quedando solamente 2695 desmovilizados pendientes para la aplicación de la ley de impunidad (L-975 de 2005), por ser los únicos que tienen ordenes de captura vigentes.

Téngase en cuenta que la normatividad aplicada para todos los miembros paramilitares que deserten o se desmovilicen voluntariamente, y que no hayan sido acusados de cometer una violación grave de los derechos humanos o del derecho Internacional Humanitario es el decreto 782 de 2002 y no la ley 975 de 2005. Y sabiendo que la mayoría de las violaciones graves a los derechos humanos permanecen en la absoluta impunidad, muchas veces sin denuncia y otras sin identificación concreta de los responsables, y que el procedimiento establecido por el gobierno para las desmovilizaciones no contempla la confesión de los crímenes, es obvio que la mayoría de los responsables queden libres de cargos sin tener siquiera que someterse a la cuestionable ley 975 de 2005.

El resultado de las supuestas desmovilizaciones no puede ser más desalentador, a pesar que desde el 25 de noviembre del 2003 a la fecha, se han desmovilizado aproximadamente 30.431 personas en 27 actos de desmovilización colectiva y más de 3.170 en desmovilizaciones individuales. Solo el 65% de los paramilitares han entregado armas, que hoy suman 17.359 armas. Estas entregas se han efectuado de manera global, sin que exista una relación del arma con la identidad del desmovilizado

De acuerdo con la información suministrada por el Departamento de Comercio y Control de Armas del Comando General de las FFMM, las armas entregadas se encuentran en regular estado de conservación: Hay un faltante de más de 3 mil armas y el 30 % de las que se entregaron son inservibles13. Y hoy aparecen bajo el rotulo de nuevo bloques que se hacen llamar Nueva generación, Mesa central de dirección nacional. Colombia libre de comunistas-brazo armado de las Ex AUC, etc, que vienen amenazando en los últimos días a líderes sociales, políticos y defensores de derechos humanos.

En este sentido, el 30 de mayo de 2006 se conoció de un documento del Ministerio de Defensa que muestra la aparición de nuevos grupos paramilitares o demuestra que en realidad no se han desmovilizado. Las cifras contenidas en el informe revelan la existencia de 22 grupos ilegales nuevos, con 2.500 hombres armados. Esto concuerda con las denuncias realizadas por varias organizaciones sobre la realización de numerosos crímenes por partes de los paramilitares durante el tiempo de las conversaciones. Según informe entregado por la Comisión Colombiana de Juristas, hoy las victimas, ascienden a más de 3000 personas y hasta diciembre del 2004, 92 era niños y niñas.14

El siguiente cuadro resume la ubicación y el número de hombre que pertenecen a los nuevos grupos paramilitares presentes actualmente en nuestro país.

Departamento

Nombre del grupo

No. Hombres

Comandante

Córdoba

Los traquetos

100

Alias Jimmy

Nariño

Organización Nueva Generación

100

Jonhy 20 y alias Pedro

Los Rastrojos

50

Wilber Varela, Jabón

Antioquia

Águilas Negras

106

Jesús Orlando Galvis

Autodefensas Universidad de Antioquia

Valle

Machos y Rastrojos

300

Don Diego y Varela, alias doble cero

Chocó

ACUA: Autodefensas Campesinas Unidas del norte del Valle

300

Alias doble cero

Casanare

Centauros

40

Orlando Mesa, alias Diego.

Disidentes del bloque Vencedores de Arauca

70

Alias Acevedo

Risaralda

Grupo Cordillera

15

Carlos Alberto Herrera Arrubla, alias conejo

Norte de Santander

Aguilas

150

Alias Jairo y Alias Sinaí

Vichada

 

200

Jonathan Stiven

Atlántico

 

15

Carlos Arturo Posada Florez

Cauca

Organizació Nueva Generación

Bloque Central Cauca

150

Alias cinco cinco

Putumayo

Macheteros y Rastrojos

320

Alias el Ruso

Cesar

 

70

Alias Chorizo

Magdalena

 

18

Alias comandante Moña

Meta

 

Alias Carmiño

Tolima

Los Hombres de Azul

80

Guainía

Coordinadora Colombiana de Autodefensas del Guainía

Bogotá

Bloque Central Santander

Bloque Guaviare

Arauca

Las Aguilas

Alias El Sicario

Información tomada de la Revista Cambio

http://www.revistacambio.com/html/portada/articulos/4930/

Después de esta exposición queda claro que la creación de grupos paramilitares fue una iniciativa estatal en el marco de la doctrina de Defensa Nacional y una herramienta central de la estrategia contrainsurgente sostenida sobre una ideología de carácter anticomunista, en la cual el control del orden público interno es parte esencial para contrarrestar el crecimiento de la movilización popular organizada, convirtiendo a la población civil en un objetivo de las acciones militares y a su vez, en elemento fundamental para contrarrestar el éxito de las agrupaciones insurgentes.

1 Cinep, Deuda con la Humanidad. Paramilitarismo de Estado 1988-2003

2 Fajardo Sánchez, Luis Alfonso (Et. Al), Manuel Quintín Lame y los guerreros de Juan Tama. Nosa y Jara Editores, Madrid, 1999, p.89

3 Doctrina de Seguridad Nacional: “…conjunto de concepciones derivado de verdades, principios, norma y valores que un Estado – a través de su experiencia y la de otros Estados- y Basado en su propia Constitución y en la realidad del país consideraba necesario para garantizar el desarrollo integral del hombre y de la colectividad nacional, resguardándolos de interferencias o perturbaciones de cualquier origen”. Departamento de estrategia y defensa nacional de la escuela superior de guerra, “Consideraciones generales sobre doctrina de la seguridad nacional” En: Revista de las FFAA, Vol.28 No.83, Bogotá, Mayo-Agosto de 1976 pp.205-215

4 Bajo estado de sitio en 1968 se le da carácter permanente a este decreto por medio de la Ley 48 de 1968

5 Leal, El oficio de la guerra. Págs. 86-87

6 “Para disminuir el requerimiento de unidades militares, se ha visto que es de gran ayuda el empleo de policía civil, de unidades semi-militares y de individuos de la localidad que sean simpatizantes de la causa amiga (…) Los individuos de la localidad de ambos sexos que han tenido experiencia o entrenamiento como soldados, policía o guerrilleros, deben ser organizados dentro de la policía auxiliar y las unidades de voluntarios de cada ciudad. (…) necesitarán apoyo de las fuerzas militares (…) el apoyo es normalmente necesario en el abastecimiento de armas, municiones, alimentos, transporte y equipos de comunicaciones” Manual de Contrainsurgencia del ejército Nacional 1962, p. 75-76.1987 (pg. 10). En el mismo sentido: Manual de contraguerrillas de 1979, Manual de combate contra bandoleros o guerrilleros- resolución0014 del 25 de junio de 1982, Reglamento de combate de contraguerrillas EJC3-10 de 1987

7 Manual de Contrainsurgencia del ejercito Nacional, 1979, p, 195 – 1987, p.115. Tomado de CINEP, Paramilitarismo de Estado en Colombia 1988-2003. p,19

8 “Organización de sicarios y narcotraficantes en el Magdalena Medio,” un informe de inteligencia, 21 de julio de 1988

9 Masacres 1988 de 4 o más víctimas simultáneamente. Revista Solidaridad, p.42.

10 LAS CONVIVIR OTRO NOMBRE PARA EL PARAMILITARISMO. En: Gritos de Libertad Informativo de Derechos Humanos Nº 2. Medellín, abril a junio de 1996.

11 Revista Alternativa, N° 16, diciembre-febrero, 1998. p. 11.

12 Comisión intercongregacional de justicia y paz. “Nuevas agendas en derechos humanos”. Revista Justicia y Paz, Vol 7, Nº.4, 1994, p. 32.

13 El tiempo, septiembre 20 del 2005, “ La reinserción de cerca de 20 mil desmovilizados cuesta 400 mil millones de pesos al año”

14 Informe Comisión Colombiana de Juristas