Itinerario de los responsables de crímenes en la zona V
TABLA DE CONTENIDO ITINERARIOS DE LOS RESPONSABLES DE CRÍMENES DE LESA HUMANIDAD EN LA ZONA V 1.SEGÚN ESTRUCTURA MILITAR 1.1II División 1.2V Brigada 1.3Otras unidades militares de La V Brigada responsables en la Comisión de Crímenes de Lesa Humanidad 1.3.1Batallón de Artillería No. 5 “Capitán José Antonio Galán”. 1.3.2Batallón de Contraguerrillas No. 45 “Héroes de Majagual” 1.3.3Batallón de Infantería No. 13 “General Custodio García Rovira” 1.3.4Batallón de Infantería No 15 “General Francisco de paula Santander” 1.3.5Batallón de Ingenieros No. 5 “Coronel Francisco José de Caldas” 1.3.6Grupo de Caballería Mecanizado No. 5 “General Hermógenes Maza”. 1.4Batallón de Artillería de Defensa Aérea No. 2 “Nueva Granada” 1.5Batallón de Infantería No. 40 “General Luciano D’ Elhuyar” 1.6Las Brigadas Móviles No. 1 y No. 2 1.7Red de Inteligencia de la Armada No. 7 1.8Ejército 2.SEGÚN ESTRUCTURA POLICIAL 2.1SIJIN-DESAN 2.2SIJIN DENOR 2.3Departamento de Policía de Santander 2.4Departamento de Policía de Norte de Santander 2.5Distritos de Policía de Sur de Bolívar y Sur del Cesar 2.6Departamento Administrativo de Seguridad DAS 3. SEGÚN ESTRUCTURA PARAMILITAR ITINERARIOS DE LOS RESPONSABLES DE CRÍMENES DE LESA HUMANIDAD EN LA ZONA V 1.SEGÚN ESTRUCTURA MILITAR Lo que comprendemos como Zona Quinta en este informe corresponde al territorio abarcado por la jurisdicción de la V Brigada, la que a su vez hace parte de la II División del ejército. Ambas estructuras tienen su sede en Bucaramanga. La V Brigada contiene dentro de su competencia la totalidad de los municipios de Norte de Santander y Santander, excepto la localidad de Cimitarra, al igual que 11 municipios del departamento de Bolívar y 6 del César, los cuales se han entendido como Sur de Bolívar y Sur del Cesar. Sus principales batallones se ubican en la capital santandereana, Barrancabermeja, San Vicente del Chucurí y Ocaña. Las unidades pertenecientes a la jurisdicción de la V Brigada que se documentaron como responsables de Crímenes de Lesa Humanidad y violaciones graves a los derechos humanos a lo largo del informe son las siguientes: Batallón de Artillería de Defensa Aérea No. 2 “Nueva Granada”, con puesto de mando en Barrancabermeja, Santander. Desarrolla operativos en este municipio al igual que en el Sur de Bolívar y algunas Inspecciones Departamentales de Policía de San Vicente de Chucurí (Albania, Yarima, La Fortuna, La Lizama, entre otras) Batallón de Infantería No. 13 “General Custodio García Rovira”, con puesto de mando en Pamplona, Norte de Santander. Su área de acción es la región sur de este departamento comprendiendo los municipios de Rangonvalia, Herrán, Chinácota, Cucutilla, Pamplonita, Pamplona, Mutiscua, Labateca y Silos, y los municipios de la Provincia de García Rovira en Santander. Batallón de Infantería No. 14 “Capitán Antonio Ricaurte”, con puesto de mando en Bucaramanga. El área donde opera comprende los municipios de la Provincia de Soto en Santander. Batallón de Infantería No.15 “General Francisco de Paula Santander”, con puesto de mando en Ocaña, Norte de Santander. Opera en la Provincia de Ocaña y la Región del Catatumbo (Ocaña, Cáchira, La Esperanza, Hacarí, La Playa, Ábrego, y parte de El Tarra, San Calixto, El Carmen y Convención); y el Sur del Cesar (Aguachica, San Martín, San Alberto, Río de Oro, González, Gamarra). Batallón de Infantería No. 40 “Coronel Luciano D’ Elhuyar”, con puesto de mando en San Vicente del Chucurí, Santander. Su radio territorial es el Magdalena Medio Santandereano, comprendiendo la región chucureña (El Carmen y San Vicente del Chucurí), el Bajo Simacota y Betulia (al occidente de la Serranía de Los Yariguíes) y parte de Santa Helena del Opón. Antes de 1988 hacía parte de la XIV Brigada, por lo que tenía presencia en Puerto Parra y algunas zonas de Cimitarra. Grupo de Caballería Mecanizado No.5 “General Hermógenes Maza”, con puesto de mando en Cúcuta, Norte de Santander. Abarca de la Región del Catatumbo, Tibú y Sardinata; Cúcuta y su área metropolitana (Los Patios, Villa del Rosario, San Cayetano y El Zulia) y la región central del departamento (Arboledas, Santiago, Villa Caro, Gramalote, Lourdes, Durania, Bucarasica, Santiago, Salazar) Batallón de Artillería No. 5 “Capitán José Antonio Galán”, con puesto de mando en Socorro, Santander. Su territorio es la Provincia Comunera (excepto la parte occidental de la Serranía de Las Cobardes de Simacota y Betulia), de Vélez (excepto Cimitarra que hace parte de la XIV Brigada), y Guanentá. Batallón de Ingenieros No. 5 “Coronel Francisco José de Caldas”, con puesto de mando en Bucaramanga. Opera en la capital santandereana y su zona metropolitana (Floridablanca, Girón y Piedecuesta). Batallón de Contraguerrillas No. 5 “Los Guanes”, que realiza operaciones en cualquier municipio de la jurisdicción de la Quinta Brigada. Batallón de Contraguerrillas No. 28 “Coronel Rogelio Correa Campos”, cuya sede estaba en Bucaramanga. Batallón de Contraguerrillas No. 45 “Héroes de Majagual”, que tenía sede en Barrancabermeja. Batallón de Contraguerrillas No. 48 “Héroes de Saraguro”, con sede en Tibú, actúa en la Región del Catatumbo. Batallón de Contraguerrillas No. 50 “Batalla de Palonegro”, que tenía sede en Convención; actuaba en la Región del Catatumbo. Batallón de A.S.P.C. No. 5 “Mercedes Ábrego”, con puesto de mando en Bucaramanga. Igualmente dentro del informe documentamos acciones de la Brigadas Móviles No. 1 y 2 (especialmente la segunda), que estuvieron en la Región Chucureña, parte del Magdalena Medio santandereano (Bajo Simacota, Betulia y Barrancabermeja), la Provincia de Ocaña y la Región del Catatumbo, y el Sur de Bolívar; así como de la extinta Red No. 7 de la Armada, cuyas operaciones se centraron en Barrancabermeja. La conformación de la V Brigada a lo largo del período 1966-1998 ha tenido cambios en cuanto entradas o salidas de sus cuerpos tácticos, pero básicamente ha conservado la estructura descrita. Entre las trasformaciones ocurridas se tiene la salida del Batallón Héroes de Majagual, el cual hace parte actualmente de la Brigada Móvil No. 5 y adelanta operaciones en Arauca; la entrada en operación de los Batallones Plan Energético y Vial No. 7 “Rodrigo Antonio Arango Quintero” y No. 10 “Coronel José Concha”, con puestos de mando en Barrancabermeja y Convención (Norte de Santander) respectivamente; y recientemente la creación de la XXX Brigada, con jurisdicción en Norte de Santander y el Sur del Cesar, a la cual le fueron incorporados los Batallones que tienen presencia en esta región del país. Debemos resaltar que según el Estatuto del Tribunal Internacional de Nuremberg y las sentencias expedidas por el Tribunal ad hoc para los crímenes de guerra de la Ex Yugoslavia, los comandantes militares que controlan zonas donde actúan grupos paramilitares son responsables por no impedir el despliegue de estas estructuras y sobre ellos pesa la misma responsabilidad penal individual que si hubieran dirigido las operaciones en su zona de comando. Asimismo, los militares respecto de los que, en la cadena de mando, dependen batallones o brigadas (en este caso la Quinta) son responsables también por no impedir la actuación de paramilitares en territorios bajo su mando y control; no bastan por tanto alegaciones de subordinación territorial para exculpar la comisión de crímenes de paramilitares. Para la presentación de los siguientes Itinerarios según Estructura Militar, en primer lugar presentamos los Comandantes de la II División que con mayor importancia auspiciaron de distinta forma la represión y en razón de su cargo conocieron (e incluso participaron) de proyectos de paramilitarismo en la región. En segundo lugar, hacemos un apartado denominado V Brigada donde se presentan los militares que de forma directa estuvieron en dicha unidad y por tanto no estaban adscritos a otras unidades tácticas, así como algunos de sus Comandantes y militares adscritos a las unidades mas pequeñas. En tercer lugar, se resaltan las unidades tácticas que más se han comprometido en la represión y control de la población en general, y a su vez se destacan por ser promotores y agentes del paramilitarismo en la zona o que han permitido su establecimiento, haciendo un breve análisis de su operatividad. En este orden de ideas destacamos los Batallones “Nueva Granada” y “Luciano D’Elhuyar” así como las Brigadas Móviles, presentando los itinerarios de los sujetos que han estado adscritos a estos destacamentos comprometidos con la comisión de crímenes de lesa humanidad en la Zona V. De la misma manera, por su especial conformación y operatividad resaltamos los miembros de la Red No. 7 de la Armada. Por último se estructuró un apartado denominado simplemente Ejército donde se describen los itinerarios de los uniformados responsables de crímenes de lesa humanidad en la Zona V que son parte de cuerpos de otras jurisdicciones militares, o de los que no se pudo precisar con claridad a cual destacamento estaban adscritos. 1.1. La II División Los militares que aquí se reseñan fueron quienes estando en la comandancia de la Segunda División, unidad táctica a la cual se subordina y encuentra adscrita la V Brigada, en razón de su cargo conocieron de crímenes de lesa humanidad en la Zona V y/o de proyectos del paramilitarismo. Asimismo estuvieron involucrados en otros territorios donde se dieron estas mismas circunstancias. Con todo, ocuparon los mas altos rangos de la jerarquía militar y nuca serían investigados por dichos actos; o en los pocos casos en que procedía alguna pesquisa siempre los absolvieron. COMANDANTES SEGUNDA DIVISIÓN (1983) Mayor General Josué Leal Barrera (1984 – 1985) Brigadier General Ernesto López Ramírez (1986) Mayor General Fernando Gómez Barros (1987) Mayor General Alberto González Herrera (1988 – Junio 1989) Mayor General Farouk Yanine Díaz (Segundo Semestre 1989) Mayor General Rafael Antonio Padilla Vergara (1990) Mayor General Hernán José Guzmán Rodríguez (1991) Mayor General Manuel Sanmiguel Buenaventura (1992 – Octubre 1993) Mayor General Harold Bedoya Pizarro (Noviembre 1993 – Diciembre 1995) Mayor General Manuel José Bonett Locarno (Diciembre 1995 – Enero 1996) Mayor General Ricardo Emilio Cifuentes Ordóñez (1996-1997) Mayor General Rafael Hernández López (1998) Mayor General Mario Fernando Roa Cuervo BEDOYA PIZARRO, HAROLD Itinerario Nació el 30 de diciembre de 1938 en Cali (Valle del Cauca). En las distintas unidades militares donde estuvo como comandante fue notorio el despliegue y el fortalecimiento de grupos paramilitares, al igual que las acciones conjuntas con miembros del Ejército. En 1978 tenía el grado de Teniente Coronel y fue comandante del Batallón de Inteligencia y Contrainteligencia “Charry Solano” (BINCI) hasta 1980. Durante su comandancia fue el creador y máximo jefe de una estructura paramilitar llamada “Alianza Anticomunista Americana – Triple A”, promovida y organizada por el BINCI, autora de varios crímenes en Bogotá como los atentados con dinamita perpetrados contra las instalaciones de la Revista Alternativa, y los periódicos El Bogotano y Voz Proletaria. Igualmente sus miembros ejecutaban asesinatos de miembros de partidos de la oposición y activistas sociales. El 29 de septiembre de 1978, en una vía pública de Bogotá, el dirigente del ELN y ex preso político, José Manuel Martínez Quiroz, fue detenido y torturado por miembros del BINCI, quienes anteriormente le habían hecho estrecho seguimiento e inteligencia. Existen indicios y pruebas de que el crimen fue ordenado por el Teniente Coronel Bedoya Pizarro. Ese mismo año la República de Argentina le otorgaría la Orden de Mayo al Mérito Militar, autorizada por decreto 1575 de 1978. En 1979 Bedoya es profesor invitado a la Escuela de las Américas en Panamá por decreto 2749 de 1978. En 1980 sería comandante del Batallón Guardia Presidencial, siendo ese mismo año condecorado con la Medalla de Reconocimiento al Mérito por el Ejército de los Estados Unidos, autorizado por el decreto 3440. Dos años mas tarde fue ascendido a Coronel por decreto 1474 de 1982. En 1984 se desempeñó en comisión como el Subjefe de la Casa Militar Palacio Presidencial. Luego en julio de 1985 estuvo como agregado militar de la Embajada de Colombia en Estados Unidos hasta julio de 1986 por decreto 1376 de 1985. Posteriormente sería ascendido a Brigadier General en 1987 por decreto 2256, en virtud del cual lo nombraron comandante de la VII Brigada (con sede en Villavicencio), donde se desempeñó dos años (1988-1989). En 1988 sería condecorado con la Orden al Mérito Militar José María Córdova en el grado gran Oficial por decreto 1511. Durante la permanencia de Bedoya Pizarro en la comandancia de la VII Brigada operó con facilidad la estructura paramilitar de Víctor Carranza en el departamento del Meta, y muchas de las armas que eran de integrantes del grupo estaban amparadas con salvoconductos de la Brigada. El Brigadier General siempre negaría que en el departamento existieran grupos paramilitares. El 3 de julio de 1988, 17 personas serían asesinadas por paramilitares financiados por Víctor Carranza en Caño Sibao, zona rural de El Castillo (Meta), quienes querían atentar contra la vida del alcalde de esta población (el cual era miembro de la Unión Patriótica). Existen indicios de la participación de miembros del ejército en la masacre, y particularmente del Oficial Bedoya quien instantes después del hecho produjo un comunicado atribuyéndole lo sucedido al XXVI Frente de las FARC, con el ánimo de desviar la investigación y encubrir los verdaderos responsables. En 1989 le otorgaron dos condecoraciones: la Orden de Boyacá en el grado Gran Oficial; y la Orden al Mérito Naval Almirante Padilla en el Grado Gran Oficial por decretos 1614 y 1560 respectivamente. Un año mas tarde Bedoya Pizarro fue asignado como comandante de la IV Brigada (con sede en Medellín) por decreto 2593. El 17 de abril de 1990, seis personas fueron asesinadas por una patrulla militar conformada por miembros del Batallón de Infantería No. 10 “Girardot” y de Contraguerrillas No. 4 “Granaderos”, en la Inspección de Policía Departamental de Puerto Valdivia, en Valdivia (Antioquia). Cinco días mas tarde se encontraron los cuerpos sin vida de los campesinos en una fosa común ubicada en una finca llamada La Esperanza. El Brigadier General Bedoya en relación a estos hechos afirmó ante los medios de comunicación que los campesinos encontrados en la fosa común de la finca La Esperanza, habían sido dados de baja en un enfrentamiento del Ejército con la Guerrilla. Por decreto 2832 de 1990, Bedoya Pizarro fue nombrado como director de la Escuela Superior de Guerra, cargo que ejerció hasta 1991, año en que mediante decreto 2752 ascendería al grado de Mayor General. Para 1992 es nombrado como comandante de la II División del Ejército con sede en Bucaramanga. En razón de su cargo, Bedoya Pizarro conoció el avance y la existencia de grupos paramilitares en los municipios de El Carmen y San Vicente del Chucurí, Santander, auspiciados directamente por el ejército. Al respecto sostuvo que “ni en Santander ni en ninguna otra parte del país hay grupos paramilitares o de autodefensa, pues eso es puro invento de la subversión”; y frente a las investigaciones de la Procuraduría General de la Nación por la reactivación del MAS en la región del Chucurí, basada en testimonios y versiones de las autoridades y campesinos de la zona, manifestó: “cuando hay campesinos que no están de acuerdo con ellos -la guerrilla- dicen que son paramilitares para justificar todos sus actos terroristas”. (Vanguardia Liberal, edición del 10 de enero de 1992). Además de lo anterior, cuando sobre el alcalde de El Carmen Jairo Beltrán Luque pesaba una orden de captura por las investigaciones judiciales adelantadas por los numerosos crímenes ocurridos en la zona por responsabilidad de los paramilitares, de los cuales Beltrán era un reconocido promotor y colaborador, Bedoya Pizarro dijo que éste “contaba con todo su respaldo y que el Ejército seguiría con ellos protegiéndolos” (Vanguardia Liberal, edición del 3 de febrero de 1992). Por decreto 366 de 1993 lo condecoraron con la Orden al Mérito Coronel Guillermo Fergusson en el Grado de Comendador, y por el decreto 1539 del mismo año le otorgaron la Orden del Mérito Militar Antonio Nariño en el Grado de Gran Oficial. En 1994 por decreto 2588 fue nombrado Comandante del Ejército, y por decreto 1574 galardonado con la medalla por Servicios Distinguidos en Orden Público por tercera vez. Un año después le fue otorgada la Orden del Mérito Naval Almirante Padilla en el Grado Gran Cruz por decreto 1223 de 1995, y en el mismo grado la Orden al Mérito Militar José María Córdova por decreto 1300 y la Cruz de la Fuerza Aérea al Mérito Aeronáutico por decreto 1958. Finalmente en 1995 por decreto 2064 del 29 de noviembre Bedoya Pizarro ascendió al grado de General. De 1996 al 22 de julio de 1997 se desempeñaría como Comandante General de las Fuerzas Militares. Sería llamado a calificar servicios por el Presidente de la época Ernesto Samper Pizano. ANALISIS DE IMPUNIDAD Por sus vínculos con la organización paramilitar de Víctor Carranza, la Juez Cuarta de Orden Público lo requirió para que rendir declaración juramentada el 11 de octubre de 1989. El 17 de octubre dio respuesta al formulario negando cualquier relación con Víctor Carranza y todo conocimiento sobre los grupos paramilitares que operan en la zona de su influencia. No se conoce mas información de este proceso ni de otras investigaciones adelantadas en su contra. BONETT LOCARNO, MANUEL JOSE Itinerario Para 1978 este oficial del Ejército Colombiano, tenía el rango de Teniente Coronel. En 1980 estaba adscrito a la Escuela Superior de Guerra en Bogotá. Entre junio de ese mismo año y junio de 1981 fue delegado a realizar el curso Comando y Estado Mayor General en Fort Leavenworth, Estados Unidos, mediante el decreto 1269 de 1980; a su regreso al país en 1981, fue trasladado a la Escuela Militar de Cadetes “José María Córdoba” en Bogotá. En 1982 fue trasladado al Batallón de Artillería de Defensa Aérea No. 2 “Nueva Granada” con sede en Barrancabermeja como Comandante. Luego mediante el decreto 3274 del 29 de noviembre de 1983 fue ascendido a Coronel. De julio de 1986 a julio de 1987, se desempeñó como adjunto militar de la embajada de Colombia en Estados Unidos, por el decreto 1549 de 1986. Dos años más tarde, en 1988, mediante el decreto 2467 del 28 de noviembre de dicho año, fue ascendido a Brigadier General. En 1989 fue trasladado a la III Brigada con sede en Cali y designado Comandante de la misma; en ese mismo año recibió la condecoración Orden al Mérito Militar “José María Córdoba”, en el grado de Gran Oficial, mediante el decreto 1747 del 4 de agosto de 1989. Entre el 28 de enero y el 1 de marzo de 1990, en Cali (Valle), 42 personas, en su mayoría sindicalistas y miembros de organismos locales de Derechos Humanos, son detenidos ilegalmente por unidades de la III Brigada, y conducidos a sus dependencias donde son torturados por varios días en desarrollo de la Operación “Relámpago”. Una de las detenidas es violada por los militares. El Oficial Bonett Locarno, como comandante de la III Brigada, debió por lo menos estar enterado de las torturas que practicaron sus subalternos a los detenidos. Entre el 29 de marzo y el 1 de abril de 1990, en las veredas Playa Alta, La Sonora y Tambor, del municipio de Trujillo (Valle), fueron desaparecidas 16 personas durante operativos conjuntos entre paramilitares, y miembros de la III Brigada y del Batallón de Artillería No. 3 “Palacé”. El 17 de abril siguiente el sacerdote Tiberio Fernández Mafla y tres personas más fueron también desaparecidos ; el sacerdote se encontraba investigando la desaparición masiva. Existen graves indicios de que estos crímenes fueron ordenados desde la comandancia de la III Brigada, al frente de la cual estaba el Brigadier General Bonett Locarno. El 9 de septiembre de 1990, la religiosa Suiza de la Sociedad Misioneras de Belén y enfermera María Hildegard Feldmann de 54 años de edad, los campesinos José Ramón Rojas Yela y José Hernando Buenaventura García, de 28 años y un presunto guerrillero, fueron asesinados por militares de una patrulla combinada de los Batallones de Contraguerrilla No. 3 “Primero de Numancia”, Infantería No. 7 “General José Hilario López”, y del Grupo de Caballería Mecanizado No. 3 “General José María Cabal” al mando del mayor Armando Cajiao, quienes ingresaron disparando indiscriminadamente contra los pobladores que se encontraban en la inspección de policía departamental El Sande perteneciente al municipio de Santa Cruz (Guacheves); en los hechos resultó herida la campesina Luz Marina Erazo Portillo. Como Comandante de la III Brigada, Bonett Locarno expidió un informe de lo sucedido haciendo alusión a que se trataba de un enfrentamiento de las tropas del ejército con insurgentes del Frente XXIX de las FARC, en el que se expresa “Así mismo se permite informar que entre los muertos se encuentra la misionera laica de nacionalidad Suiza María Feidelman Hildergar, quién cumplió labores de enfermería en la casa donde fue sorprendido el grupo armado y desde la cual se disparó a la patrulla”. Igualmente se adujo del hallazgo de armas y municiones pertenecientes al grupo guerrillero. El 7 de abril de 1991, Olvar Ariel Gómez, Santiago Lasso Bolaños, Yenny Prieto Rengifo, Leoncio Muñoz Mellizo, Libardo Nieves Dorado, José Belisario Dorado Muñoz, Hernando Rosero, Rubén Joaquín Ruano, Adán Ruano Daza, Henry Suárez Villa, Pastora García,; Adriana López, Alejandro Salazar Paz, Saúl Espinoza, Alfonso Chilito Ruano, y Wilson Gil Velásquez, fueron asesinados por miembros de la Unidad de Contraguerrilla Águila 2 del Batallón José Hilario López, en el corregimiento Los Uvos de La Vega (Cauca). Según, la declaración de uno de los civiles que participó en la masacre, el Mayor Cesar Augusto Saavedra Padilla había mandando al Subteniente José Edilberto Cortés Valero a ejecutar el crimen, a Saavedra Padilla lo había mandado el Coronel Pablo Alfonso Briceño Lovera y Briceño había recibido la orden del Comando de la Brigada III, al mando de la cual se encontraba el Brigadier General Manuel José Bonett Locarno. En 1991 fue trasladado al Comando General de las Fuerzas Militares y adscrito al departamento de inteligencia D-2; un año más tarde, en 1992, fue trasladado al Estado Mayor Conjunto del mismo Comando General de las Fuerzas Militares. En 1995 se desempeñó como Comandante de la II División. Ese año, abusando de su autoridad, intentó intimidar a los miembros de la Procuraduría y la Fiscalía que investigaban los múltiples crímenes (más 70) perpetrados entre 1991 y 1993 por miembros de la Red de Inteligencia No. 7 de la Armada Nacional, que tenía su sede en Barrancabermeja (Santander). Cuando los funcionarios encontraron en el S-2 del Batallón Nueva Granada un legajador que contenía “recibos de los pagos mensuales con fondos reservados a los sicarios e informantes, del alquiler de un par de casas desde donde operaban en Barrancabermeja y los salvoconductos a nombre de algunos de los contratados”, el Oficial les dijo: “yo mando aquí y esos papeles no salen de esa guarnición”. Pero los funcionarios no se dejaron intimidar, llevándose consigo una de las pruebas que respaldaría los testimonios dados por los miembros de la Red No. 7 sobre los crímenes que cometió esta estructura. Los funcionarios no se quedaron esa noche en el hotel donde se hospedaban y hasta allí fueron a buscarlos según la recepcionista “unos señores amigos suyos”. El 15 de diciembre de 1995 fue nombrado Director de la Escuela Superior de Guerra. Un año después lo trasladaron al Cuartel General del Comando General de las Fuerzas Militares como Inspector General, mediante decreto 0527 del 14 de marzo de 1996. El 18 de junio de 1997, Bonett Locarno, actuando como Juez de Primera Instancia decretó la cesación de procedimiento en favor de Farouk Yanine Díaz, Oscar de Jesús Echandía Sánchez, Hernando Navas Rubio y Otoniel Hernández Arciniégas, desconociendo las pruebas que recaudo la Fiscalía que demostraban los nexos de estos militares con los grupos paramilitares, y su participación, en octubre de 1987, en la planeación y ejecución de los hechos en que fueron torturados y desaparecidos diecinueve comerciantes en Cimitarra (Santander). El 1 de Diciembre de 1997, mediante decreto 2585, fue ascendido a General y nombrado Comandante General de las Fuerzas Militares. El 9 de agosto de 1998, lo trasladaron del Cuartel General del comando General de las Fuerzas Militares a la Sección de Personal Agregado del Comando del Ejército. Tres días después, mediante el decreto 1648, fue retirado a solicitud propia del servicio activo del Ejército Nacional de forma temporal con pase a la reserva. CIFUENTES ORDOÑEZ, RICARDO EMILIO Itinerario En 1978 Cifuentes Ordóñez ostentaba el grado de Mayor. Autorizado por decreto 1141 de 1978, entre julio de ese año y febrero de 1979, efectuó un curso avanzado de ingeniería en Virginia, Estados Unidos. En 1980 sería condecorado con la Orden al Mérito Militar Antonio Nariño en el grado de Oficial por decreto 1923. El 30 de noviembre 1981 es ascendido a Teniente Coronel por el decreto 3388. Un año más tarde sería Comandante del Batallón Mixto de Ingenieros “General Bejarano Muñoz”. Luego en 1983 pasaría a ser Comandante del Batallón de Ingenieros No. 8 “Francisco Javier Cisneros” en Armenia, Quindío. Para 1984 se desempeñó como Adjunto Militar en la Embajada de Colombia en Chile, y profesor invitado a la Academia de Guerra de este país por decreto 3341 de 1983. En 1985 adelantó estudios en la Academia de Guerra de Chile de Licenciatura de Geografía Militar y Geopolítica. Igualmente en Chile le condecorarían con la Medalla Diosa de Minerva, autorizado por decreto 3208. Ese mismo año lo asignaron como comandante del Batallón de Ingenieros No. 1 “Baraya”. Para 1986 lo nombraron director de la Escuela de Ingenieros, año en el que le otorgarían la Orden al Mérito Militar José María Córdova en el grado de Comendador por decreto 2321; y el ascenso a Coronel por decreto 3527 del 26 de noviembre. Del 16 de julio de 1988 al 31 de julio de 1989 estuvo como Adjunto Militar de la Embajada de Colombia en Estados Unidos. Al regresar fue adjudicado a la Escuela Superior de Guerra. En 1990, sería el Comandante de la XI Brigada, la cual auspiciaba en el Departamento de Córdoba, junto con ganaderos y terratenientes de la región, y narcotraficantes, una extensa y fuerte estructura paramilitar. Según se ha establecido esa organización había sido creada por el exoficial Luis Antonio Meneses Báez, alias “Ariel Otero”, bajo la protección del Brigadier General Daniel Enrique García Echeverry, teniendo su sede de operaciones en Montería y actuando con distintos nombres (Los magníficos, Juventud Obrera Estudiantil Nacional Socialista -JOENS-, Movimiento Obrero Estudiantil Nacional Socialista -MOENS-). El grupo paramilitar estaba integrado por personal de inteligencia del ejército y fue autor de numerosas masacres en el Córdoba y el Urabá antioqueño. Existen elementos de prueba que señalan que Cifuentes Ordóñez, mientras estuvo de Comandante de la XI Brigada, protegió y auspicio también esta estructura paramilitar. Inclusive, en declaraciones públicas a los medios de comunicación, reconoció expresamente apoyar a estos grupos de “autodefensas”. En 1991, el Oficial Cifuentes Ordóñez por decreto 2752 ascendería al grado de Brigadier General. Desde el 9 de diciembre de 1991 hasta 12 de diciembre de 1994 estuvo al mando de la V Brigada. En ese tiempo en la región de El Carmen y San Vicente actuaba una compleja estructura paramilitar promovida por las autoridades militares de la zona. En razón de su cargo debió conocer de la actividad de sus subordinados y el avance del grupo paramilitar, al igual que los crímenes cometidos por este. El 28 de enero de 1992, Cifuentes Ordóñez formuló declaraciones al diario Vanguardia Liberal de Bucaramanga, en las cuales señalaba al miembro de la Corporación Chucureña para los Derechos Humanos Ángel Álvarez, de ser “el principal foco de perturbación de la zona”. Ángel había denunciado con anterioridad los hostigamientos y las persecuciones que eran objeto los campesinos por parte de miembros del Batallón “Luciano D’ Elhuyar” y paramilitares. El alto oficial negó en todo momento la inexistencia de paramilitares en la región chucureña. Al respecto decía que “es una falacia (…) en El Carmen y San Vicente de Chucurí no hay grupos paramilitares, la población es manipulada por la subversión con base al terror inculcado en la gente de que la fuerza pública comete atropellos” (Vanguardia Liberal, edición del 16 de febrero de 1992). No obstante, testimonios de campesinos aseguran que el Brigadier General sostuvo en mayo de 1992 en El Carmen reuniones con jefes paramilitares, entre ellos Helio Pacheco, reconocido jefe de “Los Masetos”. Por decreto 2109 de 1992 sería condecorado con la medalla por Servicios Distinguidos en Orden Público por primera vez. El 31 de julio de 1993, el campesino Miguel Ángel Quintero, fue detenido y asesinado por una patrulla del ejército del Grupo de Caballería Mecanizado Nº 5 “General Hermógenes Maza”, al mando del Teniente William Roberto del Valle, en Tibú (Norte de Santander). Miguel Ángel fue detenido e ingresado a la base militar de Tibú, de la que lo sacó una patrulla comandada por el Teniente Del Valle hacia las 2 o 3 de la madrugada del día siguiente. El detenido fue encontrado asesinado este día en la finca “Los Mangos” en la vereda Las Vetas, en el kilómetro 49 de la vía que conduce a la Inspección de Policía Departamental La Gabarra. Horas más tarde el comandante de la V Brigada, Brigadier General Ricardo Emilio Cifuentes Ordóñez, manifestó el éxito obtenido en un supuesto enfrentamiento entre el ejército y las FARC, en la que se habría “dado de baja” a un guerrillero, tratándose de Miguel Ángel. Por decreto 2659 de 1994 Cifuentes Ordóñez fue trasladado del Comando de la V Brigada a la Escuela Militar de Cadetes José María Córdova como Director. Ese año también sería condecorado con la medalla por Servicios Distinguidos en Orden Público por segunda vez mediante decreto 1854. En 1995 se desempeñó como Comandante de la II División, siendo ascendido al grado de Mayor General por decreto 2064 del 1 de diciembre. Solamente estuvo poco menos de dos meses en este cargo pues se retiraría por solicitud propia del servicio activo del ejército con pase a la reserva por decreto 213 del 30 de enero de 1996. GUZMAN RODRIGUEZ, HERNAN JOSE Itinerario El Oficial llegó al grado de Coronel en 1979. En 1981 estuvo como Agregado militar en la Embajada de Colombia en Italia, entre mayo de 1981 a julio de 1982, por decreto 1065 de 1981. Para 1985 fue designado como Comandante de la IX Brigada. En 1986 fue condecorado con la Orden de Boyacá, grado Gran Oficial. por decreto 2197 de julio 11 En 1986 fue ascendido a Brigadier General, año en el cual pasó a ser Comandante de la III Brigada. El 10 de mayo de 1986, en Cali (Valle), la militante del M-1 9 y encargada de radiocomunicaciones de esa organización, Yolanda Acevedo Carvajal, fue detenida por unidades de la 111 Brigada. Llevada a un paraje rural, Yolanda Acevedo Carvajal fue golpeada e interrogada, para luego ser conducida a las instalaciones del Batallón “Pichincha”. Allí la torturaron en una habitación del puesto La Remonta. Yolanda Acevedo Carvajal fue amarrada de pies y manos a una cama. En la madrugada del 11 de mayo, luego de ser violada por militares, Yolanda Acevedo Carvajal fue asesinada con un disparo en la nuca. Los militares dejaron abandonado su cadáver en el Hospital Departamental de Cali. Según el Ejército la detenida se habría suicidado. El acta de la necropsia practicada por el Juzgado Segundo de Instrucción Criminal en el hospital, que establecía cómo Yolanda Acevedo Carvajal fue ultimada de un tiro de gracia, fue sustituida por otra, según la cual la detenida había recibido un disparo en las sienes, para así darle credibilidad a la versión del suicidio. El Oficial Guzmán Rodríguez, como Comandante de la III Brigada, tuvo pleno conocimiento de la captura y tratamiento dado a Yolanda Acevedo Carvajal y encubrió a los autores materiales de su asesinato. El Oficial ocupó el cargo de director de la Escuela Militar de Cadetes José María Córdova, entre 1987 y 1988, y luego fue Comandante de la Jefatura Militar de Urabá entre 1988 y 1989. Recibió la Orden al Mérito Militar Antonio Nariño, grado Gran Oficial, por decreto 2727 del 24 de noviembre de 1989. En 1990 fue designado como Comandante de la II División. Esta etapa que corresponde con la acción de un grupo paramilitar que operaba con el nombre de Muerte a Secuestradores – MAS, el cual desató una ofensiva contra la población campesina chucureña, en la zona rural de los municipios de San Vicente de Chucurí y El Carmen (Santander). El 18 de julio de 1990, 140 paramilitares se tomaron por varios días el pueblo de El Carmen, aterrorizando a la población y amenazando de muerte a numerosos habitantes. El Ejército acantonado en el pueblo se retiró de El Carmen durante la toma paramilitar. El 4 de octubre de 1990, el párroco, el personero municipal y líderes cívicos de El Carmen fueron blanco de un fallido atentado de parte de paramilitares y miembros del Ejército. El grupo paramilitar ha condenado al destierro a centenares de familias campesinas de la región chucureña. Existen abundantes pruebas y declaraciones extrajudiciales indicando que Guzmán Rodríguez protegió y respaldó al grupo paramilitar. Fue condecorado con la Medalla Servicios Distinguidos en Orden Público, por cuarta vez mediante decreto 849 de 1988; y por quinta vez según decreto 2887 de 1990. En 1991 pasó a ser Subjefe del Estado Mayor Conjunto del Comando General de las Fuerzas Militares, y en 1992 fue Inspector General del mismo organismo. SANMIGUEL BUENAVENTURA, MIGUEL Itinerario En 1973, siendo Mayor del ejército, participó en la Operación Anorí, en la cual se habla de por lo menos 36 campesinos asesinados por el ejército, así como de detenciones arbitrarias y torturas. Durante esta operación, los hermanos Manuel y Antonio Vásquez Castaño, dirigentes del ELN, fueron ejecutados extrajudicialmente el 18 de octubre de 1973; sus cadáveres fueron conducidos inmediatamente al puesto del Coronel Álvaro Riveros Abella. Allí estaban reunidos, el Coronel Riveros y otros oficiales, entre ellos Sanmiguel Buenaventura. En 1978, tenía el rango de Teniente Coronel y se desempeñaba como Comandante de la Escuela de Infantería. En enero de 1979, en el marco de una investigación adelantada por el ejército, a raíz del robo de más de un millar de armas efectuado por el M-19 en las instalaciones del Cantón Norte en diciembre de 1978 en Bogotá, se presentaron múltiples detenciones y torturas. Entre estos casos figura la detención del dirigente del M-19 Augusto Lara Sánchez, aprehendido por miembros de la Brigada de Institutos Militares –BIM- y conducido a la Escuela de Infantería, donde fue torturado. El Oficial Sanmiguel Buenaventura dirigió personalmente el interrogatorio y tomó parte en las sesiones de tortura. Otro hecho fue la detención, el 4 de enero de 1979, de la Odontóloga Olga López Jaramillo, con su pequeña hija de cinco años; ambas fueron detenidas por unidades de la BIM, y conducidas a las instalaciones de la Escuela de Infantería, donde Olga fue torturada. El Oficial Sanmiguel Buenaventura fue señalado como uno de los directos responsables del hecho. En 1980, pasaría a la Brigada de Institutos Militares. Un año mas tarde, el 27 de mayo de 1981 ascendería a Coronel por decreto 1357. En 1982, recibiría la medalla de Servicios Distinguidos en Orden Público por primera vez mediante decreto 1287 del mismo año. En 1983 se desempeñó como Agregado Militar de la Embajada de Colombia en Italia y Oficial de enlace ante la Dirección de Fuerzas Multinacionales, mediante decreto 418 de 1983. Para 1984 estaría de director de la Escuela Militar José María Córdova. En 1985 fue Comandante del Comando Operativo No. 12 adscrito a la IX Brigada. Ese mismo año recibió las ordenes al Mérito Militar Antonio Nariño y José María Córdova en el Grado Comendador, por decreto 1956. De allí pasó a ser Comandante de la XII Brigada hasta finales de 1986. El 20 de noviembre de 1986, fue ascendido a Brigadier General mediante decreto 3484; ese mismo año recibió la Orden al Mérito Militar Antonio Nariño grado Oficial por decreto 2321. Luego fue nombrado Comandante de la X Brigada, cargo que desempeñó entre finales de 1987 y finales de 1988. En 1987 recibió la Orden al Mérito Militar José María Córdova, grado Gran Oficial, por decreto 1376. El 4 de marzo de 1988, en Turbo (Antioquia), un grupo de hombres fuertemente armados ingresaron a las fincas bananeras Honduras y La Negra, sacaron de sus dormitorios a 20 trabajadores y luego de identificarlos e interrogarlos, los acribillaron. Algunos sobrevivientes lograron reconocer a los asesinos, entre ellos que se encontraban varios militares y civiles que días antes habían realizado operativos de inteligencia en el sector. Judicialmente se comprobó que el grupo de asesinos estaba integrado por miembros de inteligencia de las Brigadas V, X, XI y XIV, paramilitares desplazados desde el Magdalena Medio y el Urabá Cordobés y empresarios bananeros de la región. Existen graves indicios que comprometen al Oficial Sanmiguel Buenaventura en la planeación y ejecución de los hechos. Durante 1989, fue Director de la Escuela Militar José maría Córdova. Un año mas tarde sería ascendido a Mayor General y en razón de ello nombrado Comandante de la III División. En 1991 estaría como Comandante de la II División. En ese tiempo en la región de El Carmen y San Vicente de Chucurí (Santander), actuaba una compleja estructura paramilitar promovida por las autoridades militares de la zona. Sanmiguel Buenaventura, en razón de su cargo, debió conocer de la actividad de sus subordinados y el avance del grupo paramilitar, que en ese año contó con la mayor protección del Ejército para avanzar y tomar el control gradual de la localidad de El Carmen. En 1992 fue Inspector General del Cuartel General del Comando del Ejército. YANINE DIAZ, FAROUK ALIAS : “El Turco”, “El Águila” Itinerario Nació en Gramalote (Norte de Santander) en 1937. El 5 de enero de 1955, llegó a la Escuela de Infantería, a prestar el servicio militar, luego de terminar su bachillerato. El 4 de diciembre de 1956 fue ascendido a subteniente y trasladado al Batallón Colombia (Bogotá). Luego fue enviado a Tolemaida y después al Batallón García Rovira en Pamplona (Norte de Santander). En 1959 hizo curso de lanceros y fue ascendido ateniente y vinculado al Batallón Guardia Presidencial. Luego fue trasladado al Batallón Patriotas en el Tolima. En 1964, hizo curso en la Escuela de Infantería, siendo ascendido a Capitán y luego trasladado al Departamento de Personal del Comando del Ejército y luego a la Escuela General de Cadetes. En julio de 1969, ya ascendido a Mayor, fue trasladado a la Escuela de Suboficiales en Popayán, donde permaneció hasta julio de 1972. En ese año 1973 hizo curso en la Escuela Superior de Guerra y fue ascendido a Teniente Coronel. El 4 de julio de 1974 fue nombrado Comandante del Batallón Ayacucho en Manizales. Estando en este cargo desarrolló operaciones en el Bajo Cauca, Nordeste Antioqueño y Magdalena Medio. Entre principios de 1976 y julio de 1977, trabajó como instructor de estrategias en la zona del Canal de Panamá. En agosto de 1977, asumió el cargo de Comandante de la Escuela de Infantería. En julio de 1979 fue ascendido a Coronel y nombrado Subdirector de la Escuela Militar de Cadetes. En este tiempo actúo como fiscal en un Consejo Verbal de Guerra seguido contra varias personas acusadas de pertenecer a las FARC. Como Coronel, entre el 16 de febrero de 1980 y el 16 de julio de 1981, fue Director del Instituto de Armas y Servicios. Del 16 de junio de 1981 al 31 de julio de 1982, fue asignado como Adjunto Militar en la Embajada de Colombia en Estados Unidos y Asesor Militar del Colegio Interamericano de Defensa, según el decreto 1666 del 30 de junio de 1981. Del 1 de agosto de 1982 y 31 de diciembre de 1982 fue jefe de la Sección Externa del Departamento D-2 del Estado Mayor Conjunto. Del 31 de diciembre de 1982 al 1 de diciembre de 1983 adelantó el curso de altos estudios militares en la Escuela Superior de Guerra, luego de lo cual fue ascendido a Brigadier General, mediante el decreto 3243 del 15 de diciembre de 1983 Del 1 de diciembre de 1983 al 1 de diciembre de 1985, fue Comandante de la XIV Brigada. Durante su permanencia en este cargo participó activamente en la conformación de los grupos paramilitares que nacieron en el Magdalena Medio y que usarían el nombre de Muerte a Secuestradores -MAS-. Así mismo estuvo involucrado en varios crímenes de lesa humanidad. El paramilitar Marceliano Panesso Ocampo, en su declaración ante la Fiscalía aseguró que: “El General Yanine Díaz, Comandante en esa época de la XIV Brigada, él reunió a todos los campesinos en Puerto Berrío Antioquia, exactamente en el Batallón Bomboná… el orientó a la gente como nos teníamos que organizar para combatirla subversión… y nos dio instrucción precisa para defendemos, e inclusive nos vendió armamento con su respectivo salvoconducto”. El paramilitar Luis Eduardo Garzón Durán, en su declaración ante la Fiscalía aseguró: “El General Farouk Yanine Díaz que fue el fundador de esos grupos en una reunión en La India (inspección de policía de Cimitarra) reunió a los campesinos para que se organizaran y fue cuando creó esos grupos”. Así mismo otro paramilitar aseguró que existieron “obras civiles que aparecían como hechas por la XIV Brigada, pero el dinero era de Pablo Escobar y Gonzalo Rodríguez Gacha: remodelación de la sede de la XIV Brigada, pavimentación de la vía al aeropuerto Morelia en Puerto Berrío, inaugurada por Belisario Betancur en 1984, el dinero fue entregado por Pablo Escobar a Farouk Yanine Díaz y Raúl Rojas Cubillos”. El paramilitar Ricardo Rayo, en declaración ante la Fiscalía, refiriéndose ala época en que Yanine Díaz era Comandante de la XIV Brigada, afirmo que Henry de Jesús Pérez “podía disponer de los abogados, de la patrulla, de los helicópteros del Ejército, allá llegaba Henry Pérez a la Base y pedía hombres y el Comandante te facilitaba todo…” Alonso de Jesús Baquero Agudelo en declaración ante la Fiscalía aseguro: “una mañana llegó el General Yanine Díaz… con todo el personal que había ahí en la Escuela y otro personal que ellos llevaron, entonces Yanine Díaz comenzó la charla de que las autodefensas no podían seguir a la defensiva y que había que pasara la ofensiva y para esto había que crear un grupo capacitado militarmente para que fuera al frente del combate y que para eso nosotros contaríamos con el apoyo del Ejército, y si era posible de traer instructores extranjeros para preparar el personal mejor’. El 12 de enero de 1984, en la Vereda Vuelta Acuña en Cimitarra (Santander), los campesinos Honorio Muñoz Céspedes, Jesús Muñoz, Oscar Yepes, Carlos Tobón, lsaura Lascarro, su hija Beatriz Lascarro, Cruz Elena López y un muchacho de 15 años de edad conocido como Juancho, fueron víctimas de la acción criminal de un grupo de hombres fuertemente armados pertenecientes a 1 a XIV Brigada del Ejército y al grupo paramilitar MAS, que los asesinó y torturó a algunos de ellos. Los militares dejaron abundantes raciones de alimentos del Ejército en el lugar de la masacre. Según indicios recaudados por la Procuraduría, el Oficial Yanine Díaz estaría involucrado en el crimen como autor intelectual. Ese mismo año fue condecorado con la medalla Servicios Distinguidos en Orden Público: por segunda vez, según el decreto 2979. Del 1 de diciembre de 1985 al 1 de diciembre de 1987 fue Director de la Escuela Militar de Cadetes José María Córdoba. Durante este tiempo estuvo en el Magdalena Medio, adelantando gestiones en relación con los grupos paramilitares de la región y sus acciones criminales. Según declaración de Alonso de Jesús Baquero Agudelo: “En esa época él no estaba en la zona, él trabajaba en Bogotá, fue a la escuela 01, una escuela de entrenamiento a los campesinos Yanine llegó en helicóptero al Bárbula y de ahí se fue en el carro del Comandante hasta donde estábamos nosotros… Estando él como Director de la Escuela Militar no solo fue a la escuela 0 1, sino a la vereda Vuelta Acuña para inaugurar un grupo de autodefensa… a Vuelta Acuña llegó en un helicóptero del Ejército’ ‘ En octubre de 1987 diecinueve personas, la mayoría de ellas dedicadas al comercio de mercancía de contrabando, fueron torturadas y desaparecidas, en la inspección de policía Puerto Araujo de Cimitarra (Santander), por miembros del Batallón Bárbula y paramilitares del grupo al mando de Henry de Jesús Pérez Duran, por orden del Brigadier General Farouk Yanine Díaz, quien desde tiempo atrás había ordenado a un Teniente de apellido Salinas, vinculado al B2 del Batallón Calibío, “investigara quienes contrabandeaban electrodomésticos y camuflaban armas para la guerrilla” ‘ Según declaró ante la Fiscalía Alonso de Jesús Baquero Agudelo “cuando salió la caravana yo sabía que los iban a matar, como también lo sabía Yanine Díaz, el Mayor y el Sargento, porque con ellos se habló previamente sobre esta muerte y ellos los militares eran los más interesados… en ese tiempo había afán de sacar la guerrilla como fuera del Magdalena Medio y los militares nos organizaron para que nosotros hiciéramos lo que ellos no podían hacer que era matar la gente y cometer las masacres… Yanine estuvo encima del asunto de los comerciantes porque sabía que eran auxiliadores de la guerrilla. Escuché la grabación en que Yanine le decía a Pérez que era inconcebible que no hiciéramos nada si nos estaban pasando las armas porras narices para llevárselas a la guerrilla”. En 1987 recibió el ascenso a Mayor General, según el decreto 2256 del 25 de noviembre de ese año. Siendo nombrado Comandante de la II División, cargo que ocupó del 1 de diciembre de 1987 al 9 de junio de 1 989. Durante este tiempo igualmente continuaría apoyando el proyecto paramilitar del Magdalena Medio. En la madrugada del 4 de marzo de 1988, 20 trabajadores bananeros fueron asesinados por varios hombres en las fincas Honduras y La Negra, del municipio de Turbo (Antioquia). Previamente los asesinos sacaron a sus víctimas de sus dormitorios, las identificaron e interrogaron. Se estableció judicialmente, que el grupo autor de la masacre estaba integrado por paramilitares desplazados desde el Magdalena Medio, ex guerrilleros reclutados para las secciones de inteligencia de la X Brigada, y miembros de los B-2 de las Brigadas V y X. Igualmente existen serios indicios de que personal de los Comandos y las secciones de inteligencia de las XI y XIV Brigadas, tomaron parte en la coordinación y preparación del crimen, colaborando en el desplazamiento de paramilitares desde el Magdalena Medio. Existen indicios de que, en razón de su cargo, el Oficial Yanine Díaz tuvo conocimiento de los hechos y de los preparativos de la masacre. El mismo año el Oficial fue condecorado con la Orden al Mérito Militar Antonio Nariño, grado Gran Oficial, según el decreto 1511 de 1988. El 18 de enero de 1989, once funcionarios judiciales fueron asesinados en el sitio La Laguna, de la vereda La Rochela, en Simacota (Santander), por un grupo de hombres fuertemente armados pertenecientes al grupo paramilitar “Los Masetos”, que operaba en el Magdalena Medio, quienes recibieron la orden y dinero de parte de altos oficiales del Ejército y la Armada, entre ellos, el Brigadier General Farouk Yanine Díaz. Según declaraciones de paramilitares que participaron en el hecho, a raíz de la investigación judicial que se abrió por la desaparición de los diecinueve comerciantes, el militar ordenó acabar con la comisión judicial que adelantaba la investigación. De acuerdo con la declaración del paramilitar Efrén Galeano López, quien servía de escolta al Oficial, “El General Farouk Yanine Díaz, al percatarse de lo ocurrido que iban a enviara una comisión de jueces decidió consultar con Vladimir (Alonso de Jesús Baquero) para que él con su grupo los mataran cuando bajaran, al otro día de haber pasado la consulta le envió 200 millones de pesos en un maletín en pago por lo que debían hacer, no quedando muy contento cuando se percató de que también habían fallado (hubo sobrevivientes)… se reunieron para llegara un acuerdo, que si algo pasaba no se debía mencionar a Yanine y que él saldría en defensa de ellos argumentando que no habían sido los paramilitares sino la guerrilla”. Efectivamente, durante varios meses, la Justicia Ordinaria le solicitó al Oficial capturar a Alonso de Jesús Baquero Agudelo, sin que éste adelantara ninguna gestión para hacerlo. Además, había asegurado que la comisión fue asesinada “por no haber informado de su misión ni haber solicitado la protección de las Fuerza Militares”. El Oficial Yanine Díaz, en complicidad con el comandante de la V Brigada, Brigadier General Alfonso Vacca Perilla, participó en las detenciones y torturas ocasionadas el 1 de junio de 1989 contra varios miembros de diferentes organizaciones sindicales, populares, cívicas y campesinas, las cuales fueron llevadas a cabo por una patrulla combinada del ejército y el Comando de Investigaciones Anti Extorsión y Secuestro CIAES, en Lebrija. Las víctimas, luego de ser trasladados a las instalaciones de la V Brigada en Bucaramanga, fueron sometidos a intensos interrogatorios y a permanecer aproximadamente 80 horas de pie con las manos en la nuca, en diferentes sitios, sin darles alimentación y sin dejarlos dormir. Según testimonio de una de las víctimas, Yanine Díaz junto con el otro alto oficial, Vacca Perilla, realizaron un montaje de vídeo en el cual mostraba el supuesto buen trato que le estaban proporcionando a ellos. Del 9 de junio de 1989 al 15 de junio de 1990 se desempeñó como Inspector General de las Fuerzas Militares en Bogotá. Exactamente en la primera de estas fechas, Francisco Hernández Lozano, investigador del Cuerpo Técnico de la Policía Judicial, fue asesinado frente al Centro Comercial Metrópolis de Bogotá. Francisco había sido amenazado más de una docena de veces, desde que había asumido la investigación de la masacre de once funcionarios judiciales, en la vereda La Rochela de Simacota (Santander), la cual como se anotó había sido ordenada por Yanine Díaz. Del 15 de junio de 1990 al 1 de diciembre de 1991 fue Segundo Comandante y Jefe del Estado Mayor del Ejército. En 1990 fue condecorado con la Cruz Fuerza Aérea Mérito Aeronáutico, mediante el decreto 2686 de 1990, al igual que la Orden Estrella de la Policía, categoría Gran Oficial, mediante el decreto 2595 de 1990. En 1991 fue ascendido a General, según el decreto 2752 del 10 de diciembre de 1991, y pasó a ser el Jefe del Estado Mayor Conjunto del Comando General las Fuerzas Militares, cargo que ocupó durante los años 1991 y 1992. Del 1 de diciembre de 1992 al 1 de enero de 1994 fue jefe de la delegación de Colombia ante la Junta Interamericano de Defensa, en Washington. El 1 de enero de 1994 se retiró del Ejército a solicitud propia. En 1996, se desempeñaba como profesor de la Escuela Interamericano de Defensa en Washington, cuando la Fiscalía le dictó orden de captura en el proceso adelantado por la desaparición de los diecinueve comerciantes en Cimitarra. ANÁLISIS DE IMPUNIDAD Por la desaparición de los diecinueve comerciantes, la Unidad Nacional de Derechos Humanos de la Fiscalía, el 11 de octubre de 1996, le dictó medida de aseguramiento de detención preventiva por “secuestro extorsivo y homicidio múltiple agravado”. Sin embargo, el Consejo Superior de la Judicatura resolvió la colisión de competencias a favor de la Justicia Penal Militar, donde el Comandante del Ejército, Mayor General Manuel José Bonett Locarno, como juez de primera instancia, decretó cesación de procedimiento en su favor. No obstante el 5 de mayo de 2004 la Corte Interamericana de Derechos Humanos encontró responsable al Estado colombiano por haber violado el derecho a la vida e integridad personal de los desaparecidos. Por los demás crímenes en que estuvo involucrado, aunque existieron investigaciones penales y disciplinarias, el Oficial Yanine Díaz nunca fue vinculado. 1.2. V Brigada COMANDANTES V BRIGADA 1966-1998 CR. Álvaro Valencia Tovar BG. Luis Carlos Camacho Leyva BG. Ramón Arturo Rincón Quiñónez BG. Efraín Horacio Vallejo Ardila BG: José Maria Rivas Forero BG. Rafael Samudio Molina BG: Nelson Mejía Henao BG. Oscar Botero Restrepo BG. Ernesto López Ramírez BG. Daniel E. García Echeverri CR. Norberto Adrada Córdova BG. Alfonso Vacca Perilla BG: Carlos Julio Gil Colorado BG. Ricardo E. Cifuentes Ordóñez BG. Agustín Ardila Uribe BG. Rafael Morales Gómez BG. Fernando Millán Pérez 31-08-65 a 02-01-70 02-01-70 a 12-01-71 12-01-71 a 03-01-74 03-01-74 a 01-01-75 01-01-75 a 01-01-78 01-01-78 a 04-01-80 04-01-80 a 23-01-81 23-01-81 a 03-08-82 03-08-82 a 03-08-84 08-03-84 a 06-06-86 06-07-86 a 22-12-86 23-12-86 a 04.12-89 04-12-89 a 09-12-91 09-12-91 a 12-12-94 12-12-94 a 19-12-95 19-12-95 a 20-12-96 21-12-96 a 10-12-98 ADRADA CORDOBA, NORBERTO Para 1979, Norberto Adrada Córdoba tenía el grado de Mayor, siendo alumno de la Escuela Superior de Guerra. Un año mas tarde sería el comandante del Batallón No. 27 “Magdalena” en Pitalito (Huila). En 1982 mediante el decreto 3183 sería ascendido a Teniente Coronel. Este mismo año y hasta junio de 1983, asistió a un Curso de Comando y Estado Mayor en Estados unidos, por decreto 451 de 1982. A su vez sería condecorado con la medalla de Servicios Distinguidos en Orden Público por primera vez, mediante el decreto 1287 de 1982. En 1984 estuvo vinculado a la I División, siendo director de la Escuela de Lanceros hasta 1985, año en que le sería conferido el ascenso a Coronel por el decreto 3455. Para 1986 era comandante de la V Brigada. El 18 de junio de 1986 hacia las 5:30 p.m., el estudiante William Camacho Barajas de 22 años y el comerciante Orlando García González de 35 años fueron detenidos y desaparecidos durante un operativo realizado por efectivos del B-2 del ejército adscrito a la Brigada V. en el que participaron el capitán Leonardo Gómez Vergara, los cabos Orlando Quintero Cadena alias “El Chato” y Armando Morales Mazuera, los sargentos Luis Alfredo Buitrago Zapata y Alfonso Montealegre y el comandante del CIAES Mayor Hernando Navas Rubio, en complicidad con otros miembros de organismos de seguridad y del Teniente Coronel Luis B. Urbina Sánchez, en San Gil (Santander). Existen serios indicios de que el Coronel Adrada Córdoba conocía de los hechos, además de que encubrió a los oficiales involucrados en la desaparición de las víctimas. El 24 de octubre de 1986 a las 12:00 del día, Clara Inés Gómez Roa, Leticia Gómez Roa y Gustavo Gómez Roa fueron detenidos durante un allanamiento y torturados por una patrulla combinada de militares y civiles armados en Piedecuesta (Santander). Ese mismo día, Eliseo Gómez Roa fue detenido en su sitio de trabajo por miembros del ejército en Bucaramanga (Santander), y llevado a las instalaciones de la V Brigada. El Brigadier General Adrada Córdoba fue quien ordenó el operativo. En 1987, fue trasladado al Cuartel General del Comando del Ejército. Nuevamente, este año fue condecorado con la medalla de Servicios Distinguidos en Orden Público por segunda vez por el decreto 248, al igual que con la medalla de Orden al Mérito Militar “Antonio Nariño” en el grado de comendador por el decreto 1152. Para el mes de julio, y hasta 1988 sirvió como agregado militar en la embajada de Colombia en Estados Unidos. De acuerdo al decreto 968. En el segundo semestre de 1988 y hasta 1989 se desempeño como comandante de la XII Brigada. Luego en 1990 ascendería a Brigadier General por el decreto 2831. Un año mas tarde estaría en la comandancia de la VII Brigada, para en 1992 asumir el mando de la II Brigada, año en que se le otorgaría la Orden de Boyacá, grado Gran Oficial, por el decreto 1217. Al finalizar 1992 lo trasladaron como Comandante al Comando de Operaciones Especiales de Contraguerrillas. En 1994 por decreto 2659 Adrada Córdoba ascendería a Mayor General, siendo nombrado por el mismo decreto como Comandante de la I División. El Oficial Adrada Córdoba nunca fue investigado penal o disciplinariamente por los hechos en que estuvo involucrado. ARDILA ORJUELA, LUIS ORLANDO Itinerario En 1976, tenía el rango de Subteniente y se encontraba vinculado al Batallón de Infantería de Montaña No. 18 “Rooke”. En 1979, estuvo vinculado al Batallón de Infantería No. 2 “Sucre”. En 1980, fue ascendido a Teniente y estuvo vinculado al Batallón de Inteligencia y Contrainteligencia Charry Solano -BINCI-. En 1982, estuvo en el Batallón de Infantería Mecanizado No. 4 “Nariño”. En 1983, estuvo nuevamente en el BINCI. En 1984, estuvo en la Escuela de Infantería. Ese mismo año fue ascendido a Capitán, mediante el decreto Nº 1163 del 18 de mayo de 1984. En 1985, estuvo en el Batallón de Infantería No. 27 “Magdalena”. Entre 1986 y 1987, estuvo en el Batallón de Infantería No. 14 “Ricaurte”, como oficial S-2. El 16 de agosto de 1987, el abogado y Alcalde de Sabana de Torres por la Unión Patriótica Álvaro Garcés Parra; el agente de policía John Jairo Loaiza Pava, quien le servía como escolta al Alcalde; el militante de la Unión Patriótica Carlos Gamboa Rodríguez, quien se desempeñaba como escolta del Concejal de Lebrija por la Unión Patriótica, Jaime Castrillón, y el ama de casa Elida Rocío Anaya Duarte, fueron asesinados durante un operativo conjunto entre miembros del Ejército, la policía y paramilitares. El Capitán Ardila Orjuela, quien se desempeñaba como Comandante del S-2 del Batallón Ricaurte, participó de la planeación del crimen, llevada a cabo el día anterior en las dependencias del S-2 del Batallón Ricaurte. Expidió el permiso para portar armas, que llevaba Raúl Bermúdez Alcántara al momento de ejecutar el crimen, el cual firmó con su mano izquierda, previendo eludir cualquier investigación. Había amenazado públicamente a los miembros del Partido Comunista y de la Unión Patriótica de Sabana de Torres, en agosto de 1986, cuando era comandante de la base militar La Santos, ubicada en la localidad. En 1988, estuvo en el Batallón de Servicios Nº 13. Al año siguiente, fue ascendido a Mayor, mediante el decreto 2720 del 24 de noviembre de 1989. En 1990, se encontraba vinculado al Batallón de Policía Militar Nº 13 Mosquera. Ese mismo año, fue retirado mediante el decreto Nº 1141 del 31 de mayo de 1990. ANALISIS DE LA IMPUNIDAD Por el asesinato del alcalde de Sabana de Torres en 1987, fue sancionado con tres días de arresto severo por “descuido… ocasionando que con esto se elaboren documentos falsos en su sección, poniendo en tela de juicio el prestigio de las Fuerzas Militares”, el 30 de septiembre de 1987. La sanción le fue impuesta por el Comandante del Batallón, quien también participó de la planeación del crimen. Fue destituido en forma “simbólica” el 7 de abril de 1990, a consecuencia de la solicitud hecha por la Procuraduría, pero para entonces ya estaba en retiro. ARIAS ALTURO, GONZALO Nacido en Bucaramanga el 12 de septiembre de 1966; cursó hasta tercero de bachillerato en el colegio Vicente Azuero de Floridablanca (Santander). Una vez ingresó al ejército en 1986 como soldado regular del Batallón Caldas, después de terminar su servicio continuó trabajando como soldado profesional en el Batallón contraguerrilla Cobra, luego pasó al Grupo Especial “Delfín Operaciones Nocturnas” del Batallón Los Guanes en Bucaramanga. Entrenó paramilitares en San Juan Bosco de La Verde por cuenta del Batallón Luciano D’ Elhuyar por mando directo del General Vacca Perilla comandante de la V Brigada en 1988, tarea que compartió con el entonces Teniente Edgar Correa Copola. Participó en los siguientes hechos. Detención y desaparición de Isidro Caballero Delgado y María del Carmen Santana de 20 años ocurrida el 7 de febrero de 1989 en la finca El Danubio en la vereda Guaduas, del corregimiento El Líbano, municipio de San Alberto (Cesar). Asesinato del juez Omar Herrera Niño, ocurrido el 27 de enero de 1992 en Bucaramanga. El crimen había sido ordenado por Carlos Eduardo Becerra y Jaime García Cala, Director y Subdirector del DAS Seccional Santander respectivamente. Asesinato de Ángel Antonio Muñoz y Nancy Edith Acosta Salazar, y las heridas causadas a Misael Acosta, Matilde Salazar y Mauricio Galvis en la finca El Rubí, ubicada en la vereda La Azufrada, en Lebrija (Santander), en hechos ocurridos el 6 de mayo de 1993. De acuerdo con la indagatoria que rindió ante la Fiscalía Regional de Cúcuta, la incursión se realizó porque se creía que Misael Acosta y algunos obreros de la finca pertenecían a grupos subversivos, dándose cuenta después que las personas asesinadas, sobre las cuales le hicieron creer su pertenencia a la subversión, “se trataba de gente campesina honesta y trabajadora”. ANALISIS DE IMPUNIDAD Por su participación en la desaparición de Isidro Caballero y Maria del Carmen Santana, el Juzgado Segundo de Orden Público lo absolvió de todos los cargos el 11 de septiembre de 1990. Por el asesinato del juez Omar Herrera Niño, la Fiscalía Regional de Cúcuta en providencia del 19 de diciembre de 1994, acusó a Gonzalo Arias Alturo, Carlos Eduardo Becerra Corredor y Jaime García Cala de ser coparticipes en el homicidio con fines terroristas del juez Omar Herrera Niño, y por ello les decretó medida de aseguramiento consistente en detención preventiva sin beneficio de libertad provisional. Sostuvo el ente acusador que la declaración de Arias Alturo merece credibilidad, ya que “coincide con las circunstancias de modo tiempo y lugar de como ocurrió el trágico acontecer, al igual que con los medios probatorios”. El mismo ente acusador, profirió el 6 de marzo de 1995, en la investigación bajo radicado No. 7138, resolución de medida de aseguramiento consistente en detención preventiva a Gonzalo Arias Alturo que se encontraba capturado para la fecha en la cárcel Modelo de Bucaramanga, tras encontrar que la confesión del mismo sobre su participación en el asesinato de Nancy Acosta Salazar, Ángel Antonio Muñoz Rincón y las heridas a Misael Acosta, Matilde Salazar y Mauricio Galvis era verídica, al igual que su participación en la ejecución de otros crímenes en Santander y Sur del Cesar. BASTO BERNAL, EVANGELISTA Itinerario Cabo adscrito al Comando de Investigación, Antiextorsión y Secuestro CIAES. Participó en el asesinato de los jóvenes Jesús Orejanera Parra, William Raimundo Correa Vélez, y Rubén Darío Carmona Zambrano, ocurrido el 28 de mayo de 1990 en Bucaramanga (Santander). Los militares los presentaron como guerrilleros dados de baja, además de alegar “defensa propia”. ANALISIS DE IMPUNIDAD La auditoria 17 de guerra de Bucaramanga abrió investigación contra el Capitán Soto Suárez por el delito de homicidio y encubrimiento a los capitanes Evangelista Basto Bernal y William Saavedra Márquez. El 30 de abril de 1990 el juez 100 de Instrucción penal militar se abstuvo de decretar medida de aseguramiento en contra de los suboficiales. El 3 de 0ctubre de 1992 el juez 23 de IPM decretó medida de aseguramiento en contra del Capitán Soto. El 24 de marzo de 1994 fue revocada esta decisión y se decretó medida de aseguramiento contra los Cabos Basto y Márquez. Convocado el Consejo verbal de guerra, se llevó a cabo la audiencia en la que absolvieron a los sindicados por no haberse encontrado pruebas de su responsabilidad en los hechos. BERBESI GAMBOA, JOSE Itinerario Subteniente que el 1 de junio de 1989, estuvo al mando de la tropa del CIAES de la V Brigada que detuvo y torturo a Rafael Acevedo Suárez, Rodolfo Hernández Pulgar, Rafael Llain, Guillermo Salazar, Efraín Gómez, José Alirio Osorio, Jaime Alberto Navarro Max, Álvaro Enrique Peñaranda, Santiago Ortiz Escobar, Wilfredo Cañizalez, Neftaly Franco, Héctor Sánchez, Gustavo Contreras y Emiro Rafael Solera Hernández, miembros de organizaciones sindicales y cívicas, en hechos ocurridos en Lebrija. Por estos hechos no se siguió proceso alguno contra el Oficial Berbesi. CELY MONTAÑA, ALVARO ENRIQUE Itinerario Subteniente que el 17 de enero de 1994 participó en la detención y asesinato del campesino Aníbal Sosa Criado, y los guerrilleros Emanuel Villabona, Edinson Cárdenas Rodríguez y Gerson Said Guzmán Angarita, miembros del frente Camilo Torres Restrepo del ELN, en hechos ocurridos en la finca Montevideo, vereda La Culebra, corregimiento de Puerto Oculto de San Martín (Cesar). ANALISIS DE IMPUNIDAD Por los hechos ocurridos en la finca Montevideo la Procuraduría Delegada Para la Defensa de los Derechos Humanos decreto en fallo del 18 de agosto de 1998 abstenerse de proseguir con la investigación y por tanto ordenar el archivo de lo actuado contra el Subteniente Álvaro Enrique Cely Montaña porque su conducta se encontraba justificada dentro del “estricto cumplimiento de un deber legal”, específicamente de la misión de rastreo y registro ordenada por la orden No. 007 “Antílope” de enero de 1994 del Batallón de Contraguerrilla No. 27 “Rogelio Correa Campos”. ECHANDIA SANCHEZ, OSCAR DE JESUS Itinerario: En 1975 era instructor de la Escuela Militar de Cadetes; fue ascendido a Teniente en 1979, ese mismo año fue trasladado como Oficial de Policía Judicial a la sección de inteligencia B-2 de la V Brigada. El 30 de noviembre de 1981 fue ascendido a Capitán, según el decreto 33881 81. Ese mismo año fue trasladado del Batallón Guardia Presidencial al Batallón Bárbula, siendo nombrado ejecutivo S-3. En enero de 1982, fue nombrado Alcalde Militar de Puerto Boyacá, cargo que ocupó entre el 1 de febrero y el 13 de diciembre de 1982; estando en ese cargo coordinó los encuentros entre el Comandante del Batallón Bárbula, Teniente Coronel Jaime Sánchez Arteaga, los ganaderos del Magdalena Medio, miembros de la Texas Petroleum Company (TEXACO), políticos locales de los partidos Liberal y Conservador y comerciantes, para la creación de los grupos de paramilitares, que actuarían bajo la fachada de ACDEGAM. El 2 de julio de 1982, el líder campesino y presidente de la Junta de Acción Comunal de la vereda Mata de Coco, Casimiro Parga, fue asesinado, en horas del medio día, por el Cabo Jorge Humberto Orteguate Cuadros, del Batallón Bárbula. El crimen fue conocido y permitido por el Capitán Oscar de Jesús Echandía Sánchez. La víctima había sido detenida y amenazada anteriormente por el Ejército. El 2 de agosto de 1982, Jesús Eduardo Hernández, Presidente de la Asociación Provivienda y militante del Partido Comunista Colombiano, fue desaparecido por orden del Alcalde Oscar de Jesús Echandía Sánchez y del jefe paramilitar Gonzalo de Jesús Pérez. Fue asesinado, en zona urbana de la localidad y al parecer, su cadáver lanzado al río Magdalena luego de abrirle el vientre para que no flotara. Jesús Eduardo había sido víctima de amenazas, meses atrás por parte de militares y paramilitares, y de tentativa de homicidio, cuando Echandía Sánchez intentó atropellarlo con un carro. En diciembre de 1982, al terminar su período en la Alcaldía fue enviado a una base de patrullaje y por orden del Comando del Batallón Bárbula siguió colaborándole a los grupos de paramilitares. Entre enero 1 de 1983 y junio 31 del mismo año estuvo como Comandante de Compañía en el Batallón Bárbula. Entre el 1 de julio de 1983 y el 11 de marzo de 1985 estuvo como Comandante de Compañía en el Batallón Pichincha en Cali. Allí recibió la medalla por Servicios Distinguidos en Orden Público, por primera vez, mediante el decreto 328 de 1984 y por segunda vez, según el decreto 2578 del mismo año. Entre julio de 1985 y agosto de 1986, estuvo como Comandante de Compañia en la Escuela de Infantería en Bogotá, donde tuvo contacto con el Brigadier General Luis Eduardo Roca Maichel, Director de la Escuela Militar de Cadetes José María Córdova y el Coronel Luis Alfonso Plazas Vega, Comandante de la Escuela de Caballería, quienes, según declaración del propio Echandía Sánchez, tenían nexos directos con los grupos paramilitares que operaban en Yacopí (Cundinamarca). A finales de 1986 fue ascendido a Mayor, mediante el decreto 3527 del 26 de noviembre de dicho año. Al año siguiente fue trasladado a la sección de operaciones (S-3) del Batallón Ricaurte, donde permaneció entre enero 1 y diciembre 31 de 1987 estando en este cargo allí se reunió con Henry de Jesús Pérez y algunos ganaderos, con el fin de “efectuar limpieza al sur del Cesar, pero no se llega a nada”. El 16 de agosto de 1987, el alcalde de Sabana de Torres (Santander), Álvaro Garcés Parra, fue asesinado por miembros del B-2 de la V Brigada, del S-2 del Batallón Ricaurte y paramilitares. En los hechos fue herido uno de los paramilitares llamado Roa Mendoza. Según las pruebas recaudadas por la Justicia y la Procuraduría, el Oficial Echandía Sánchez tomó parte activa en la planeación del asesinato del alcalde, llevó al herido Roa Mendoza a la clínica Santa Teresa en Bucaramanga y pagó los gastos hospitalarios con dinero entregado por el político liberal Tiberio Villarreal Ramos. En octubre de 1987, diecinueve personas, la mayoría de ellas dedicadas al comercio de mercancía de contrabando, fueron torturadas y desaparecidas por miembros del Batallón Bárbula y paramilitares del grupo al mando de Henry de Jesús Pérez Durán, por orden del Brigadier General Farouk Yanine Díaz. El crimen fue planeado durante una reunión en las oficinas de ACDEGAM en Puerto Boyacá, en la que participó el Teniente Coronel Hernando Navas Rubio, Comandante del B-2 de la XIV Brigada, quien les aseguró que “los comerciantes introducían a la zona armas y municiones con destino a la guerrilla”. Allí se acordó la coordinación con el Comandante de la V Brigada, el Brigadier General Juan José Alfonso Vacca Perilla, delegando al Mayor Oscar de Jesús Echandía Sánchez y al Sargento Otoniel Hernández Arciniegas, quienes se encargado, de coordinar con Alonso de Jesús Baquero Agudelo, la vigilancia de la caravana hasta que llegara al lugar donde estaban los paramilitares. Entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 1988 se desempeñó como Oficial del B-2 de la VIII Brigada. Entre el 4 y el 18 de junio de 1988, 19 personas señaladas por el Ejército como pertenecientes al EPL, fueron detenida miembros de la Viii Brigada, y conducidas alas instalaciones del Batallón Mateo, acantonado en Pereira (Risaralda), donde fueron torturadas. Uno de los detenidos, Nelson de Jesús Alzate, perdió total y permanentemente la motricidad de ambos brazos a consecuencia de las torturas. Poco tiempo después los 19 detenidos fueron puestos a disposición de un Juzgado de Orden Público bajo la acusación de actividades terroristas. Según pruebas e indicios existentes, e Oficial Echandía Sánchez tomó parte activa y directa en las sesiones de interrogatorio y tortura de los detenidos. Fue llamado a calificar servicios a partir del 1 de enero de 1989. En 1989, ya en retiro, se fue para Puerto Boyacá y se vinculó a ACDEGAM, siendo nombrado Director del Periódico Puerto Rojo y organizador del Centro de Estudios Sociales de ACDEGAM -CES-. En febrero de ese mismo año asistió en calidad de monitor y coordinador al curso dictado por los mercenarios israelitas en la “Isla de la Fantasía”. El 18 de enero de 1989, en el sitio La Rochela, del municipio de Simacota (Santander), una comisión judicial que investigaba una cadena de crímenes cometidos por militares y paramilitares, fue interceptada por paramilitares y once de sus miembros asesinados. Según se estableció el crimen fue ideado y coordinado por los Departamentos de Inteligencia B-2 de las Brigadas V y XIV, y el G-2 de la 11 División, y para su consumación fueron utilizados paramilitares que trabajaban para las redes de inteligencia de esas unidades. Según declaró Alonso de Jesús Baquero Agudelo “a raíz de la entrada de los jueces el señor Tiberio Villarreal por medio del Mayor del Ejército Oscar de Jesús Echandía Sánchez informó que esa comisión cargaba todo el expediente y comenzó a presionamos para que matáramos los jueces y les quitáramos el expediente”. En septiembre de 1989, empezó a cooperar con el DAS, dando información sobre su participación en acciones en el Magdalena Medio y las ofertas que le hicieron para los atentados contra la Shell, a la Embajada Norteamericana, el periodista Jorge Enrique Pulido y contra algunas propiedades del Cartel de Medellín. En diciembre de 1989, Henry Pérez le ofreció viajar a Israel para continuar con la compra de armas que venía siendo negociada por Luis Meneses, quien en ese momento estaba en la cárcel. En 1990 fue detenido por narcotráfico en Estados Unidos, condenado a 5 años de prisión, pena que le fue rebajada a 3 años y la cumplió en una Cárcel de Miami. El 29 de enero de 1997, fue capturado por la masacre de La Rochela, en el aeropuerto El Dorado de Bogotá, a donde llegó deportado de Estados Unidos, de allí fue llevado a la Cárcel Nacional de la Picota. ANALISIS DE IMPUNIDAD: Por los asesinatos de Casimiro Parga y Jesús Eduardo Hernández, en 1982, el Juzgado Primero de Instrucción Criminal asumió de oficio las investigaciones, que luego pasaron al Juzgado 23 de Instrucción Criminal el cual, en ambos casos “se inhibió de abrir investigación y archivó los expedientes. El Procurador General de la Nación, doctor Carlos Jiménez Gómez, incluyó el nombre de este Oficial en una lista de miembros del MAS, publicada por el diario El Espectador el 20 de febrero de 1983, pero el Ministerio Público no adelantó proceso disciplinario alguno contra Echandía Sánchez por estos hechos. Por el asesinato de Álvaro Garcés Parra, en 1987, fue vinculado al proceso penal que inició el Juzgado 11 de Instrucción Criminal de Bucaramanga y que luego pasó al Juzgado 109 de Instrucción Penal Militar, el cual decretó la detención del Oficial Echandía el 23 de febrero de 1989, pero esta medida no se hizo efectiva. El 3 de octubre de 1989, durante un consejo verbal de guerra realizado en la V Brigada, el Oficial Echandía fue absuelto por el asesinato del Alcalde de Sabana de Torres, sentencia que fue confirmada por el Tribunal Superior Militar. Por este mismo hecho la Procuraduría Delegada para las Fuerzas Militares adelantó una investigación disciplinaria contra Echandía Sánchez y el 18 de enero de 1989, solicitó su destitución. El 7 de abril de 1990, el Gobierno Nacional expidió el decreto 799 mediante el cual destituía a Oscar de Jesús Echandía Sánchez “en forma simbólica”, pues para la fecha este ya se había retirado del Ejército. Por la desaparición de los diecinueve comerciantes en 1987, la Unidad Nacional de Derechos Humanos de la Fiscalía, el 12 de septiembre de 1997, profirió resolución de acusación a Oscar de Jesús Echandía Sánchez, como “cómplice, en los delitos de homicidio agravado con fines terroristas y tentativa de homicidio agravado’. Pero a consecuencia de que el Consejo Superior de la judicatura resolvió el conflicto de competencias en favor de la Justicia Penal Militar, el Comandante del Ejército, el Mayor General Manuel José Bonett Locarno, se abstuvo de convocarlo a Consejo Verbal de Guerra. Por la masacre de La Rochela de 1989, el 5 de febrero de 1997, la Unidad Nacional de Derechos Humanos de la Fiscalía le decretó medida de aseguramiento de detención preventiva sin beneficio de excarcelación por los delitos de “homicidio con fines terroristas y homicidio en la modalidad de tentativa… en el grado de cómplice. Por los hechos de 1988 en Risaralda, el Juzgado 121 de Instrucción Penal Militar de la VIII Brigada, inició la indagación preliminar No. 014 sin vincular jamás al Oficial Echandía. Así mismo, la Procuraduría Delegada Para las Fuerzas Militares inició la averiguación disciplinaria No. 73033 a la que tampoco fue vinculado. ENAMORADO GUTIERREZ, JORGE Itinerario El 7 de octubre de 1992, nueve pasajeros de un bus de servicio público y dos guerrilleros del ELN, fueron asesinados y catorce personas heridas por miembros de la V Brigada del Ejército en el sitio El Tope, Santa Bárbara (Santander). El Cabo Primero Enamorado Gutiérrez fue uno de los militares que participó en la masacre. ANALISIS DE LA IMPUNIDAD Por la masacre de Santa Bárbara de 1992, el 9 de agosto de 1996 la Auditoria Auxiliar 30 de Guerra cesó todo procedimiento en su contra. Decisión que fue confirmada por el Tribunal Superior Militar el 24 de febrero de 1998. GARCIA ECHEVERRY, DANIEL ENRIQUE Itinerario En 1979, recibió el grado de Coronel; tres años más tarde fue ascendido a Brigadier General mediante el decreto 1466 del 27 de mayo de 1982, ese mismo año fue nombrado como Director del Servicio de Reclutamiento y Movilización. Fue el primer Comandante de la XIV Brigada, cargo que desempeñó entre el 1 de abril y el 28 de diciembre de 1983. En 1983, surgen en el Magdalena Medio varias estructuras paramilitares y se fortalecen otras ya existentes. Estas estructuras paramilitares tienen asiento en los municipios de Puerto Berrío y Puerto Nare (Antioquia), y Puerto Boyacá (Boyacá). Existen abundantes pruebas de que estos grupos fueron creados y organizados bajo los directos auspicios del Oficial García Echeverry cuando este se desempeñaba como Comandante de la XIV Brigada en la región. Según declaración de una paramilitar, el Oficial García Echeverry, tenía buenas relaciones con los narcotraficantes, pues “en el cumpleaños Pablo Escobar le regaló un reloj de oro”. Además, entre 1983 y 1984, miembros del ejército organizan en el sur del departamento de Bolívar varios grupos paramilitares. En dicha labor participar ron miembros de la estructura paramilitar de Puerto Boyacá (Boyacá), igualmente creada por el ejército. Los grupos paramilitares tomaron como centro de operaciones a Magangué, y establecieron un sistema de enlace con los servicios de inteligencia del Ejército a través del B-2 de la XI Brigada. El ex Teniente y ex líder paramilitar, Luis Antonio Meneses Báez, alias “Ariel Otero”, confesó ante los investigadores de la Dirección de Policía Judicial e Investigaciones DIJIN-, en noviembre de 1989, que el Oficial García Echeverry había sido el creador de los grupos paramilitares del sur de Bolívar. En 1983, este Oficial recibió la condecoración Orden de Boyacá, en el grado de Gran Oficial, según el decreto 1943 de 1983. En el primer semestre de 1984 fue nombrado director de la Dirección de Instrucción del Ejército, y del segundo semestre de 1984 y durante el año 1985 se desempeñó como Comandante de la V Brigada. Durante estos dos años fue condecorado por ‘Servicios Distinguidos en orden público’, por segunda vez, según el decreto 354 de 1984; y por tercera vez, mediante el decreto 3549 de 1 985. El 7 de mayo de 1985, Miguel Ángel Mendoza Toloza, de 16 años, los niños Jesús Elías Mendoza Toloza y Luis Mario Mendoza Toloza, de 10 años, e Hilda Teresa Toloza de Mendoza fueron detenidos, torturados y sindicados y José Fabián Mesa Arango, de 27 años, Gustavo Bautista Chávez, de 35 años, Antonio Maria Hernández, de 30 años, Adán Pabón Portilla, de 60 años, Gabriel Calderón y Alberto Rodríguez García, de 31 años, fueron detenidos durante un operativo y sindicados de ser guerrilleros por miembros adscritos a la V Brigada, en Surata (Santander). El Comandante de la unidad militar era el Brigadier General García Echeverry, y en razón de su cargo estuvo al tanto del operativo. Un mes después, el 29 de junio, el campesino Carmelo Galves Ortega fue torturado y asesinado, y los campesinos Víctor Manuel y Luis Jesús Leal Guerrero, fueron desaparecidos y asesinados por miembros del ejército en la Inspección de Policía Departamental de La Gabarra, en Tibú (Norte de Santander). Después de la ocurrencia de los hechos, un comunicado oficial, firmado por el Brigadier General Daniel García Echeverri, afirmaba que 3 guerrilleros del Ejercito de Liberación Nacional, -ELN- fueron dados de baja en combate, identificado a Carmelo Galves como uno de ellos. En 1986 fue ascendido al rango de Mayor General, según el decreto 1667 del 22 de mayo de ese mismo año y condecorado con la Orden al Mérito Militar Antonio Nariño, en el grado de Comendador, mediante el decreto 2328 de 1986 Durante el primer semestre de 1988 se desempeñó como Comandante de la I División, bajo su mando estaban las Brigadas y los batallones que están vinculados a la masacre de 20 trabajadores agrícolas el 4 de marzo de 1988, en las fincas bananeras de Honduras y La Negra, ubicadas en Turbo (Antioquia). Se comprobó judicialmente que el grupo de asesinos estaba compuesto por miembros de la X Brigada y de los batallones Voltígeros y Nariño, ex guerrilleros trabajando para esas unidades militares, paramilitares del Magdalena Medio y del Urabá Cordobés, y miembros de secciones de inteligencia de las Brigadas V, XI y XIV con jurisdicción en otras regiones del país. Igualmente fue establecido que varios de los autores del crimen, que fueron reconocidos por sobrevivientes, realizaron días antes de la masacre operativos militares de inteligencia en la zona, en los que se identificaron y seleccionaron a las víctimas. También se comprobó que algunos gastos relativos al desplazamiento de los paramilitares del Magdalena Medio, fueron cancelados con la tarjeta de crédito de un alto Oficial del B-2 de la X Brigada, y que los asesinos traídos desde otras regiones del país fueron concentrados previamente en dos fincas de la región bananera de propiedad de narcotraficantes, en inmediaciones del lugar del crimen. Tanto los paramilitares del Magdalena Medio como los de Córdoba, contaron para sus movimientos en la región con la protección de los batallones Voltígeros, Rifles y Nariño. La cantidad de unidades militares implicados en el crimen, sugiere que debieron intervenir unidades castrenses mayores, como las Divisiones, y por tanto ha debido investigarse los comandantes de aquellas con jurisdicción sobre las Brigadas y Batallones que intervinieron en la masacre. En el segundo semestre de 1988 fue nombrado Inspector General en el Comando General Ejército, hasta 1 989, año en el cual fue nombrado Segundo Comandante y Jefe del Estado Mayor del Ejército en el Comando General Ejército Según el decreto 2831 del 23 de noviembre de 1990, fue ascendido a General; ese mismo año fue trasladado a la Sección de Personal Agregado del Comando General del Ejército. como Jefe de la Delegación Militar ante la Junta Interamericana de Defensa, Ministro Consejero ante OEA, y agregado de Defensa en la Embajada de Colombia ante Estados Unidos, según los decretos 2760 del 27 de noviembre de 1989 y 2903 de 1990. Fue condecorado con la Orden al Mérito Militar Antonio Nariño en el grado Gran Oficial, mediante el decreto 1 586 de 1990 Después de que el Coronel(R) Luis Arsenio Bohórquez Montoya, ex comandante del Batallón Bárbula, le entregara a Nelson Mejía Henao pruebas de los nexos entre los paramilitares y los militares en el Magdalena Medio, el Oficial García Echeverry le envió una nota que decía “BIENAVENTURADOS LOS QUE CALLAN”. Poco después Bohórquez Montoya fue asesinado, el 24 de junio de 1991, En 1991 fue nombrado Jefe del Estado Mayor Conjunto en el Comando General de la Fuerzas Militares; fue condecorado con la Orden Estrella de la Policía, gran estrella cívica ordinaria, según el decreto 2404 del 24 de octubre de 1991 y con la Cruz Fuerza Aérea al Mérito Aeronáutico, en el grado Gran Cruz, mediante el decreto 2393 de ese mismo año. García Echeverri falleció en 1996. Este Oficial no fue investigado por la conformación y apoyo de los grupos paramilitares en el Magdalena Medio en 1983, ni por los hechos de 1988 en la región de Urabá. GARCIA GARCÍA, JORGE ENRIQUE Itinerario Autor intelectual y material de la desaparición de Isidro Caballero Delgado y Maria del Carmen Santana el 7 de febrero de 1989 en la finca El Danubio de la vereda Guaduas, en San Alberto. Hizo parte de la reunión que se llevo a cabo en la Base Morrison con otros oficiales y con civiles, lugar de donde salió la orden de capturar a Isidro Caballero. Por su participación en la desaparición de Isidro Caballero y Maria del Carmen Santana, no fue vinculado a ninguna investigación. GIL BERMÚDEZ, RAMON EMILIO Itinerario Inició su vida de Oficial del Ejército como Subteniente en 1957, tres años más tarde sería ascendido a Teniente; en 1965 fue ascendido al rango de Capitán, sería ascendido a Mayor en 1970 y en 1975 a Teniente Coronel. En 1978 fue nombrado Comandante del departamento de inteligencia (E-2), del Comando General del Ejército. El 2 de mayo de 1979 fue condecorado con la medalla por Servicios Distinguidos en Orden Público, por cuarta vez, según el decreto 951, de la misma fecha. En diciembre de ese mismo año fue ascendido a Coronel, mediante el decreto 3008 del 6 de diciembre de 1979. Fue trasladado a la Escuela Superior de Guerra en 1980; estando allí asistió al curso de inteligencia estratégica combinada, en el Distrito Naval Anacostia, en Washington Estados Unidos, del 15 de septiembre al 22 de diciembre de 1 980, según el decreto 2341. Al año siguiente fue nombrado Comandante del Comando Operativo Nº 10 que permanecía en Cimitarra, ese mismo año recibió la condecoración Orden al Mérito Militar José Maria Córdova como Comendador, mediante el decreto 2050 de 1981. Desde 1981, operó en San Vicente y Cimitarra (Santander), región del Magdalena Medio, un grupo paramilitar liderado por Isidro Carreño Lizarazo. El grupo, conocido como MAS, que también actuó como “Los Grillos” o “Los Tiznados” y que tiene sede en San Juan Bosco Laverde, en jurisdicción de Santa Helena del Opón (Santander), es el autor de numerosos asesinatos y desapariciones de campesinos de la región en 1982. Casimiro Amado, Pastor Medina, Juan Gaviria, Segundo Barrero y Luis Silvestre Barbosa, fueron algunas de las víctimas. Según las confesiones de los hermanos Niño Uribe -ex miembros del grupo paramilitar- el Coronel Gil Bermúdez creó, dirigió, y protegió al grupo paramilitar, y le encomendó varios asesinatos y desapariciones de labriegos. De julio de 1982 a julio de 1983 fue nombrado adjunto militar en Embajada de Colombia en Estados Unidos, mediante el decreto 1582 de 1982. En 1984 fue ascendido a Brigadier General, según el decreto 2814 del 19 de noviembre de dicho año. En 1985 fue nombrado Comandante de la X Brigada, estando allí recibió la condecoración Orden al Mérito Militar José María Córdova, en el grado de Comendador, según el decreto 1970 de 1985. En agosto de 1986 pasó a ser Comandante de V Brigada por decreto 2429, donde estuvo poco tiempo pues nuevamente lo trasladaron como Comandante de la X Brigada el 26 de agosto por decreto 2663. Fue nombrado agregado Militar en la Embajadas de Colombia ante Estados Unidos y Canadá, de agosto de 1987 a agosto de 1988, mediante los decretos 2285 de 1987 y 1548 de 1988. Durante su estadía en dichos lugares realizó el curso “Compañeros Internacionales”, de la Escuela Superior de Guerra, en Pennsylvania Estados Unidos, del 15 de enero de 1987 al 16 de junio de 1988, según el decreto 3761 de 1986. A su regreso en 1988, fue nombrado director de la Escuela Superior de Guerra, en ese mismo año; mediante el decreto 2467 del 28 de diciembre de 1988 fue ascendido a Mayor General. En 1989 fue designado Comandante de la 1 División, ese año fue condecorado con la Orden al Mérito Militar Antonio Nariño mediante el decreto 1703 de 1989; al año siguiente fue Comandante de la II División y al finalizar ese mismo año. 1990, regresó de nuevo como director a la Escuela Superior de Guerra. En 1991 fue nombrado lnspector general en el Comando General de la Fuerzas Militares; estando allí recibiría las condecoraciones: Orden al Mérito Militar Antonio Nariño, en el grado de Gran Oficial, según el decreto 1839 del 22 de julio de 1991; orden Estrella de la Policía, estrella cívica, en el grado de Gran Oficial, mediante el decreto 2404 del 24 de octubre de 1991; y la Cruz Fuerza Aérea al Mérito Aeronáutico, en el grado de Gran Oficial, según el decreto 2393 de 1991. Al año siguiente sería nombrado Jefe del estado mayor y Segundo Comandante del Comando General del Ejército. Pasaría a ser Comandante de las Fuerzas Militares el 17 de noviembre de 1992 por decreto 1821. En el mes siguiente fue ascendido a General por decreto 1954 del 1 de diciembre. En 1993 fue nombrado Ministro de Defensa encargado. A partir del 1 de febrero de 1995 fue retirado del servicio activo del Ejército, mediante el decreto 2767, del 20 de diciembre de 1994. En mayo de 1995, fue nombrado nuevamente Ministro de Defensa encargado. ANALISIS DE IMPUNIDAD El Juzgado 1 00 de Instrucción Penal Militar inició el proceso por los hechos de 1981 Cimitarra y Magdalena Medio, el 11 de marzo de 1983, a raíz de una denuncia pública que hiciera al respecto el Procurador General de la Nación. El 21 de noviembre de 1983, el Comandante de la V Brigada, actuando como Juez de Primera Instancia sobreseyó definitivamente al Oficial Gil Bermúdez y a los demás militares implicados. El 10 de octubre de 1985, el Tribunal Superior Militar confirmó esa decisión. El Procurador General de la Nación, Dr. Carlos Jiménez Gómez, denunció públicamente las vinculaciones del Oficial Gil GIL COLORADO, CARLOS JULIO Itinerario Fue ascendido a Teniente Coronel, mediante el decreto 2699 del 6 de diciembre de 1978. En 1980 fue designado como Oficial en el Cuartel General de la II Brigada, y en ese mismo año pasó al Cuartel General de la II Brigada; además recibió la medalla por Servicios Distinguidos de Orden Público, por segunda vez, según el decreto 725 de 1980. En 1981, fue nombrado Comandante del Batallón Tenerife de septiembre de 1981 a febrero de 1982; realizó el curso de mandos superiores en Madrid (España), según el decreto 2269 de 1981. A su regreso fue designado como Comandante del Batallón Escuela de Artillería. Recibió el rango de Coronel mediante el decreto 3274 del 29 de noviembre de 1983 y más tarde el de Brigadier General, según el decreto 2467 del 28 de noviembre de 1988. Entre diciembre de 1988 y diciembre de 1989 fue el Comandante de la XIV Brigada. El grupo paramilitar Muerte A Secuestradores -MAS-, autor de innumerables asesinatos y desapariciones en la región, operó durante este tiempo con la anuencia y protección del entonces Comandante de la XIV Brigada, el Oficial Gil Colorado. El Coronel Bohórquez entregó al Comandante de las Fuerzas Militares, General José Nelson Mejía Henao, un cassette que mostraba la estrecha relación entre los paramilitares de Puerto Boyacá y los mercenarios extranjeros con el Ejército. En mayo de 1991, las pruebas fueron entregadas también al Procurador Delegado para la Defensa de los Derechos Humanos, Jaime Córdova Triviño, a quien también el Oficial le narró la manera como el Ejército había planeado las masacres de Segovia, Honduras y La Negra, así como la vinculación de los Generales Farouk Yanine Díaz y Carlos Julio Gil Colorado. El 24 de junio de 1991, el Oficial Bohórquez Montoya fue asesinado en Bogotá. Luego del asesinato, sus familiares fueron amenazados reiterativamente a través de llamadas telefónicas. El 18 de enero de 1989, en la vereda La Rochela de Simacota (Santander), una comisión judicial fue interceptada por paramilitares y once de sus miembros fusilados. El Oficial Gil Colorado no sólo protegía al grupo paramilitar autor de la masacre, sino que obstaculizó la captura de sus líderes, Alfredo de Jesús Baquero, alias “Vladimir”, y Julián Jaimes, decretadas por los juzgados 5º y 6º de Orden Público de Bucaramanga que investigaron la masacre. El 25 de febrero de 1989, en la vereda Puerto Nuevo Ite, de Yondó (Antioquia), durante un operativo militar contra asentamientos campesinos, la menor de edad Sandra Vélez Vélez fue detenida, desaparecida y asesinada por miembros del Ejército. Según indicios recaudados por las autoridades que investigaron el caso, la menor habría sido entregada al B-2 de la XIV Brigada. El Oficial Gil Colorado, como Comandante de esta Brigada, estuvo al mando de este operativo militar. Existe, además una serie de indicios que comprometen la responsabilidad de este Oficial en el crimen. Ese mismo año recibió la Orden al Mérito Militar José María Córdova, en el grado de Gran Oficial, mediante el decreto 1747 del 4 de agosto de 1989. Entre el 6 y el 8 de enero de 1990, hacia las 5:30 a.m. el campesino Catalino Guerra fue desaparecido durante bombardeo efectuados por helicópteros militares de la Brigada XIV y el Batallón Nueva Granada, al mando del Brigadier General Carlos Julio Gil Colorado, que sobrevolaron la zona en la vereda La Concepción de San Pablo (Bolívar). Durante los años 1990 y 1991 se desempeñó como Comandante de la V Brigada. En razón de su cargo y rango, además de existir indicios y testimonios que lo corroboran, Gil Colorado fue un abierto patrocinador del establecimiento y conformación de grupos paramilitares en la Región Chucureña (El Carmen y San Vicente del Chucurí). Según testimonios de los pobladores de la región, el 1 de mayo de 1991 cuando arribó directamente al municipio de El Carmen del Chucurí en una jornada cívico militar, luego de una reunión pública donde prometió que “el almacén de la V Brigada está a su disposición para que compren todo tipo de armas de cualquier calibre”, sostuvo en el centro urbano de la localidad un encuentro con Isidro Carreño Estévez (Alias Comanche), José de Jesús Cañas (Alias El Canoso Parra), y Helio Pacheco (Alias El Rayo), reconocidos paramilitares de la zona y miembros de “Los Masetos”. Efectivamente 3 días después de la jornada, un helicóptero proveniente directamente de Bucaramanga aterrizó en El Carmen con diez cajas que contenían gran cantidad de armamento, iniciándose a la semana siguiente la venta de armas y la expedición de salvoconductos especiales, estando a la cabeza el Capitán Gilberto Ibarra e Isidro Carreño. El 23 de febrero de 1990, en la vereda Agua Dulce municipio San Vicente de Chucurí (Santander), se encontró el cuerpo sin vida del militante del ELN médico Juan Fernando Porras Martínez; presentaba señales de tortura. Desde el día 5 de ese mes había sido detenido y desaparecido en Bucaramanga por tropas de la V Brigada. Existen indicios de que el Brigadier General Gil Colorado estuvo al tanto de la operación. En ese mismo año, el 16 de abril el Oficial recibió como condecoración la Orden de Boyacá, en el grado de Gran Oficial, según el decreto 774 de 1990. Entre el 29 de julio y el 3 de agosto de 1990, el campesino Germán Antonio Parada, fue detenido, torturado y asesinado; y el campesino y primo del anterior Jairo José Jiménez Bautista, fue detenido, desaparecido y torturado por tropas del ejército nacional del Grupo de Caballería Mecanizado Nº 5 “General Hermógenes Maza” en la vereda San Onofre, en Arboledas (Norte de Santander), luego de un allanamiento practicado en la finca “San Francisco”, ubicada en la localidad mencionada, donde las víctimas estaban descansando. El Brigadier General Gil Colorado emitió un comunicado ante los medios de comunicación nortesantandereanos en el que falsamente informa que Germán Antonio era un guerrillero del Ejército de Liberación Nacional -ELN- conocido como “Jairo” que fue dado de baja en combate por tropas del Grupo de Caballería Mecanizado Nº 5 “General Hermógenes Maza”. Mediante el decreto 252 del 25 de enero de 1991 recibió, por tercera vez, la medalla por Servicios Distinguidos en Orden Público. Un año más tarde es trasladado al Estado Mayor Conjunto del Comando Mayor de las Fuerzas Militares. En 1993, sería el Comandante de la IV división, siendo asesinado en el mes de octubre. ANALISIS DE IMPUNIDAD A pesar de las pruebas existentes en varios expedientes penales y disciplinarios, este Oficial no fue investigado ni por la Justicia ordinaria o por la militar por el apoyo a los grupos paramilitares en el Magdalena Medio; en tanto la Procuraduría Delegada Para las Fuerzas Militares abrió investigación disciplinaria radicada bajo el No.022-109200 del 6 de octubre de 1992 bajo los cargos de concierto para delinquir (tácito) con grupos de Autodefensas; auspicio, fomento y protección del armamentismo creado en la población civil del Carmen con lo cual se consumarían numerosos crímenes desarrollados por los grupos de Autodefensas; extralimitación de las funciones; negligencia en el mando; y numerosas faltas constitutivas de causal de mala conducta. El proceso se encontraba en trámite. Por los bombardeos aéreos ocurridos en desarrollo de una operación militar contra el XXIV frente de las FARC entre el 6 y 9 de enero de 1990 que causaron daños incalculables a los campesinos de la región de San Pablo la Procuraduría Delegada Para la Defensa de los Derechos Humanos mediante la resolución No. 02 del 24 de Julio de 1992 absolvió de responsabilidad alguna al Brigadier General Gil Colorado porque las tropas a su mando reaccionaron legítimamente a una agresión insurgente, además de que los supuestos daños a los campesinos durante el bombardeo nunca fueron probados; y que el operativo militar fue planeado con antelación, con labores de inteligencia, verificando los riesgos de la población civil, “con estricta aplicación de las normas internas y sujeción al D.I.H”. La Jurisdicción de Orden Público adelantó el proceso de la Rochela (Sumario 55 del Juzgado Segundo de Orden Público de Pasto). Sólo sería condenado por los hechos un suboficial, por decisión de segunda instancia del Tribunal Superior de Orden Público, en noviembre de 1990. La Procuraduría Delegada para las Fuerzas Militares inició la averiguación disciplinaria Nº 022-78993. A ninguno de los dos procesos fue vinculado el Oficial Gil Colorado. El Juzgado Primero de Orden Público de Medellín y la Procuraduría Delegada para las Fuerzas Militares (Expediente Nº 022-80274), adelantaron las respectivas investigaciones por la desaparición de Sandra Vélez, sin vincular al Oficial Gil Colorado. Por el encubrimiento del asesinato de Germán Antonio Parada, no se tiene dato de investigación en su contra. ISAÍAS NIÑO, GERMAN Itinerario Entre el 18 y el 25 de abril de 1997, el campesino Humberto Martínez Durán fue detenido, torturado, desaparecido y asesinado; y dos hombres más fueron detenidos, torturados y amenazados de muerte, por miembros del ejército pertenecientes al Batallón de Contraguerrillas Nº 50 “Batalla de Palo Negro” al mando del Oficial Germán Isaías Niño, en El Tarra (Norte de Santander). Por su participación en los hechos no se vinculó a investigación alguna. MANRIQUE, CARLOS JULIO Itinerario Cabo Primero miembro del Batallón de Contraguerrillas No. 27 “Rogelio Correa Campos”. EL 17 de enero de 1994 participó en la detención y asesinato del campesino Aníbal Sosa Criado, y los guerrilleros Emanuel Villabona, Edinson Cárdenas Rodríguez y Gerson Said Guzmán Angarita, miembros del frente Camilo Torres Restrepo del ELN, en hechos ocurridos en la finca Montevideo, vereda La Culebra, corregimiento de Puerto Oculto de San Martín (Cesar). ANALISIS DE IMPUNIDAD Por los hechos ocurridos en la finca Montevideo la Procuraduría Delegada Para la Defensa de los Derechos Humanos decreto en fallo del 18 de agosto de 1998 abstenerse de proseguir con la investigación y por tanto ordenar el archivo de lo actuado contra el Cabo Primero Carlos Julio Manrique porque su conducta se encontraba justificada dentro del “estricto cumplimiento de un deber legal”, específicamente de la misión de rastreo y registro ordenada por la orden No. 007 “Antílope” de enero de 1994 del Batallón de Contraguerrilla No. 27 “Rogelio Correa Campos”. NAVAS RUBIO, HERNANDO Itinerario: Estuvo adscrito a la Brigada de Institutos Militares -BIM-, en 1975; ese mismo año fue ascendido a Teniente. De 1976 a 1983 estuvo en comisión de estudios, en la Universidad de Los Andes, según la resolución 1913 de 1976 y el decreto 753 de 1983, donde obtuvo el titulo de Abogado. Durante esos años fue ascendido a Capitán, en 1979, y luego a Mayor, mediante el decreto 3435 del 26 de noviembre de 1982. Entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 1985, se desempeñó como Segundo Comandante de la Escuela de Caballería. Entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 1986, se desempeñó como jefe del Comando de Inteligencia Anti-Extorsión y Secuestro -CIAES-, de la sección de inteligencia B-2 de la V Brigada. El 18 de junio de 1986, en pleno centro de la población de San Gil (Santander), William Camacho Barajas y Orlando García González fueron capturados por militares y conducidos al Batallón Galán, donde fueron registrados en los libros de detenidos con falsos nombres. Ese mismo día fueron remitidos al CIAES del B-2 de la V Brigada en Bucaramanga. Desde esa fecha, ambos están desaparecidos. Existen numerosos elementos de prueba de que el Oficial Navas Rubio, ordenó la captura y desaparición de William Camacho y Orlando García. Ese mismo año recibió la medalla por Servicios Distinguidos en Orden Público, por primera vez, mediante el decreto 2685 de 1986. Entre el 1 de enero y el 30 de noviembre de 1987 hizo curso de ascenso en la Escuela Superior de Guerra, alcanzando el grado de Teniente Coronel. En octubre de 1987 diecinueve personas, la mayoría de ellas dedicadas al comercio de mercancía de contrabando, fueron torturadas y desaparecidas, en la inspección de policía Puerto Araujo, en Cimitarra (Santander), por miembros del Batallón Bárbula y paramilitares. El crimen fue planeado durante una reunión en las oficinas de ACDEGAM en Puerto Boyacá, en la que participó Navas Rubio, quien les aseguró que ‘Los comerciantes introducían a la zona armas y municiones con destino a la guerrilla”. De acuerdo con la declaración de un paramilitar que participó en el hecho: “El Coronel Navas nos decía que nosotros por lástima con esos comerciantes nos íbamos a dejar matar, entonces un día Henry Pérez le dijo al Coronel Navas coordinemos con ustedes los militares para sacar a los comerciantes”.’ El mismo paramilitar aseguró también que “Navas si recibió dinero de Henry Pérez, le regaló plata en efectivo en varias ocasiones, por ejemplo una vez le regaló dos millones de pesos, en otra ocasión que nosotros fuimos a la oficina de Navas éste necesitaba cinco millones para hacer un cruce en Bogotá, no supe que clase de cruce, y entonces Henry le dijo que en ese momento no tenían pero que fuera o rnandara a Puerto Boyacá, que allá le daban plata”. Fue trasladado al B-2 de la XIV Brigada, mediante el decreto 2258 del 25 de noviembre de 1987 y condecorado con la Orden al Mérito Militar José María Córdova, en el grado de Oficial, mediante el decreto 1522 de 1987. Entre diciembre de 1987 y diciembre de 1988 fue Comandante del B-2 de la XIV Brigada. Entre diciembre de 1988 y octubre de 1989 fue jefe de la Sección de Operaciones y entrenamiento de la misma Brigada. Durante este tiempo firmaba los salvoconductos de las armas entregadas a los paramilitares. El 17 de enero de 1988, en el corregimiento San José del Nus de San Roque (Antioquia), el sacerdote Jaime Restrepo López fue asesinado en la capilla. Según las confesiones ante la Procuraduría, del ex agente de Inteligencia Militar y ex miembro del grupo paramilitar URE, Martín Emilio Sánchez Rodríguez, el Oficial Navas Rubio dio la orden a miembros del mencionado grupo de asesinar al sacerdote. El grupo URE tenía su sede en Puerto Berrío (Antioquia) y estaba integrado. por miembros de la XX Brigada, de los B-2 de las Brigadas V y XIV y por civiles adscritos a las redes de inteligencia de estas unidades. Esa estructura paramilitar, aunque operó con diferente nombres en la región, fue bautizada por el Coronel Rodolfo Luna con el nombre de URE y el Oficial Navas Rubio era uno de los jefes del mencionado grupo. El 29 de mayo de 1988, en la Vereda Llana Caliente del municipio de San Vicente de Chucurí (Santander), tropas del Batallón Luciano D’ Elhuyer, dispararon durante 40 minutos contra unos 9.000 campesinos concentrados allí. Luego de la masacre, los labriegos Gustavo Luna, Iván Maderos y Juan Amorocho, fueron detenidos por los militares y torturados varios días seguidos. Los tres campesinos fueron obligados a firmar una declaración según la cual la FARC los había enviado con la misión de matar al Comandante del Batallón. Las falsas “confesiones” tenían por objeto distraer la atención de las autoridades investigadoras de la masacre y ocultar la realidad de los sucesos. Una vez puestos a órdenes de un juez civil, los tres detenidos serían dejados en libertad. Posteriormente, dos de ellos serían asesinados en oscuras circunstancias y el tercero abandonaría la región amenazado de muerte. El Oficial Navas Rubio, personalmente dirigió las torturas de los tres labriegos e ideó las supuestas “confesiones”. El 21 de septiembre de 1988, el administrador de la mina El Galeón, Milciades Fernández, el Gerente de la Caja Agraria de Puerto Nare y el conductor de éste último, fueron torturados y asesinados en la inspección departamental La Sierra, por orden de Navas Rubio. El 11 de noviembre de 1988, tres camperos con hombres vestidos de camuflaje y fuertemente armados ingresan en la población de Segovia (Antioquia), y durante una hora dispararon contra la población. El saldo de la masacre fue de 43 personas asesinadas y 56 heridas. El Batallón Bomboná y la Policía, acantonados en el municipio, no tomaron ninguna medida tendiente a repeler la acción criminal, proteger la población civil o perseguir a los asesinos en su huida. Según pruebas recaudadas por la justicia ordinaria, el Oficial Navas Rubio tomó parte activa en la planeación de la masacre. De acuerdo con la declaración del Oficial René Carvajal López, encargado de las comunicaciones para la fecha de la masacre “un día me lo mostraron, me dijeron ése es el NEGRO VLADIMIR, precisamente tres días antes de la masacre de Segovia lo vi entrar a las instalaciones del Batallón Bomboná; él llegó con dos o tres vehículos tipo campero, color blanco uno, los otros no recuerdo, iba acompañado de otros sujetos, les alcancé a ver armas largas, estuvieron en la Sección de Inteligencia”. Así mismo, Alonso de Jesús Baquero Agudelo aseguró que ,,en una reunión que tuvimos el Coronel Navas Rubio que en ese tiempo era el Comandante del B-2 de la Brigada, o sea la Sección de Inteligencia de la Brigada, el Coronel Londoño Tamayo y yo, prácticamente esta masacre la coordinamos entre los tres porque yo en ese entonces era el jefe paramilitar de la zona… los nombres de los muertos no los recuerdo porque para eso se llevó una lista de los que se debían matar y gran parte de esos nombres los suministró el Batallón Bomboná; me la entregó el Coronel Londoño Tamayo; otra lista me la entregó el Coronel Navas y otra la hice yo en Segovia días antes de la masacre”. El 28 de febrero de 1989, Teresa de Jesús Ramírez Vargas religiosa perteneciente a la Compañía de María Nuestra Señora, educadora del Liceo y del Hogar Juvenil Campesino de la Inspección Departamental de Cristales e impulsara de las comunidades eclesiales de base y sindicalista de la Asociación de Instructores de Antioquia -ADIDA-, fue asesinada por paramilitares y militares de inteligencia adscritos a XIV Brigada, quienes luego de asesinar a la religiosa, emprendieron un recorrido criminal por la zona, asesinando también a Gonzalo de Jesús Mira Gutiérrez, Leonardo Mira Gutiérrez, Rodrigo Antonio Cadavid Gutiérrez, Diógenes de Jesús Zapata Barrientos, Rosa Angelina Arroyave y Miguel Palacio Velásquez. Los crímenes fueron autorizados por Navas Rubio. En 1990 fue nombrado Comandante del Grupo Aerotransportado No. 19 “General Reveiz Pizarro”, ese mismo año recibió la medalla por Servicios Distinguidos en Orden Público, por segunda vez, mediante el decreto 2655 de 1990. Entre el 15 de diciembre de 1990 y el 31 de octubre de 1 991, fue jefe del B-2 de la XII Brigada. Luego pasó a ser jefe de la Sección de operaciones y entrenamiento de la misma Brigada, hasta febrero de 1992. En febrero de 1992, fue enviado en comisión a desempeñar el cargo de Director General de Prisiones, el que desempeñó hasta el 25 de julio de 1992, cuando fue retirado del servicio, a raíz de la fuga de Pablo Escobar Gaviria de la Cárcel de la Catedral en Envigado (Antioquia). Fue detenido en 1997, época en la cual estaba residenciado en la isla de San Andrés, donde se dedicaba al comercio. A mediados del año 2000 estaba detenido en la Escuela de Caballería en Santafé de Bogotá. ANALISIS DE IMPUNIDAD Por la desaparición de los diecinueve comerciantes en 1987, la Unidad Nacional de Derechos Humanos de la Fiscalía, el 13 de septiembre de 1996, le dictó medida de aseguramiento de detención preventiva por “secuestro extorsivo y homicidio múltiple agravado”. Sin embargo, el Consejo Superior de la Judicatura resolvió la colisión de competencias a favor de la Justicia Penal Militar, donde el Comandante del Ejército, Mayor General Manuel José Bonett Locarno, como juez de primera instancia, decretó cesación de procedimiento en su favor. Por la masacre de Segovia de 1988, la Unidad Nacional de Derechos Humanos de la Fiscalía le dictó resolución de acusación el 20 de marzo de 1998 en calidad de determinador, por los delitos de terrorismo, concierto para delinquir, homicidio con fines terroristas y lesiones personales. Sin embargo, el 29 de agosto de 2000, el Juzgado Primero Penal del Circuito Especializado de Antioquia, lo absolvió. La Justicia Penal Militar lo investigó por la fuga de Pablo Escobar en 1992, pero lo absolvió. Por los demás crímenes en que participó no fue investigado. NUÑEZ GARCIA, CARLOS ALBERTO Itinerario Teniente. El 7 de octubre de 1992, comandaba el operativo militar en el que resultaron asesinados nueve pasajeros de un bus de servicio público y dos guerrilleros; y catorce personas heridas por miembros de la V Brigada del Ejército en el sitio El Tope en Santa Bárbara (Santander). ANALISIS DE LA IMPUNIDAD Por la masacre de Santa Bárbara de 1992, el 9 de agosto de 1996 la Auditoria Auxiliar 30 de Guerra cesó todo procedimiento en su contra. Decisión que fue confirmada por el Tribunal Superior Militar el 24 de febrero de 1998. Por estos mismos hechos, el Comando de la V Brigada asumió la respectiva investigación disciplinaria interna, vinculando al los Subtenientes Traslaviña y Núñez, y el Cabo Segundo Roncancio. En providencia del 15 de octubre de 1993, el cuerpo castrense consideró que la actuación de los militares se enmarcaba en una causal de justificación porque obraron en cumplimiento de un deber legal y bajo legítima defensa de la injusta agresión actual e inminente de la que fueron objeto gracias a los subversivos. Por tanto decidió declarar que no existía mérito para llamar un Tribunal Disciplinario o de Honor a los militares encartados; decisión que fue confirmada por el Comando General de las Fuerzas Militares el 7 de marzo de 1994. Por otra parte, el 19 de octubre de 1992, la Procuraduría Delegada para la Defensa de los Derechos Humanos inició la indagación preliminar, formulando auto de cargos contra los Oficiales Traslaviña y Núñez el 30 de noviembre de 1993. En fallo del 22 de agosto de 1997, archivó las diligencias en aplicación del principio del “non bis in ídem”. No obstante elevó una solicitud al Comando General de las Fuerzas Militares para que estudiara la viabilidad de la revocatoria directa de la decisión que profirieron el 7 de marzo de 1994. PACHECO, GONZALO Itinerario Capitán que en el mes de noviembre de 1.973, detuvo, torturó, y sindicó al profesor universitario y abogado Jaime Torres Sánchez en las instalaciones de la V Brigada, en Bucaramanga (Santander). No se tiene información de que se haya hecho investigaciones a este Oficial. PEREZ BERROCAL, JOSE VICENTE Itinerario En 1978 Pérez Berrocal tenía el grado de Capitán. Tres años después fue adscrito al Batallón de Infantería No. 28 “Colombia” Aerotransportado, donde se le condecoró con la medalla de Servicios Distinguidos en Orden Público por primera vez en el Grado de Oficial mediante el decreto 2928 de 1981. Posteriormente sería ascendido a Mayor por el decreto 3435 de 1982, año en el cual nuevamente sería condecorado, esta vez con la Orden al Mérito Militar José María Cordova Grado Oficial, por decreto 2326. En 1987 adquiriría el grado de Teniente Coronel por decreto 2258 y fue nombrado como comandante del Batallón de Infantería No. 14 “Antonio Ricaurte”. Existen indicios de que este Oficial participó en el asesinato del Alcalde de Sabana de Torres y miembro de la UP Álvaro Garcés Parra, ocurrido el 16 de agosto de 1987n en dicha localidad. Con anterioridad al hecho el militar había proferido amenazas contra los miembros de la UP del municipio, al igual que contra Garcés Parra. Dos años después del magnicidio de Garcés Parra, el Teniente Coronel Pérez Berrocal sería trasladado al Batallón de Infantería No. 28 “Ayacucho”. ANALISIS DE IMPUNIDAD Solamente hasta el 9 de febrero de 1999, Pérez Berrocal fue vinculado mediante indagatoria por la Unidad Nacional de Derechos Humanos a la investigación penal ordinaria llevada por el asesinato de Álvaro Garcés Parra. Luego el 31 de marzo de 1991 le decretarían medida de aseguramiento de detención preventiva, y se solicitaría al Comando de la V Brigada remitir las diligencias adelantadas, a lo cual respondería el cuerpo castrense de forma negativa provocando conflicto de competencia, resuelto a favor de la jurisdicción penal ordinaria por el Consejo Superior de la Judicatura en fallo del 17 de junio de 1999. El 7 de septiembre de 1999 fue calificado el sumario por la Unidad Nacional de Derechos Humanos de la Fiscalía, con “resolución de acusación… en calidad de autor intelectual del delito de homicidio agravado de que fuera víctima el Doctor Álvaro Garcés Parra”, contra José Vicente Pérez Berrocal. El 13 de septiembre de 1999 el abogado de José Vicente Pérez Berrocal interpuso recurso de apelación. Igual solicitud hizo la Procuradora 18 Judicial Penal II, el 15 de septiembre de 1999. El 20 de septiembre de 1999, la Fiscalía resolvió el recurso de apelación confirmando la decisión. No obstante, el 23 de diciembre de 1999, la Fiscalía Delegada ante el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Santafé de Bogotá revocó la resolución de acusación y en su lugar precluyó la instrucción a favor de José Vicente Pérez Berrocal, con el argumento que el testimonio de Echandía Sánchez, que fue el que mayor claridad daba sobre su responsabilidad, “no merece credibilidad” por que existe “interés del testigo en perjudicar al Teniente” debido a las “penas que ha sufrido a raíz de su desvinculación del Ejército Nacional”. A la investigación disciplinaria adelantada en la Procuraduría Delegada Para las Fuerzas Militares no sería vinculado. RICO MONTES, MAURICIO Itinerario Teniente adscrito al Batallón de Contraguerrilla No. 5 “Los Guanes”. El 29 de julio se encontraba al mando de la Contraguerrilla Furia cuyos miembros detuvieron, torturaron y asesinaron a Alonso Lara Martínez y Luz Marina Villabona en la quebrada Peralonso, Inspección de Policía Departamental Sabaneta, en jurisdicción del municipio de Sabana de Torres (Santander). ANALISIS DE IMPUNIDAD El Juzgado 23 de instrucción penal militar con sede en el municipio del Socorro, adelantó investigación penal contra el Teniente Mauricio Rico Montes y otros por el delito de homicidio. El proceso fue enviado el 26 de febrero de 1997 a la Auditoria Auxiliar de guerra de la Primera Brigada con sede en Tunja (Boyacá). El término de instrucción concluyó el 17 de noviembre de 1995. El juzgado penal militar 129 absolvió a los responsables por considerar que las declaraciones de los testigos no concuerdan con las pruebas periciales y el levantamiento de los cadáveres. Por otro lado, la Procuraduría Delegada Para la Defensa de los Derechos Humanos en providencia del 16 de marzo de 1994, consideró que el material probatorio obtenido, fundamentalmente de testimonios recogidos, “no aporta a la indagación elementos de juicio que permitan derivar responsabilidad disciplinaria en contra de los militares que participaron en la operación”, por lo que decidió abstenerse de abrir formal averiguación disciplinaria por falta de mérito probatorio. RONCANCIO SOTO, RUBÉN DARIO Itinerario El 7 de octubre de 1992, nueve pasajeros de un bus de servicio público y dos guerrilleros serían asesinados; y catorce personas heridas por miembros de la V Brigada del Ejército en el sitio El Tope, Santa Bárbara (Santander). El Cabo Segundo Rubén Darío Roncancio Soto fue uno de los militares que participó en el crimen. ANALISIS DE LA IMPUNIDAD Por la masacre de Santa Bárbara de 1992, el 9 de agosto de 1996 la Auditoria Auxiliar 30 de Guerra cesó todo procedimiento en su contra. Decisión que fue confirmada por el Tribunal Superior Militar el 24 de febrero de 1998. SAAVEDRA MARQUEZ, WILLIAM Itinerario Cabo adscrito al Comando de Investigación, Anti-extorsión y Secuestro CIAES. Participó con otros dos militares en el asesinato de los jóvenes Jesús Orejanera Parra, William Raimundo Correa Vélez y Rubén Darío Carmona Zambrano, ocurrido el 28 de mayo de 1990 en Bucaramanga (Santander). Los uniformados los presentaron como guerrilleros dados de baja, además de alegar defensa propia. ANALISIS DE IMPUNIDAD La auditoria 17 de guerra de Bucaramanga abrió investigación contra el Capitán Soto Suárez por el delito de homicidio y encubrimiento a los capitanes Evangelista Basto Bernal y William Saavedra Márquez. El 30 de abril de 1990 el juez 100 de Instrucción penal militar se abstuvo de decretar medida de aseguramiento en contra de los suboficiales. El 3 de 0ctubre de 1992 el juez 23 de IPM decretó medida de aseguramiento en contra del Capitán Soto. El 24 de marzo de 1994 fue revocada esta decisión y se decretó medida de aseguramiento contra los Cabos Basto y Márquez. Convocado el Consejo verbal de guerra, se llevó a cabo la audiencia en la que absolvieron a los sindicados por no haberse encontrado pruebas de su responsabilidad en los hechos. SOTO SUAREZ, PEDRO LEON Itinerario El 28 de mayo de 1990, los jóvenes Jesús Orejanera Parra, William Raimundo Correa Vélez, y Rubén Darío Carmona Zambrano, fueron asesinados por 3 miembros del Comando de Investigación, Anti-extorsión y Secuestro (CIAES) de la V Brigada, siendo presentados como guerrilleros dados de baja al atacar a los militares, quienes alegaron defensa propia. El Capitán Soto Suárez era uno de los uniformados que participó en los hechos. ANALISIS DE IMPUNIDAD La auditoria 17 de guerra de Bucaramanga abrió investigación contra el Capitán Soto Suárez por el delito de homicidio y encubrimiento a los capitanes Evangelista Basto Bernal y William Saavedra Márquez. El 30 de abril de 1990 el juez 100 de Instrucción penal militar se abstuvo de decretar medida de aseguramiento en contra de los suboficiales. El 3 de 0ctubre de 1992 el juez 23 de IPM decretó medida de aseguramiento en contra del Capitán Soto. El 24 de marzo de 1994 fue revocada esta decisión y se decretó medida de aseguramiento contra los Cabos Basto y Márquez. Convocado el Consejo verbal de guerra, se llevó a cabo la audiencia en la que absolvieron a los sindicados por no haberse encontrado pruebas de su responsabilidad en los hechos. TOBON CALDERON, JORGE MARIO Itinerario Sargento Segundo. Personal bajo su mando del UNASE de la V Brigada, el 3 de febrero de 1994, detuvieron a Henry Martínez Castro, Fernando Antonio Castro Rincón, Alberto Villarreal López, Efrén Rubio, César Montero Hernández y Reinaldo Moncada, quienes luego fueron torturados en las instalaciones del Batallón de Infantería No. 15 “Santander” en Ocaña (Norte de Santander). ANALISIS DE IMPUNIDAD La Procuraduría Delegada Para la Policía Judicial y Administrativa inició la investigación disciplinaria, que luego la envió por competencia a la Delegada Para la Defensa de los Derechos Humanos iniciándose la indagación preliminar el 20 de septiembre de 1996. El 24 de junio de 1997 se profirió auto de apertura de investigación disciplinaria contra el Sargento Segundo Tobón; sin embargo mediante providencia del 9 de junio de 1999 el organismo disciplinario decretó el archivo de las diligencias por prescripción de la acción disciplinaria. TRASLAVIÑA SACHICA, ARNULFO Itinerario Subteniente. El 7 de octubre de 1992, nueve pasajeros y dos guerrilleros del ELN fueron asesinados; y catorce personas heridas por miembros de la V Brigada del Ejército en el sitio El Tope, Santa Bárbara (Santander). El Subteniente Traslaviña Sáchica fue uno de los militares que participó en el crimen. ANALISIS DE LA IMPUNIDAD Por la masacre de Santa Bárbara de 1992, el 9 de agosto de 1996 la Auditoria Auxiliar 30 de Guerra cesó todo procedimiento en su contra. Decisión que fue confirmada por el Tribunal Superior Militar el 24 de febrero de 1998. Por estos hechos, el Comando de la V Brigada asumió la respectiva investigación disciplinaria interna, vinculando al los Subtenientes Traslaviña y Núñez, y el Cabo Segundo Roncancio. En providencia del 15 de octubre de 1993, el cuerpo castrense consideró que la actuación de los militares se enmarcaba en una causal de justificación porque obraron en cumplimiento de un deber legal y bajo legítima defensa de la injusta agresión actual e inminente de la que fueron objeto gracias a los subversivos. Por tanto decidió declarar que no existía mérito para llamar un Tribunal Disciplinario o de Honor a los militares encartados; decisión que fue confirmada por el Comando General de las Fuerzas Militares el 7 de marzo de 1994. Por otra parte, el 19 de octubre de 1992, la Procuraduría Delegada para la Defensa de los Derechos Humanos inició la indagación preliminar, formulando auto de cargos contra los Oficiales Traslaviña y Núñez el 30 de noviembre de 1993. En fallo del 22 de agosto de 1997, archivó las diligencias en aplicación del principio del “non bis in idem”. No obstante elevó una solicitud al Comando General de las Fuerzas Militares para que estudiara la viabilidad de la revocatoria directa de la decisión que profirieron el 7 de marzo de 1994. TRONCOSO BONILLA, ALFONSO ALEJANDRO Itinerario Teniente. Estuvo a cargo de la Base Militar acantonada en el municipio de La Belleza (Santander) en el año de 1991, año en cual el día 7 de abril miembros de las Fuerzas Militares asesinaron al Tesorero Municipal Gerardo Olaya Galeano en el sitio conocido como “La Argollita”. Tiempo atrás Tiempo atrás, el Comandante de la Base Militar acantonada en el municipio, el Teniente Troncoso Bonilla había proferido amenazas y señalamientos de todo tipo contra los miembros de la administración municipal y varios habitantes del municipio. ANALISIS DE IMPUNIDAD La Procuraduría Delegada Para las Fuerzas Militares mediante Resolución No. 335 del 8 de agosto de 1995, decidió sancionar con destitución (separación absoluta) al Oficial Troncoso Bonilla argumentando que se encontraba plenamente probado que patrocinó y fomento el auxilio de grupos de individuos denominados “paramilitares”; e intimidaba y señalaba a varios habitantes del municipio como “auxiliadores de la guerrilla”. Esta decisión fue confirmada el 21 de noviembre de 1995 por la misma Delegada, al resolver de manera negativa el recurso de reposición interpuesto por el encartado. TRUJILLO HOYOS, VICTOR MANUEL Itinerario Entre 1981 y 1982, en San Juan Bosco de la Verde, municipio de Santa Helena del Opón (Santander), la V Brigada y el Comando Operativo No. 10 crean un grupo paramilitar que operaba en el Magdalena Medio santandereano, bajo los nombres de “Muerte a Secuestradores -MAS-“, “Los Tiznados”, “Los Grillos”, y los “Caracuchos”. El grupo que estaba liderado por Isidro Carreño Lizarazo y su hijo Isidro Carreño Estévez alias “Comanche”, recibían instrucción, armamento y dotación logística de la V Brigada. Según las confesiones de tres ex integrantes del grupo paramilitar, los hermanos Manuel y Clodomiro Uribe Niño y Pedro Pablo Ortiz, el jefe del B-2 de la V Brigada, quien en ese entonces era el Coronel Trujillo Hoyos, protegía al grupo y auspiciaba sus actividades paramilitares. El 24 de abril de 1.982, el activista sindical y trabajador del Hospital Ramón González Valencia Ruperto Lozada Pinilla, fue detenido y torturado en horas de la tarde por agentes del B-2 del Ejército en el barrio la Pedregosa, de la ciudad de Bucaramanga. Se presume que el Coronel Trujillo estuvo al tanto del operativo en razón de su cargo, jefe del B-2; además, cuando la esposa del sindicalista se dirige a dichas instalaciones con el ánimo de averiguar en qué estado se encontraba su esposo, el Oficial le responde que Ruperto “se encontraba allí por subversivo, y que si quería más información se la pidiera a la guerrilla cubana”. Por estos sucesos nunca se vinculó al Coronel Trujillo Hoyos a investigación penal o disciplinaria alguna. URBINA SÁNCHEZ, LUIS BERNARDO Itinerario Luis Bernardo Urbina Sánchez nació el 24 de junio de 1945 en Nemocón (Cundinamarca), tres de sus hermanos han pertenecido (o pertenecen) al Ejército, dos de los cuales (José Vicente y Edgar) están involucrados en la comisión de Crímenes de Lesa Humanidad. En 1973 tenía el rango de Teniente. Entre el 9 y el 11 de septiembre de 1977, Omaira Montoya Henao y Mauricio Trujillo fueron detenidos y desaparecidos por miembros del Ejército y del F-2 de la Policía en Barranquilla (Atlántico), en cumplimiento de una orden enviada por el Batallón de Inteligencia y Contrainteligencia -BINCI- “Charry Solano”. Días después Mauricio fue entregado a un Juez Militar, acusado de rebelión, mientras Omaira permanece desaparecida. El Capitán Urbina Sánchez, quien era miembro del B-2 de la Segunda Brigada, fue uno de los oficiales que participó en el operativo, dirigiendo además el allanamiento a las “Residencias Clara Mar”, donde se habían alojado las víctimas. En 1978, fue ascendido a Mayor, mediante el decreto Nº 2699/77. En 1979 estuvo vinculado a la Brigada de Institutos Militares -BIM-, como oficial de Policía Judicial. Precisamente ese año, exactamente el día 3 de enero, el fotógrafo uruguayo Sergio Ramón Betarte Benítez, fue torturado por miembros de la BIM al mando del Teniente Luis Bernardo Urbina Sánchez. En 1982, fue ascendido a Teniente Coronel, mediante el decreto No. 3435 del 26 de noviembre de 1982. Ese mismo año estuvo en Estados Unidos adelantando Curso de Comando y Estado Mayor, mediante decreto No. 451/82. En 1983, se encontraba adscrito al Comando Operativo de Desarrollo Nº 12 y fue condecorado con la medalla Servicios Distinguidos en Orden Público, mediante el decreto No. 2434/83. En 1984, estuvo como Comandante del Batallón No. 9 Tenerife y fue condecorado con la orden al mérito militar Antonio Nariño, grado comendador, mediante el decreto Nº 1719/84. Durante 1985, adelantó el Curso 03 Comando y Estado Mayor, en la Escuela de Las Américas en Estados Unidos, mediante el decretó No. 3036/84. Entre 1986 y 1987, estuvo vinculado a la V Brigada, como Jefe del B-2. En 1986, fue nuevamente condecorado con la medalla servicios distinguidos en orden público, mediante el decreto No. 3410/86. Por este año, el 18 de junio, hacia las 5:30 p.m., el estudiante William Camacho Barajas de 22 años y el comerciante Orlando García González de 35 años fueron detenidos y desaparecidos durante un operativo realizado por efectivos del B-2 del ejército adscrito a la Brigada V en el que participaron el Capitán Leonardo Gómez Vergara, los cabos Orlando Quintero Cadena alias “El Chato” y Armando Morales Mazuera, los sargentos Luis Alfredo Buitrago Zapata y Alfonso Montealegre y el comandante del CIAES Mayor Hernando Navas Rubio, en complicidad con otros miembros de organismos de seguridad y del Teniente Coronel Luis B. Urbina Sánchez, en San Gil (Santander). El Oficial Urbina Sánchez, como Jefe del B-2, fue quien ordenó a sus subalternos adelantar las acciones que conllevaron a la desaparición de William y Orlando y ayudó a encubrir la verdadera propiedad de uno de los vehículos usados en el operativo. Al año siguiente de las desapariciones de William Camacho y Orlando García, 1987, el Teniente Coronel. Urbina Sánchez estaría involucrado en varios crímenes y ejecuciones extrajudiciales ordenadas por él desde su puesto en el B-2 de la V Brigada. Así, el 15 de abril, el joven obrero de construcción y miembro de un grupo cristiano, Mario Alexander Granados Plazas, fue torturado y asesinado en Piedecuesta (Santander) por Gonzalo Ortega Parada, paramilitar del grupo Los Grillos, por ordenes del alto Oficial. Por otro lado, el 16 de agosto, el abogado y Alcalde de Sabana de Torres por la Unión Patriótica Álvaro Garcés Parra; el agente de policía John Jairo Loaiza Pava, quien le servía como escolta al Alcalde; el militante de la Unión Patriótica Carlos Gamboa Rodríguez, quien se desempeñaba como escolta del Concejal de Lebrija por la Unión Patriótica, Jaime Castrillón, y el ama de casa Elida Rocío Anaya Duarte, fueron asesinados durante un operativo conjunto entre miembros del Ejército, la policía y paramilitares, en Sabana de Torres (Santander). El crimen fue planeado en las instalaciones del S-2 del Batallón Ricaurte en Bucaramanga, con el propósito de acabar con la vida del alcalde. En el mismo hecho fueron heridas dos personas más. El Teniente Coronel Urbina Sánchez fue uno de los autores intelectuales del magnicidio, además de que había acusado a Álvaro Garcés Parra de pertenecer a las FARC. El 25 de noviembre de 1987 fue ascendido a Coronel. Entre 1988 y 1989, estuvo en la Dirección Nacional de Inteligencia del Ejército, desempeñando el cargo de Director. En 1988 recibió la orden al mérito militar Antonio Nariño, grado caballero, mediante el decreto Nº 1510/88. Durante estos mismos años, según declaraciones del Teniente (R) del Ejército y jefe paramilitar, Luis Antonio Meneses Báez, alias “Ariel Otero”, el Oficial Urbina Sánchez mantenía contacto con el jefe paramilitar y coordinó la conformación de una estructura paramilitar de carácter nacional llamada Junta Nacional de Autodefensa, “compuesta por líderes de aproximadamente 8 regionales, cuya función era promover el sistema de autodefensa y coordinar con el Ejército operaciones de inteligencia”. El 25 de abril de 1989, Amparo Tordecilla fue desaparecida, luego de ser detenida por miembros de la Brigada XX, en Bogotá. En 1991, el cadáver de Amparo fue encontrado, junto con los de otros desaparecidos, en un cementerio ubicado a 40 minutos de Bogotá. El día de la detención fue introducida por la fuerza a un taxi de placas SF-3257, adscrito a la Dirección Nacional de Inteligencia del Ejército, cuya dirección estaba a cargo del oficial Urbina Sánchez. Al preguntársele al oficial el mencionado vehículo y decirle la gravedad de los hechos en el cometidos, este dijo que el carro pertenecía a la Brigada XX y argumentó que la detenida no había sido Amparo, sino una informante del Ejército. En 1990, estuvo como Comandante de la IX Brigada en Neiva. Entre enero de 1991 y julio de 1992, se desempeñó como Agregado Militar en la Embajada de Colombia en Venezuela, mediante decretos 3136/90 y 1032/92. En el mismo año 1992 fue ascendido a Brigadier General. Ya en 1994 era comandante de la VII Brigada. ANALISIS DE IMPUNIDAD Solo se conoce de la vinculación del oficial Urbina Sánchez a la investigación disciplinaria adelantada por la Procuraduría, por la desaparición de Amparo Tordecilla en 1989, en Bogotá, en la cual el 26 de diciembre de 1991 le elevaron pliego de cargos. Por los demás hechos no se corrió contra este militar proceso alguno. VACCA PERILLA, JUAN JOSE ALFONSO Itinerario El oficial fue ascendido a Teniente Coronel en 1978, año en el cual comenzó a desempeñarse como director de la Escuela de Caballería en Bogotá, en enero de 1979; esta Escuela se convirtió en un gran centro de tortura, allí llevaron centenares de personas detenidas para torturarlas. El operativo se desarrollo en el marco de una investigación adelantada por el Ejército, a raíz del robo de más de un millar de armas efectuado por el M-19 a la Brigada de Institutos Militares en diciembre de 1978. Entre estos casos figura la detención de la militante del M-19 y odontóloga Olga López Jaramillo con su pequeña hija; ellas fueron detenidas por miembros de la Brigada de Institutos Militares y conducidas a las instalaciones de esta Escuela, donde Olga fue torturada. En 1978 éste oficial es condecorado con la Medalla de servicios distinguidos en orden público, por primera vez, por Decreto Nº 240 de 1978. Así mismo, de enero a diciembre de 1980, fue invitado como profesor en la Escuela de las Américas, en Panamá, según Decreto Nº 3114/79. Durante este periodo recibió el ascenso a coronel, según decreto Nº 1312 del 2 de junio de 1989. En 1984 fue comandante de la I Brigada, y en 1986 fue comandante de la VIII Brigada. Durante este periodo, entre el 85 y 86, en la región del Viejo Caldas se crea una estructura paramilitar que opera con el nombre de Muerte a Comunistas -MAC-. El grupo paramilitar asesina y desaparece varios miembros de la oposición en las ciudades de Armenia (Quindío), Pereira (Risaralda), y Manizales (Caldas). Una de las víctimas ejecutadas por el MAC es el dirigente de la Unión Patriótica Rubén Darío Castaño Jurado, asesinado en Manizales el 11 de noviembre de 1985. Existen graves indicios recaudados judicialmente, que señalan como el oficial Vacca Perilla, junto con el oficial Henry Bermúdez Flórez, habrían creado éste grupo paramilitar. En 1985 es ascendido a Brigadier General, según decreto Nº 3449/85; en 1986 es condecorado con la Orden al mérito militar “José María Córdova”, grado gran oficial, según decreto Nº 2328/86. En 1987 es nombrado comandante de la V Brigada del ejército. Estando en este cargo, el 16 de agosto de 1987, en Sabana de Torres (Santander), fue asesinado Álvaro Garcés Parra, alcalde de ese municipio, por un grupo integrado por miembros de Inteligencia Militar y paramilitares, desplazados con ese fin desde San Juan Bosco de la Verde. En los hechos muere uno de los paramilitares y otro queda herido. En un bolsillo del pantalón del paramilitar muerto, es hallado un salvoconducto especial del Ejército. El paramilitar herido sería llevado por miembros del Batallón Ricaurte a una clínica privada, y sus gastos de hospitalización serían cancelados por el Ejército. Según las confesiones de un ex agente de Inteligencia Militar, a quien inicialmente se le confirió como misión seguir los pasos del alcalde para planear su asesinato, el crimen había sido ordenado y dirigido por el B-2 de la V Brigada. Existen numerosos indicios que comprometen en el crimen, como autor intelectual, al oficial Vacca Perilla, entonces comandante de la V Brigada. En 1987 vuelve a ser condecorado con la Orden de Boyacá, grado gran oficial, según decreto Nº 1106/87. En octubre de 1987 diecinueve personas, la mayoría de ellas dedicadas al comercio de mercancía de contrabando, fueron torturadas y desaparecidas, en la Inspección de Policía de Puerto Araujo en Cimitarra (Santander), por miembros del Batallón Bárbula y paramilitares del grupo al mando de Henry de Jesús Pérez Durán. El crimen fue planeado durante una reunión en las oficinas de ACDEGAM en Puerto Boyacá. (Boyacá), en la que participó el Teniente Coronel Hernando Navas Rubio, Comandante del B-2 de la XIV Brigada, quien les aseguró que “los comerciantes introducían en la zona armas y municiones para la guerrilla”. Allí se acordó la coordinación con el Comandante de la V Brigada, Brigadier General Vacca Perilla, delegando al Mayor Oscar de Jesús Echandía Sánchez y al Sargento Otoniel Hernández Arciniégas, quienes se encargarían de coordinar con Alonso de Jesús Baquero Agudelo, la vigilancia de la caravana hasta que llegara al lugar donde estaban los paramilitares. Según declaración de este último, el Oficial Vacca Perilla no quedó muy satisfecho con el hecho, ya que: “el único General que no le gustaban las masacres era el General Vacca Perilla; estaba de acuerdo que los homicidios fueran individuales no colectivos”. Por otro lado, en la madrugada del 4 de marzo de 1988, en Turbo (Antioquia), un grupo de hombres armados ingresan a las fincas bananeras “Honduras” y “La Negra”, sacan de sus dormitorios a 20 trabajadores y luego de identificarlos e interrogarlos, los acribillan. Algunos sobrevivientes lograron reconocer a los asesinos, entre los que se encontraban varios militares y civiles que días antes habían realizado operativos de inteligencia en el sector. Judicialmente se comprobó que el grupo de asesinos estaba integrado por miembros del Ejército, y paramilitares de Córdoba y del Magdalena Medio, desplazados a la región del Urabá Antioqueño con ese fin. Según se comprobó judicialmente, uno de los presuntos paramilitares de Córdoba, Ricardo Rayo, resultó ser agente del B-2 de la V Brigada. Existen elementos de prueba que señalan que el B-2 de la V Brigada coordinó con otras secciones de inteligencia del Ejército el desplazamiento de los paramilitares del Magdalena Medio. El 18 de junio de 1988, en Curumaní (Cesar), Manuel Reyes Cárdenas es detenido y desaparecido en un retén militar. Inicialmente y por orden del oficial Juan Salcedo Lora, Manuel Reyes Cárdenas es mantenido oculto en las instalaciones del Batallón Nariño, para luego ser trasladado al Batallón Santander en Ocaña (Norte de Santander). Allí es obligado a vestir prendas militares y a realizar patrullajes con efectivos militares. El 27 de agosto de 1988, una Comisión de la Procuraduría rescata a Manuel Reyes Cárdenas de su cautiverio. Según abundantes pruebas recaudadas, el oficial Vacca Perilla no sólo participó con su anuencia aprobando que en el Batallón Santander se mantuviera al desaparecido, sino que impartió instrucciones a sus subordinados para que se mantuviera oculto a Reyes Cárdenas. Sin embargo, no fue investigado ni penal ni disciplinariamente por los hechos. El oficial fue comandante de la II División del Ejército en el año de 1989. En éste año fue ascendido a Mayor General, según decreto Nº 2727 del 24 de noviembre de 1989. El 18 de enero de 1989, durante un operativo conjunto entre militares y paramilitares del Magdalena Medio fueron asesinados, en la vereda La Rochela de Simacota (Santander) trece miembros de una comisión judicial, que adelantaba varias investigaciones a las que estaban vinculados oficiales y suboficiales del Ejército. Sobre ese particular, uno de los paramilitares que participó, Alonso de Jesús Baquero Agudelo declararía “el General Vacca Perilla estaba de acuerdo que los homicidios fueran individuales no colectivos y para la masacre de La Rochela dijo que no estaba de acuerdo y siempre que se iban a hacer masacres o planes de masacres no estaba de acuerdo con ello”. El 7 de febrero de 1989 a la 1:00 p.m., el dirigente sindical Isidro Caballero Delgado de 32 años y su acompañante María del Carmen Santana de 20 años fueron detenidos y desaparecidos, la campesina Elida González fue detenida y Javier Páez fue detenido y torturado por una patrulla del Ejército al mando del Capitán Héctor Alirio Forero Quintero, perteneciente a las tropas del Batallón Santander de la V Brigada, efectivos de la Base Militar Morrison con sede en San Martín y el paramilitar Luis Gonzalo Pinzón Fontecha en la finca El Danubio en la vereda Guaduas, del corregimiento El Líbano, municipio de San Alberto (Cesar). Según la versión de un ex soldado, el General Vacca Perilla estuvo presente en la reunión que se adelanto en la Base Morrison con otros oficiales y con civiles, de la cual salió la orden para capturar a Isidro Caballero. El 1 de junio de 1989, los miembros de diferentes organizaciones sindicales, populares, cívicas y campesinas Rafael Acevedo Suárez, Rodolfo Hernández Pulgar, Rafael Llain, Guillermo Salazar, Efraín Gómez, José Alirio Osorio, Jaime Alberto Navarro Max, Álvaro Enríquez Peñaranda, Santiago Ortiz Escobar, Wilfredo Cañizalez, Neftaly Franco, Héctor Sánchez, Gustavo Contreras y otra persona fueron detenidas y torturadas por una patrulla combinada del ejército y el Comando de Investigaciones Anti Extorsión y Secuestro CIAES, con la participación de un comandante conocido como Sarco y el comandante de la II División Mayor General Farouk Yanine Díaz y la complicidad del comandante de la V Brigada, Brigadier General Alfonso Vacca Perilla en Lebrija (Santander). Luego de ser trasladados a las instalaciones de la V Brigada en Bucaramanga, fueron sometidos a intensos interrogatorios y a permanecer aproximadamente 80 horas de pie con las manos en la nuca, en diferentes sitios, sin darles alimentación y sin dejarlos dormir. Las catorce personas fueron obligados bajo presiones psicológicas a firmar documentos de buen trato. Según testimonio de una de las víctimas, el comandante de la II División Mayor General Yanine Díaz y el comandante de la V Brigada, Brigadier General Vacca Perilla, realizaron un montaje de vídeo en el cual mostraba el supuesto buen trato que le estaban proporcionando a ellos. Posteriormente pasó a ser comandante de la I División en 1990. El alto oficial por los hechos anteriormente descritos nunca fue vinculado a investigación alguna, ni penal ni disciplinaria. VELOSA RIVAS, GUILLERMO Itinerario Capitán. Estuvo al mando de las tropas de la V Brigada que entre el 6 y 7 de octubre de 1988 que allanaron la residencia sin orden judicial alguna de Luis Ernesto Ballesteros Acuña, Graciela Muñoz Bolívar, Jaime Vargas Báez y Patricia Rodríguez, siendo luego detenidos ilegalmente, en hechos sucedidos en Bucaramanga (Santander). ANALISIS DE IMPUNIDAD Por estos hechos, la Procuraduría Delegada Para las Fuerzas Militares mediante resolución No. 264 del 26 de junio de 1990 sancionó al oficial Guillermo Veloza Rivas con suspensión en el ejercicio del cargo por el término de 5 días sin remuneración al encontrarlo responsable de las detenciones arbitrarias, y por no haber dejado a los detenidos bajo disposición de la autoridad competente, decisión afirmada el 26 de octubre de 1990 por el mismo organismo gubernamental mediante resolución No. 443, resolviendo el recurso de reposición interpuesto por el inculpado. 1.3. Otras Unidades Militares de la V Brigada responsables en la comisión de crímenes de lesa humanidad 1.3.1. batallón de artillería No. 5 “Capitán José Antonio Galán” AGUDELO HERRERA, CARLOS EDUARDO Itinerario Soldado que el 10 de septiembre de 1990 asesinó al dirigente cívico y miembro de las comunidades cristianas de base Jacinto Quiroga, e hirieron al campesino Leonidas Castañeda, en la vereda Guamal, jurisdicción de Bolívar (Santander). Por este hecho el Soldado Agudelo Herrera no fue vinculado a ningún tipo de investigación. BARRERA PULIDO, LUIS Itinerario Cabo Segundo que el 10 de septiembre de 1990, participó en el asesinato del dirigente cívico y miembro de las comunidades cristianas de base Jacinto Quiroga, y las heridas ocasionadas al campesino Leonidas Castañeda fue herido en la vereda Guamal municipio Bolívar (Santander). ANÁLISIS DE IMPUNIDAD La Procuraduría Delegada para las Fuerzas Militares inició la respectiva investigación por este hecho bajo el radicado No. 022-10843, la cual culminó mediante resolución No. 278 de julio 4 de 1995, sancionando al Suboficial con suspensión en el ejercicio del cargo por el término de 5 días. BUITRAGO, LUIS ALFREDO Itinerario Sargento Viceprimero. Participó el 18 de junio de 1986, en la detención y posterior desaparición del estudiante William Camacho Barajas y el comerciante Orlando García González en San Gil (Santander). El Suboficial Buitrago no fue vinculado a investigación alguna por este hecho. GARAY SALEG, ALI ENRIQUE Itinerario Capitán. Intervino directamente el 7 de febrero de 1990 en la detención, tortura y asesinato de Samuel Alberto Triviño Alzate, José Vásquez Torres, José Ignacio Ortiz Morales; y en la detención y tortura del comerciante Mario Hernández Vallejo, en hechos sucedidos en el corregimiento San Blas, jurisdicción de Simití (Bolívar). Para la época estaba adscrito al Batallón Galán. GOMEZ VERGARA, LEONARDO Itinerario Capitán. Participó en la detención y posterior desaparición del estudiante William Camacho Barajas y el comerciante Orlando García González, ocurrida el 18 de junio de 1986 en San Gil (Santander). Los familiares y compañeros de las víctimas se entrevistaron con el Oficial, quien aseguró que ellos sí habían detenido a dos hombres, pero que no correspondían con la descripción de William y Orlando, y que los detenidos correspondían a los nombres de Camilo Perdomo Perdomo y Antonio María Silva Uribe. Este Oficial no fue vinculado a investigación alguna por este hecho. GUTIERREZ TORRES, LUIS Itinerario Teniente Coronel. Emitió la orden de operaciones fragmentaria No. 026 BAGAL en cuyo desarrollo, el 10 de septiembre de 1990, fue asesinado el dirigente cívico y miembro de las comunidades cristianas de base Jacinto Quiroga; y Leonidas Castañeda por miembros del Grupo Contraguerrilla Crótalo, en la vereda Guamal municipio Bolívar (Santander). No se adelantó investigación alguna en su contra por este hecho. LEON CASTRO, SIXTO ALONSO Itinerario Subteniente que iba al mando del Grupo Contraguerrilla Crótalo, que el 10 de septiembre de 1990 asesinó a Jacinto Quiroga, dirigente cívico y miembro de las comunidades cristianas de base; y dejó herido al campesino Leonidas Castañeda en la vereda Guamal, municipio Bolívar (Santander). El Oficial León Castro aseguró que habían abierto fuego porque le habían disparado cuando conminaron a las víctimas salir de una vivienda. ANÁLISIS DE IMPUNIDAD Por su participación en estos hechos el juzgado 21 de instrucción penal militar inició proceso penal contra el subteniente Sixto Alonso León Castro, mediante auto de fecha 2 de marzo de 1991. Luego el Comandante de la V Brigada ordena cesar todo procedimiento, por lo que el proceso fue archivado definitivamente en la Auditoria catorce de guerra radicada en la ciudad de Bucaramanga. La Procuraduría Delegada para las Fuerzas Militares inició la respectiva investigación por este hecho bajo el radicado No.022-10843, la cual termino mediante resolución No. 278 de julio 4 de 1995, donde se sanciono al Subteniente con suspensión en el ejercicio del cargo por 30 días. MIELES HEREDIA, LUIS ALEJANDRO Itinerario Soldado que hacía parte del Grupo Contraguerrilla Crótalo, el cual el 10 de septiembre de 1990 asesinó al dirigente cívico y miembro de las comunidades cristianas de base Jacinto Quiroga, e hirieron al campesino Leonidas Castañeda, en la vereda Guamal, municipio Bolívar (Santander). Además, Mieles Heredia saqueó de la vivienda de donde se sacaron las víctimas. Por este hecho el Soldado Mieles Heredia no fue vinculado a ningún tipo de investigación. MONTEALEGRE PRADA, ALFONSO Itinerario Sargento Viceprimero. Participó el 18 de junio de 1986, en la detención y posterior desaparición del estudiante William Camacho Barajas y el comerciante Orlando García González en San Gil (Santander). Este suboficial no fue vinculado a investigación alguna por este hecho. MORALES MAZUERA, ARMANDO Itinerario Suboficial que participó el 18 de junio de 1986, en la detención y posterior desaparición del estudiante William Camacho Barajas y el comerciante Orlando García González en San Gil (Santander). Este suboficial no fue vinculado a investigación alguna por este hecho. MURCIA, WILLIAM Itinerario El 11 de junio de 1998, los comerciantes Andrés Avelino Pineda Molina, Hermes Villamizar y Olga Lucia Palencia, fueron asesinados por un grupo de aproximadamente 100 paramilitares, que incursionaron en el corregimiento Veracruz (Cerro Burgos) de Simití. Después de la incursión paramilitar, varios testigos afirman que uno de los comandantes de los paramilitares, en Simití, entró a hablar con el Teniente William Murcia, adscrito al Batallón Galán. No se conoce de procesos adelantados contra el Oficial Murcia. QUINTERO CADENA, ORLANDO Itinerario Cabo Primero. Participó el 18 de junio de 1986, en la detención y posterior desaparición del estudiante William Camacho Barajas y el comerciante Orlando García González en San Gil (Santander). Este suboficial no fue vinculado a investigación alguna por este hecho. 1.3.2 Batallón de contraguerrillas No. 45 “Héroes de Majagual” CALDERON PEÑARANDA, RUBEN Itinerario Soldado raso. Participó, el 20 de junio de 1997, en el asesinato del inspector de policía Edinson Manuel Canchilla, el campesino Ismael Guarín Lozada y seis Guerrilleros (cinco hombres y una mujer) de la compañía Mariscal Sucre del ELN, en el corregimiento Carmen de Cucú de San Pablo (Bolívar). ANALISIS DE IMPUNIDAD La investigación fue adelantada por el Juzgado 39 de Instrucción Penal Militar de San Vicente de Chucurí; a la misma fueron vinculados todos los militares que participaron en el hecho. El 19 de mayo de 1998 se emitió fallo inhibitorio en favor de los militares. CAMPOS, LUIS EDUARDO Itinerario El 28 de marzo de 1998, participó junto con el Suboficial Gregorio Hernández Navas, en el asesinato del taxista Ramón Hernández Ardila, ocurrido en Barrancabermeja (Santander). ANALISIS DE IMPUNIDAD La Procuraduría Provincial de Barrancabermeja realizó indagación preliminar bajo el radicado No. 062-0203 del 14 de abril de 1998. No se tiene mas información. CANDELA MUNEVAR, JOSE DANILO Itinerario El 20 de junio de 1997, el inspector de policía Edinson Manuel Canchilla, el campesino Ismael Guarín Lozada y seis Guerrilleros (cinco hombres y una mujer) de la compañía Mariscal Sucre del ELN, fueron asesinados cerca de la cabecera de San Pablo, por militares adscritos al Batallón Nº 45, Héroes de Majagual en el corregimiento Carmen de Cucú de San Pablo (Bolívar). Entre los militares se encontraba el Soldado Candela Munévar. ANALISIS DE IMPUNIDAD La investigación fue adelantada por el Juzgado 39 de Instrucción Penal Militar de San Vicente de Chucurí, a la misma fueron vinculados todos los militares que participaron en el hecho. El 19 de mayo de 1998 se emitió fallo inhibitorio en favor de los militares. CANO BEDOYA, JOHN ALBEIRO Itinerario El 20 de junio de 1997, el inspector de policía Edinson Manuel Canchilla, el campesino Ismael Guarín Lozada y Seis Guerrilleros (cinco hombres y una mujer) de la compañía Mariscal Sucre del ELN, fueron asesinados cerca de la cabecera de San Pablo, en el corregimiento Carmen de Cucú de San Pablo (Bolívar). Entre los militares se encontraba el Soldado Cano Bedoya. ANALISIS DE IMPUNIDAD La investigación fue adelantada por el Juzgado 39 de Instrucción Penal Militar de San Vicente de Chucurí, a la misma fueron vinculados todos los militares que participaron en el hecho. El 19 de mayo de 1998 se emitió fallo inhibitorio en favor de los militares DORIA JAMILTON, CORNELIO MARIN Itinerario Soldado raso. Participó, el 20 de junio de 1997, en el asesinato del inspector de policía Edinson Manuel Canchilla, el campesino Ismael Guarín Lozada y Seis Guerrilleros (cinco hombres y una mujer) de la compañía Mariscal Sucre del ELN, en el corregimiento Carmen de Cucú de San Pablo (Bolívar). ANALISIS DE IMPUNIDAD La investigación fue adelantada por el Juzgado 39 de Instrucción Penal Militar de San Vicente de Chucurí, a la misma fueron vinculados todos los militares que participaron en el hecho. El 19 de mayo de 1998 se emitió fallo inhibitorio en favor de los militares ECHEVERRY ENCISO, RAUL Itinerario Sargento Segundo. En asocio con paramilitares, el 25 de octubre de 1995 a las 10:30 p.m., detuvo y asesinó a Nicolás Dionisio Escobar Calderón, en la finca El Silencio, vereda El Zarzal de Barrancabermeja (Santander). ANALISIS DE IMPUNIDAD En la procuraduría provincial de Barrancabermeja según el expediente No 062-7710 existe una queja contra el Batallón 45 Héroes de Majagual por el homicidio de Nicolás Dionisio Mendoza la cual fue recibida el 13 de febrero de 1996 y la cual contiene copia de proceso 141-95 de la personería municipal. El estado actual en que se encuentra el proceso en apertura de investigación. 17 de febrero de 1997 en contra el sargento Raúl Echeverry Enciso. El 27 de febrero de 1998 el proceso fue archivado. HERNÁNDEZ NAVAS, GREGORIO Itinerario El 28 de marzo de 1998, participó junto con el Oficial Luis Eduardo Campos en el asesinato del taxista Ramón Hernández Ardila, en Barrancabermeja (Santander). ANALISIS DE IMPUNIDAD La Procuraduría Provincial de Barrancabermeja realizó indagación preliminar bajo el radicado No. 062-0203 del 14 de abril de 1998. No se tiene mas información. HOYOS ARANGO, CARLOS MARIO Itinerario Capitán. Participó el 20 de junio de 1997, en el asesinato del inspector de policía Edinson Manuel Canchilla, el campesino Ismael Guarín Lozada y Seis Guerrilleros (cinco hombres y una mujer) de la compañía Mariscal Sucre del ELN, en el corregimiento Carmen de Cucú de San Pablo (Bolívar). ANALISIS DE IMPUNIDAD La investigación fue adelantada por el Juzgado 39 de Instrucción Penal Militar de San Vicente de Chucurí, a la misma fueron vinculados todos los militares que participaron en el hecho. El 19 de mayo de 1998 se emitió fallo inhibitorio en favor de los militares MIRANDA VARGAS, HENRY Itinerario Soldado raso. Participó, el 20 de junio de 1997, en el asesinato del inspector de policía Edinson Manuel Canchilla, el campesino Ismael Guarín Lozada y Seis Guerrilleros (cinco hombres y una mujer) de la compañía Mariscal Sucre del ELN, en el corregimiento Carmen de Cucú de San Pablo (Bolívar). ANALISIS DE IMPUNIDAD La investigación fue adelantada por el Juzgado 39 de Instrucción Penal Militar de San Vicente de Chucurí; a la misma fueron vinculados todos los militares que participaron en el hecho. El 19 de mayo de 1998 se emitió fallo inhibitorio en favor de los militares RESTREPO RAMÍREZ, WILLIAM ANCIZAR Itinerario Teniente. Participó, el 20 de junio de 1997, en el asesinato del inspector de policía Edinson Manuel Canchilla, el campesino Ismael Guarín Lozada y Seis Guerrilleros (cinco hombres y una mujer) de la compañía Mariscal Sucre del ELN, en el corregimiento Carmen de Cucú de San Pablo (Bolívar). ANALISIS DE IMPUNIDAD La investigación fue adelantada por el Juzgado 39 de Instrucción Penal Militar de San Vicente de Chucurí, a la misma fueron vinculados todos los militares que participaron en el hecho. El 19 de mayo de 1998 se emitió fallo inhibitorio en favor de los militares ZULUAGA SIERRA, CARLOS ESTEBAN Itinerario El 20 de junio de 1997, el inspector de policía Edinson Manuel Canchilla, el campesino Ismael Guarín Lozada y Seis Guerrilleros (cinco hombres y una mujer) de la compañía Mariscal Sucre del ELN, fueron asesinados por militares adscritos al Batallón Nº 45, Héroes de Majagual en el corregimiento Carmen de Cucú de San Pablo (Bolívar). Entre los militares se encontraba el Teniente Zuluaga Sierra. ANALISIS DE IMPUNIDAD La investigación fue adelantada por el Juzgado 39 de Instrucción Penal Militar de San Vicente de Chucurí, a la misma fueron vinculados todos los militares que participaron en el hecho. El 19 de mayo de 1998 se emitió fallo inhibitorio en favor de los militares 1.3.3 Batallón de Infantería No. 13 “General Custodio García Rovira” APONTE CASTRO, FELIX Itinerario Capitán de Infantería. Autor de las amenazas de muerte proferidas el 26 de noviembre de 1987 contra Miguel Ángel Guembe y el profesor de la Concentración Escolar José Antonio Nariño Rubén Darío Jiménez Pabón, en Pamplona (Norte de Santander). ANÁLISIS DE IMPUNIDAD Por las amenazas proferidas contra Miguel Ángel Guembe y Rubén Darío Jiménez, la Procuraduría Delegada para las Fuerzas Militares sancionó al Capitán con multa de quince días de sueldo equivalente a $23.190.00, por encontrar que sus conductas fueron extralimitaciones de sus funciones y por poner en peligro la vida del público. por encontrar que sus conductas fueron extralimitaciones de sus funciones y por poner en peligro la vida del público. JIMENEZ RUIZ, CESAR AUGUSTO Itinerario Sargento que el 8 de octubre de 1988, participó en el asesinato de los campesinos Primitivo Silva y Martín Calderón Jurado, quien era presidente del Consejo Municipal de Cerrito (Santander), miembro de la Asociación Nacional de Usuarios Campesinos -ANUC- e integrante del Comité de Solidaridad y Derechos Humanos de la Provincia de García Rovira, en Cácota (Norte de Santander). ANALISIS DE IMPUNIDAD Por su participación en el asesinato de Primitivo Silva y Martín Calderón Jurado, no fue vinculado a la investigación cursada en la Procuraduría Delegada para las Fuerzas Militares ni se tiene dato de otra investigación en su contra. MEZA PIEDRAHITA, JOSE DORIAN Itinerario Sargento Viceprimero. El 7 de junio de 1990, estuvo al mando de la compañía que asesinó a once campesinos en la vereda Ilarguta de Macaravita (Santander). Después de agosto de 1991, año en que se evadió del ejército, entró a trabajar con grupos paramilitares en el Valle del Cauca. ANALISIS DE IMPUNIDAD El 21 de diciembre de 1990, el Comando del Grupo de Caballería Mecanizado Nº 5 Maza, actuando como Juez de Primera Instancia decretó la cesación de procedimiento en favor de José Dorian Meza Piedrahita y otros dos militares implicados en el caso, decisión que fue revocada por el Tribunal Superior Militar, el 16 de mayo de 1991, al considerar “inverosímil la cualificación dada en la injuriadas de haber reaccionado ante ataque grave e injusto…”. El 22 de enero de 1992, en Consejo Verbal de Guerra adelantado por el Comando del Grupo de Caballería Mecanizado Nº 5 se absolvió al Suboficial Meza Piedrahita y otros militares, al considerar que “actuaron en legítima defensa”. No obstante, el 23 de junio de 1992, el Tribunal Superior Militar declaró contraevidente el veredicto absolutorio, revocó la sentencia y ordenó convocar a nuevo Consejo Verbal de Guerra. El 7 de diciembre de 1992, en segundo Consejo Verbal de Guerra, el Comandante del Grupo de Caballería Mecanizado Nº 5 Maza, acogiendo los veredictos de no responsabilidad emitidos por los vocales, absuelve a los implicados, lo cual fue confirmado el 9 de febrero de 1993 por el Tribunal Superior Militar, pese a considerar que el “veredicto riñe con la realidad procesal”. Por otro lado, el 22 de octubre de 1991 la Procuraduría Delegada para la Defensa de los Derechos Humanos sancionó al Sargento Meza Piedrahita con “solicitud de destitución”, al considerar que “los campesinos fueron atacados a mansalva sin permitírseles ningún tipo de reacción”. Sanción que no se pudo hacer efectiva, pues para entonces, según el Comando del Ejército, ya no estaba vinculado al Ejército, porque el 2 de agosto de 1991 “cuando adelantaba curso de capacitación en la Escuela de Armas y Servicios se evadió”. Tenía en su hoja de vida 36 sanciones de arresto y represión severa por diferentes faltas disciplinarias cometidas antes de 1990, pero se desconocen los hechos que las causaron. PUENTES RAMIREZ, DAVID Itinerario Sargento Segundo. Participó en el asesinato de los campesinos Primitivo Silva y Martín Calderón Jurado, quien era presidente del Consejo Municipal de Cerrito (Santander), miembro de la Asociación Nacional de Usuarios Campesinos -ANUC- e integrante del Comité de Solidaridad y Derechos Humanos de la Provincia de García Rovira, en hechos ocurridos el 8 de octubre de 1988 en Cácota (Norte de Santander) Por su participación en el asesinato de Primitivo Silva y Martín Calderón Jurado, no fue vinculado a la investigación cursada en la Procuraduría Delegada para las Fuerzas Militares ni se tiene dato de otra investigación en su contra. QUIROGA MALDONADO, JOSE NICOLAS Itinerario En 1979 tenía el grado de capitán. En 1982, fue ascendido a mayor, mediante el decreto Nº 3435 del 26 de noviembre de 1982. En 1983, recibió la medalla “Bernardo O’Higgins” de Chile, autorizado por el decreto Nº 1167/83. En 1987, fue ascendido a Teniente Coronel, mediante el decreto Nº 2258 del 25 de noviembre de 1987. Entre 1990 y 1992 se desempeñó como Comandante del Batallón García Rovira. El 7 de junio de 1990, once campesinos, fueron asesinados por miembros del Batallón García Rovira, en la vereda Ilarguta de Macaravita (Santander). Quiroga Maldonado comandaba a los militares que participaron en el hecho. En 1992, fue retirado temporalmente por llamamiento a calificar servicios, mediante el decreto Nº 596 del 6 de abril de 1992. ANALISIS DE LA IMPUNIDAD Por la masacre de Macaravita de 1990, el 22 de octubre de 1991 la Procuraduría Delegada para la Defensa de los Derechos Humanos lo absolvió de los cargos formulados, argumentando que “no tiene responsabilidad alguna por el exceso o extralimitación de funciones por parte del Sargento Meza”. Por este hecho no fue vinculado a la investigación penal. RODRIGUEZ VILLAMIL, PLINIO Itinerario Teniente Coronel. Fue Comandante del Batallón García Rovira; participó en los siguientes hechos: Detención sin orden de captura de Urbano Quiñónez, desde el 12 de marzo de 1988, y por mas de ocho meses, en Pamplona, (Norte de Santander). El oficial consideró que la víctima era un insurgente del ELN, dando aval a las actuaciones de sus subalternos. No sancionó al Capitán Félix Gabriel Aponte Castro cuando este profirió amenazas de muerte contra Miguel Ángel Guembe y el profesor Darío Jiménez Pabón, el 26 de noviembre de 1987 en Pamplona, Norte de Santander. El Oficial Rodríguez Villamil negó la ocurrencia de lo sucedido y adujo que no se había presentado incidente alguno. Asesinato de Primitivo Silva y Martín Calderón Jurado en Cácota, Norte de Santander, el 8 de octubre de 1988. El crimen fue ordenado por el oficial Rodríguez Villamil como Comandante del Batallón García Rovira ANALISIS DE IMPUNIDAD Por la detención arbitraria de Urbano Quiñónez, la Procuraduría Delegada Para las Fuerzas Militares, mediante providencia 02272044, consideró suspender por 20 días al Teniente Coronel Plinio Rodríguez Villamil por permitir a su personal la detención arbitraria de la víctima. Por lo sucedido con las amenazas recibidas por Miguel Ángel Guembe y Rubén Darío Jiménez, la Procuraduría Delegada para las Fuerzas Militares sancionó al oficial con multa equivalente a 56.180.00., por encontrar que sus conductas fueron extralimitaciones de sus funciones y por poner en peligro la vida del público. Por su participación en el asesinato de Primitivo Silva y Martín Calderón Jurado, la Procuraduría General de la Nación inició la investigación y comisionó a la Procuraduría Regional de Bucaramanga para adelantar algunas diligencias. El 26 de enero de 1989, la investigación pasó a la Procuraduría Delegada para las Fuerzas Militares, siendo vinculado Plinio Rodríguez Villamil. El 13 de septiembre de 1990, el Procurador Delegado para las Fuerzas Militares, José Plinio Moreno Rodríguez, ordenó archivar la investigación por falta de mérito, al considerar que no había prueba de participación alguna en el hecho de personal de las fuerzas militares. SOLANO RIVERA, ALVARO Itinerario Capitán. Participó en la detención y torturas infligidas al campesino Urbano Quiñones en hechos ocurridos el 12 de marzo de 1988 en la Inspección de Policía Departamental San Luis de Chucarima, jurisdicción de Chitagá (Norte de Santander). ANALISIS DE IMPUNIDAD La Procuraduría Delegada Para las Fuerzas Militares, mediante resolución del 23 de 1991, decidió sancionar al Capitán Solano Rivera con suspensión en el ejercicio del cargo sin remuneración por 10 días por haber detenido ilegalmente y permitir que Urbano Quiñones. No obstante, al decidir sobre el recurso de reposición interpuesto por el Teniente Coronel Rodríguez, mediante providencia del 22 de julio de 1992, la Delegada decidió frente al Capitán Solano Rivera revocar parcialmente su fallo y lo absolvió oficiosamente por vía de la revocatoria directa considerando que su actuación era justificada por el señalamiento hecho por un soldado a Urbano Quiñónez de su pertenencia a la subversión, lo cual a juicio de la Delegada era un motivo justificado para que el Capitán lo detuviera; además que respecto a las torturas y maltratos a los que se le sometió no estaban probados. 1.3.4. Batallón de Infantería No. 15 “General Francisco de Paula Santander” LAZARO VERGEL, JORGE ALBERTO Itinerario El 15 de enero de 1995, ocho pescadores serían asesinados y uno desaparecido, por un grupo de paramilitares que se autodenominaron los “Caratapadas”, en el corregimiento de Puerto Patiño del municipio de Aguachica (Cesar). Dicha estructura fue asesorada por el Mayor Jorge Alberto Lázaro Vergel, para la época Comandante de la base militar de Aguachica, quién propició el avance de los paramilitares en la zona. Además amenazó al Comandante del segundo distrito de Policía de Aguachica, Capitán Fabián Ríos Cortés, por oponerse a estos hechos, el cual declaró además que el Mayor Lázaro tenía las intenciones de eliminar el Alcalde de Aguachica porque verbalmente a él le comunicó “que dos días antes de la posesión iban a matar al Alcalde que porque era del M-19 y había sido guerrillero y que se opusiera el que se opusiera lo iban a matar, yo le manifesté que con el Alcalde iban dos policías y que eso no lo iba a permitir de ninguna manera, pero que él había aplazado ese trabajo y habían decidido esperar, como iba a trabajar y de acuerdo a esos resultados lo mataban o no”. ANALISIS DE LA IMPUNIDAD Por la conformación, coordinación, apoyo y colaboración con los grupos paramilitares del Sur del Cesar y por su participación en la masacre de Puerto Patiño, la Dirección de Fiscalías de Barranquilla dictó orden de captura y estuvo detenido en la Brigada V, siendo puesto en libertad por vencimiento de términos. El Juzgado 100 de Instrucción Penal Militar asumió la investigación por el crimen y el 3 de junio de 1996, el Comando de la V Brigada dispuso cesar todo procedimiento a su favor por “falta de mérito” para convocar Consejo de Guerra; el Tribunal Superior Militar confirmó la decisión y el proceso se archivó definitivamente. La Procuraduría Delegada para la Defensa de los Derechos Humanos sancionó el 6 de marzo de 1998 al Mayor Jorge Alberto Lázaro Vergel con destitución (separación absoluta de las Fuerzas Militares); sin embargo, el 30 de octubre de 1998 la Procuraduría General de la Nación, al resolver el recurso de apelación, revoca el fallo de la Delegada y decide absolver al sancionado por aplicación del in dubio pro reo al “no existir certeza sobre las imputaciones hechas al militar”. MARQUEZ SANCHEZ JOSE MAURICIO, Itinerario El 27 de octubre de 1994, detuvo ilegalmente a Ciro Alfonso Galeano Sandoval y Diomar Pérez Pacheco, en Ábrego (Norte de Santander). El Subteniente argumentó que los detenidos tenían varios panfletos subversivos. ANALISIS DE IMPUNIDAD Por auto de fecha del 21 de noviembre de 1997, la Procuraduría Provincial de Ocaña inició investigación disciplinaria contra el subteniente José Mauricio Márquez Sánchez. Mediante resolución No. 0025 del 21 de agosto de 1998, la Provincial sancionó con multa de 30 días de salario devengado para la época de los hechos al Subteniente Márquez Sánchez por encontrar que “las capturas por él efectuadas obedecieron a un procedimiento ilegal, arbitrario y sin ninguna razón valida que justificara la privación de la libertad” de Ciro y Diomar. PINZON FONTECHA, LUIS GONZALO Itinerario Soldado que participó en el operativo en el que fueron detenidos y desaparecidos el 7 de febrero de 1989 Isidro Caballero Delgado y María del Carmen Santana en la finca el Danubio de la vereda Guaduas, en San Alberto (Cesar). Asesinado en Aguachica en febrero de 1992. ANÁLISIS DE IMPUNIDAD El 1 de agosto de 1989 el Juzgado Segundo de Orden Público abrió formal investigación por estos hechos vinculando y dictado medida de aseguramiento contra Luis Gonzalo Pinzón Fontecha. Posteriormente El 11 de septiembre de 1990 el Juzgado dictó sentencia absolutoria a su favor por el delito de secuestro; la providencia no fue apelada debido a las amenazas contra la esposa de Isidro y su abogado. El 3 de octubre de 1990 fue archivado el proceso. VELANDIA PASTRANA, DIEGO HERNAN Itinerario En 1975 era Teniente; en 1978 estaba adscrito como Oficial de la Policía Judicial de la Brigada de Institutos Militares BIM, en Bogotá, y al finalizar dicho año fue ascendido a Capitán según decreto 2699 del 6 de diciembre de 1978. De 1982 a 1984 estuvo adscrito al Batallón de Infantería Bárbula, con sede en Puerto Boyacá (Boyacá), donde fue creada una estructura paramilitar con el nombre de Muerte a Secuestradores – MAS, que operó en el Magdalena Medio. Según múltiples testimonios de ex miembros del MAS, y en especial el ex militante del M-19 y ex paramilitar Diego Viáfara, rendido ante el Departamento Administrativo de Seguridad DAS, el grupo fue creado por miembros del Batallón Bárbula y por el Alcalde Militar de Puerto Boyacá. El Oficial Diego Hernán Velandia era el encargado de reclutar para el MAS a ex guerrilleros amnistiados. En 1982 fue condecorado con la Orden la Mérito Militar José María Córdova, en el grado de Oficial, mediante decreto 2336 del mismo año. En 1983 fue ascendido a Mayor. El 22 de julio de 1986 recibió por segunda vez la Orden al Mérito Militar José María Córdova, en el grado de Gran Oficial, según decreto 2321 de la misma fecha. Durante 1988 y 1989 fue nombrado como Comandante del Batallón de Infantería No. 15 “Santander”: al finalizar 1988 le otorgaron el ascenso a Teniente Coronel por decreto 2466. Estando en ese cargo, el 7 de febrero de 1989 Isidro Caballero Delgado y María del Carmen Santana fueron detenidos por una patrulla del Batallón Santander en la vereda Guaduas, del municipio de San Alberto (Cesar). En el mismo sitio de captura, los dos son obligados a vestir prendas militares y a patrullar con la tropa por toda la zona. Desde esa fecha Isidro y María del Carmen se encuentran desaparecidos. Algunos campesinos que estuvieron detenidos en la base militar Morrison, adscrita al Batallón Santander, oyeron a los militares pidiendo instrucciones por radio teléfono sobre qué hacer con Isidro Caballero. Existen graves indicios que comprometen la responsabilidad del Oficial Velandia en el crimen. Fue llamado a calificar servicios, según el decreto 1075 del 22 de mayo de 1989, al parecer, como sanción por no haber tomado las medidas pertinentes de protección de un convoy militar que fue atacado por la insurgencia. ANALISIS DE IMPUNIDAD El Juzgado Segundo de Instrucción Criminal de Valledupar y el Juzgado 26 de Instrucción Penal Militar, iniciaron simultáneamente las respectivas indagaciones por la desaparición de Isidro Caballero y María del Carmen Santana. Sin embargo a ninguna de ellas se vinculó al Oficial Velandia, al igual que en la investigación disciplinaria adelantada por los mismo hechos por la Procuraduría Delegada Para las Fuerzas Militares. No se conoce de otros procesos que hayan sido adelantados en su contra. 1.3.5 Batallón de Ingenieros No. 5 “Coronel Francisco José de Caldas” FORERO QUINTERO HECTOR ALIRIO Itinerario En 1981, mediante decreto 1357, Forero Quintero fue ascendido a Teniente. Luego en 195 por decreto 3455 obtuvo el grado de Capitán. Ese año estuvo vinculado a la Escuela de Lanceros, pasando el año siguiente a la X Brigada. Luego, en 1987 paso a ser orgánico del Batallón de Ingenieros No. 5 “Caldas”. En abril de 1987, los campesinos Jesús Darío Rentería Correa, Humberto Quiroga, Luis Magnu Chaverra, Telmo Zambrano, Hernando Bustamante, tres hombres llamados Samuel, Isaías y José; y cinco personas mas, fueron asesinados durante una incursión armada a la vereda Número Siete por paramilitares comandados por Henry de Jesús Pérez Durán, por orden del Comando del Batallón Rafael Reyes. El operativo fue coordinado entre Alonso de Jesús Baquero Agudelo y varios militares, entre los que se encontraba el Capitán Forero Quintero. Este Oficial fue el responsable directo de los sucesos que acontecieron el 11 de febrero de 1988 en zona rural de San Vicente del Chucurí, donde una patrulla militar bajo su mando, compuesta por miembros de los Batallones Luciano D’Elhuyar y de Ingenieros Caldas desapareció y asesino al campesino Eliseo Reyes Parra; desapareció a los campesinos Milton Caldas Pineda de 26 años, Héctor Gómez Herrera de 46 años, Pablo Vicente Gómez Herrera de 50 años, Ernesto Archila de 38 años; y detuvo y torturo a Juan De Dios Acosta Arias e Isnardo Gómez Uribe. El oficial también estuvo presente durante una serie de operativos militares ejecutados durante los meses de abril a agosto de 1988 en las veredas Cabeceras de Riosucio, Islanda, Angostura de los Andes, Santo Domingo del Ramo, La Pitala, del municipio de El Carmen de Chucurí, los cuales fueron denunciados por los pobladores del área por la desaparición durante ese año de más de 50 campesinos de estas veredas, entre ellos Cristóbal Cuervo. Durante el mes de abril, en desarrollo de también fueron golpeados y amenazados de muerte los hermanos Gabriel y Álvaro Poveda. En ese año lo condecoraron con la Orden al Mérito Militar José María Córdova en el grado de Oficial por decreto 1510. Posteriormente lo trasladaron en 1989 al Batallón de Artillería No. 2 “La Popa”. En ese año, el 7 de febrero, comando las tropas que detuvieron y desaparecieron al dirigente sindical Isidro Caballero Delgado de 32 años y su acompañante María del Carmen Santana de 20 años; detuvieron a la campesina Elida González, y detuvieron y torturaron al también campesino Javier Páez fue detenido y torturado por una patrulla del Ejército al mando del Capitán Héctor Alirio Forero Quintero, en la finca El Danubio en la vereda Guaduas, del corregimiento El Líbano, municipio de San Alberto. En la Base de Morrison, Forero Quintero estuvo reunido con otros oficiales y con civiles, lugar de donde salió la orden de capturar a Isidro Caballero. Además participó directamente del operativo en que fueron desaparecidas las víctimas, hecho confirmado por Gonzalo Arias Alturo, militar que adujo que el Capitán Forero dio la orden y coordinó el operativo. Antes de ser retirado del Ejército, el Oficial había ingresado el 24 de abril de 1989 al servicio de psiquiatría del Hospital Militar Central, en cuya hoja de vida se dice que el paciente refirió: “Vine al hospital consciente de que mi hospitalización corresponde a un plan para eludir una sanción judicial, aunque mi estado de salud no lo amerite”. A pesar de la afirmación anterior, un presunto diagnóstico psíquico del centro hospitalario consignó: “Primera descomposición delirante, de características paranoides, en una personalidad premórbida con núcleo paranoide”. En 1990 lo trasladaron al Batallón de Policía Militar No. 15. Posteriormente el 25 de enero de 1991, fue retirado del Ejército por resolución 394 de 1990 de la Procuraduría Delegada Para las Fuerzas Militares, quien lo había sancionado con destitución (separación absoluta) del cargo por haber asaltado, con otros militares, el motel Los Faraones en Bosconia (Cesar) el 19 de marzo de 1989. ANALISIS DE IMPUNIDAD La procuraduría delegada para las fuerzas militares mediante Providencia No. 02268193 del 25 de septiembre de 1990, consideró que el capitán Héctor Alirio Forero Quintero debía ser separado de la institución por encontrarlo culpable por las detenciones irregulares hechas entre los meses de abril y agosto de 1988 en San Vicente del Chucurí. Por su participación en la desaparición de Isidro Caballero y Maria del Carmen Santana, el Juzgado Segundo de Orden Público lo absolvió de todos los cargos el 11 de septiembre de 1990. Por los demás hechos en que tuvo responsabilidad directa, no se tiene información alguna de investigación adelantada en su contra. 1.3.6. grupo de Caballería Mecanizado No. 5 “General Hermógenes Maza” DEL VALLE, WILLIAM ROBERTO Nació el 4 de agosto de 1967 en Neiva (Huila). Empezó su carrera militar en la Escuela Militar de Cadetes en al especialidad de Caballería, siendo ascendido a Subteniente por medio del decreto 2430 de 1988. Luego le otorgarían el grado de Teniente. Del Valle fue el directo responsable de que el 4 de Junio de 1993 los hermanos Anselmo Moreno Pérez y José Luis Moreno Pérez fueran torturados en la Inspección Departamental La Gabarra, en Tibú (Norte de Santander). Igualmente, el 31 de julio de 1993, estaba al mando de la patrulla que detuvo y asesinó al campesino Miguel Ángel Quintero, en Tibú (Norte de Santander). El Teniente Del Valle lo presentó como muerto en combate en enfrentamientos entre su patrulla y miembros de las FARC. Entre el 2 y el 5 de noviembre de 1993, el militante del Ejército Popular de Liberación -EPL- y comerciante Gerardo Liévano García, conocido como “Comandante Libardo” o “Ingeniero Ramírez”, fue detenido, torturado, desaparecido y asesinado; y Ramón Alirio Pérez Vargas, Nelson Emilio Ortega, Nelson Castro García, Ramón Yesid Torres Galván y alguien conocido como “Hoover” fueron detenidos y torturados, por miembros del Comando Antiextorsión y Secuestro –CIAES- del Grupo de Caballería Mecanizado Nº 5 “General Hermógenes Maza”, quienes los sindicaron de pertenecer al EPL y de porte de droga. En el operativo también fue detenido ilegalmente Miguel Ángel Osorio Lemus. Los hechos se presentaron en Cúcuta (Norte de Santander). El Teniente Del Valle fue el encargado de dirigir y llevar a cabo el operativo en que se desarrollaron los crímenes. Posteriormente ascendería a Capitán, y mediante decreto 1577 de 1994 sería condecorado con la medalla por Servicios Distinguidos en Orden Público por primera vez. ANALISIS DE IMPUNIDAD Por su participación en el asesinato de Miguel Ángel Quintero, no se tiene dato de investigación en su contra, al igual que de las torturas a los hermanos Moreno Pérez. Por su participación en las detenciones, allanamientos y sindicaciones ilegales, amenazas, torturas, desaparición y asesinato en el operativo de búsqueda de presuntos miembros del EPL, la justicia penal militar lo absolvió el 4 de mayo de 1998, obteniendo la libertad provisional cancelando una caución de un salario mínimo legal. La providencia sería apelada por la parte civil ante el Tribunal Superior Militar. Esta corporación en resolución de fecha febrero 16 de 2001, declara la cesación de procedimiento por los delitos de privación ilegal de la libertad, violación de habitación ajena, por prescripción de la acción pero dejando claro que son responsables y que efectivamente los ilícitos se cometieron. En cuanto al homicidio y torturas, determina que estos no son de su competencia, acogiendo la sentencia C-358/97 de la Corte Constitucional que determina que los crímenes de Lesa Humanidad no son actos con relación al servicio y por tanto no son de conocimiento de la justicia penal militar. En consecuencia devuelve el proceso a la Unidad de Derechos Humanos de la Fiscalía en marzo de 2001. En ese momento el sumario se encontraba para calificación. En investigación disciplinaria, el 30 de octubre de 1998, la Procuraduría General de la Nación modificó la sanción de destitución del cargo solicitada por la Procuraduría Delegada para los Derechos Humanos, por la de Reprensión Severa en aplicación del principio de legalidad de la sanción disciplinaria. GOYES BUITRON, EDILFONSO OLIVERIO Itinerario Nació el 1 de junio de 1966 en Puerto Asís (Putumayo). Participó de la detención, desaparición y asesinato del militante del Ejército Popular de Liberación -EPL- y comerciante Gerardo Liévano García, conocido como “Comandante Libardo” o “Ingeniero Ramírez”, y en la detención y torturas infligidas a Ramón Alirio Pérez Vargas, Nelson Emilio Ortega, Nelson Castro García, Ramón Yesid Torres Galván y alguien conocido como “Hoover” fueron detenidos y torturados, por miembros del Comando Antiextorsión y Secuestro –CAES- del Grupo de Caballería Mecanizado Nº 5 “General Hermógenes Maza”, adscrito a la V Brigada del Ejército, quienes los sindicaron de pertenecer al EPL y de porte de droga. En el operativo también fue detenido ilegalmente Miguel Ángel Osorio Lemus. Los hechos se presentaron en Cúcuta (Norte de Santander). El Cabo primero Goyes Buitrón participó directamente en los sucesos. Posterior a ellos fue ascendido a Sargento Segundo del Ejército Nacional. ANALISIS DE LA IMPUNIDAD Por su participación en las detenciones, allanamientos y sindicaciones ilegales, amenazas, torturas, desaparición y asesinato en el operativo de búsqueda de presuntos miembros del EPL, la justicia penal militar lo absolvió el 4 de mayo de 1998, obteniendo la libertad provisional cancelando una caución de un salario mínimo legal. En investigación disciplinaria, el 30 de octubre de 1998, la Procuraduría General de la Nación modificó la sanción de suspensión de 30 días sin remuneración solicitada por la Procuraduría Delegada para los Derechos Humanos, por la de Reprensión Severa. GUISA LOPEZ, ARLEY Soldado responsable del asesinato de Alfredo Antonio Liones Villegas el 14 de mayo de 1995, en el interior de las instalaciones del Grupo Mecanizado Nº 5 Maza, en Cúcuta (Norte de Santander). No se tiene conocimiento de investigación alguna adelantada en su contra. MALDONADO VIDALES, CESAR ALONSO Itinerario Nació el 15 de enero de 1964 en Barrancabermeja. Luego de ingresar al ejército en el arma de Caballería, el 25 de noviembre de 1987 mediante el decreto 2261 fue ascendido a Subteniente. Tres años después, el 28 de noviembre de 1990 por el decreto 2867 le sería conferido el grado de Teniente. En 1993 por disposición del decreto 267, Maldonado Vidales sería condecorado con la medalla por Servicios Distinguidos en Orden Público por primera vez, estando adscrito al Grupo de Caballería Mecanizado No. 5 “General Hermógenes Maza”; en ese mismo año nuevamente se le daría la misma condecoración por segunda vez el 22 de julio por el decreto 1431. Entre el 2 y el 5 de noviembre de 1993, el militante del Ejército Popular de Liberación -EPL- y comerciante Gerardo Liévano García, conocido como “Comandante Libardo” o “Ingeniero Ramírez”, fue detenido, torturado, desaparecido y asesinado; y Ramón Alirio Pérez Vargas, Nelson Emilio Ortega, Nelson Castro García, Ramón Yesid Torres Galván y alguien conocido como “Hoover” fueron detenidos y torturados, por miembros del Comando Antiextorsión y Secuestro (CIAES) del Grupo de Caballería Mecanizado Nº 5 General Hermógenes Maza, quienes los sindicaron de pertenecer al EPL y de porte de droga. En el operativo también fue detenido ilegalmente Miguel Ángel Osorio Lemus. Los hechos se presentaron en Cúcuta (Norte de Santander). El Teniente Maldonado Vidales fue quien ordenó el operativo en que se desarrollaron los hechos. Posterior a estos acontecimientos sería ascendido a Capitán el 29 de noviembre de 1994 por decreto 2647. Finalizando ese año, el 30 de diciembre nuevamente lo galardonaron con la medalla por Servicios Distinguidos en Orden Público por tercera vez mediante decreto 2888. En 1995 por decreto 1300 sería condecorado con la medalla al Mérito Militar José María Córdova. El 23 de febrero de 1996 el Capitán Maldonado Vidales nuevamente le entregaron la medalla por Servicios Distinguidos en Orden Público por cuarta vez mediante decreto 367. Luego ascendería al grado de Mayor. Tiempo después sería vinculado a algunas investigaciones por el caso del atentado al presidente Federación Nacional de Trabajadores al Servicio del Estado -FENALTRASE-, Wilson Borja, quién denunció el hecho en la Cámara de Representantes junto con la Corporación Colectivo de Abogados “José Alvear Restrepo”, quienes luego fueron amenazados en un pasquín elaborado por militares en retiro que circuló en la Universidad Nacional de Colombia y que sindicaban a la víctima y a la reconocida ONG colombiana de ser el brazo jurídico del Ejército de Liberación Nacional -ELN-. Según informaciones de agentes de Contrainteligencia del ejército cuyas declaraciones reposan en la investigación penal llevada por estos hechos, el Mayor Maldonado Vidales promovía y suministraba armas a grupos paramilitares que operan en los Llanos Orientales. ANALISIS DE LA IMPUNIDAD Por su participación en las detenciones, allanamientos y sindicaciones ilegales, amenazas, torturas, desaparición y asesinato en el operativo de búsqueda de presuntos miembros del EPL, la justicia penal militar lo absolvió el 4 de mayo de 1998, obteniendo la libertad provisional cancelando una caución de un salario mínimo legal. La providencia sería apelada por la parte civil ante el Tribunal Superior Militar. Esta corporación en resolución de fecha febrero 16 de 2001, declara la cesación de procedimiento por los delitos de privación ilegal de la libertad, violación de habitación ajena, por prescripción de la acción pero dejando claro que son responsables y que efectivamente los ilícitos se cometieron. En cuanto al homicidio y torturas, determina que estos no son de su competencia, acogiendo la sentencia C-358/97 de la Corte Constitucional que determina que los crímenes de Lesa Humanidad no son actos con relación al servicio y por tanto no son de conocimiento de la justicia penal militar. En consecuencia devuelve el proceso a la Unidad de Derechos Humanos de la Fiscalía en marzo de 2001. En ese momento el sumario se encontraba para calificación. Por los mismos hechos, en la investigación disciplinaria, el 30 de octubre de 1998, la Procuraduría General de la Nación modificó la sanción de destitución del cargo solicitada por la Procuraduría Delegada para los Derechos Humanos, por la de Reprensión Severa por aplicación del principio de legalidad de la sanción disciplinaria. Respecto a lo acontecido con el intento de asesinato de Wilson Borja, luego de ser vinculado a la investigación el 5 de Marzo de 2001, se resuelve situación jurídica el 24 de abril profiriéndose medida de aseguramiento consistente en detención preventiva. No obstante de manera sospechosa el Fiscal encargado de la investigación, quien remplazaba al funcionario que venía conociendo del caso y fue destituido por ordenes del Fiscal General de la Nación, le concedió el beneficio de la libertad provisional bajo caución. El 15 de mayo de 2002 se califica el sumario con resolución de acusación por los delitos de concierto para delinquir con fines terroristas y tentativa de homicidio agravado, ordenándose nuevamente la captura del Mayor Maldonado. SEÑA ACOSTA, DOUS ALFONSO Itinerario Nació el 20 de diciembre de 1968 en Sincelejo (Sucre). Entre el 2 y el 5 de noviembre de 1993, el militante del Ejército Popular de Liberación -EPL- y comerciante Gerardo Liévano García, conocido como “Comandante Libardo” o “Ingeniero Ramírez”, fue detenido, torturado, desaparecido y asesinado, y Ramón Alirio Pérez Vargas, Nelson Emilio Ortega, Nelson Castro García, Ramón Yesid Torres Galván y alguien conocido como “Hoover” fueron detenidos y torturados, por miembros del Comando Antiextorsión y Secuestro –CIAES- del Grupo de Caballería Mecanizado Nº 5 “General Hermógenes Maza”, quienes los sindicaron de pertenecer al EPL y de porte de droga. En el operativo también fue detenido ilegalmente Miguel Ángel Osorio Lemus. Los hechos se presentaron en Cúcuta (Norte de Santander). El Cabo primero Seña Acosta estuvo entre los militares que intervinieron en los crímenes. Posteriormente ascendería al grado de Sargento Segundo. ANALISIS DE LA IMPUNIDAD Por su participación en las detenciones, allanamientos y sindicaciones ilegales, amenazas, torturas, desaparición y asesinato en el operativo de búsqueda de presuntos miembros del EPL, la justicia penal militar lo absolvió el 4 de mayo de 1998, obteniendo la libertad provisional cancelando una caución de un salario mínimo legal. La providencia sería apelada por la parte civil ante el Tribunal Superior Militar. Esta corporación en resolución de fecha febrero 16 de 2001, declara la cesación de procedimiento por los delitos de privación ilegal de la libertad, violación de habitación ajena, por prescripción de la acción pero dejando claro que son responsables y que efectivamente los ilícitos se cometieron. En cuanto al homicidio y torturas, determina que estos no son de su competencia, acogiendo la sentencia C-358/97 de la Corte Constitucional que determina que los crímenes de Lesa Humanidad no son actos con relación al servicio y por tanto no son de conocimiento de la justicia penal militar. En consecuencia devuelve el proceso a la Unidad de Derechos Humanos de la Fiscalía en marzo de 2001. En ese momento el sumario se encontraba para calificación. En investigación disciplinaria, el 30 de octubre de 1998, la Procuraduría General de la Nación modificó la sanción de suspensión de 30 días sin remuneración solicitada por la Procuraduría Delegada para los Derechos Humanos, por la de Reprensión Severa en aplicación del principio de legalidad de la sanción disciplinaria. 1.4. Batallón de artillería de defensa aérea No. 2 “Nueva Granada” AMAYA ARANZAZU, MARIO Itinerario Participó en la detención, tortura y asesinato del campesino Benjamín Santos Macareo ocurrido en el sitio conocido como Las Mirlas, en la vía que conduce de Barrancabermeja a Bucaramanga (Santander). ANALISIS DE IMPUNIDAD El juzgado 24 de Instrucción Penal Militar de Barrancabermeja realizó la investigación preliminar 273 respecto de los hechos; no se conoce su resultado. AMAYA FONSECA, ISAÍAS Soldado que el 25 de octubre de 1991, participó en la violación y torturas ocasionadas a Nivia Vides, junto con el también soldado Carlos Alberto Escalante, en hechos sucedidos en Barrancabermeja (Santander). ANALISIS DE IMPUNIDAD Mediante auto del 5 de noviembre de 1991 se ordenó adelantar indagación preliminar y pliego de cargos contra los soldados Carlos Alberto Escalante e Isaías Amaya Fonseca. El 5 de noviembre de 1991 se decretó medida de aseguramiento contra los dos militares sin beneficio de libertad provisional. Sin embargo, las Fuerzas Militares mediante oficio No. 7128 comunicó que los soldados Escalante y Fonseca fueron orgánicos de esa Unidad Operativa Menor como soldados voluntarios contraguerrilla pero que habían sido dados de baja por mala conducta según orden administrativa de personal No. 1-079 del Comando de Ejército. En consecuencia, no son funcionarios públicos y no pueden ser sujetos de sanción por la Procuraduría, y el 4 de febrero de 1992 ordenó el archivo del radicado Nº. 062-06268 V.A. ARAGON DIAZ, CARLOS ALBERTO Itinerario El 1 de febrero de 1992, Gustavo López Pineda, y su esposa Imelda González Guerrero de 36, fueron detenidos y desaparecidos por miembros del ejército, luego de ser detenidos en un retén militar, en área rural de Barrancabermeja. Se tienen indicios de la participación del Teniente Aragón Díaz. Posteriormente se confirmó en investigaciones adelantadas sobre estos hechos, que dos civiles detenidos ingresaron a las instalaciones del Batallón Nueva Granada en un vehículo militar hacia la 1:00 a.m. del 2 de febrero, se presume que corresponde a la pareja de esposos, de los cuales no se volvió a tener noticias. ANALISIS DE IMPUNIDAD Según fuente de prensa del 2 de abril del 2000, la Procuraduría General de la Nación, en fallo de primera instancia, sanciono al Oficial Carlos Alberto Aragón Díaz con destitución, por estar comprometido en la desaparición de la pareja. Al parecer y de acuerdo a primeras versiones, Gustavo e Imelda fueron detenidos por el hecho de ser polvoreros, y según los militares los sindicaron de ser, supuestamente, colaboradores de la guerrilla. ARAMBULA SANCHEZ, JOSE DE LA CRUZ Itinerario José Arambula fue exguerrillero y exmiliciano en Barrancabermeja. Al entregarse al ejército se convirtió en guía e informante voluntario. Realizaba su labor para la Base de Pozo Siete, la cual pertenecía al Batallón de Artillería Nueva Granada. Participó en los siguientes crímenes: Detención y tortura de José Obdulio Mosquera Mosquera y Gerardo Valbuena García, el 7 de marzo de 1994 en la Base Militar Pozo Siete. Detención ilegal de Walfran Emilio Olivera Soto, ocurrida el 31 de julio de 1994. Arambula lo señaló de ser integrante de grupos subversivos en los barrios nororientales en Barrancabermeja. Lo mismo ocurriría con Saúl Castañeda Martínez entre el 6 y 7 de agosto de 1994, detenido ilegalmente gracias al señalamiento de Arambula de su supuesta pertenencia al ELN, en Barrancabermeja. ANALISIS DE IMPUNUIDAD A pesar de participar directamente en la detención ilegal y las torturas cometidas contra José Mosquera y Gerardo Valbuena, lo cual se demostró en los distintos fallos de la Procuraduría sobre el caso, nunca se inicio investigación penal en su contra por estos hechos, así como por la detención de Saúl Castañeda y de Walfrán Olivera. AVENDAÑO AVILA, CARLOS EDUARDO Itinerario Orgánico del Batallón Nueva Granada para el 16 de mayo de 1998, fecha en la que paramilitares de las Autodefensas Unidas de Santander y Sur del Cesar -AUSAC-, asesinaron a ocho personas y desaparecieron a veinticinco en una incursión realizada en los barrios nororientales y surorientales de Barrancabermeja. Sin tener competencia para ello dio la orden a al Sargento Viceprimero Fajardo Garzón de levantar el puesto de control militar en el sitio El Retén a las 9:30 p.m. de esa noche. ANALISIS DE IMPUNIDAD Por la masacre del 16 de mayo, la Comisión Especial Disciplinaria de la Procuraduría General de la Nación no vinculó a este oficial a la investigación que adelantó. BERNAL CASTAÑO, VICTOR MANUEL Itinerario El 6 de diciembre de 1978 fue ascendido a Capitán, según el decreto 2699. En 1983 fue ascendido a Mayor, mediante el decreto 3274 del 29 de noviembre de ese mismo año. Recibió la Orden al Mérito Militar Antonio Nariño, en el grado de Gran Oficial, según el decreto 1719 de 1984, y tres años después recibió la Orden al Mérito Militar José María Córdova, en el grado de Oficial, según el decreto 1152 de 1 987. En 1988 ascendido a Teniente Coronel, mediante el decreto 2466 del 28 de noviembre de ese mismo año. Fue nombrado jefe de la sección de inteligencia B-2 de la XIV Brigada en 1989; durante ese año en el Magdalena Medio, operó un grupo paramilitar con sede en Puerto Berrío (Antioquia) autor de numerosos asesinatos y desapariciones de campesinos en la zona. Según las confesiones ante la Procuraduría del ex agente de Inteligencia Militar y ex integrante de este grupo paramilitar, Martín Emilio Sánchez Rodríguez, la organización criminal esta integrada por miembros de la XX Brigada, del B-2 de las Brigadas V y XIV y por civiles adscritos a las respectivas redes de Inteligencia Militar. El grupo paramilitar fue bautizado, por el Coronel Rodolfo Luna, con el nombre de URE, pero opera bajo diferentes siglas. El Oficial Bernal Castaño no sólo apoyó y protegió al grupo paramilitar, sino que le encomendó misiones criminales, como asesinatos y desapariciones. El 25 de enero de 1989, en la Vereda Puerto Nuevo Ite, Municipio de Puerto Berrío (Antioquia), Sandra Patricia Vélez Vélez, una campesina menor de edad, fue capturada por efectivos del Ejército durante un operativo militar contra asentamientos campesinos. Fue vista por última vez en poder de varios soldados de la XIV Brigada. Desde esa fecha, Sandra Vélez Vélez está desaparecida. Según indicios probatorios, la menor fue entregada a miembros del B-2 de la XIV Brigada. El Oficial Bernal Castaño, jefe del B-2 de la XIV Brigada para la fecha del crimen, estuvo directamente comprometido en la desaparición de la menor de edad. En 1990 fue nombrado Comandante del Batallón Nueva Granada, estando allí recibió las condecoraciones Orden al Mérito Militar Antonio Nariño, en el grado de Comendador, según el decreto 1660 de 1991. En este año, el 18 de marzo, José Luis Castro Henao, Israel Santana Acosta y Eder Arango fueron detenidos y torturados por miembros del ejército adscritos al Batallón Nueva Granada en Barrancabermeja (Santander). Posteriormente Bernal Castaño recibió la medalla por Servicios Distinguidos en Orden Público, por primera vez, mediante el decreto 2887 del 3 de noviembre 1991, Luego a finales de este año fue nombrado Comandante de la Escuela de Artillería. En las horas de la madrugada del 18 de agosto de 1991, un grupo de contraguerrilla de la XIII Brigada – Escuela de Artillería, integrado por 40 uniformados quienes se movilizaban en dos camionetas blancas, ingresó a la finca El Cafetal, ubicada en inmediaciones de la población de Fusagasugá (Cundinamarca). Tras rodear la casa y penetrar violentamente a ella, los uniformados sacan a sus habitantes y una vez afuera los tendieron en el piso y los acribillaron. Son asesinados: Antonio Palacios (65 años), militante del Partido Comunista, sus hijos Yaneth, Blanca y Camilo, y su yerno Rodrigo Barrera. Logran salir con vida: María Beriamina Romero y sus dos nietas, de 3 años y 8 meses. Junto a los 5 cadáveres aparecieron los cuerpos de dos hombres desconocidos en la región, que al parecer los militares trajeron y dejaron abandonados en el sitio. El Ejército presentó los hechos como fruto de un enfrentamiento con un grupo guerrillero. Existen graves indicios según los cuales el Oficial Bernal Castaño planeó y ordenó el crimen. El 29 de noviembre de 1991, mediante el decreto 2691, fue condecorado por Servicios Distinguidos en Orden Público, por segunda vez. En 1992 fue enviado en una comisión a Estados Unidos. El 29 de agosto de 1997, mediante el decreto 21213, fue nombrado como ayudante General del Comando General de las Fuerzas Militares, para entonces tenía el rango de Coronel. ANALSIS DE IMPUNIDAD Este Oficial no ha sido investigado ni penal ni disciplinariamente por el apoyo al URE, en Puerto Berrío, en 1989. Pese a las pruebas existentes en su contra por la desaparición de Sandra Vélez, este Oficial no fue vinculado a ninguna de las investigaciones iniciadas por las autoridades judiciales y la Procuraduría. Por la detención y torturas de José Luis Castro Henao, Israel Santana Acosta y Eder Arango, la Procuraduría Provincial de Barrancabermeja tuvo a su cargo la investigación preliminar, bajo el radicado Nº 062-06116, decidiendo archivar definitivamente el expediente el 1º de Julio de 1992, al considerar que no existían motivos para adelantar la investigación, basándose en la constancia de buen trato y en el examen médico que los militares le practicaron a los detenidos. El Juzgado 115 de Instrucción Penal Militar inició la investigación por la masacre de Fusagasugá de 1991, sin que hasta la fecha el Oficial Bernal Castaño haya sido vinculado a ella. La Procuraduría Delegada para los Derechos Humanos inició la averiguación disciplinaria respectiva, y corrió pliegos de cargos contra el Oficial Bernal Castaño. Se debe destacar que María Berlamina Romeio y su abogado, Eduardo Umaña Mendoza, fueron amenazados de muerte, y este último asesinado el 18 de abril de 1998, en Bogotá. BETANCOURT GUERRERO, ARTURO Itinerario Cabo Segundo. El 10 de diciembre de 1994 a las 5:30 p.m, fue el directamente responsable de la detención y posterior asesinato de Carlos Julio Patiño Rueda, en del barrio Villarelys, al nororiente de Barrancabermeja (Santander). ANALISIS DE IMPUNIDAD El 17 de septiembre de 1998, la Procuraduría Delegada para las Fuerzas Militares formuló pliegos de cargos. El 13 de octubre de 1999, el ente gubernamental emitió fallo dentro del expediente Nº. 022-1256, decidiendo e impuso a Arturo Betancourt Guerrero la sanción consistente en Reprensión Severa, como la máxima reprensión que dispone el artículo 65 del Decreto 085 de 1989 aplicable a este caso. El 7 de diciembre de 1999, el despacho de la Procuraduría General de la Nación confirmó el fallo de primera instancia. BONILLA COLLAZOS, ALFONSO Itinerario Soldado que participó en el operativo militar en el que asesinaron a Leonel de Jesús Isaza Echeverry, y resultaron heridas Maria Fredesvinda Echeverry Londoño, Hermencia Pinzón Cala y Leidy Andrea Isaza Pinzón, madre, compañera permanente e hija de la víctima respectivamente; en hechos ocurridos en el barrio Barrancabermeja de Barrancabermeja (Santander). ANALISIS DE IMPUNIDAD El 11 de mayo de 1993 el Juzgado 24 de Instrucción Penal Militar, con sede en Barrancabermeja, inició la investigación sobre los hechos. Mediante providencia del 9 de diciembre de 1996 el juzgado resolvió provisionalmente la situación jurídica del Mayor Hernán Carrera Sanabria, profiriendo en su contra medidas de aseguramiento consistentes en detención preventiva sin beneficio de excarcelación. El 10 de abril de 1997 el juzgado decretó medidas de aseguramiento consistentes en detención preventiva con beneficio de libertad provisional en contra de los soldados Alexander Bonilla Collazos, Antonio Chivatá y José Cruz González. El 25 de noviembre de 1999 la Auditoría 82 de Guerra determinó cesar el procedimiento contra los militares, al considerar que éstos obraron en cumplimiento de su deber, accionando sus armas como defensa al ataque de la víctima. El representante del Ministerio Público apeló esta decisión el 10 de diciembre de 1999. El 19 de septiembre de 2000 el Tribunal Superior Militar profirió una providencia declarando la nulidad de todo lo actuado y remitió la investigación al juez de instrucción penal militar adscrito al juzgado penal militar de Bucaramanga, donde se encuentra pendiente. CAMPUZANO VASQUEZ, LUIS FERNANDO Itinerario Subteniente. Como comandante de la base militar de Pozo Siete, el 21 de marzo de 1994 ordenó la detención ilegal de Salvador Alexander Silva Corpas, por considerarlo “integrante de las milicias urbanas del ELN, Frente Capitán Parmenio, incurso en el delito de rebelión”. ANALISIS DE IMPUNIDAD Por estos hechos, la Procuraduría Delegada Para las Fuerzas Militares, el 14 de julio de 1997 formulo cargos contra el Oficial Campuzano Vásquez por la detención arbitraria de Salvador Silva. Esta corporación en providencia del 15 de septiembre de 1998, decidió sancionar al oficial con reprensión severa por encontrar demostrado el cargo levantado; decisión confirmada por la Procuraduría General de la Nación en providencia del 11 de marzo de 1999 al resolver el recurso de reposición interpuesto por el Subteniente Campuzano. CARRERA SANABRIA, HERNAN Itinerario Teniente. El 16 de abril de 1993 iba al mando de las tropas que asesinaron a Leonel de Jesús Isaza Echeverry, e hirieron a su madre María Frendesvinda Echeverry Londoño; su compañera Hermencia Pinzón Cala; y su hija Leidy Andrea Isaza Pinzón, en hechos ocurridos en el barrio Barrancabermeja de Barrancabermeja (Santander). Igualmente, estuvo al mando de las tropas que el 21 de julio de 1993 hacia las 10:30 a.m., detuvieron y torturaron a Oscar Hernán Jiménez Sanmiguel, Gerardo Silva Martínez, Henry Vásquez Arteaga, Miguel Enrique Benavides Mayorga y Hember Eduardo Escobar Vega, en el barrio El Danubio en Barrancabermeja. ANALISIS DE IMPUNIDAD Por el asesinato de Leonel de Jesús Isaza, el 11 de mayo de 1993 el Juzgado 24 de Instrucción Penal Militar, con sede en Barrancabermeja, inició la investigación sobre los hechos. Mediante providencia del 9 de diciembre de 1996 el juzgado resolvió provisionalmente la situación jurídica del Mayor Hernán Carrera Sanabria, profiriendo en su contra medidas de aseguramiento consistentes en detención preventiva sin beneficio de excarcelación. El 25 de noviembre de 1999 la Auditoría 82 de Guerra determinó cesar el procedimiento contra el Oficial, al considerar que las tropas obraron en cumplimiento de su deber, accionando sus armas como defensa al ataque de la víctima. El representante del Ministerio Público apeló esta decisión el 10 de diciembre de 1999. El 19 de septiembre de 2000 el Tribunal Superior Militar profirió una providencia declarando la nulidad de todo lo actuado y remitió la investigación al juez de instrucción penal militar adscrito al juzgado penal militar de Bucaramanga, donde se encuentra pendiente. La investigación disciplinaria que se corrió por este crimen se inició en la Procuraduría Delegada para la Defensa de los Derechos Humanos, organismo que en providencia del 17 de julio de 1997 sancionó al Teniente Carrera Sanabria con suspensión en el ejercicio del cargo sin derecho a remuneración por el término de 90 días, considerando que su actuación “se encuentra enmarcada dentro del cargo de extralimitación de atribuciones, porque, si los mandatos que regulan la conducta de los integrantes del ejército y las orientaciones de los propios superiores apuntan que en todo caso de debe actuar con sujeción a la ley, es indudable que el Oficial en mención desbordó los límites de la misma al permitir que sin motivo que pudiese justificarlo, la patrulla a su mando llevara a cabo la desmedida acción cuyas consecuencias fatales se conocen”. El recurso de apelación se resolvió por la Procuraduría General de la Nación el 14 de abril de 1998 modificando parcialmente el fallo de primera instancia, aduciendo que sanción dispuesta no correspondía al reglamento disciplinario de las fuerzas militares. Al no considerar lo sucedido como causal de mala conducta, según la Procuraduría la sanción procedente era la de reprensión severa. Por lo ocurrido el 21 de julio de 1993, mediante auto No. 050 del 18 de mayo de 1994, la Procuraduría Delegada para la Defensa de los Derechos Humanos abrió formal abrió formal investigación y formuló pliegos de cargos contra Hernán Carrera Sanabria. El 2 de abril de 1997, la Procuraduría Delegada para la Defensa de los Derechos Humanos dentro del expediente Nº. 008-143841, decidió sancionar al Teniente Carrera Sanabria fue sancionado con suspensión de funciones sin remuneración por 60 días. No obstante, el 3 de abril de 1998, la Procuraduría General de la Nación, en cabeza de Jaime Bernal Cuellar revocó la decisión de suspensión del cargo impuesta al Oficial por la de Reprensión Severa, por considerar que este es el régimen legal que se aplica a tales casos. CORRALES CASTELLANOS, FRANK Itinerario Sargento. El 27 de abril de 1994, estuvo relacionado con la detención, tortura y asesinato de Benjamín Santos Macareo, quien fue luego presentado como guerrillero del ELN dado de baja, en la IPD La Fortuna de Lizama, de San Vicente de Chucurí (Santander). Corrales Castellanos estaba al mando de la patrulla militar Igualmente, el 16 octubre de 1994 participó directamente en las torturas infligidas al agente de policía Gerardo Cuervo Zabala, en la base militar de la inspección departamental La Fortuna de Lizama, San Vicente de Chucurí (Santander). ANALISIS DE IMPUNIDAD Por las torturas ocasionadas al agente Cuervo Zabala, la procuraduría provincial de Barrancabermeja adelantó proceso contra el sargento segundo del Ejército Frank Corrales Castellanos bajo el radicado No. 062-007344, el 6 de noviembre de 1996 emitió fallo sancionatorio. No se conoce de la sanción. Por lo sucedido con Benjamín Santos Macareo no se corrió investigación alguna en su contra. CRUZ GONZALEZ, JOSE Itinerario Soldado que participó en el operativo militar en el que asesinaron a Leonel de Jesús Isaza Echeverry, y resultaron heridas Maria Fredesvinda Echeverry Londoño, Hermencia Pinzón Cala y Leidy Andrea Isaza Pinzón, madre, compañera permanente e hija de la víctima respectivamente; en hechos ocurridos en el barrio Barrancabermeja de Barrancabermeja (Santander). ANALISIS DE IMPUNIDAD El 11 de mayo de 1993 el Juzgado 24 de Instrucción Penal Militar, con sede en Barrancabermeja, inició la investigación sobre los hechos. Mediante providencia del 9 de diciembre de 1996 el juzgado resolvió provisionalmente la situación jurídica del Mayor Hernán Carrera Sanabria, profiriendo en su contra medidas de aseguramiento consistentes en detención preventiva sin beneficio de excarcelación. El 10 de abril de 1997 el juzgado decretó medidas de aseguramiento consistentes en detención preventiva con beneficio de libertad provisional en contra de los soldados Alexander Bonilla Collazos, Antonio Chivatá y José Cruz González. El 25 de noviembre de 1999 la Auditoría 82 de Guerra determinó cesar el procedimiento contra los militares, al considerar que éstos obraron en cumplimiento de su deber, accionando sus armas como defensa al ataque de la víctima. El representante del Ministerio Público apeló esta decisión el 10 de diciembre de 1999. El 19 de septiembre de 2000 el Tribunal Superior Militar profirió una providencia declarando la nulidad de todo lo actuado y remitió la investigación al juez de instrucción penal militar adscrito al juzgado penal militar de Bucaramanga, donde se encuentra pendiente. CHIVATA, ANTONIO Itinerario Soldado que participó en el operativo militar en el que asesinaron a Leonel de Jesús Isaza Echeverry, y resultaron heridas Maria Fredesvinda Echeverry Londoño, Hermencia Pinzón Cala y Leidy Andrea Isaza Pinzón, madre, compañera permanente e hija de la víctima respectivamente; en hechos ocurridos en el barrio Barrancabermeja de Barrancabermeja (Santander). ANALISIS DE IMPUNIDAD El 11 de mayo de 1993 el Juzgado 24 de Instrucción Penal Militar, con sede en Barrancabermeja, inició la investigación sobre los hechos. Mediante providencia del 9 de diciembre de 1996 el juzgado resolvió provisionalmente la situación jurídica del Mayor Hernán Carrera Sanabria, profiriendo en su contra medidas de aseguramiento consistentes en detención preventiva sin beneficio de excarcelación. El 10 de abril de 1997 el juzgado decretó medidas de aseguramiento consistentes en detención preventiva con beneficio de libertad provisional en contra de los soldados Alexander Bonilla Collazos, Antonio Chivatá y José Cruz González. El 25 de noviembre de 1999 la Auditoría 82 de Guerra determinó cesar el procedimiento contra los militares, al considerar que éstos obraron en cumplimiento de su deber, accionando sus armas como defensa al ataque de la víctima. El representante del Ministerio Público apeló esta decisión el 10 de diciembre de 1999. El 19 de septiembre de 2000 el Tribunal Superior Militar profirió una providencia declarando la nulidad de todo lo actuado y remitió la investigación al juez de instrucción penal militar adscrito al juzgado penal militar de Bucaramanga, donde se encuentra pendiente. DAZA CAMARGO, ANTONIO ENRIQUE Itinerario Teniente. Para el 16 de Mayo de 1998, fecha en que paramilitares de las Autodefensas Unidas de Santander y Sur del Cesar asesinaron a siete personas y desaparecieron a veinticinco, en una incursión a los barrios nororientales y surorientales de Barrancabermeja (Santander), estaba a cargo de la base militar de Pozo Siete, ubicada entre dos de los barrios donde estuvieron los paramilitares, y por cuyo frente pasaron dos veces. Aun así, el Oficial no desplegó actividad alguna para capturarlos o proteger la vida de las víctimas. ANALISIS DE IMPUNIDAD El 27 de Agosto de 1999 la Comisión especial Investigadora de la Procuraduría General de la Nación resolvió sancionarlo con separación absoluta de las fuerzas militares en razón a que estaba enterado del informe de inteligencia respecto a la incursión de los paramilitares e incumplió el deber de tomar acciones tendientes a evitar la masacre y las desapariciones, además incumplió la orden de operaciones Nº 100. La decisión confirmada en la resolución del recurso de apelación interpuesto ante la sala disciplinaria de la Procuraduría General de la Nación, decisión del 11 de Octubre de 2000. (Rad. 008-14383/98). ECHEVERRIA VILLAJOSE, JOSE ALFREDO Itinerario Dragoneante. El 21 de noviembre de 1994, señaló al joven Antonio José Patiño Ascensio como subversivo, siendo este luego torturado por el Subteniente William Ramírez Mosquera en las instalaciones del estadio de béisbol “26 de abril”, en Barrancabermeja (Santander). Por estos hechos el militar no fue investigado penal ni disciplinariamente. ESCALANTE, CARLOS ALBERTO Itinerario Soldado que el 25 de octubre de 1991, participó en la violación y torturas ocasionadas a Nivia Vides, junto con el también soldado Isaías Amaya, en hechos sucedidos en Barrancabermeja (Santander). ANALISIS DE IMPUNIDAD Mediante auto del 5 de noviembre de 1991 se ordenó adelantar indagación preliminar y pliego de cargos contra los soldados Carlos Alberto Escalante e Isaías Amaya Fonseca. El 5 de noviembre de 1991 se decretó medida de aseguramiento contra los dos militares sin beneficio de libertad provisional. Sin embargo, las Fuerzas Militares mediante oficio No. 7128 comunicó que los soldados Escalante y Fonseca fueron orgánicos de esa Unidad Operativa Menor como soldados voluntarios contraguerrilla pero que habían sido dados de baja por mala conducta según orden administrativa de personal No. 1-079 del Comando de Ejército. En consecuencia, no son funcionarios públicos y no pueden ser sujetos de sanción por la Procuraduría, y el 4 de febrero de 1992 ordenó el archivo del radicado Nº. 062-06268 V.A. ESCOBAR MARTINEZ, JAVIER Itinerario Teniente. El 9 de febrero de 1995, detuvo ilegalmente a Alfonso Rodríguez Castellanos, en el sitio Campo 16 del corregimiento El Centro, jurisdicción de Barrancabermeja (Santander). Igualmente, en este mismo municipio, detendría ilegalmente el 24 de febrero de 1995 a Manuel Eugenio Vásquez. ANALISIS DE IMPUNIDAD Por la detención de Rodríguez Castellanos, la Procuraduría Provincial de Barrancabermeja inició indagación preliminar el 11 de marzo de 1996 bajo el radicado No. 062-07713, archivándola el 29 de julio de 1997. Ese mismo ente gubernamental, por la detención de Manuel Eugenio Velásquez, el 4 de marzo realizó investigación preliminar bajo el radicado No. 062-007705. La investigación fue archivada el 31 de mayo de 1996. FAJARDO GARZON, MARIO ALBERTO Itinerario El 16 de Mayo de 1998 en Barrancabermeja se produjo un ataque perpetrado por las Autodefensas de Santander y Sur del Cesar, quienes incursionaron, hacia las 9:30 p.m., en los barrios Campestre, Campín, 9 de Abril, María Eugenia y Divino Niño, del sector suroriental de la ciudad asesinaron a 7 personas, y retuvieron y desaparecieron a 25 mas. Esa noche, el Sargento Viceprimero Fajardo Garzón estaba a cargo del puesto de control militar en el sitio El Retén, implementado en razón al documento de inteligencia que había circulado días anteriores y que advertía de la incursión paramilitar. Inexplicablemente el puesto se levantó antes de la llegada de los paramilitares. ANALISIS DE IMPUNIDAD El 27 de Agosto de 1999 la Comisión especial Investigadora de la Procuraduría General de la Nación resolvió sancionarlo con represión severa porque incumplió la orden de mantener el puesto de control en el sitio El Retén hasta la 1:00 a.m. del 17 de Mayo de 1998 y lo levanto, según él, a las 9:30 p.m. de esa noche. Esta decisión fue revocada en la resolución del recurso de apelación interpuesto ante la sala disciplinaria de la Procuraduría General de la Nación, decisión del 11 de Octubre de 2000 en donde se le absolvió de cualquier responsabilidad disciplinaria debido a que su retiro del sitio denominado El Retén se fundamento en una orden del Mayor Carlos Eduardo Avendaño Ávila quien no tenia competencia para hacerlo, pero para la sala disciplinaria este hecho justifica el actuar de Fajardo Garzón. (Rad. 008-14383/98). FONSECA SALCEDO, ROMULO ORLANDO Itinerario El 10 de diciembre de 1994 a las 5:30 p.m, Carlos Julio Patiño Rueda, fue detenido y unos minutos después fue asesinado de varios disparos por el cabo segundo Arturo Betancourt Guerrero, adscrito a una escuadra de la Base Militar Pozo 7 del Batallón Nueva Granada, en el barrio Villarelys, al nororiente de Barrancabermeja (Magdalena Medio). El Comandante de la unidad militar era el Subteniente Rómulo Orlando Fonseca Salcedo, quien había ordenado el operativo. ANALISIS DE IMPUNIDAD El 17 de septiembre de 1998, la Procuraduría Delegada para las Fuerzas Militares formuló pliegos de cargos. El 13 de octubre de 1999, el ente gubernamental emitió fallo dentro del expediente Nº. 022-1256, decidiendo absolver al comandante Rómulo Orlando Fonseca Salcedo al considerar que si bien es cierto que fue quien ordenó la realización del patrullaje no participó de ninguna manera en el crimen. El 7 de diciembre de 1999, el despacho de la Procuraduría General de la Nación confirmó el fallo de primera instancia. FONTECHA PARDO, BERTULFO Itinerario Entre el 6 y 7 de agosto. el señor Saúl Castañeda Martínez fue detenido de forma arbitraria por el Teniente David Herley Guzmán Ramírez, y el Sargento Viceprimero Bertulio Fontecha Pardo, ambos adscritos al Batallón de Artilería de Defensa Aérea No. 2 “Nueva Granada”, en hechos ocurridos en Barrancabermeja (Santander). ANALISIS DE IMPUNIDAD La Procuraduría Delegada Para las Fuerzas Militares mediante providencia del 18 de diciembre de 1998 absolvió de responsabilidad disciplinaria al Suboficial Fontecha Pardo porque su actuación tuvo fundamento en el señalamiento de Arambula Sánchez, actuando de buena fe y en cumplimiento legal de sus deberes. Mediante providencia del 30 de julío de 1999 la Procuraduría General de la Nación en revisión por vía de consulta del fallo anterior revoco lo señalado frente al Sargento Fontecha Pardo sancionándolo con reprensión severa porque lo dicho por el informante así como su señalamiento era precario, lo que no bastaba para sostener la causal de justificación de estricto cumplimiento de un deber legal con base en el error de prohibición, pues a su juicio por la formación profesional y cultural del militar este era conocedor de los límites de su actuar y de la obligación de protección de los derechos del detenido, que se vieron conculcados por su comportamiento intencional y claramente apartado de sus funciones constitucionales y legales. GÓNGORA LOAIZA, JORGE ERNESTO Itinerario El 18 de mayo de 1993, Jesús Antonio López Gutiérrez, fue detenido por el Cabo Primero Jorge Ernesto Góngora Loaiza, adscrito al Batallón “Nueva Granada”. Posteriormente personal bajo el mando del Suboficial torturó a Jesús Antonio, a quien también señaló el militar en su informe como Jefe de Explosivos de las milicias bolivarianas del Frente XXVI de las FARC. Además su residencia fue allanada por ordenes del Cabo Góngora sin mandato judicial alguno que lo autorizara. ANALISIS DE IMPUNIDAD La Procuraduría Provincial de Barrancabermeja en resolución No. 0003 del 18 de febrero de 1988, consideró que de acuerdo al acervo probatorio recogido en la investigación el Cabo Primero Góngora Loaiza era responsable de “practicar diligencia ilegal y arbitraria de la residencia de Jesús Antonio López Gutiérrez”. por lo cual lo sanciono con multa de 10 días de salario. En tanto, respecto de las torturas y detención no se pronunció; inclusive adujo que “no existían actos configurativos de torturas sino de lesiones personales”. GONZALEZ ORTIZ, MANUEL FERNANDO Itinerario El 21 de junio de 1994, Raúl Tirado Díaz fue detenido, torturado físicamente y amenazado por miembros del Batallón Antiaéreo Nueva Granada, entre los que se encontraba el Sargento Segundo Manuel Fernando González Ortiz, bajo el señalamiento de pertenecer a grupos subversivos. Posteriormente los militares lo trasladaron a la cárcel municipal de Barrancabermeja. ANALISIS DE IMPUNIDAD Por estos hechos, la Procuraduría Provincial de Barrancabermeja abrió la respectiva investigación disciplinaria. Mediante resolución 021 de agosto 20 de 1998 consideró que el acusado tiene graves inconsistencias en su denuncia, aduciendo además que del material probatorio allegado al proceso es notorio que el encartado estaba siguiendo órdenes de su superior. Por tanto, con base en esos dos fundamentos la Procuraduría decide eximir de responsabilidad al Suboficial González Ortiz. GUZMÁN RAMÍREZ, DAVID HERLEY Itinerario Teniente. Participó entre el 6 y 7 de agosto, en la detención de Saúl Castañeda Martínez en Barrancabermeja (Santander). ANALISIS DE IMPUNIDAD La Procuraduría Delegada Para las Fuerzas Militares mediante providencia del 18 de diciembre de 1998 absolvió de responsabilidad disciplinaria al Teniente Guzmán Ramírez porque su actuación tuvo fundamento en el señalamiento del informante Arambula Sánchez, actuando de buena fe y en cumplimiento legal de sus deberes. Posteriormente mediante providencia del 30 de julío de 1999 la Procuraduría General de la Nación en revisión por vía de consulta confirmo parcialmente el fallo. GUZMÁN SANTOS, JOHN HECTOR Itinerario Subteniente a cargo de la base militar de Termoeléctrica el 16 de mayo de 1998, fecha en la que paramilitares de las Autodefensas Unidas de Santander y Sur del Cesar –AUSAC-, asesinaron a siete personas y desaparecieron a veinticinco en una incursión a los barrios nororientales y surorientales de Barrancabermeja (Santander). Guzmán Santos no auxilió ni defendió a las víctimas a pesar de encontrarse la base a escasos 800 metros del sitio en que comenzaron los hechos, y haber escuchado disparos en la zona. ANALISIS DE IMPUNIDAD El 27 de Agosto de 1999 la Comisión especial Investigadora de la Procuraduría General de la Nación resolvió sancionarlo con separación absoluta de las fuerzas militares teniendo en cuenta que incumplió el deber de tomar acciones tendientes a evitar los hechos, teniendo en cuenta que en el sitio donde se encontraba se tenía visibilidad y corta distancia respecto del sitio de los hechos, decisión confirmada en la resolución del recurso de apelación interpuesto ante la sala disciplinaria de la Procuraduría General de la Nación, decisión del 11 de Octubre de 2000. (Rad. 008-14383/98). JAIMES, LUIS ANTONIO Itinerario Soldado profesional que el 13 o 14 de marzo de 1992 asesinaron a Freddy Vera Camargo en Barrancabermeja (Santander). ANALISIS DE IMPUNIDAD La Procuraduría Provincial de Barrancabermeja mediante providencia del 8 de junio de 1992 declaro el archivo del radicado porque los hechos materia de investigación se cometieron por fuera del servicio. Según comunicación de la Fiscalía Seccional de Barrancabermeja, no se siguieron investigaciones penales contra los soldados por este hecho. LEGUIZAMON MARTINEZ, ERNESTO Itinerario El 1 de febrero de 1992, Gustavo López Pineda, y su esposa Imelda González Guerrero de 36, fueron desaparecidos por el ejército, luego de ser detenidos en un retén militar, en área rural de Barrancabermeja. Se tienen indicios de que el Sargento Segundo Leguizamón Martínez estuvo involucrado en el suceso. Posteriormente se confirmó en investigaciones adelantadas sobre estos hechos, que dos civiles detenidos ingresaron a las instalaciones del Batallón Nueva Granada en un vehículo militar hacia la 1:00 a.m. del 2 de febrero, se presume que corresponde a la pareja de esposos, de los cuales no se volvió a tener noticias. ANALISIS DE IMPUNIDAD Según fuente de prensa del 2 de abril del 2000, la Procuraduría General de la Nación, en fallo de primera instancia, sanciono al Suboficial Ernesto Leguizamón Martínez con reprensión severa, por estar comprometido en la desaparición de la pareja. Al parecer y de acuerdo a primeras versiones, Gustavo e Imelda fueron detenidos por el hecho de ser polvoreros, y según los militares los sindicaron de ser, supuestamente, colaboradores de la guerrilla. LEMUS GONZALEZ, JORGE ISAAC Itinerario Sargento Segundo. Tropas a su mando el 21 de octubre de 1993 a las 10:00 p.m., detuvieron ilegalmente a Graciano Rojas y Germán Pinto Cordero, el sitio conocido como Patio Bonito sobre la vía Barrancabermeja – Bucaramanga (Santander). Señaló a los aprehendidos de ser miembros de un grupo subversivo. ANALISIS DE IMPUNIDAD Por estos hechos, mediante oficio Nº. 1179 del 3 de noviembre de 1994 se formuló pliegos de cargos contra el Suboficial Lemus González. El 31 de julio de 1995 la Procuraduría Provincial de Barrancabermeja dentro del expediente Nº. 062-06810 V.A. emitió la Resolución Nº. 0067 que impuso sanción con amonestación escrita y con anotación a la hoja de vida al comprobarse que las detenciones se hicieron sin ninguna observancia del debido proceso. LOAIZA, LUIS LEYTON Itinerario Cabo Segundo. El 5 de diciembre de 1993 ordenó la detención sin orden judicial alguna de Leonardo Octavio Luque bajo la acusación del señalamiento de un informante de ser cabecilla del ELN, en hechos ocurridos en Barrancabermeja (Santander). ANALISIS DE IMPUNIDAD La investigación se inició en la Procuraduría Provincial de Barrancabermeja. El 5 de noviembre de 1996, mediante la Resolución No. 0083 decidió el cuerpo disciplinario absolver al Suboficial Loaiza argumentando que su actuación se adecuaba a una detención administrativa en la cual no hubo extralimitación alguna, pues existían motivos fundados para proceder de ese modo como lo era el señalamiento hecho por el informante, agregado que en el sitio donde ocurrió la aprehensión “por informaciones nacionales de prensa hacen presencia las milicias de varios grupos subversivos” NARANJO, EVELIO ESTEBAN Itinerario Cabo Primero. El 9 de septiembre de 1994 detuvo sin orden judicial alguna a Natanael Quiroga Ardila, por un señalamiento hecho contra este por un informante de pertenecer al ELN, en Barrancabermeja (Santander). ANALSIS DE IMPUNIDAD La Procuraduría Provincial de Barrancabermeja absuelve de responsabilidad al encartado, por considerar que no está debidamente identificado, por tanto, decide no abrir la investigación. NIÑO CAMPOS, CARLOS ALBERTO Itinerario Sargento Segundo. Participó en los siguientes hechos: Detención ilegal de Walfran Emilio Olivera Soto, ocurrida el 31 de julio de 1994 en las instalaciones de la base militar EDASABA de Barrancabermeja (Santander), por un señalamiento hecho por el informante José de la Cruz Arambula sobre vinculación a grupos subversivos. Detención, amenazas y maltratos físicos ocasionados el 23 de septiembre de 1994, a los Organizadores de la Jornada por la Vida y por la Paz en el nororiente de Barrancabermeja Jorge Luis Yate, Edinson Padilla Caraballo, Jorge Puerta, Manuel Pérez Ramos y Delfo Uribe Acevedo, hecho ocurrido en el barrio Provivienda. ANALISIS DE IMPUNIDAD Por la detención de Walfran Emilio Olivera, La Procuraduría Provincial de Barrancabermeja mediante Resolución Nº. 0006 del 31 de enero de 1997 dentro del expediente Nº. 062-07194 V.A. emitió fallo absolutorio para el sargento segundo Carlos Alberto Niño Campos por encontrar que la detención preventiva que ejecutó se ajustó a fundados motivos de sospecha sobre Walfran y que al permanecer esas horas en la Base Militar no vulneró ningún derecho fundamental La Procuraduría Provincial de Barrancabermeja mediante la resolución No. 0009 del 17 de febrero de 1997 decidió absolver al Sargento Segundo Carlos Alberto Niño Campos por la detención irregular de los cinco organizadores del paro por la vida, debido a que su actuación no fue la que acarreo la demora para poner a ordenes del fiscal a los aprehendidos, y esta se desarrollo de manera adecuada, de conformidad con la tesis de la sentencia C-024/94 de la Corte Constitucional. PERTUZ GUTIERREZ, HUGO ISAAC Itinerario Para 1985 Pertuz Gutiérrez era ascendido al grado de Teniente por decreto 3455. Dos años después, en 1987, era orgánico en el comando de inteligencia del Batallón Nueva Granada, siendo uno de los mas activos miembros de una estructura paramilitar que operaba en Barrancabermeja, bajo los nombre de “Liga Anticomunista de Colombia”, “Limpieza Total”, y “L.S.D”. Según las declaraciones rendidas por el ex soldado Robinsón Gutiérrez de la Cruz ante el Juzgado 2 de Orden Público de Bogotá, dentro del proceso 60.913 o 69.913 o 68.913 de la Procuraduría Delegada para las Fuerzas Militares, el Oficial participó en el atentado contra Alirio Traslaviña y Cesar Martínez, la muerte de Sandra Rondón, la extorsión al ganadero Armado García, la fundación del grupo Liga Anticomunista Colombiana (LAC), el desaparecimiento de dirigentes políticos de Yondó, fundador de la base de Santa Rosa del grupo LSD, la muerte de Manuel Gustavo Chacón empleando personal de la armada; y del MAS, recibió de dinero de narcotraficantes, todo mientras estuvo adscrito al Nueva Granada. El 22 de abril de 1987, César Martínez, concejal de la Unión Patriótica, Alirio Traslaviña, Alba Marina de Traslaviña, esposa del anterior, Viviana Ulloque, Miguel Castañeda y Fernando Pino, resultaron heridos en un atentado perpetrado por agentes del B-2 de la V Brigada en Barrancabermeja (Santander). Un testimonio permitió establecer que el hecho fue organizado y ejecutado por agentes del organismo de inteligencia al mando del Teniente Pertuz González. El 3 de mayo siguiente, asesinaron a la menor Sandra Rondón Pinto, quien había presenciado el crimen anterior contra los mencionados dirigentes de izquierda. También en esta ocasión, el hecho fue planeado y ejecutado por personas bajo el mando del Teniente Pertuz González. En 1988 le fue otorgada la medalla de Servicios Distinguidos en Orden Público por primera vez, mediante el decreto 2489. El 17 de marzo de ese año fallecería en un enfrentamiento contra el XXIV Frente de las FARC, en el Corregimiento de Pozo Azul, jurisdicción de San Pablo (Bolívar), por lo que le sería conferido el grado póstumo de Capitán por decreto 914 del 13 de mayo de 1988. No se tiene información de investigaciones adelantadas en contra de este militar. PRADA ESCOBAR, OSWALDO Itinerario Para 1987 Prada Escobar tenía el grado de Subteniente. En 1988 se desempeñaría como comandante de la base militar de Campo Capote (Puerto Parra), adscrita al Batallón de Infantería No. 40 “Luciano D’ Elhuyar”. Mientras estuvo allí participó en los siguientes hechos Detención y desaparición del educador Isnardo Morales, ocurrida el 17 de febrero de 1988, cuando viajaba entre las IPD de Las Montoyas y Campo Capote, en Puerto Parra (Santander). Existen serios indicios de que el educador fue llevado a la base militar de Campo Capote, siendo señalado el Oficial Prada por varios pobladores de la zona como el responsable de la desaparición de Isnardo. Detención y desaparición de los campesinos Jairo Rentería y Julio Lemus, ocurrida el 22 de septiembre de 1988 en la base militar de Campo Capote. Al llegar a la base fueron recibidos por Prada Escobar. Por esta misma época en las IPD Campo Capote y Las Montoyas, jurisdicción de Puerto Parra, funcionaba una estructura paramilitar que se conocía como Los Masetos, promovida y auspiciada por las bases militares acantonadas en dichos lugares. Existen abundantes pruebas que vinculan al Subteniente Prada Escobar con este grupo, a cuyos integrantes coordinaba y actuaba conjuntamente para ejecutar asesinatos y desapariciones de pobladores de la zona. En 1989 ascendería a Teniente, siendo luego adscrito a la XX Brigada –COMBRICI-. Tiempo mas tarde alcanzaría el grado de Capitán. Prada Escobar para el 16 de Mayo de 1998, fecha en la que paramilitares de las Autodefensas Unidas de Santander y Sur del Cesar –AUSAC-, asesinaron a siete personas y desaparecieron a veinticinco en una incursión a los barrios nororientales y surorientales de Barrancabermeja (Santander), se desempeñaba como jefe del S-2 (inteligencia) del Batallón de Artillería de Defensa Aérea No. 2 “Nueva Granada”. Ese día se estaba a cargo del batallón , y a pesar del tiempo de estadía de los paramilitares en la ciudad, no hizo nada por ir a auxiliar y proteger a las víctimas contando con personal a su mando para hacerlo. ANALISIS DE IMPUNIDAD Por los crímenes en los que tuvo responsabilidad mientras se desempeñó como comandante de la base militar de Campo Capote, no se adelantaron investigaciones penales o disciplinarias. Por lo sucedido el 16 de mayo de 1998 en Barrancabermeja, la Procuraduría General de la Nación por intermedio de una Comisión Especial Disciplinaria, decidió el 27 de Agosto de 1999 sancionar con separación absoluta de las fuerzas militares al Capitán Prada Escobar, teniendo en cuenta que estaba debidamente enterado del informe de inteligencia que daba cuenta de la posible incursión paramilitar y además se entero de la existencia de dos cadáveres en el barrio Nueve de Abril e impartió la orden de no desplazarse hasta este lugar porque supuestamente los culparían de este hecho y además que no era esa su misión, decisión confirmada en la resolución del recurso de apelación interpuesto ante la sala disciplinaria de la Procuraduría General de la Nación, decisión del 11 de Octubre de 2000. PRIETO RIVERA, JAIRO ALBERTO Itinerario Teniente. Era el comandante de la Base Militar acantonada en la planta de tratamiento de aguas EDASABA en Barrancabermeja (Santander), unidad adscrita al Batallón Nueva Granada. Estuvo involucrado en los siguientes hechos: Detención ilegal y torturas infligidas a Rafael Emiro Cogollo, en hechos ocurridos el 26 de enero de 1994 en el barrio Las Granjas de Barrancabermeja. Prieto Rivera comandaba la patrulla que participó en el crimen. Detención y tortura psicológica de Edgar Herrera Otero, en hechos ocurridos en las instalaciones de la base militar de EDASABA el 8 de febrero de 1994. Detención y posterior tortura psicológica de Jairo Mantilla Rodríguez, en hechos ocurridos en la base militar de EDASABA el 5 de marzo de 1994. Prieto Rivera comandaba la Batería de militares que participaron del crimen. Asesinato de Julio Cesar Puello Cordero y José Ignacio Domínguez el 12 de mayo de 1994, en el barrio Nariño de Barrancabermeja. El Teniente Prieto comandaba la Batería de soldados voluntarios de la Batería “A” adscrita a la base militar de Aguabarranca (EDASABA). Según su versión los militares respondieron a un ataque de las víctimas. ANALISIS DE IMPUNIDAD Por su participación en la detención y torturas infligidas a Rafael Emiro Cogollo, mediante auto del 28 de agosto de 1998 se formuló pliego de cargos al Capitán Jairo Alberto Prieto Rivera como comandante de una patrulla del ejército adscrita a la Base Militar de Saneamiento y Agua Potable (EDASABA). El 5 de noviembre de 1998, la Procuraduría Delegada para la Defensa de los Derechos Humanos ordenó mediante providencia dentro del expediente de Nº 008-000813 sancionar con destitución (separación absoluta) del ejército al Teniente Prieto Rivera por encontrar que la detención ejecutada por él fue totalmente ilegal en la cual puso en estado de indefensión a la víctima, además de no oponerse a que los demás militares le practicaran torturas. Adujo que esta clase de actos, a la luz de la Constitución y los Convenios Internacionales sobre Derechos Humanos suscritos por Colombia, como crímenes de lesa humanidad, superan los tipos de gravedad inimaginables por lo que esta calificación supralegal equivale a una falta gravísima, y por aplicación del principio de proporcionalidad, la sanción correspondiente es la de destitución. La Procuraduría General de la Nación modificó el fallo de primera instancia mediante providencia del 25 de noviembre de 1998, al considerar que se debía absolver al oficial del cargo de tortura por no encontrar probadas las agresiones que se alegaban en el grado de certeza, por cuanto el testimonio de la víctima era exagerado y no concordaba con el dictamen de Medicina Legal, y porque la constancia de buen trato que había firmado la víctima se presumía auténtica a la luz del artículo 83 de la Constitución Política. Así, respecto de estos hechos la Procuraduría aplicó el principio de “in dubio pro disciplinado”, absolviendo al Oficial, a quien únicamente sancionó con Reprensión Severa por la detención ilegal de Rafael. Por lo sucedido con Edgar Herrera, la Procuraduría Delegada Para los Derechos Humanos, en providencia del 27 de agosto de 1998, decidió sancionar al Teniente Prieto Rivera con reprensión severa considerando que la colocación de la venda a Edgar Herrera reúne los elementos que configuran la tortura sicológica, “siendo un acto incompatible con las reglas elementales de humanidad y de justicia y constitutivo de un hecho punible”. Además, agrego que por declaraciones rendidas por personal de inteligencia del Batallón Nueva Granada, era innecesario haber vendado al detenido para proteger la seguridad de la base militar. El Oficial interpuso el recurso de apelación el cual se resolvió el 1 de febrero de 1999 por la Procuraduría General de la Nación, quien revocó el proveído anterior argumentando que “de acuerdo con las pruebas allegadas a la investigación, Herrera Otero no fue maltratado verbal, física ni sicológicamente, ya que el simple hecho de haber sido vendado no constituye tortura, pues (…) en el presente caso no se encuentran reunidos los elementos constitutivos de tortura, ni prueba que conduzca a la certeza de la falta”, razones por las que la Procuraduría absolvió al Teniente Prieto Rivera. Por lo sucedido el 5 de marzo de 1994 con Jairo Mantilla Rodríguez, la Procuraduría Delegada Para los Derechos Humanos, mediante providencia del 2 de mayo de 1994, la Procuraduría Delegada para la Defensa de los Derechos Humanos decidió adelantar indagación preliminar y el 20 de abril de 1995, por medio del oficio Nº. 100 formuló pliego de cargos al Teniente Prieto Rivera. Dentro de la investigación radicada bajo el Nº. 008-151114, el 3 de diciembre de 1998, la Delegada resolvió sancionar con reprensión severa al Teniente Prieto Rivera por ejecutar una detención sin observancia del debido proceso y por inflingir torturas psicológicas a Jairo al haberlo vendado, pues se encontraba descartado que no era necesario por seguridad de la base, además que vulnero su integridad y dignidad como persona. Por los asesinatos de Julio Cesar Puello y José Ignacio Domínguez La Procuraduría Delegada Para las Fuerzas Militares mediante providencia del 24 de noviembre de 1998 decidió sancionar al Teniente Prieto Rivera con reprensión severa por el asesinato de Julío Cesar Puello Cordero, debido a que se había extralimitado en sus funciones por permitir que personal bajo su mando ultimarán a la víctima sin existir enfrentamiento alguno; y absolverlo por el fallecimiento de José Ignacio Domínguez, por no encontrarse probada responsabilidad alguna. Posteriormente la Procuraduría General de la Nación, resolviendo recurso de apelación interpuesto por el inculpado, en fallo del 4 de mayo de 1999 decidió revocar la sanción anterior y por tanto absolver al Teniente Prieto Rivera porque no hubo extralimitación de la fuerza por parte de las tropas a su mando, y su actuación fue justificada ante la agresión de Puello Cordero. Por otra parte mantuvo la providencia anterior en cuanto la absolución de responsabilidad por causa de la muerte del señor Domínguez. RAMÍREZ MOSQUERA, WILMER Itinerario Subteniente. Fue el directamente responsable de las torturas infligidas el 21 de noviembre de 1994, a Antonio José Patiño Ascencio, luego de que una señora lo señalara de ser miembro del ELN. Los hechos sucedieron en el estadio de béisbol “26 de abril” de Barrancabermeja (Santander). ANALISIS DE IMPUNIDAD La Procuraduría Delegada para los Derechos Humanos mediante auto del 16 de marzo de 1998 ordenó la apertura de investigación disciplinaria y a través de auto del 22 de enero de 1999 formuló pliegos de cargos en contra del Subteniente Wilmer Ramírez Mosquera. En providencia del 6 de agosto de 1999, a pesar de asegurar que efectivamente Antonio había sido torturado, consideró que no era posible encontrar certeza sobre la responsabilidad del Oficial, pues existían pruebas testimoniales que no concordaban por lo que surgía duda, siendo consecuente aplicar el principio de “in dubio pro reo” para decretar la absolución del encartado y el archivo de las diligencias. Posteriormente, el 12 de noviembre de 1999, la Procuraduría General de la Nación confirmó en todas sus partes la providencia de primera instancia. RIVERA JAIMES, ALEXANDER Itinerario Teniente. Participó el 16 de julio de 1992 en el asesinato del campesino Luis Ramos Toledo, ocurrido en la vereda Peroles, jurisdicción de Barrancabermeja (Santander). Igualmente el 30 de noviembre de 1992, participó con otros uniformados en las torturas infligidas a diez campesinos de la familia Paguena Salas, en hechos ocurridos en la vereda La Floresta en San Pablo (Bolívar). ANALISIS DE IMPUNIDAD Pro el asesinato de Luis Ramos Toledo, la Procuraduría Delegada Para las Fuerzas Militares mediante providencia del 14 de mayo de 1996 lo sancionó con suspensión en el ejercicio del cargo sin derecho a remuneración por el término de 30 días, decisión confirmada el 17 de septiembre del mismo año. Por su participación en las torturas a la familia Paguena Salas, no fue vinculado a la investigación penal militar. No obstante, en las investigaciones disciplinarias la Procuraduría Delegada para los Derechos Humanos profirió contra el Teniente Rivera fallo sancionatorio en 1997 bajo el radicado Nº 008-139990, aunque no se tiene dato de su contenido. RODRIGUEZ ARBOLEDA, JUAN CARLOS Itinerario El 1 de febrero de 1992, Gustavo López Pineda, y su esposa Imelda González Guerrero de 36, fueron desaparecidos por el Ejército, luego de ser detenidos en un retén militar, en área rural de Barrancabermeja. Se tienen indicios de que el Cabo Primero Rodríguez Arboleda participó en el hecho. Posteriormente se confirmó en investigaciones adelantadas sobre estos hechos, que dos civiles detenidos ingresaron a las instalaciones del Batallón Nueva Granada en un vehículo militar hacia la 1:00 a.m. del 2 de febrero, se presume que corresponde a la pareja de esposos, de los cuales no se volvió a tener noticias. ANALISIS DE IMPUNIDAD Según fuente de prensa del 2 de abril del 2000, la Procuraduría General de la Nación, en fallo de primera instancia, ordenó retirar del cargo al cabo primero Juan Carlos Rodríguez Arboleda, por estar comprometido en la desaparición de la pareja. Al parecer y de acuerdo a primeras versiones, Gustavo e Imelda fueron detenidos por el hecho de ser polvoreros, y según los militares los sindicaron de ser, supuestamente, colaboradores de la guerrilla. RODRÍGUEZ TRUJILLO, ALEXANDER Itinerario De acuerdo con declaraciones de Carlos Alberto Vergara, alias “El Ñato”, informante y agente de inteligencia de la Red de la Armada No. 07 (estructura de inteligencia responsable de mas de 70 asesinatos ocurridos en 1992 en Barrancabermeja), el soldado Rodríguez Trujillo era miembro activo del S-2 (inteligencia) del Batallón Nueva Granada. Este militar había participado en diferentes crímenes, entre ellos el intento de atraco a mano armada -junto a otros miembros activos del Batallón-, al médico Raúl Salazar Manrique, del cual éste resultó herido y a consecuencia de ello en silla de ruedas; el caso fue investigado por los Grupos de Inteligencia del Batallón Nueva Granada y la Armada pero, en versión de Vergara Amaya, “lo encubrieron todo”. El 16 de mayo de 1993, José Amauri Aldana Romero fue asesinado a balazos por el soldado profesional Rodríguez Trujillo, quien luego fue aprehendido y puesto preso en la cárcel municipal, pero trasladado días después a los calabozos del Batallón, según el fiscal por su calidad de militar, de donde 15 días más tarde se fugó. Este crimen lo confirma el testimonio de Amaya, el cual aduce que el soldado Rodríguez Trujillo estuvo detenido en la cárcel de Barrancabermeja por estar involucrado en el homicidio José Amauri Aldana, supuestamente “sólo por haber prestado una moto de su propiedad que había sido utilizada en el asesinato”. En la declaración, el miembro de la Red. No 7 comentó: “ese individuo [Rodríguez Trujillo] no demoró ni tres días recluido aquí en esta cárcel, fue trasladado al batallón Nueva Granada (…) de ahí fue reportado dizque él se había volado, pero es totalmente falso porque este individuo tenia conocimiento y había participado en diferentes masacres…” (Fiscalía General. Barrancabermeja, febrero 3 de 1994) ANALISIS DE IMPUNIDAD Por el asesinato de José Amauri Aldana, la Procuraduría Provincial de Barrancabermeja inicio proceso bajo el radicado No.062-06658 contra el soldado Rodríguez Trujillo. Posteriormente la corporación emitió fallo de primera instancia con resolución 011 de marzo 7 de 1997, imponiendo sanción de suspensión del cargo por 15 días sin remuneración. La segunda instancia se pronunció en julio 31 de 1997 modificando la sanción e imponiéndole al encartado multa de diez días de salario. SANTOS, MIGUEL Itinerario Soldado profesional que el 13 o 14 de marzo de 1992 asesinó al señor Freddy Vera Camargo, en Barrancabermeja (Santander). ANALISIS DE IMPUNIDAD La Procuraduría Provincial de Barrancabermeja mediante providencia del 8 de junio de 1992 declaró el archivo del radicado porque los hechos materia de investigación se cometieron por fuera del servicio. Según comunicación de la Fiscalía Seccional de Barrancabermeja, no se siguieron investigaciones penales contra los soldados por este hecho. SANTOS QUIÑONEZ, LUIS EDUARDO Itinerario En 1981, Luis Eduardo Santos Quiñónez tenía el grado de Mayor. Mediante el decreto 3527 de 1986 fue ascendido a Teniente Coronel. Fue comandante del Batallón de Artillería de Defensa Antiaérea No. 2 “Nueva Granada” entre 1987 y 1988. El primero de esos años, puntualmente el 15 de septiembre, Ramón Salvador Angarita Solano, fue desaparecido; y Félix Benjamín Mosquera Pérez y Luis Alberto Moreno, conocido como “Lucho”, detenidos y torturados por un grupo de militares adscritos al Batallón Nueva Granada en Barrancabermeja (Santander). Los hechos se dieron por el robo de un fusil de las instalaciones de la base militar de la refinería, perdida atribuida a las víctimas por los militares. El Oficial Santos Quiñónez estaba al mando de la investigación. En una carta enviada al Procurador General de la Nación, por parte de los vecinos y amigos de Ramón Angarita, estos adujeron que el vehículo en que lo desaparecieron, un campero Nissan Patrol de colores blanco y naranja, de placas GO-7294, correspondía al Comandante del Batallón Nueva Granada, Teniente Coronel Santos Quiñónez. Además en una de las entrevistas que los familiares de Ramón sostuvieron con el citado Oficial, éste le respondió a una de las hijas: “si el fusil aparece, su papá aparece, pues a mí me tiene verraco la pérdida de ese fusil, porque por la pérdida de ese fusil a mi no me han ascendido”. El 15 de enero de 1988 el líder sindical Manuel G. Chacón es asesinado en Barrancabermeja. Testigos de los hechos afirman que el vehículo desde el cual dispararon entro al Batallón Nueva Granada; existen indicios de que el Teniente Coronel Santos Quiñónez fue uno de los autores intelectuales del asesinato, sin embargo no fue investigado por estos hechos. El 18 de enero de 1988, Héctor Suárez, de 28 años vigilante y ayudante de un camión, fue detenido en horas de la noche en el sitio San Tropel del Barrio Villarelys por una patrulla al parecer de la Policía Militar del Batallón Nueva Granada, y posteriormente desaparecido en Barrancabermeja. El Teniente Coronel Santos Quiñónez dilató el proceso disciplinario llevado por la Procuraduría Provincial de Barrancabermeja al demorar la posibilidad de revisar el libro de minuta de guardia; luego envío un informe donde negaba la retención e incluso los operativos que se hicieron en la zona donde sucedieron los hechos. El 24 de mayo de 1988, a las 4:30 p.m., los campesinos José Joaquín Lozano Rodríguez, de 24 años, José de la Cruz Arriagada Florez, de 40, Hugo Pérez Angarita, Francisco Luis López, militantes del partido político A Luchar, junto a los menores Hugo Garavito de 14 años, y una niña de seis años sin identificar, fueron asesinados, al tiempo que Javier Arenas, Víctor Néstor, Ángela Maria Vargas, Libardo León, Juan Sánchez y Bernabé Saavedra fueron desaparecidos, y 200 personas detenidas por miembros del Batallón Nueva Granada, comandado en ese entonces por el Teniente Coronel Luis Eduardo Santos Quiñónez, que llegaron disparando indiscriminadamente contra la concentración de más de 3000 personas que participaban de una protesta campesina en zona rural de San Vicente del Chucurí. Al año siguiente el Oficial recibió la conmemoración Orden al mérito militar “Antonio Nariño”, grado comendador, por el decreto 1703 de 1989. Luego paso a ser el comandante de la zona V de la Dirección Nacional de Reclutamiento. Dos años más tarde fue promovido al grado de Coronel, mediante decreto 2697 de 1991. ANALISIS DE IMPUNIDAD Por la desaparición de Ramón Salvador Angarita, la Procuraduría Delegada Para las Fuerzas Militares adelantó contra el Teniente Coronel Quiñónez investigación disciplinaria radicada bajo el No. 022-63795/87, la cual se falló el 20 de abril de 1992 con absolución. Por los otros hechos en que estuvo involucrado, Luis Eduardo Santos Quiñónez nunca fue investigado penal o disciplinariamente. SUAREZ, WILFRIDO Itinerario Cabo Segundo. El 5 de abril de 1994 dispuso la detención sin orden judicial alguna de Arcadio Jiménez Barrios, señalado por un informante de ser supuesto militante del ELN. Los hechos sucedieron en Barrancabermeja (Santander). ANALISIS DE IMPUNIDAD La Procuraduría Provincial de Barrancabermeja con providencia número 06207321 de fecha 15 de octubre de 2003, consideró que a partir de la coincidencia de los testimonios del quejoso y de un soldado voluntario recuerda el episodio, se colige que hay mérito para sancionar al Suboficial inculpado, imponiéndole por tanto una multa pecuniaria. TRUJILLO MONCALEANO, JULIO ALBERTO Itinerario Oficial que se encontraba al mando de un grupo de contraguerrilla cuyos miembros fueron responsables de que, el 3 de enero de 1990, se detuviera, torturara y amenazara al celador Germán Neira Mendoza, y se detuviera y amenazara a Carlos Sierra, en Puerto Wilches (Santander). ANÁLISIS DE IMPUNIDAD La Procuraduría Delegada para la Defensa de los Derechos Humanos, el 9 de abril de 1992, emitió providencia dentro del expediente Nº 008-105655, en el que exoneró al oficial Trujillo Moncaleano “por no encontrar probados los hechos ni la responsabilidad que se le imputaba”. VARGAS VANEGAS, ALONSO Alias: “CABIRIQUE” Itinerario Soldado voluntario que el 2 de diciembre de 1993, asesinó a Freddy Arley Avendaño Urrego, en Barrancabermeja (Santander). ANALISIS DE IMPUNIDAD A pesar de establecer y comprobar que el soldado Vargas fue quien directamente realizo la ejecución material del crimen, no se tiene dato de investigación penal o disciplinaria en su contra. VASQUEZ GUTIERREZ, DIEGO FERNANDO Itinerario Teniente. Participó en los siguientes hechos: Detención ilegal de Miguel Pérez el 10 de abril de 1994, ocurrida en el barrio Brisas de San Martín de Barrancabermeja (Santander). Al mando de la patrulla que efectuó la aprehensión estaba el Oficial Vásquez Gutiérrez. Detención y posteriores torturas infligidas a Julio Cesar Garrido Villada, en hechos ocurridos el 13 de abril de 1994 en la base militar Los Comuneros de Barrancabermeja. El Oficial detuvo a la víctima porque estaba sindicado “de varios hechos como integrante de grupos subversivos y rebelión”. Allanamiento, detención y torturas infligidas a Darío de Jesús Mejía el 16 de abril de 1994 en Barrancabermeja. Vásquez Gutiérrez comandaba la patrulla que realizó el allanamiento de la vivienda de la víctima, su detención, y lo torturaron en la base militar Los Comuneros. ANALISIS DE IMPUNIDAD Por la detención y torturas ocasionadas a Julio Cesar Garrido se abrió formal averiguación disciplinaria el 12 de junio de 1995. Posteriormente el Teniente Vásquez Gutiérrez le fue formulado pliego de cargos el 23 de enero de 1997 por las posibles torturas contra Julio Cesar Garrido, hasta que en fallo del 2 de octubre de 1997 la Procuraduría Delegada Para los Derechos Humanos absolvió al encartado alegando la falta de prueba plena de la autoría de los hechos por parte del Teniente. Ante el fallecimiento del uniformado Vásquez Gutiérrez el 1 de septiembre de 1997 la misma corporación ordeno la terminación del procedimiento mediante proveído del 12 de marzo de 1999, por la imposibilidad de proseguir con la acción disciplinaria por la muerte del implicado. En igual forma se pronuncio el mismo ente disciplinario por las torturas infligidas a Darío de Jesús Mejía, en providencia del 16 de diciembre de 1997. 1.5. Batallón de infantería No. 40 “General Luciano D’ElHuyar” ACOSTA TARAZONA, CARLOS ALBERTO Itinerario Subteniente. El 22 de septiembre de 1993 fue uno de los responsables de la detención y los maltratos físicos y verbales ocasionados a los campesinos Demesio Pimiento Jaimes, David Rincón, José Eduardo Monsalve, Leonor Flórez Oviedo, un niño de apellido Pimiento y Pedro Carvajal, en hechos ocurridos en la vereda Montebello de Betulia (Santander). Carvajal aparecería sin vida al día siguiente, en la carretera que conduce a San Vicente del Chucurí . ANALISIS DE IMPUNIDAD La Procuraduría Delegada Para los Derechos Humanos decreto la apertura de la investigación disciplinaria el 17 de agosto de 1994. En providencia del 11 de septiembre de 1998 decidió absolver de todos los cargos a los endilgados, fundamentándose en la duda existente en el proceso, pues consideró que no obstante las diferentes actuaciones tendientes a esclarecer lo ocurrido, no se tenía la convicción, la certeza de que los miembros militares sean responsables de los hechos denunciados como quiera que no se aclaró cuales fueron los móviles que rodearon los acontecimientos; es decir, no se lograron probar los cargos, por lo cual se daba aplicación al principio “In dubio pro reo”. Con todo, el 22 de septiembre del mismo año el ente gubernamental declaró prescrita la acción disciplinaria. ANDRADE ORTIZ, LUIS ENRIQUE Itinerario Nació en Purificación (Tolima) en 1959. En 1983 tenía el grado de Subteniente. Tres años mas tarde, 1986, se encontraba adscrito al Batallón de Infantería Aerotransportado No. 21 “Batalla Pantano de Vargas”. Ese año, el 22 de noviembre de 1986, en el corregimiento de Medellín del Ariari, municipio de El Castillo (Meta), miembros del Ejército e integrantes de un grupo paramilitar, conocido como “El grupo del gobernador”, ingresaron en altas horas de la noche a la casa de José Antonio Guerra. Allí los uniformados asesinan a dos personas: Vidal y Ángel María Ramírez, y se llevan consigo al dueño de la vivienda, José Antonio, y otras tres personas: Mario Huertas Solórzano, Manuel Galindo Pedraza, y Miguel Antonio Montoya. Al día siguiente, los cadáveres de éstos últimos aparecen con señales de tortura cerca del sitio en el que la noche anterior acamparon unidades militares. El oficial Andrade Ortiz es uno de los tres oficiales que tenían bajo su mando los efectivos militares que realizaron los operativos ese 22 de noviembre en Medellín del Ariari, y que acamparon junto al sitio donde fueron hallados los cuatro cuerpos. Luego de la masacre ocurrida en el municipio de El Castillo, cuatro días mas tarde, Andrade Ortiz sería ascendido a Teniente. Posteriormente, desde el 27 de septiembre de 1988, se desempeñaría como Comandante de la Base Militar de Campo Capote en Puerto Parra (Santander), adscrita al “Luciano D’Elhuyar”. Allí, los paramilitares del MAS tenían su centro de operaciones, desde el cual coordinaban todas sus acciones en el bajo Simacota y la zona rural de Puerto Parra. Se tienen pruebas e indicios de que el Oficial Andrade apoyaba a este grupo. El 22 de octubre de 1988, en la finca “La Estrella”, Campo Capote, municipio de Puerto Parra (Santander), el agricultor Jorge Ramírez es asesinado por una patrulla combinada de miembros del Ejército y paramilitares. Según testigos presenciales del crimen, el Teniente Andrade Ortiz dirigía la patrulla y personalmente dio la orden de aprehender y fusilar al labriego. Dos meses después, el 28 de noviembre, una patrulla combinada del ejército y de paramilitares, comandada por el Oficial Andrade Ortiz, quien era secundado por el paramilitar Norberto Sierra Martínez alias “Chupalilo”, ingresó a la vereda La Militosa, de Campo Capote, municipio de Puerto Parra (Santander), y acribilla al líder campesino José Sánchez. Los uniformados y los paramilitares llevan arrastrado el cadáver de la víctima hasta la base militar de Campo Capote, donde el cuerpo fue exhibido a la población. El 18 de enero de 1989, once funcionarios judiciales fueron asesinados en la vereda La Rochela, de Simacota (Santander), por un grupo de hombres fuertemente armados pertenecientes al grupo paramilitar “Los Masetos”, que operaba en el Magdalena Medio, quienes recibieron dinero de parte de altos oficiales del ejército. Andrade Ortiz estuvo en la coordinación y ejecución intelectual del hecho. ANALISIS DE LA IMPUNIDAD Por la masacre de El Castillo, el Teniente Luis Enrique Andrade Ortiz no fue vinculado a la investigación adelantada por el Juzgado 24 de Instrucción Criminal de El Castillo ni a la Averiguación Disciplinaria No. 55.167/1357 V.A adelantada por la Procuraduría Delegada para las Fuerzas Militares, la cual fue archivada el 27 de octubre de 1987. Por la masacre de La Rochela de 1989, el 27 de febrero de 1989, el Juzgado 126 de Instrucción Penal Militar de la XIV Brigada inició la indagación preliminar. El 31 de octubre de 1989, decretó la cesación de procedimiento en su favor, la cual fue confirmada por el Tribunal Superior Militar. El 29 de junio de 1990, el Juzgado Segundo de Orden Público de Pasto, lo condenó a 5 años de prisión por “auxilio de actividades terroristas”; pero, el 14 de noviembre de 1990, el Tribunal Superior de Orden Público, en segunda instancia lo absolvió. Por estos mismos hechos, el 6 de febrero de 1991 la Procuraduría Delegada para las Fuerzas Militares inició una investigación formal y formuló cargos en contra de Andrade Ortiz. Sin embargo, el 7 de junio de 1994 se declaró la prescripción de la acción disciplinaria pero se tiene noticia de que por decisión interna del Ejército Nacional, el Oficial fue desvinculado del servicio. Se fugó de una guarnición militar en 1990 y se fue para Ecuador. AVILA, GILBERTO Alias: “SERGIO” Itinerario Suboficial que hacía parte activa del grupo paramilitar Los Masetos, llegando a ser uno de las cabezas principales de esta estructura. Participó en los siguientes hechos: El 4 de junio de 1992, ordenó a Arcadio Vargas, miembro de Los Masetos, asesinar al campesino Ignacio Ortiz Castillo porque este se negó a patrullar con ellos, en hechos ocurridos en la vereda Filo de Oro de El Carmen de Chucurí (Santander). Detención, tortura y amenazas proferidas a dos campesinos el 21 de enero de 1991, en zona rural del municipio de El Carmen de Chucurí, en conjunto con paramilitares de Los Masetos. Gilberto Ávila también era conocedor del asesinato del joven Filemón Cala en manos de los paramilitares y de la utilización de la base militar del ejército como cuartel general de estos hasta construyeran otra para su uso exclusivo. No se conoce que el Suboficial Ávila haya sido vinculado penal o disciplinariamente. BEJARANO VALENCIA, LUIS EDUARDO Itinerario Subteniente. Tropas bajo su mando el 19 de octubre de 1990, asesinaron al niño Carlos Hernando Vera Arguello, de 11 años de edad, en San Vicente de Chucurí (Santander). ANALISIS DE IMPUNIDAD Conocieron del caso la Procuraduría Provincial de Barrancabermeja y la Procuraduría Regional de Bucaramanga. La abogada visitadora en su informe evaluativo recomendó archivar el caso porque las diligencias practicadas no permitieron individualizar los responsables del asesinato, y por tanto, según su consideración, se carece de merito probatorio para abrir investigación formal ni para abrir pliego de cargos contra ninguno de los militares que participaron en este hecho. BUSTOS PEÑA, ANGELICO Itinerario En 1986, Angélico Bustos Peña tenía el grado de Capitán y se desempeñaba en la III Brigada como comandante de contraguerrilla. Por ese año, el 16 de octubre, José A. Triana Peñalosa, Hernando Marín Hernández y Gloria Lazo son detenidos y asesinados por tropas bajo su mando, en la vereda Cofanía, municipio de Viilagarzón (Putumayo). El Oficial Bustos dio la orden de interrogarlos y posteriormente de asesinarlos. En 1987 obtendría el grado de Mayor por el decreto 2258; al mismo tiempo fue condecorado con la Orden al Mérito Militar “José María Córdova”, grado oficial, por decreto 1152 de 1987. Un año después serviría como Oficial S-3 en el Batallón de Infantería No. 40 “General Luciano D’Elhuyar”. Por esta época en la región chucureña, comprendida entre San Vicente y El Carmen (Santander) se constataría que efectivos de esta unidad militar operaban conjuntamente con los grupos paramilitares de la zona. Existen pruebas e indicios graves de que el Oficial Bustos Peña junto al Teniente Coronel Rogelio Correa Campos y el Capitán Carlos Alfonso Morales del Río, orgánico del S-2 (inteligencia) del batallón, dirigían a los paramilitares. En la Masacre de Llana Caliente, ocurrida el 29 de mayo de 1988 en San Vicente de Chucurí, el Oficial Bustos Peña junto con el Mayor Fernández Mendoza, entorpecieron las investigaciones adelantadas por dichos sucesos. Posteriormente fue transferido a la I Brigada en 1991. Fue destituido por disposición de la Procuraduría ese año. ANALISIS DE IMPUNIDAD Por la detención y posterior asesinato de José A. Triana Peñalosa, Hernando Marín Hernández y Gloria Lazo, al Procuraduría Delegada Para las Fuerzas Militares tramitó la averiguación disciplinaria respectiva y falló el caso solicitando la destitución del Oficial Bustos Peña mediante la resolución 453 del 8 de noviembre de 1990, la cual se hizo efectiva con el decreto 373 del 6 de febrero de 1991. Por lo sucedido el 29 de mayo de 1988 en Llana Caliente, Angélico Bustos Peñas nunca fue investigado penal ni disciplinariamente. CASTRILLON GARCIA, JOSE GABRIEL Itinerario Teniente. Era comandante de la Base Militar ubicada en la Inspección de Policía Las Montoyas en Puerto Parra (Santander). Estuvo involucrado en la desaparición del campesino José Ramiro Ramírez Medina ocurrida el 21 de agosto de 1987 en Puerto Parra. No se tiene dato de investigaciones en su contra. CORREA CAMPOS, ROGELIO Itinerario Para 1977 Rogelio Correa Campos tenía el grado de Capitán. En 1979 se desempeñaba como instructor del Batallón de Policía Militar No. 1 “General Tomás Cipriano de Mosquera”. Este mismo año fue condecorado con la medalla de Servicios Distinguidos en Orden Público por segunda vez. En 1981 por el decreto 3338 de 1981 fue ascendido al grado de Mayor. Dos años mas tarde le sería concedida la Orden al Mérito Militar “Antonio Nariño”, por decreto 2152 de 1983. En 1986, mediante el decreto 3527 de 1986, el Oficial Correa Campos asumiría el grado de Teniente Coronel. Al año de su ascenso y hasta su fallecimiento en 1988, estaría como comandante del Batallón de Infantería No. 40 “General Luciano D’Elhuyar”. El 16 de agosto de 1987, hacia las 3:45 a.m., el abogado y Alcalde de Sabana de Torres por la Unión Patriótica Álvaro Garcés Parra, de 34 años; el agente de policía John Jairo Loaiza Paova, quien le servía como escolta al Alcalde; el militante de la Unión Patriótica Carlos Gamboa Rodríguez, de 28 años, quien se desempeñaba como escolta del Concejal de Lebrija por la Unión Patriótica, Jaime Castrillón, y el ama de casa Elida Rocío Anaya Duarte, de 24 años, fueron asesinados durante un operativo conjunto entre miembros del Ejército, la policía y paramilitares en Sabana de Torres. Las investigaciones adelantadas por la justicia ordinaria y la Procuraduría permitieron establecer la participación en la planeación y realización del operativo de varios miembros del ejército, entre ellos, el Teniente Coronel Correa Campos, quien ayudo a esconderse en las instalaciones del batallón Luciano D’Elhuyar a uno de los sicarios que atentó contra la vida de Álvaro Garcés Parra. El 20 de octubre de 1988 a las 7:30 p.m., el militante de la Unión Patriótica (UP) Horacio Flórez Silva, fue desaparecido por cuatro hombres armados que llegaron a su casa ubicada en el barrio La Igualdad en Bogotá. Horacio había llegado a Bogotá hacía aproximadamente un año huyendo de las amenazas de muerte hechas por el Oficial Correa Campos en San Vicente de Chucurí, lugar donde desarrollaba su actividad política. El 29 de mayo de 1988, los campesinos Arnulfo Ramírez Izaquita, Nelson Otero Martínez, Alfredo Ríos Barrios, Luis Enrique Sánchez Millán, Luis José Archila Plata, José Joaquín Zambrano Molina, Pablo Manuel Hernández Rodríguez, Esperanza Herrera Villa, José Natividad Velandia Prada, Raúl Antonio Gómez Chaparro, José Méndez, Wilson Botero y Clemente Quiroga fueron asesinados y aproximadamente 38 Campesinos más fueron asesinados y sus cuerpos desaparecidos y otros 50 heridos por 240 militares al mando del Teniente Coronel Rogelio Correa Campo adscritos al Batallón Luciano D’Elhuyar en la vereda Llana Caliente del municipio San Vicente de Chucurí. En estos hechos perdería la vida el Oficial Correa Campos, muerto por un paramilitar que le servía como escolta llamado Luis Uribe Suárez, alias “Comandante Camilo”, porque aquel había asesinado al soldado Luis Suárez Acevedo quien se negó a obedecer la orden de disparar contra los campesinos marchantes, ante lo cual el paramilitar, profundamente ofendido por ese acto, le disparó. La muerte del Oficial desencadenaría la masacre. Además, poco tiempo después en la región del Magdalena Medio, comenzaría a operar un grupo paramilitar denominado “Comando Operativo No. 15 Coronel Correa Campos”. Por último, mediante el decreto 1448 de 1988, le sería otorgado el ascenso póstumo al grado de Coronel. ANALISIS DE IMPUNIDAD La única investigación que se surtió contra el Oficial Rogelio Correa Campos fue la averiguación disciplinaria No. 22-71283 por los sucesos de Llana Caliente, la cual se archivo el 4 de agosto de 1989 por la muerte del endilgado. Por los demás hechos en que tuvo responsabilidad no fue vinculado penal ni disciplinariamente a investigación alguna. CORREA COPOLA, EDGAR FERRUCIO Itinerario Subteniente que participó de la masacre de Llana Caliente, sucedida el 29 de mayo de 1988 en San Vicente de Chucurí (Santander), donde murieron 50 campesinos y 50 más resultarían heridos. Al año siguiente de estos hechos sería ascendido a Teniente. El Oficial Correa Copola nunca sería vinculado a investigaciones penales o disciplinarias por lo sucedido en Llana Caliente. CORTEZ BENAVIDES, VICENTE Itinerario Subteniente que participó el 24 de septiembre de 1992, en la detención y posterior asesinato del menor de edad Alexander Hernández Orozco en hechos ocurridos en la vereda Danto Bajo, jurisdicción del municipio de Simacota (Santander). El Oficial nunca fue investigado por este crimen. DURAN CRUZ ALBEIRO Itinerario Cabo Segundo. En la masacre de Llana Caliente, ocurrida el 29 de mayo de 1988 en San Vicente de Chucurí, se desempeñaba como jefe de escoltas en el puesto de mando del Teniente Coronel Correa Campos, estando en el momento en que se provocó el incidente en que fue muerto el Oficial por el Comandante Camilo; le gritaba a los demás oficiales respecto de este sujeto “mátenlo, mátenlo, no lo dejen vivo”. Alcanzó a ser herido por el paramilitar. También tenía bajo su mando tropas de la contraguerrilla que dispararon contra la marcha campesina. El Suboficial nunca se le vinculó a actuaciones judiciales por los hechos de Llana Caliente. FERNANDEZ MENDOZA, JOSE HENRY Itinerario En 1979 José Henry Fernández Mendoza tenía el grado de Capitán. Estaba vinculado el Batallón de Infantería No. 17 “general José Domingo Caicedo” en Chaparral (Tolima). Realizó un Curso de Instructor de Educación Física en la Escuela de Educación Física del Ejército en Brasil, desde febrero de 1980 a febrero de 1981, por decretos 397 y 3430 de 1980. Para 1982, le sería entregada la Orden al Mérito Militar “José María Córdova”, grado oficial, mediante decreto 2326. En 1984 sería ascendido a Mayor mediante el decreto 2944. Cuatro años mas tarde se desempeñó como el segundo comandante del Batallón de Infantería No. 40 “General Luciano D’Elhuyar”. El 29 de mayo de 1988, 50 campesinos serían asesinados, siendo 38 de ellos desaparecidos los cuerpos; y otros 50 heridos por 240 militares al mando del Teniente Coronel Rogelio Correa Campos adscritos al Batallón “Luciano D’ Elhuyar” en la vereda Llana Caliente del municipio San Vicente de Chucurí. El Mayor Fernández Mendoza estaba en el lugar el día de los hechos, entorpeciendo luego La las investigaciones negándose a informar el personal que estaba ese día. Un año después de la masacre de Llana Caliente, Fernández Mendoza obtuvo el grado de Teniente Coronel, mediante el decreto 2720 de 1989. ANALISIS DE IMPUNIDAD Por los hechos del 29 de mayo de 1988 en Llana Caliente, el Oficial Fernández nunca se le relaciono penal o disciplinariamente. GUERRERO SANCHEZ, JOSE RAUL Itinerario Soldado. Estuvo entre los militares que el 23 de enero de 1993 asesinaron a Oscar Ríos Rodríguez en la vía que conduce de San Vicente de Chucurí a Zapatoca (Santander), a la altura de la vereda Santa Inés. ANALISIS DE IMPUNIDAD El Juzgado 130 de Instrucción Penal Militar realizó investigación penal con el radicado No. 231. Terminada la etapa procesal de instrucción, el sumario fue enviado al juez de instancia a través de la auditoria 75 auxiliar de guerra en Bucaramanga, mediante oficio No. 153 del 23 de marzo de 1993, para agotar etapa de juzgamiento. Durante la etapa de instrucción se resolvió situación jurídica mediante providencia del 12 de marzo de 1993 absteniéndose de decretar medida de aseguramiento a favor del soldado José Raúl Guerrero Sánchez. La Auditoria 17 de guerra de la V Brigada de Bucaramanga dice que en la extinta auditoria 75 de guerra se encontró que acoge el veredicto que por unanimidad y luego de realizada la segunda audiencia de consejo de guerra, se dicto a favor del procesado pues cesó todo procedimiento a favor del soldado José Raúl Guerrero Sánchez el 19 de agosto de 1994 y el 13 de octubre del mismo año el proceso es archivado en forma definitiva. HERNÁNDEZ ARCINIEGAS, OTONIEL Itinerario Entre el 1 de septiembre y el 31 de diciembre de 1986, Hernández Arciniegas estaría adscrito al Batallón de Infantería No. 1 “Bolívar”. En el año siguiente ascendería a Sargento Primero, siendo Suboficial de Operaciones de dicho batallón. En octubre de 1987 diecinueve personas, la mayoría de ellas dedicadas al comercio de mercancía de contrabando, fueron torturadas y desaparecidas, en la inspección de policía Puerto Araujo de Cimitarra (Santander), por miembros del Batallón Bárbula y paramilitares del grupo al mando de Henry de Jesús Pérez Duran, por orden del Brigadier General Farouk Yanine Díaz. El crimen fue planeado durante una reunión en las oficinas de ACDEGAM en Puerto Boyacá (Boyacá), donde se acordó la coordinación de la acción con el Comandante de la V Brigada, Brigadier General Juan José Alfonso Vacca Perilla, delegando para ello al Mayor Oscar de Jesús Echandía Sánchez y al Sargento Otoniel Hernández Arciniegas, quienes se encargarían de coordinar con Alonso de Jesús Baquero Agudelo, la vigilancia de la caravana hasta que llegara al lugar donde la interceptarían los paramilitares. El 18 de enero de 1989, once funcionarios judiciales fueron asesinados en el sitio La Laguna, de la vereda La Rochela, en Simacota (Santander), por un grupo de hombres fuertemente armados pertenecientes al grupo paramilitar “Los Masetos”, que operaba en el Magdalena Medio, quienes recibieron la orden y dinero de parte de altos oficiales del ejército y la Armada, entre ellos, el Brigadier General Farouk Yanine Díaz. Entre los militares involucrados en el hecho, se cuenta, como lo señalaron las investigaciones judiciales que se adelantaron, al Sargento Otoniel Hernández Arciniégas, quien se desempeñaba como Comandante de la Base Militar de Las Montoyas, Inspección de Policía de Puerto Parra (Santander), lugar que era un enclave paramilitar de Los Masetos. ANALISIS DE IMPUNIDAD Por la desaparición de los diecinueve comerciantes, la Unidad de Derechos Humanos de la Fiscalía, el 29 de mayo de 1996 le dictó medida de aseguramiento consistente en detención preventiva por secuestro extorsivo y homicidio agravado, la cual no se hizo efectiva. Pero a consecuencia de que el Consejo Superior de la Judicatura resolvió el conflicto de competencias a favor de la justicia penal militar, el Comandante del Ejército, Mayor General Manuel José Bonnet Locarno, se abstuvo de convocarlo a Consejo Verbal de Guerra y decretó la cesación de todo procedimiento en su contra. El 19 de mayo de 1989, la Unidad Móvil de Investigación Criminal que se conformo para las averiguaciones correspondientes a la masacre, escuchó en indagatoria al Sargento Hernández. Posteriormente, el 31 de mayo del mismo año, el Juzgado 5 de Orden Público profería auto de detención contra el militar, quien finalmente el 29 de junio de 1990 sería condenado a 5 años de prisión por el Juzgado 2 de Orden Público de Pasto, por auxilio de actividades terroristas. No obstante, el 14 de noviembre de 1990, el Tribunal Nacional de Orden Público, en segunda instancia modificó su pena y la redujo a un año de arresto. Por los mismo hechos, el 6 de febrero de 1991 la Procuraduría Delegada para las Fuerzas Militares inició una investigación formal y formuló cargos en contra del Sargento Otoniel Hernández Arciniegas. Sin embargo, el 7 de junio de 1994 se declaró la prescripción de la acción disciplinaria pero se tiene noticia de que por decisión interna del Ejército Nacional, el Suboficial Hernández fue retirado de la institución. HERNANDEZ PINEDA, CARLOS JAVIER Itinerario Capitán. Estuvo entre los militares que el 23 de enero de 1993 asesinaron a Oscar Ríos Rodríguez en la vía que conduce de San Vicente de Chucurí a Zapatoca (Santander), a la altura de la vereda Santa Inés. ANALISIS DE IMPUNIDAD Por estos hechos, el Juzgado 130 de Instrucción Penal Militar realizó la respectiva investigación radicada bajo el No. 231 . Terminada la etapa procesal de instrucción, el sumario fue enviado al juez de instancia a través de la auditoria 75 auxiliar de guerra en Bucaramanga, mediante oficio No. 153 del 23 de marzo de 1993, para agotar etapa de juzgamiento. Durante la etapa de instrucción se resolvió situación jurídica mediante providencia del 12 de marzo de 1993, al Capitán Carlos Javier Hernández Pineda, imponiéndole medida de aseguramiento consistente en detención preventiva y concediéndosele el beneficio de excarcelación mediante caución juratoria y compromisoria. La Auditoria 17 de Guerra de la V Brigada de Bucaramanga dice que en la extinta auditoria 75 de guerra se encontró que acoge el veredicto que por unanimidad y luego de realizada la segunda audiencia de consejo de guerra, se dicto a favor de los procesados. Se absolvió de los cargos al Oficial Carlos Javier Hernández Pineda el 19 de agosto de 1994, y el 13 de octubre del mismo año el proceso es archivado en forma definitiva. IBARRA MENDOZA, GILBERTO Itinerario El Capitán Ibarra Mendoza fue uno de los oficiales que mayormente contribuyó al auspicio y mantenimiento de los grupos paramilitares que actuaban en la región chucureña mientras se encontraba adscrito a la Base Militar de El Carmen, orgánica del Batallón de Infantería No. 40 “Luciano D’ Elhuyar”. Participaba conjuntamente en crímenes cometidos por esas bandas que tuvieron azotados a los pobladores de la zona. Para 1986, Ibarra Mendoza fue ascendido a Teniente por decreto 3527. Por esta época estuvo acantonado en Puerto Boyacá (Boyacá), sede de la estructura paramilitar promovida por la XIV Brigada mediante su cuerpo de inteligencia (B-2) y el Batallón de Infantería No. 3 “Bárbula” instalado en ese municipio. Posteriormente el 27 de julio de 1988, a Ibarra lo condecorarían con la Orden al Mérito Militar José María Córdova en el grado de Caballero por decreto 1510 de 1988. Luego el 27 de enero de 1990, por decreto 2867 lo ascenderían a Capitán. Un año mas tarde llegaría a la base militar de El Carmen del Chucurí (Santander) como orgánico del Batallón “Luciano D’ Elhuyar”. El 6 de mayo de 1991, el guerrillero Humberto Higuera Avila fue asesinado por miembros del ejército y paramilitares que iban al mando del Capitán Gilberto Ibarra Mendoza y el reconocido paramilitar de la región Helio Pacheco en la vereda La Bodega de El Carmen de Chucurí. Humberto había manifestado que se rendía. Siete días después, el 14 de mayo, Ibarra Mendoza comandaba una patrulla de militarse que detuvo, torturó y posteriormente asesinó al labriego José Ángel Gómez Ortiz; y detuvo a Un Conductor acompañante de este, en hechos ocurridos en el sitio conocido como La Punta, vereda Pamplona de San Vicente de Chucurí (Santander). El 21 de noviembre de 1991 el campesino Hernando Pinto Nocua fue detenido y torturado por miembros del ejercito pertenecientes a la Brigada Móvil No. 2 al mando del Teniente Francisco Javier Corrales Larrarte en la Vereda el Filón, jurisdicción del municipio de San Vicente del Chucurí. Por esa época el Capitán Ibarra Mendoza se encontraba al frente de la base militar de El Carmen, y según la queja presentada por la víctima ante la Procuraduría General de la Nación, un grupo de paramilitares le había dejado razón de que se presentara ante el Capitán Ibarra. Al hacerlo Hernando, el militar le dijo que trabajara con ellos dando información de la guerrilla para que no le pasara nada pues en cualquier momento corría peligro. El afectado señalo que el Capitán Ibarra Mendoza era el mando de un grupo paramilitar conocido como PARRA que actuaba en la región. En mayo de 1992, Ibarra Mendoza sería promovido para realizar un curso de preparación militar en Estados Unidos “por ser uno de los mejores Capitanes del Ejército Nacional, siendo premiado por hacerle la guerra a todos esos bandidos del ELN en la zona de San Vicente y El Carmen”, según comentaría en esa época el entonces comandante de la II División Mayor General Harold Pizarro Bedoya. Un año mas tarde el 17 de mayo de 1993, paramilitares pertenecientes a “Los Masetos”, entre ellos Gabriel Ortega, desaparecieron y asesinaron al líder campesino Ramiro Pinto Ladino en San Vicente de Chucurí. Existen indicios de la complicidad del Capitán Ibarra en la ejecución del crimen. El 5 de agosto de 1994 lo condecorarían con la Orden al Mérito Militar Antonio Nariño en la categoría Oficial, por decreto 1851. Para 1195, por decreto 2067 Ibarra Mendoza sería ascendido a Mayor; y cinco años mas tarde, mediante decreto 2512 de 2000 alcanzaría el grado de Teniente Coronel. ANALISIS DE IMPUNIDAD Mediante fallo del 18 de noviembre de 1991 el Comando de la Quinta Brigada del ejército decidió abstenerse de hacer comparecer al Capitán Ibarra Mendoza ante un tribunal superior militar y cesar todo procedimiento por el auspicio y promoción de hechos delictivos realizados por los paramilitares en la región del Carmen, porque no fue probado su nexo con esas organizaciones delictivas, además de que los testimonios hechos por los campesinos fueron “producto de la presión de la guerrilla”. Este fallo fue confirmado por el Comando General de la Fuerzas Militares mediante consulta del 16 de marzo de 1992. Por el asesinato de Humberto Higuera Ávila, la Fiscalía Seccional de San Vicente de Chucurí abrió la respectiva indagación preliminar bajo el radicado No. 396, las cuales se remitieron por competencia el 28 de agosto de 1991 al Juzgado 130 de Instrucción Penal Militar. De allí pasarían al Comando de la V Brigada, que da inició a la investigación el 9 de enero de 1992. El 10 de marzo de 1992 se abstendría de decretar detención preventiva contra Ibarra Mendoza por el asesinato de Humberto Higuera. Finalmente el 18 de mayo de 1992 el Comando de la V Brigada ordena cesar todo procedimiento contra el Oficial. Mediante averiguación disciplinaria No. 022-109200 del 8 de octubre de 1992, la Procuraduría Delegada Para las Fuerzas Militares abrió investigación disciplinaria contra le Capitán Ibarra Mendoza formulando cargos por permitir, tolerar, auspiciar, fomentar, encubrir y auxiliar dolosamente a grupos de autodefensas durante el tiempo que estuvo a cargo de la base militar del Carmen que fue desde el mes de diciembre de 1990 hasta el 20 de abril de 1992, así como diversas faltas disciplinarias. Entre estas se contó la queja presentada por Hernando Pinto Nocua el 21 de enero de 1993, la cual se acumuló a esta investigación. La Procuraduría General de la Nación, mediante auto del 27 de enero de 1993 decidió remitir lo actuado a la Procuraduría Delegada Para las Fuerzas Militares, la cual decidió el 19 de enero de 1998 su archivo por prescripción de la acción disciplinaria. JIMÉNEZ, TULIO Itinerario Cabo Segundo. Responsable de la detención y los maltratos físicos y verbales ocasionados a los campesinos Demesio Pimiento Jaimes, David Rincón, José Eduardo Monsalve, Leonor Flórez Oviedo, un niño de apellido Pimiento y Pedro Carvajal, el 22 de septiembre de 1993 en Betulia (Santander). Este último aparecería sin vida al día siguiente, en la carretera que conduce a San Vicente del Chucurí. ANALISIS DE IMPUNIDAD La Procuraduría Delegada Para los Derechos Humanos decreto la apertura de la investigación disciplinaria el 17 de agosto de 1994. En providencia del 11 de septiembre de 1998 decidió absolver de todos los cargos a los endilgados, fundamentándose en la duda existente en el proceso, pues consideró que no obstante las diferentes actuaciones tendientes a esclarecer lo ocurrido, no se tenía la convicción, la certeza de que los miembros militares sean responsables de los hechos denunciados como quiera que no se aclaró cuales fueron los móviles que rodearon los acontecimientos; es decir, no se lograron probar los cargos, por lo cual se daba aplicación al principio “In dubio pro reo”. Con todo, el 22 de septiembre del mismo año el ente gubernamental declaró prescrita la acción disciplinaria. LACUTURE, IVAN Itinerario Teniente que comandaba la patrulla que el 5 de abril de 1989, detuvo, desapareció, torturó y asesinó al campesino Abelardo Rueda Gómez, en El Carmen de Chucurí (Santander). No se adelantaron actuaciones judiciales contra el Oficial. LIZCANO VALENCIA, RODOLFO Itinerario Subteniente. Tropas bajo su mando, el 19 de octubre de 1990, asesinaron al niño Carlos Hernando Vera Arguello, de 11 años de edad, en San Vicente de Chucurí (Santander). ANALISIS DE IMPUNIDAD Conocieron del caso la Procuraduría Provincial de Barrancabermeja y la Procuraduría Regional de Bucaramanga. La abogada visitadora en su informe evaluativo recomendó archivar el caso porque las diligencias practicadas no permitieron individualizar los responsables del asesinato, y por tanto, según su consideración, se carece de merito probatorio para abrir investigación formal ni para abrir pliego de cargos contra ninguno de los militares que participaron en este hecho. MADRID BARON, FERNANDO Itinerario El 9 de julio de 1989, comandaba la patrulla militar que detuvo, asesinó y torturó al campesino Luis Hernando Garnica; y detuvo y torturó al también campesino Carlos Guevara en la finca Tierra Fría, ubicada en el municipio El Carmen de Chucurí (Santander). Ese mismo día fue asesinado un guerrillero por el ejército en esa misma zona. Junto al cuerpo de Luis Hernando fue puesto el del guerrillero y ambos reportados oficialmente como guerrilleros dados de baja durante un combate. El Oficial Madrid no fue vinculado penal ni disciplinariamente a investigaciones al respecto. MORENO MARTINEZ, MANUEL ORLANDO Itinerario El 24 de marzo de 1988, tropas de contraguerrilla bajo su mando adscritas al Batallón Luciano D’ Elhuyar, asesinaron al campesino Gerardo Garrido Bernal; y detuvieron y asesinaron a los aserradores Orlando Niño Duarte y Gustavo Carvajal Pérez, en la quebrada Aguablanca, ubicada en la vereda El Guayabal, municipio de Simacota (Santander). Posteriormente, los uniformados se movilizaron, deteniendo en la misma vereda a Domingo Bernal, Ramiro Pinzón, Alfredo Pinzón Nieves, Elibardo Mariño Pinzón y el menor de edad Samuel Rueda. Todos fueron tratados cruelmente por los militares. ANALISIS DE IMPUNIDAD Mediante la resolución No. 025 del 11 de enero de 1990 la Procuraduría General de la Nación sanciono con treinta (30) días de suspensión en el ejercicio del cargo al Capitán Manuel Orlando Moreno Martínez por los allanamientos, registros y saqueos de las viviendas de Rosa García y Gerardo Garrido, y la detención de Alfredo Pinzón, Ramiro Pinzón, Samuel Rueda, Elibardo Mariño y Domingo Bernal. El mismo ente en la resolución No. 248 del 15 de junio de 1990 decidió mantener la sanción al inculpado ante el recurso de reposición interpuesto por este. Por los asesinatos de Gerardo Garrido, Orlando Niño y Gustavo Bernal el ente gubernamental no levanto cargo alguno contra el Capitán Moreno Martínez, a pesar de que el día de los hechos era el mando de la contraguerrilla, el oficial de más alto rango en el momento, y partícipe en el ocultamiento de los cadáveres en la fosa hecha por los detenidos. OVIEDO SAMUDIO, ALVARO Itinerario El 22 de septiembre de 1993, participó en la detención y maltratos físicos y verbales inferidos a los campesinos Demesio Pimiento Jaimes, David Rincón, José Eduardo Monsalve, Leonor Flórez Oviedo, un niño de apellido Pimiento y Pedro Carvajal, en hechos ocurridos en Betulia (Santander). Al día siguiente, en la carretera que conduce a San Vicente del Chucurí aparecería el cuerpo sin vida de Pedro Carvajal. ANALISIS DE IMPUNIDAD La Procuraduría Delegada Para los Derechos Humanos decreto la apertura de la investigación disciplinaria el 17 de agosto de 1994. En providencia del 11 de septiembre de 1998 decidió absolver de todos los cargos a los endilgados, fundamentándose en la duda existente en el proceso, pues consideró que no obstante las diferentes actuaciones tendientes a esclarecer lo ocurrido, no se tenía la convicción, la certeza de que los miembros militares sean responsables de los hechos denunciados como quiera que no se aclaró cuales fueron los móviles que rodearon los acontecimientos; es decir, no se lograron probar los cargos, por lo cual se daba aplicación al principio “In dubio pro reo”. Con todo, el 22 de septiembre del mismo año el ente gubernamental declaró prescrita la acción disciplinaria. PATAQUIVA, GERMAN Itinerario Capitán adscrito al Batallón Luciano D’Elhuyar como orgánico de la Base Militar de el Carmen. Tropas bajo su mando el 4 de febrero de 1988, detonaron tres granadas en San Vicente del Chucurí que causaron la muerte al niño Jhoan Alberto Olarte Sánchez de 4 años de edad, y heridas a Dos Mujeres. ANALISIS DE IMPUNIDAD Mediante averiguación disciplinaria No. 022-109200 del 8 de octubre de 1992, la Procuraduría Delegada Para las Fuerzas Militares abrió investigación disciplinaria contra el Capitán Pataquiva formulando cargos por permitir, tolerar, auspiciar, fomentar, encubrir y auxiliar dolosamente a grupos de autodefensas durante el tiempo que estuvo en la Base militar de El Carmen, así como diversas faltas disciplinarias. Finalmente esta sería archivada el 19 de enero de 1998 por prescripción de la acción disciplinaria. PLATA ALDANA, LUIS FERNANDO Itinerario El 29 de mayo de 1988, 50 campesinos serían asesinados, siendo los cuerpos de 38 de ellos desaparecidos; y otros 50 heridos por 240 militares al mando del Teniente Coronel Rogelio Correa Campos en la vereda Llana Caliente del municipio San Vicente de Chucurí (Santander). El Subteniente Plata Aldana se encontraba en el lugar de los hechos en su calidad de Comandante de la base militar de la Llana Caliente; dirigía una de las compañías contraguerrillas que disparó contra la concentración campesina. No se siguieron investigaciones contra el Oficial Plata Aldana por lo acontecido en Llana Caliente PULIDO ROJAS, ORLANDO HERNANDO Alias: JUDAS Itinerario Orlando Hernando Pulido Rojas inició su carrera militar en 1982. En 1985 se encontraba adscrito al Batallón de Infantería No. 35 “Juanambú” en Florencia (Caquetá). Este año fue condecorado con la Medalla de Servicios Distinguidos en Orden Público por primera vez mediante el decreto 3414. En 1986 era ascendido a Teniente. Este Oficial tuvo su mayor actividad cuando fue trasladado a la V Brigada, exactamente a la Base Militar de El Carmen adscrita al Batallón de Infantería “Luciano D’ Elhuyar”. Fue uno de los principales promotores de los grupos paramilitares que actuaban en el municipio de El Carmen del Chucurí (Santander); incluso, participaba en los patrullajes que hacían estos con tropas del ejército, como lo señalaban reiteradamente los campesinos de la región. El 10 Julio de 1.988 los señores Luis Emilio Fandiño Rueda y Daniel Uribe Corredor fueron detenidos y torturados por un grupo de militares dirigidos por el Teniente Orlando Hernando Pulido Rojas, en El Carmen de Chucurí. Luego de la aprehensión, las víctimas fueron conducidas a la Base Militar de El Carmen del Chucurí; en su permanencia en las instalaciones militares fueron torturados con amarradas durante 10 horas sin darles agua o alimentos, y además coaccionados a abandonar la región bajo amenazas de muerte. El 20 de julio de 1988, catorce campesinos serían asesinados por paramilitares miembros del Comando Coronel Correa Campos en la vereda Tres Amigos, en El Carmen del Chucurí. La mayoría de las victimas habían participado en las marchas campesinas de mayo de 1988, varios de ellos miembros de una misma familia. Según testigos del hecho, entre los asesinos se encontraba el Oficial Pulido Rojas. El grupo era dirigido por Isidro Carreño, alias Comanche o Isnardo, reconocido comandante paramilitar de la zona. Los días 28 de julio y 1 de Agosto de 1988, 70 personas de la región fueron amenazadas y sus viviendas allanadas, bajo el calificativo de “alcahuetes de la guerrilla”, el operativo estaba a cargo del Teniente Orlando Hernando Pulido Rojas, para ese tiempo Comandante de la Base Militar de El Carmen de Chucurí. El día 5 de Agosto el señor Ángel Miguel Plazas Vesga fue detenido ilegalmente y arrestado hasta el día 6 de Agosto de 1988 en la Base Militar de El Carmen de Chucurí (Santander). El arresto se dio sin que existiera orden de autoridad competente ni un hecho que justificara la captura en flagrancia. En 1989, le sería otorgada al Teniente Pulido la medalla Orden al Mérito Militar “José María Córdoba” en el grado de caballero, por decreto 1747. En septiembre de este mismo año, el campesino Filemón Cala Reyes fue detenido en El Carmen por el Teniente Pulido Rojas, y conducido a la Base Militar de la localidad donde fue torturado; el oficial además amenazó de muerte a Filemón y le advirtió que sería eliminado por los paramilitares de San Juan Bosco La Verde. Posteriormente el sería nuevamente detenido, torturado y asesinado con sevicia el 15 de marzo de 1990, por miembros del grupo paramilitar “Los Masetos”. Ese mismo año Pulido Rojas sería ascendido a Capitán. ANALISIS DE IMPUNIDAD Aunque no se conoce el contenido del fallo ni porque causa se dio, el 8 de Noviembre de 1991 la Procuraduría Delegada Para las Fuerzas Militares sancionó disciplinariamente al Teniente Pulido Rojas con 15 días de salario devengado para esa época, la suma de $25.710. Por los otros crímenes en que estuvo involucrado en El Carmen, no se siguieron investigaciones en contra de Pulido Rojas. RIATES JAVIER ALFONSO Itinerario Coronel. Fue Comandante del Batallón Luciano D’ Elhuyar durante 1993. Estando allí, ese año ordeno la carnetización de los pobladores de las zonas rurales del municipio de Betulia. En desarrollo de esa orden, el 1 de julio de 1993, Jesús Corzo fue detenido y torturado por una patrulla del ejército adscrita a esa unidad militar, al mando de un Sargento de apellido Vivas, y el cabo Miguel Urrea en la vereda Montebello, de Betulia (Santander). No se encuentran investigaciones que se hayan llevado contra el alto Oficial por estos hechos. RUBIO MORENO, WILLIAM FERNANDO Itinerario El 24 de marzo de 1988, tropas bajo su mando asesinaron al campesino Gerardo Garrido Bernal, y detuvieron y asesinaron a los aserradores Orlando Niño Duarte y Gustavo Carvajal Pérez en la quebrada Aguablanca, ubicada en la vereda El Guayabal, municipio de Simacota (Santander). Asimismo detuvieron y trataron cruelmente a Alfredo Pinzón, Elibardo Mariño, Domingo Bernal, Ramiro Pinzón y Samuel Rueda. ANALISIS DE IMPUNIDAD Mediante resolución No. 025 del 11 de enero de 1990 la Procuraduría General de la Nación decidió absolver al Teniente William Fernando Rubio Moreno de la detención y asesinato de Orlando Niño Duarte, Gustavo Carvajal Pérez, y Gerardo Garrido Bernal, porque no existe prueba alguna directa e indirecta de su participación en los delitos señalados, y por tanto “debe dársele aplicación al principio in dubio pro reo”. Frente a las detenciones y tratos crueles hechos contra Alfredo Pinzón, Elibardo Mariño, Domingo Bernal, Ramiro Pinzón y Samuel Rueda, la Procuraduría no levanto cargo alguno contra el Teniente Rubio Moreno a pesar de su participación en todas las acciones cometidas por las tropas de las contraguerrillas, y ser comandante de una de ellas. URREA, MIGUEL Itinerario Cabo Primero. El 1 de julio de 1993, una patrulla bajo su mando adscrita al Batallón de Infantería No. 40 Luciano D’Elhuyar, detuvo y torturó a Jesús Corzo en Betulia (Santander). EL Suboficial nunca fue vinculado a investigaciones por este hecho. 1.6. Las Brigadas Móviles No. 1 y No. 2 ARDILA URIBE, AGUSTÍN Itinerario Fue Comandante de la Brigada móvil No. 2. Estuvo involucrado en los siguientes hechos: Dio la orden mediante la cual se desarrollo un operativo militar por el Batallón de Contraguerrillas No. 18 “Cimarrones” adscrito a la Brigada Móvil No. 2 en el que el 21 de febrero de 1993, el electricista y miembro del Partido Comunista de Colombia José Manuel León, fue asesinado, y el corresponsal del Semanario VOZ y miembro del mismo Partido, Guillermo Díaz, y el personero municipal de San Calixto, Uriel Pérez, fueron heridos en un atentado con granadas y disparos de fusil cuando los interceptaron en el campero en el que se movilizaban por la Inspección de Policía Departamental Palmarito, en San Calixto (Norte de Santander). Obligó a que un Coronel llamado Elicio Vergara, de difundir un comunicado por el cual catalogaban de “guerrilleros del frente Libardo Mora Toro del EPL dados de baja” a los campesinos y miembros del Partido Comunista de Colombia, Jesús Rodríguez, Jorge Carrascal Cáceres y Evelio Carrascal, y cuatro campesinos más, asesinados por tropas del Batallón de Contraguerrilla Nº 18 “Cimarrones” de la Brigada Móvil Nº 2 en la vereda La Cantina, en San Calixto el 22 de septiembre de 1993 (Norte de Santander). Entre el 16 y el 23 de octubre de 1993, el promotor de salud de La Gabarra José Antonio Sáenz Ramírez, de 32 años, y el dirigente campesino Edilio León, fueron retenidos, desaparecidos, torturados y posteriormente asesinados por seis (6) sujetos vestidos de sudaderas, franela de esqueleto y tenis, quienes los acusaban de ser colaboradores de la guerrilla y de “tenerle tienda a la subversión”, siguiendo órdenes de la Brigada Móvil Nº 2. Los sucesos ocurrieron en la finca “La Golondrina”, vereda Guadalupe de la Inspección de La Gabarra, en el municipio de Tibú (Norte de Santander). Los pobladores crearon una comisión de búsqueda de Antonio José y Edilio que se entrevistó con el Comandante de la Brigada Móvil Nº 2, Brigadier General Agustín Ardila Uribe, quien dijo: “Me parece extraño que estén detenidos si la orden es matar”. Los cuerpos sin vida de las víctimas fueron encontrados asesinados cerca de La Gabarra y presentaban disparos en la cabeza. ANALISIS DE IMPUNIDAD Por su participación en el encubrimiento del asesinato de José Manuel León y las heridas causadas a Uriel Pérez y Guillermo Díaz, así como del asesinato de labriegos comunistas, no se tiene dato de investigación en su contra. Por su participación en la detención, desaparición y asesinato de Antonio José Ardila Uribe y Edilio León, no se tiene dato de investigación en su contra. BARINAS, MARCOS Itinerario En 1990, el campesino y líder de una Junta de Acción Comunal José Del Carmen Peña Pérez fue detenido durante un allanamiento a su residencia, torturado y amenazado durante interrogatorios realizados por un grupo de 30 hombres de la Brigada Móvil Nº 1 del ejército, en El Carmen de Chucurí (Santander). Marcos Barinas participó del hecho. No se tiene conocimiento de investigaciones disciplinarias o penales en su contra. BARRIOS VASQUEZ, DAGOBERTO Itinerario El 4 de septiembre de 1993, el campesino y presidente de la Junta de Acción Comunal de la vereda El Brandy, Carlos Daniel Toro Ramírez, fue detenido y torturado por militares de la Brigada Móvil Nº 2, al mando del Teniente Coronel Dagoberto Barrios Vásquez, en zona rural de Tibú (Norte de Santander). ANALISIS DE LA IMPUNIDAD Por su participación en las torturas a Carlos Daniel Toro, la Procuraduría Delegada para la Defensa de los Derechos Humanos inició la investigación disciplinaria el 2 de septiembre de 1997 contra el Teniente Coronel Dagoberto Barrios Vásquez, bajo el radicado Nº 008-152380. El 10 de diciembre de 1997, le formuló auto de cargos por “permitir que personal subalterno bajo su mando sometiera a actos configurativos de tortura, al particular Carlos Daniel Toro Ramírez”. El 14 de julio de 1998 resolvió absolver de los cargos endilgados a Dagoberto Barrios Vásquez porque “no fue posible la individualización del autor o autores directos de los actos configurativos de tortura, por la falta de interés del ofendido y en razón de una instrucción deficiente”, a pesar que el Teniente Coronel aseguraba en sus declaraciones que controlaba los operativos contrainsurgentes “… en el 80% del territorio de Norte de Santander”. El 28 de junio de 2001, en Grado Jurisdiccional de Consulta se declaró la prescripción de la acción disciplinaria contra Dagoberto Barrios Vásquez. BAYONA, LUIS EDUARDO Itinerario Teniente. Iba al mando de las tropas pertenecientes al Batallón de Contraguerrilla No. 18, adscrito a la Brigada Móvil No. 2, que el 22 de febrero de 1993 asesinaron a los campesinos y miembros del Partido Comunista de Colombia Jesús Rodríguez, Jorge Carrascal Cáceres y Evelio Carrascal, en hechos ocurridos en la vereda La Cantina, jurisdicción de San Calixto (Norte de Santander). Los militares los presentaron como guerrilleros del Frente Libardo Mora Toro del EPL dados de baja. ANALISIS DE IMPUNIDAD La Procuraduría Delegada Para los Derechos Humanos, mediante providencia del 28 de abril de 1995, considera que , de acuerdo con las pruebas del proceso, se colige que el comportamiento de los militares era justificado en razón de estar cumpliendo un deber legal, además de responder legítimamente ante una agresión injustificada. Por consiguiente su conducta estaba eximida de responsabilidad, decidiendo ordenar el archivo provisional de las diligencias. BOITA MEJIA, VICTORIANO Itinerario Soldado que participó, el 9 de febrero de 1993, en la violación de la campesina menor de edad Nubia Elizabeth Estupiñán Arias, durante un operativo realizado por miembros de la Brigada Móvil Nº 2 en la vereda Playa Cotiza del corregimiento Filo Gringo, en El Tarra (Norte de Santander). A pesar de ser el directo responsable de la violación de la menor de edad Nubia Elizabeth Estupiñán Arias, no se tiene dato de investigación en su contra. BONILLA, LUIS ANTONIO Itinerario En 1990, el campesino y líder de una Junta de Acción Comunal José Del Carmen Peña Pérez fue detenido durante un allanamiento a su residencia, torturado y amenazado durante interrogatorios realizados por un grupo de 30 hombres de la Brigada Móvil Nº 1 del ejército, en El Carmen de Chucurí (Santander). Entre los militares que estuvieron involucrados se contó a Luis Antonio Bonilla. No se tiene información de investigaciones disciplinarias o penales en su contra. BONILLA TORRES, ALBERTO Itinerario El 8 de marzo de 1995, el campesino Omar Eugenio Leal fue detenido y desaparecido por la Brigada Móvil Nº 2, después de ser víctima de acusaciones, señalamientos y amenazas, en la vereda Caño Victoria Norte en Tibú (Norte de Santander). Según carta fechada el 7 de abril de 1995 y firmada por el Mayor Alberto Bonilla Torres, comandante del Comando Operativo Nº 5 de la Brigada Móvil Nº 2, en respuesta a averiguación del Personero Municipal de Tibú, Omar fue detenido en la operación “Cascabel” y trasladado a Ocaña para lo de ley, donde supuestamente fue dejado en libertad. El 15 de julio de 1995, el campesino, pescador y comerciante, Carlos Alberto Álvarez Rodríguez, fue detenido, torturado y asesinado por un grupo del Batallón de Contraguerrillas Nº 15 “Libertadores” del Comando Operativo Nº 5, adscrito a la Brigada Móvil Nº 2, en San Pablo (Bolívar). Bonilla Torres ordenó la operación de registro y control en la que resultó asesinado Carlos Alberto. ANALISIS DE IMPUNIDAD Por su encubrimiento de la detención y desaparición de Omar Eugenio Leal, no se tiene dato de investigación en su contra. Por su participación en las torturas y el asesinato de Carlos Alberto Álvarez Rodríguez, no fue vinculado a la investigación disciplinaria de la Procuraduría Provincial de Barrancabermeja ni a la de la Procuraduría Delegada para los Derechos Humanos, con radicados 072-007626 y 008-046880, respectivamente. CASTRO GARCIA, CARLOS Itinerario En octubre de 1990 son detenidos ilegalmente veintidós campesinos por miembros de la Brigada Móvil No. 1 en los municipios de San Pablo y Simití. El operativo lo comando el Coronel Carlos Castro García. No se conoce de actuaciones judiciales llevadas en su contra. CONTRERAS BAUTISTA, JESUS OMAR Itinerario Teniente. Tropas bajo su mando del Batallón de Contraguerrillas No. 5 “Libertadores”, adscrito a la Brigada Móvil No. 2, el 15 de julio de 1995, detuvieron, torturaron y asesinaron al campesino, pescador y comerciante, Carlos Alberto Álvarez Rodríguez. Posterior al hecho fue trasladado al Batallón de Infantería No. 37 “Guardia Presidencial”. ANALISIS DE IMPUNIDAD Por su participación en las torturas y el asesinato de Carlos Alberto Álvarez Rodríguez, la Procuraduría Delegada para los Derechos Humanos decretó la prescripción de la acción disciplinaria el 27 de noviembre de 2000 en la investigación Nº 008-046880. Anteriormente, la Procuraduría Provincial de Barrancabermeja no halló “mérito” para formularle pliego de cargos el 2 de mayo de 2000 en la investigación 072-007626. CORRALES LARRARTE, FRANCISCO JAVIER Itinerario El 21 de noviembre de 1991 el campesino Hernando Pinto Nocua fue detenido y torturado por miembros del ejercito pertenecientes a la Brigada Móvil No. 2 al mando del Teniente Francisco Javier Corrales Larrarte en la Vereda el Filón, jurisdicción del municipio de San Vicente del Chucurí (Santander). ANALISIS DE IMPUNIDAD Por la participación en la detención y las torturas infligidas a Hernando Pinto Nocua, el afectado puso queja disciplinaria ante la Procuraduría General de la Nación el 21 de enero de 1993 contra el Teniente Corrales Larrarte, la cual mediante auto del 27 de enero del mismo año fue trasladada a la Procuraduría Delegada Para las Fuerzas Militares. Mediante averiguación disciplinaria No. 022-109200 del 8 de octubre de 1992 el Teniente Corrales fue vinculado a investigación disciplinaria por el delito de concierto para delinquir (tácito) con grupos delictivos de las autodefensas en San Vicente y el Carmen; el auspicio, protección y permisión de grupos de autodefensas, así como reunirlos con la comunidad de los municipios señalados; y el ser cómplice de los crímenes cometidos por los paramilitares durante el tiempo que se encontraba en servicio en el Carmen, San Vicente y San Juan Bosco de la Verde. El proceso sería finalmente archivado el 19 de enero de 1998 por prescripción de la acción disciplinaria. DUEÑAS RAMOS, DONALDO DAVID Itinerario: Soldado profesional. El 10 de mayo de 1995, participó en el asesinato fuera de combate de la subversiva del ELN Sandra Milena Vera Salas, conocida como “Nury Hernández” y otro insurgente; y las torturas infligidas a los campesinos José Saco y un joven llamado Wilson, en hechos ocurridos en el corregimiento Tiquisio Nuevo de Tiquisio (Bolívar). Los guerrilleros fueron presentados posteriormente como dados de baja en un supuesto combate ocurrido en el sitio Tres Mujeres del municipio de Río Viejo (Bolívar). ANALISIS DE IMPUNIDAD Por su participación en el asesinato de dos guerrilleros fuera de combate y las torturas a dos campesinos en Tiquisio, la Procuraduría Delegada para los Derechos Humanos elevó pliego de cargos contra el Soldado el 14 de octubre de 1999 y declaró la prescripción de la acción disciplinaria el 17 de julio de 2000, en la investigación radicada con el número 008-000057-1996. GARCIA RODRÍGUEZ, GERMAN Itinerario: El 10 de mayo de 1995, el Cabo Segundo García Rodríguez participó del asesinato un subversivo del ELN y la también guerrillera Sandra Milena Vera Salas, conocida como “Nury Hernández”; y las torturas infligidas a los campesinos José Saco y un muchacho llamado Wilson en hechos ocurridos en el corregimiento Tiquisio Nuevo de Tiquisio (Bolívar). Los guerrilleros fueron presentados posteriormente como dados de baja en un supuesto combate ocurrido en el sitio Tres Mujeres del municipio de Río Viejo (Bolívar). Para noviembre de 1999, ya había sido trasladado al Batallón de Fuerzas Especiales de Contraguerrillas Nº 1 “Ambrosio Almeida”, ubicado en Tolemaida. ANALISIS DE IMPUNIDAD Por su participación en el asesinato de dos guerrilleros fuera de combate y las torturas a dos campesinos en Tiquisio, la Procuraduría Delegada para los Derechos Humanos elevó pliego de cargos contra el Suboficial el 14 de octubre de 1999 y declaró la prescripción de la acción disciplinaria el 17 de julio de 2000, en la investigación radicada con el número 008-000057-1996. GUERRERO SÁNCHEZ, JOSE DEL CARMEN Itinerario Entre el 12 y el 29 de enero de 1993, nueve campesinos fueron desaparecidos por militares de la Brigada Móvil Nº 2 en Ocaña (Norte de Santander). Familiares de las víctimas reconocieron al soldado Guerrero Sánchez como uno de los que participó en las mencionadas desapariciones. El 13 de marzo de 1995, el comerciante José Belsali Galván Alvernia, y Miguel Ángel Tamayo, fueron asesinados, y trece personas más fueron heridas por una granada accionada al interior de un bus intermunicipal por el soldado José del Carmen Guerrero Sánchez, adscrito al Batallón de Contraguerrillas Nº 17 “Motilones” de la Brigada Móvil Nº 2, en el sitio “Cajones” de la vía que de Ocaña conduce a Sardinata, en Bucarasica (Norte de Santander). ANALISIS DE IMPUNIDAD Por su participación en la desaparición de nueve campesinos en Ocaña, no se tiene dato de investigación en su contra. Por su participación en el asesinato de dos personas y las heridas causadas a trece por accionar una granada a un bus intermunicipal en Bucarasica, un Juzgado Regional aceptó la solicitud de sentencia anticipada y lo condenó a 35 años de prisión. HALMAN ROJAS, CARLOS SALIN Itinerario El 22 de febrero de 1994, el joven campesino e informante del ejército, Pedro Antonio Monterrosa Yañez, fue torturado y asesinado por tropas del Batallón de Contraguerrilla Nº 17 Motilones, adscrito a la Brigada Móvil Nº 2, en la finca “la Esmeralda” de la vereda Agua Sucia, en San Pablo (Bolívar). El Subteniente Halman Rojas participó directamente en el crimen, transportó el cuerpo sin vida de la víctima y la presentó como un subversivo dado de baja en combate. ANÁLISIS DE LA IMPUNIDAD Por su participación en las torturas y el asesinato de Pedro Antonio Monterrosa Yañez, no fue vinculado a la investigación penal ordinaria que se realizó en la Fiscalía Regional de Barranquilla bajo el radicado Nº 5085. La Procuraduría Delegada para los Derechos Humanos, en investigación radicada bajo el número 008-018945, lo absolvió de todos los cargos el 19 de febrero de 1999 al aplicar el principio “in dubio pro reo”, además de declarar la prescripción de la acción disciplinaria el 30 de abril siguiente. HERRERA OCHOA, OSCAR Itinerario El 10 de noviembre de 1994, el joven José Alirio Amaya Camacho fue torturado la residencia de su madre por el Subteniente del ejército Óscar Herrera Ochoa, adscrito a la Brigada Móvil Nº 2, en Santa Rosa del Sur (Bolívar). ANALISIS DE IMPUNIDAD Por su participación en las torturas a José Alirio Amaya Camacho, la Procuraduría Delegada para las Fuerzas Militares realizó la investigación radicada bajo el número 022-2519, sancionando al Oficial el 1 de febrero de 1999 con Reprensión Severa. JIMENEZ ARDILA, LUIS JAIME Itinerario En 1990, el campesino y líder de una Junta de Acción Comunal José Del Carmen Peña Pérez fue detenido durante un allanamiento a su residencia, torturado y amenazado durante interrogatorios realizados por un grupo de 30 hombres de la Brigada Móvil No. 1 del ejército en El Carmen de Chucurí (Santander). Entre estos se encontraba Jiménez Ardila. No se tiene información de investigaciones disciplinarias o penales en su contra. MEJIA GUTIERREZ, JUAN CARLOS Itinerario Teniente que el 7 de febrero de 1993, estando al mando de una patrulla adscrita a la Brigada Móvil No. 2, detuvo y sometió a torturas a Jesús Evelio Bacca Garay, en hechos ocurridos en la vereda Santa Cruz del municipio de Sardinata (Norte de Santander). ANALISIS DE IMPUNIDAD Por su participación en los hechos la Procuraduría Delegada Para los Derechos Humanos, fallo del 9 de octubre de 1997 sancionó al Teniente Mejía Gutiérrez con suspensión en el ejercicio del cargo por 40 días sin derecho a remuneración, por encontrar probada su responsabilidad al haber permitido a las tropas bajo su mando infligir torturas a la víctima. No obstante, en la resolución del recurso de apelación interpuesto por el Oficial encartado, la Procuraduría General de la Nación en providencia del 9 de febrero de 1998 decretó la prescripción de la acción disciplinaria por haber pasado mas de 5 años desde que se cometió la falta. Por tanto dispuso el archivo de las diligencias. MICOLTA MESIAS, SEGUNDO AMADEO Itinerario El 15 de julio de 1995, el campesino, pescador y comerciante, Carlos Alberto Álvarez Rodríguez, fue detenido, torturado y asesinado por un grupo pertenenciente al Batallón de Contraguerrillas Nº 15 “Libertadores” del Comando Operativo Nº 5, adscrito a la Brigada Móvil Nº 2, en San Pablo (Bolívar). El Sargento Segundo Micolta participó directamente en los hechos. Posterior a estos fue ascendido a Sargento Viceprimero y trasladado al Batallón Guardia Presidencial. ANALISIS DE IMPUNIDAD Por su participación en las torturas y el asesinato de Carlos Alberto Álvarez Rodríguez, la Procuraduría Delegada para los Derechos Humanos decretó la prescripción de la acción disciplinaria el 27 de noviembre de 2000 en la investigación Nº 008-046880. Anteriormente, la Procuraduría Provincial de Barrancabermeja no halló “mérito” para formularle pliego de cargos el 2 de mayo de 2000 en la investigación 072-007626. NARVÁEZ ARCINIEGAS, CARLOS GUILLERMO Itinerario Mayor. Estuvo involucrado en las torturas y asesinato del informante ejército Pedro Antonio Monterrosa Yánez, ejecutado el 22 de febrero de 1994 por tropas del Batallón de Contraguerrilla Nº 17 Motilones, adscrito a la Brigada Móvil Nº 2, en la finca “la Esmeralda” de la vereda Agua Sucia, en San Pablo (Bolívar). Presentó a la víctima como subversivo dado de baja en combate. El mismo había presentado como robada el arma de dotación que portaba Pedro Antonio, dos días antes de su asesinato. ANÁLISIS DE LA IMPUNIDAD Por el encubrimiento de las torturas y el asesinato de Pedro Antonio Monterrosa Yánez, no fue vinculado a ninguna investigación. PLATA, ALDEMAR Itinerario Miembro de la Brigada Móvil No. 1. En 1990, el campesino y líder de una Junta de Acción Comunal José Del Carmen Peña Pérez fue detenido durante un allanamiento a su residencia, torturado y amenazado durante interrogatorios realizados por un grupo de 30 hombres de la Brigada Móvil Nº 1 del ejército en El Carmen de Chucurí (Santander); entre ellos Aldemar Plata. No se tiene conocimiento de investigaciones disciplinarias o penales en su contra. PORRAS OLARTE, JAIRO ALONSO Itinerario El 22 de febrero de 1994, el joven campesino e informante del ejército, Pedro Antonio Monterrosa Yánez, fue torturado y asesinado por tropas del Batallón de Contraguerrilla Nº 17 Motilones, adscrito a la Brigada Móvil Nº 2, en la finca “la Esmeralda” de la vereda Agua Sucia, en San Pablo (Bolívar). El Mayor Porras Olarte fue uno de los militares que transportó el cuerpo sin vida de la víctima y la presentó como un subversivo dado de baja en combate. Por el encubrimiento de las torturas y el asesinato de Pedro Antonio Monterrosa Yánez, no fue vinculado a ninguna investigación. RAPLS CRUZ, JORGE Itinerario El 6 de agosto de 1994, el campesino Carlos Hernán González Orejarena fue detenido y asesinado en un retén de la Brigada Móvil Nº 2 al mando del comandante Jorge Ralps Cruz, en el caño “Las Lajas” en zona rural de El Tarra (Norte de Santander). Por su participación en el asesinato de Carlos Hernán González Orejarena, no se tiene dato de investigación en su contra. TAPASCO ARICAPA, JOSE HUMBERTO Itinerario Soldado profesional. El 10 de mayo de 1995, participó en el asesinato fuera de combate de la subversiva del ELN Sandra Milena Vera Salas, conocida como “Nury Hernández” y otro insurgente; y las torturas infligidas a los campesinos José Saco y un joven llamado Wilson, en hechos ocurridos en el corregimiento Tiquisio Nuevo de Tiquisio (Bolívar). Los guerrilleros fueron presentados posteriormente como dados de baja en un supuesto combate ocurrido en el sitio Tres Mujeres del municipio de Río Viejo (Bolívar). ANALISIS DE IMPUNIDAD Por su participación en el asesinato de dos guerrilleros fuera de combate y las torturas a dos campesinos en Tiquisio, la Procuraduría Delegada para los Derechos Humanos elevó pliego de cargos contra el Soldado el 14 de octubre de 1999 y declaró la prescripción de la acción disciplinaria el 17 de julio de 2000, en la investigación radicada con el número 008-000057-1996. 1.7. Red 07 de inteligencia de La Armada A continuación presentamos los itinerarios de los miembros involucrados en los crímenes perpetrados por la Red de la Armada No. 7, sin hacer distinción alguna entre los civiles y militares que la componían debido a su particular conformación. Al final de esta relación de responsables se efectúa un único análisis de impunidad, en razón a que los hechos endilgados a estos sujetos se llevaron en un solo proceso en cuanto al ámbito penal ordinario y penal militar; igual sucedió con la actuación disciplinaria. ALVAREZ GUTIERREZ, JUAN CARLOS Alias: “EL INGENIERO” Itinerario Capitán de la Armada Nacional que fue el Jefe de la Red 07 de Inteligencia. De acuerdo con las investigaciones oficiales, además del cargo que tenía, actuaba en la contratación de civiles, manejaba las cuentas en las que la DINTE consignaba el dinero para la Red 07 y llegó a arrendar a nombre propio una de las oficinas para encubrir a la estructura. Coordinó personalmente los siguientes crímenes: Asesinato de la Secretaria del Comité Regional para la Defensa de los Derechos Humanos –CREDHOS-, Blanca Cecilia Valero de Durán, ocurrido el 29 de enero de 1992 cuando salía de las oficinas del Comité, ubicadas en el centro de Barrancabermeja (Santander), por orden del Director de Inteligencia de la Armada Nacional, Coronel Rodrigo Alfonso Quiñónez Cárdenas. Asesinato de Ligia Patricia Cortes Colmenares, investigadora del Comité Regional de Derechos Humanos – CREDHOS-, Parmenio Ruiz Suárez, Presidente del Sindicato de Chóferes de la empresa Transportes San Silvestre y René Alberto Tabera Sosa, miembro de la Asociación Nacional de Usuarios Campesinos – ANUC-, ocurrido el 30 de julio de 1992 fueron asesinados, cuando se encontraban frente al Restaurante “La Shanon”, en Barrancabermeja (Santander), por orden del Director de Inteligencia de la Armada Nacional, Coronel Rodrigo Alfonso Quiñónez Cárdenas. El 6 de agosto de 1993, fue asesinado en Cartagena, a donde había sido trasladado, por orden del Coronel Rodrigo Alfonso Quiñónez. Según las denuncias de Saulo Segura y Carlos López, al Capitán Álvarez se le mató porque se habría negado a participar en negocios con los carteles de la cocaína. (Fiscalía, cuaderno 1-A, folio95 y ss. Denuncia inicial de Carlos David López Maquillón y Saulo Segura, exagentes de inteligencia de la Red). ARENAS ROBLEDO JIMMY Alias: “CARLOS VILLA” Itinerario Actuaba como mensajero y sicario de la red. En su diligencia de indagatoria, hace un recuento de todas las masacres que se ejecutaron por cuenta de la Red 07 de inteligencia, confirmando los dichos de los sicarios que ya habían declarado. Personalmente participó en el seguimiento previó al asesinato del director del periódico “La Opinión” Ismael Jaimes Cortes, y dirigió las muertes de los trabajadores de ECOPETROL y miembros de la USO Luis Fernando León Cáceres y Luis Enrique Lázaro Uribe. La responsabilidad de Arenas Robledo fue corroborada por las declaraciones de Carlos Alberto Vergara Amaya. BUENAÑO MOSQUERA, JOSÉ DOLORES Alias: “EL NEGRO DOLORES” Itinerario Era Agente de Inteligencia en la Red No. 7. Participó en las labores de inteligencia que concluyeron con las masacres de la “Wiskeria Star”, masacre de defensores de derechos humanos en el Cinema Los Fundadores, así como en los homicidios cometidos en La Rampla, en la cafetería Los Cuyos, sector del muelle. Además fue autor material del asesinato del activista de CREDHOS, Julio César Berrío, pues estaba como apoyo de Otoniel Ríos Palacios y Ancízar Castaño Buitrago al momento del crimen. Según Vergara Amaya, Buenaño traía la información a la red donde era recibida por Miguel Durán o por Otoniel Ríos Palacios. Por otro lado, en virtud de una declaración rendida bajo la gravedad del juramento por un testigo con reserva de identidad, José Dolores era uno de los sicarios que concurría a la casa de Miguel Durán y Ancízar Castaño, acompañándolos en las correrías de los victimarios como parrillero en moto. Buenaño Mosquera fue asesinado en Barrancabermeja por desconocidos. CARRACEDO DE LA HOZ, JUAN MANUEL Alias: “EL CALEÑO” o “BARANQUILLA”. Itinerario Soldado adscrito a la Brigada Móvil No. 2. Compañero de Amaya Vergara en la cárcel Modelo de Cúcuta, patio 12; preguntaba a este con insistencia sobre los miembros de la Red que habían sido detenidos, y si habían declarado en su contra. Su descripción física es: 1,60 m, piel morena, pelo crespo, corte militar, presenta manchas en la cara, ojos pequeños. Carracedo de la Hoz fue visitado en la cárcel por un coronel del ejército de quien nunca se supo el nombre. Este sujeto se contactaba con los demás miembros de la red en un establecimiento público de Barrancabermeja denominado “Wiskeria Chayanne”. Las acciones en que tomó parte Carracedo de la Hoz, son las siguientes: 1. Masacre del “Billar Versalles”, en el barrio del mismo nombre. (10 de junio de 1992) 2. Masacre del “Estadero 9 de abril”, en el barrio 9 de abril (9 de febrero de 1992) El 20 de diciembre de 1993, fue expulsado del Ejército por mala conducta. Aunque fue vinculado a la investigación por su participación en las acciones criminales orquestadas desde la Red de Inteligencia de la Armada, se prescribió “la investigación en razón a que fue muerto a bala el 15 de noviembre de 1994 en la calle 3 Avenida 7ª y 8ª del Barrio El callejón de Cúcuta (Expediente de la Fiscalía General de la Nación, Unidad de Derechos humanos, cuaderno 13, folio 101). CASTAÑO BUITRAGO ANCIZAR Alias: CACHETES, TRUJILLO O EXTERMINADOR Itinerario Ancízar Castaño antes de su vinculación a la Red de la Armada No. 7, era un reconocido sicario del Magdalena Medio. Luego de su detención por los crímenes en que participó estando al servicio del organismo de inteligencia, Castaño denunció la desaparición de 19 comerciantes realizada por toda una organización criminal de paramilitares que campeaba en Puerto Boyacá y sus alrededores. En esta declaración, señala a Jairo Iván Galvis Brochero, alias “Media Vida” y a las tropas del ejército acantonadas en esa zona, al mando del Capitán Rojas perteneciente a la Brigada de Puerto Berrío, como los autores de la muerte de Carlos Villa, Milton Martínez, Diego Cataño y alias “Rastrillito”, quienes eran sicarios de la Armada. Además, menciona muchas masacres ejecutadas por alias “Franklin”, “Carracas”, “Runcho”, “El Negro Vladimir” (Alonso de Jesús Baquero), “Chorolo”, “Chilingo Pequeño”, Eliécer Cataño alias “Montecristo” y varios sicarios más que cumplían órdenes de los lideres paramilitares. (Expediente de la Fiscalía General de la Nación, Unidad de Derechos Humanos, cuaderno 12, folio 66). El 18 de enero de 1989, once funcionarios judiciales fueron asesinados en el sitio La Laguna, de la vereda La Rochela, en Simacota (Santander), por un grupo de hombres fuertemente armados pertenecientes al grupo paramilitar “Los Masetos”, que operaba en el Magdalena Medio, quienes recibieron la orden y dinero de parte de altos oficiales del Ejército y la Armada, entre ellos, el Brigadier General Farouk Yanine Díaz. Castaño Buitrago era uno de los paramilitares que estuvo involucrado en la masacre. Posteriormente se desempeñó como agente de control de la Red 07 de Barrancabermeja y prestó también sus servicios de agente en Yondó (Antioquia). Castaño era uno de los sicarios más sanguinarios de la Red de la Armada en Barrancabermeja.. Reconocido por vecinos de la casa de los sicarios, en compañía de Jimmy Arenas y el Jefe de Área de la Red, Miguel Durán. Actualmente se encuentra purgando una pena de 30 años de prisión por los crímenes que cometió. Participó, entre otros, en los siguientes hechos: 1.Masacre del billar “El Tropezón”, barrio La Esperanza, (24 de enero de 1992) 2.Muerte de Germán Hernández de la Rosa, sindicalista de la USO (26 de abril de 1992) 3.Muerte del pescador Alfredo Acero Arana (27 de abril de 1992) 4.Muerte del director del diario LA OPINION del Magdalena Medio, Ismael Jaimes, en el barrio Torcoroma (5 de mayo de 1992) 5.Masacre del “Billar Versalles” (10 de junio de 1992) 6.Muerte del miembro de CREDHOS Julio César Berrío Villegas (28 de junio de 1992) 7.Muerte de dos negociantes de pescado en el sector de la Rampa, barrio Cardenales. (10 de junio de 1992) 8.Masacre de la “Wiskeria Star” (8 de julio de 1992) 9.Muerte de tres personas en el Restaurante “La Shannon” (30 de julio de 1992) 10.Muerte de Presentación Montesinos Armenta ocurrido en la Wiskeria “Chayanee (7 de octubre de 1992) DURAN CÁCERES, MIGUEL ANTONIO Alias: “EL ENANO” Itinerario Informante de la Red de Inteligencia y uno de los acompañantes más asiduos de Ancízar Castaño Alias “Cachetes”. Se le reconoció por parte de varios testigos como uno de los sicarios más activos de la Red de Barrancabermeja. Tomó en arriendo la “casa de los sicarios”, la cual fue allanada y en la que se hallaron evidencias de la actividad sicarial de Durán y sus cómplices. Este sicario estaba armado por cuenta del Batallón Nueva Granada, quien lo menciona como miembro de la Flotilla Fluvial. Se le asignó el 2 de febrero de 1992 un revólver LLAMA 38 largo, de clave IM 722 IK. (Proceso Penal Militar, anexo D-1, relación de salvoconductos aprobados por el Batallón Nueva Granda). Participó, entre otros, en los siguientes hechos: 1.Asesinato de Alfredo Acero Aranda, el 27 de abril de 1992 2.Asesinato de Julio César Berrío Villegas, el 28 de junio de 1992 3.Masacre de la “Wiskeria Star”, el 9 de julio de 1992 4.Masacre del restaurante “La Shannon”, 30 de julio de 1992 LÓPEZ MAQUILLÓN, CARLOS DAVID Itinerario Suboficial de Marina. Jefe Red 7 Sincelejo. Fue miembro de la Armada Nacional desde 1987 y miembro de la Dirección de inteligencia de la Armada como Agente de Inteligencia y luego Agente de Control. Hizo cursos de contraguerrilla, paracaidismo, comando de selva, curso de lancero y miembro de las fuerzas especiales antiterroristas. Ingresó a la red por selección directa del Coronel Rodrigo Quiñónez en septiembre de 1991. Toda su declaración coincide plenamente con la versión dada por Saulo Segura, en especial en lo concerniente a las actividades ilícitas y la conformación de la Red. Mediante un extenso escrito dirigido al Fiscal General de la Nación denuncia los asesinatos cometidos por la Red de Barrancabermeja, señalando los autores como miembros del grupo de exterminio civil no adscrito directamente a la Red, pero pagado con los fondos de gastos reservados. Estos pagos, según Maquillón debían ser autorizados por “El Gerente”, a través del Jefe de la Red. Luego de las denuncias presentadas, se traslada a Panamá en donde se entrega “voluntariamente” el 11 de julio de 1994, diez días después que Saulo Segura se entregara también en Panamá. Dice un acta que firmaron Segura y Carlos David López Maquillón, que lo hacen para retractarse de las denuncias hechas ante la Fiscalía y ante la Procuraduría, pues consideran que con ellas implicaron injustamente a varios miembros de la Armada. El 28 de junio de 1992, Julio César Berrío Villegas, miembro activo del Comité Regional para la Defensa de los Derechos Humanos –CREDHOS-, fue asesinado por orden del Director de Inteligencia de la Armada Nacional, Coronel Rodrigo Alfonso Quiñónez Cárdenas, en momentos en que departía con su esposa en la Heladería Family, ubicada en la Avenida de los Fundadores en Barrancabermeja (Magdalena Medio). El crimen fue perpetrado por los paramilitares, vinculados a la Red Nº 7 de la Armada, quienes se movilizaban en una moto, y estaban apoyados por los también por otros paramilitares al servicio de la Red. El asesinato se dio luego de una labor de “inteligencia” adelantada por el Jefe de Área de la Red, el Sargento Segundo Carlos David López Maquillón, quien consideró que por ser defensor de Derechos Humanos debería ser “blanco de la Red”. GOMEZ, FELIPE Alias: “EL GUAJIRO” Itinerario Descrito como de piel canela, pelo indio, nariz aguileña, facciones indígenas; pelo negro, 1.52 mt., de estatura. Está actualmente detenido en la cárcel de Cartagena, sindicado de atraco y enjuiciado por estos hechos de la Red 07. Según Vergara Amaya, este sujeto actuaba en Barrancabermeja bajo las órdenes de Julio Ernesto Prada. En una de sus indagatorias, relata que a mediados de diciembre de 1992, tuvo contacto con Reyes Lozano, quien lo presentó con el Capitán. Juan Carlos Álvarez y posteriormente se reunieron con el jefe de autodefensas quien se hacía llamar Emiliano, del cual recibió instrucción militar. El grupo operó en los siguientes sitios: Las Montoyas, Carare, Ganadera, Puerto Gaitán, Caño Huila, Puerto Parra y San Rafael, todos pertenecientes a la región del Magdalena Medio. Sus misiones eran: Concientizar a la población diciendo que iban a acabar con la guerrilla, ladrones, drogadictos y que eran un grupo autorizado por el gobierno. Solicitaban ayuda económica a los ganaderos fuertes de la región pidiéndoles que no siguieran pagando la vacuna y que les ayudaran a ellos. Hacer misiones especiales contra jefes guerrilleros. Álvarez les suministró fotos y nombres. En cumplimiento de una de éstas misiones tuvieron un encuentro armado con el Frente 24 de la FARC al comando de “Orlando”, dieron de baja a tres subversivos e hirieron a alias “Boñigo”. Felipe Gómez, tenia como enlaces en la red de Barrancabermeja a Julio Prada, Juan Carlos Álvarez y el Coronel Quiñónez. Les fueron entregados las siguientes armas: “Una M26, cuatro Ingram, seis revólveres 38, cuatro Galil, cinco escopetas de guacharaca de tiros de cápsula, folletos de instrucción militar, radios con baterías recargables. A Gómez le cancelaban $100.000.00 ya los demás del grupo $75.000.00 c/uno.” Señala que el Capitán Álvarez no le cumplió en los pagos por lo que decidió retirarse y trasladarse a las Brigadas Móviles del Batallón Nueva Granada al mando del Capitán Flórez, con quienes realiza varias operaciones contraguerrilleras que le son pagadas efectivamente. Tiempo después cae preso. Hace las siguientes acusaciones: Carlos A. Vergara A.: Quien le habló de la activa participación que tuvo en la Masacre de “La Shannon” y en la Masacre de la “Wiskeria Star”. Coronel Quiñónez, Capitán Álvarez, Suboficial Prada, Mayor Hurtado, Mayor Lee: Se reunían con él en diferentes sitios de Barrancabermeja, donde se daban las órdenes de seguir con los planes y se confirmaban con el Capitán Álvarez. Una de estas órdenes la recibió para “cascarle a los de la guerrilla” la que ejecutó con las masacres ya mencionadas. Se fugó el 29 de octubre de 1995 de la cárcel del Socorro en Santander y fue vuelto a capturar el 29 de diciembre de 1995. PRADA, JULIO ERNESTO Alias: “EL INDIO” Itinerario Descripción física: Alto, moreno, pelo indio, narizón, manos gruesas, cejas y pelo negro, labios delgados, bigote negro, rasgos indígenas, de 38 a 40 años, estatura 1, 72 m. Existe un recibo del Batallón Nueva Granada del Ejército en donde se le cancela por su colaboración en la “ubicación de antisociales de las redes urbanas de las FARC y ELN en los barrios nororientales de Barrancabermeja”. Un pago similar se le hizo a otro sicario de la Red de inteligencia de la Armada: Carlos Alberto Vergara Amaya por la ubicación de bandoleros pertenecientes a las milicias Bolivarianas de las FARC para futuras operaciones. Actuaba como sicario o como jefe de grupo; es reconocido como jefe de los paramilitares en el Magdalena Medio y participó por cuenta de la Red 07 de inteligencia, en las masacres de “Billares El Tropezón”, del restaurante “La Shannon” y del Barrio “Versalles”; y en el asesinato de la secretaria de CREDHOS Blanca Cecilia Valero de Duran. QUIÑONEZ, CARDENAS RODRIGO Alias: “EL GERENTE”; “ROMARIO QUINCY CARBONEL”; “GERENTE GENERAL”; “ANÍBAL SMITH” Itinerario Director de la DINTE (Dirección de Inteligencia) de la ARC (Armada Colombiana). Este sujeto es conocido en el ámbito de la inteligencia con los seudónimos de “Romario Quincy Carbonel”, “Gerente General” o “Aníbal Smith”. Nacido en Pereira (Departamento de Risaralda) el 1 de octubre de 1950. Se identifica con c.c. 9.079.512 de Cartagena, Departamento de Bolívar. Su grado como Subteniente le fue conferido en 1972, ascendido a Teniente en 1977 y Teniente Coronel en 1991. Según sus propias declaraciones, fue jefe del Estado Mayor de la Brigada de Infantería de Marina con sede en Cartagena, alumno de la Escuela Superior de Guerra y posteriormente Director de Inteligencia de la Armada Nacional entre 1990 y 1994, vale decir, jefe supremo de la Red de Inteligencia a escala nacional. Realizó en su carrera militar cursos de paracaidismo, de lancero y curso de inteligencia básica e interrogatorios. En su testimonio bajo la gravedad del juramento rendido ante la Procuraduría el 7 de enero de 1994 negó todo vínculo con los homicidios investigados. Para él se trataba de unas acusaciones sin fundamento, pronunciadas por Saulo Segura al descubrirse su intento de sobornar a varias personas en Bahía Solano. Lo que no pudo explicar el Coronel Quiñónez ni a la Fiscalía Regional ni a la Procuraduría fue el hecho que los supuestos extorsionados negaron cualquier intento de soborno de Segura, de tal forma que la causa de las delaciones que para él tenían la intención de enlodar el nombre de la Armada y la pretensión de un agente de inteligencia de utilizar la información en provecho propio, no existía realmente. Las pruebas que obran en contra de Rodrigo Quiñónez Cárdenas, tales como confesiones de agentes de inteligencia, grabaciones, testimonios y aún la contabilidad misma de la Red de la Armada, lo delatan como el cerebro conductor de toda la maquinaria de muerte que llevó dolor y desolación a por lo menos 68 familias en la Ciudad de Barrancabermeja. Al Coronel Quiñónez lo relacionan en sus versiones ante las autoridades investigadoras las siguientes personas: Saulo Segura: Denunció a la Procuraduría ya la Fiscalía General de la Nación que existía una organización criminal bajo el mando de Rodrigo Quiñónez, la cual se componía de una estructura compartimentada, de la que hacía parte la Red 07 de Inteligencia de la Armada Nacional. Denunció la autoría de los siguientes crímenes: “con este grupo de exterminio y bajo las órdenes dadas directamente por “El Gerente”, Rodrigo Quiñónez se realizaron las siguientes operaciones: El asesinato del activista de la USO, señor Luis Fernando León Cáceres. El asesinato de un sindicalista de la empresa de transportes “San Silvestre”; un miembro de la ANUC, y una maestra investigadora de CREDHOS: Parmenio Ruiz, René Tavera y Ligia Patricia Cortés. El asesinato de Ismael Jaimes, director del periódico La Opinión.” Segura también informó que había sido asignado por el Mayor Jairo Enrique Osorio Morales, entonces Subdirector de la Red para que se trasladara a Bahía Solano con el fin de ejecutar algunas operaciones encubiertas, entre ellas matar a varias personas del lugar, y dinamitar la Compañía Pesquera de Bahía Solano. Estas acciones buscaban desestabilizar la zona. La orden había sido emitida por el Gerente, Coronel Rodrigo Quiñónez. Así pues, Saulo Segura, en vez de obedecer las órdenes de la Dirección de Inteligencia de la Armada, atemorizado le confió a los amenazados, estos planes macabros de la Red. Carlos David López Maquillón: Este miembro de la Red confesó sus crímenes cuando operaba a su servicio, no duda en calificar a Rodrigo Quiñónez como terrorista y líder de una tenebrosa organización criminal. Narra en sus denuncias que los asesinatos de la Red de Inteligencia de la Armada, en Barrancabermeja fueron llevados a cabo bajo las órdenes directas del Coronel Quiñónez, por sicarios a su servicio. Además de los hechos señalados por Segura y López Maquillón de responsabilidad intelectual del Coronel Quiñónez Cárdenas, el alto oficial de la Armada también estuvo involucrado directamente en los siguientes crímenes ocurridos en 1992 en Barrancabermeja, según lo dejan ver las pruebas y declaraciones de varios de los implicados de la Red No. 7, que obran en las investigaciones de la Fiscalía y la Procuraduría, sin que se desconozca los indicios en su contra de otros casos: a)Asesinato de la Secretaria del Comité Regional para la Defensa de los Derechos Humanos –CREDHOS-, Blanca Cecilia Valero de Durán ocurrido el 29 de enero. b)Asesinato de José Domingo Amaya Parra, Vicepresidente del Sindicato de Conductores de la Industria del Transporte de Santander –SINTRACOINDER-, Jaime Garcés Núñez (o Berbeo), conductor de bus y tesorero del Sindicato de Conductores de la Industria del Transporte de Santander –SINTRACOINDER-, Eduviges López Ruiz, ama de casa e integrante del Comité Político del Frente de Izquierda Liberal Auténtico -FILA-, Nubia Lozano Álvarez, ama de casa, Pablo José (o Pedro Pablo) Narváez, empleado de Servicios Chucurí, Luis Guillermo Niño (o Nieto) Berbeo, conductor de la empresa Transportes San Silvestre y afiliado al sindicato de la misma, y Tarcilia Rosa Díaz Valeta, ocurrido el 9 de febrero. (Masacre del estadero 9 de abril) c)Asesinato de Luis Carlos Estrada Rueda, obrero de la Industria Colombiana de Fertilizantes; Alexander Rodelo Castro, comerciante; Nelson Manuel Tamara Niño, asistente del Departamento de Operaciones de Ecopetrol y afiliado a la Unión Sindical Obrera –USO-; Julio Carlos Castro, obrero; Diógenes Rivera y Marco Antonio Martínez Ayala, ocurrido el 4 de marzo. (Masacre de Billares “La Sede”). d)Asesinato de Germán Hernández de la Rosa, obrero de Ecopetrol vinculado a la Unión Sindical Obrera –USO-, sucedido el 26 de abril de 1992 en el asadero de pollos “La Totuma” del Barrio Galán. e)Asesinato de Julio César Berrío Villegas, miembro activo del Comité Regional para la Defensa de los Derechos Humanos –CREDHOS-, ocurrido el 28 de junio. f)Asesinato de los negociantes de pescado Pablo Guerra Herrera y Luis Jesús Rueda Viviesca en el sector de las Ramplas del barrio Cardenales, perpetrado también el 28 de junio. Además de los hechos anteriores, el Coronel Quiñónez también actuaba contra los propios integrantes de la Red No. 7. Las muertes de varios de sus integrantes fueron ejecutadas por ordenes expresas de “El Gerente”, o en estas se tienen indicios de su participación; detallamos: 1.Entre el 1 de junio y el 25 de agosto de 1992, los paramilitares Diego Luis Cataño Hernández, Diego Alexander López Salazar, Milton Martínez Plata y José Alirio Ulloa Triana, miembros de apoyo de la Red de Inteligencia Nº 7 de la Armada con sede en Barrancabermeja (responsable de por lo menos 70 crímenes en el Magdalena Medio), fueron desaparecidos, torturados y asesinados en Puerto Parra (Santander). El crimen fue ordenado directamente por el Coronel Quiñónez Cárdenas. 2.El asesinato del Capitán de la Armada Nacional y ex jefe de la Red Nº 7 de Inteligencia, Juan Carlos Álvarez Gutiérrez, ocurrido el 6 de agosto de 1993 en Cartagena (Bolívar). De acuerdo con declaraciones de ex integrantes de la mencionada Red, el hecho se debió a que éste se había enterado de los vínculos de Quiñónez Cárdenas con el cartel de la droga de la Costa Atlántica y se había negado a colaborarle, también aseguran que por este crimen se pagaron $500 millones. 3.En relación con el crimen anterior, a finales de 1993, Wilson Moncaleano, Agente de Inteligencia de la Red Nº 6 del Pacífico, fue desaparecido en Barrancabermeja, en momentos en que investigaba el asesinato del Capitán Álvarez Gutiérrez. En su desaparición participó el Agente de Inteligencia de la Red Nº 7, Oscar Santana. 4.El asesinato de Luis Enrique López ocurrido en 1993 en Aguachica (Cesar), por miembros de la Armada Nacional; todo por haber reconocido a un narcotraficante conocido como “Fortich”, quien tenía vínculos con el Director de Inteligencia de la Armada, Coronel Rodrigo Alfonso Quiñónez Cárdenas. 5.El asesinato de Saulo Segura Palacios, ex miembro de las Redes de Inteligencia 6 y 7 de la Armada Nacional, ocurrido el 30 de diciembre de 1995 en el patio séptimo de la Cárcel Nacional Modelo en Bogotá. RIOS PALACIOS, OTONIEL Alias: “EL NEGRO” Itinerario Según pruebas testimoniales, junto con Ancízar Castaño fue uno de los miembros de la Red mas comprometido con los asesinatos ejecutados por la estructura de inteligencia. El ejército no reconoció la calidad de miembro de las Fuerzas Militares a este sujeto de quien se decía era soldado profesional de esta institución. Murió asesinado el 20 de septiembre de 1992, en un restaurante de Barrancabermeja. En la resolución de situación jurídica de los procesados por Justicia Penal Militar, se hace referencia a Ríos Palacios en los siguientes términos: “Destacase además que entre los informantes pagados por la Red, folios 772, 837, 901, 958 y 994, aparece Otoniel Ríos Palacios, recibiendo la suma de $350.000.oo; y este Otoniel Ríos Palacios, quien fuera muerto el 20 de septiembre de 1992, aparece al folio 994 como agente que fuera muerto “en momentos en que realizaba labores propias de esta sucursal, siendo como la Red de Inteligencia subvencionó a su familia con la suma de $350.000.oo, para gastos fúnebres. Otoniel Ríos Palacios está seriamente comprometido en la muerte de Julio Cesar Berrío, persona que “al parecer se ofrecía para entablar demandas por posibles violaciones de sus Derechos Humanos…” (Ver Folio 2984 cuaderno Nº 8 original del expediente). Según la investigación por la muerte de Julio Cesar Berrío, Otoniel Ríos Palacios “andaba mucho con otro de quien solo se sabe le dicen por apodo Cachetes, según versiones de inteligencia se dedicaba al sicariato discriminado o por encargo…” (Expediente de la Fiscalía, cuaderno Nº 8, folio 2984). “El Negro”, participó directamente en los siguientes crímenes durante 1992: 1.El asesinato del pescador Alfredo Acero Arana, en complicidad con Ancízar Castaño Buitrago (27 de abril) 2.El asesinato del director del diario “La Opinión” Ismael Jaimes Cortes (5 de mayo). 3.El asesinato de cuatro personas y las heridas causadas a una, en un billar ubicado en el barrio Versalles (Masacre del barrio Versalles, 10 de junio). 4.El asesinato de Julio César Berrío Villegas, miembro activo del Comité Regional para la Defensa de los Derechos Humanos CREDHOS, junto con Ancízar Castaño Buitrago (28 de junio). 5.El asesinato de los negociantes de pescado Pablo Guerra Herrera y Luis Jesús Rueda Viviesca en el sector de las Ramplas del barrio Cardenales (28 de junio). 6.El asesinato de 6 personas y las heridas causadas a cuatro en el Wiskeria Star (Masacre del Bar Star, 8 de julio). 7.El asesinato de Ligia Patricia Cortes Colmenares, investigadora del Comité Regional de Derechos Humanos – CREDHOS-, Parmenio Ruiz Suárez, Presidente del Sindicato de Chóferes de la empresa Transportes San Silvestre y René Alberto Tabera Sosa, miembro de la Asociación Nacional de Usuarios Campesinos – ANUC-, en el Restaurante “La Shanon”. (30 de julio) SEGURA PALACIOS, SAULO Alias: “EL ANGELITO” o “CARACORTADA” Itinerario Se presentó a la Armada Nacional en 1981, efectuando cursos de teledetección y de lancero en 1989. Ingresó a la Red de la Armada No.07 en el mes de octubre de 1991, por intermedio de Juan Carlos Álvarez Gutiérrez, quien lo conocía desde tiempo atrás cuando estuvieron destacados en Puerto Leguízamo. Cumplía labores de relacionista en la Red, para cuyos efectos presentó al Jefe de la Red con comerciantes y personal bancario de Barrancabermeja. Luego del atentado en el que resultó herido de gravedad, decide informar a la Procuraduría y a la Fiscalía sobre las actividades ilegales de la Red. Fue detenido y vinculado a la investigación penal por homicidio, conformación de grupos terroristas y luego asesinado en 1995 en la Cárcel Nacional Modelo – Bogotá. VERGARA AMAYA, CARLOS ALBERTO Alias: “EL ÑATO” Identificado con C.C. 91’438.218 de Barrancabermeja. Ingresó a la Red supuestamente en calidad de mensajero, se le utilizó como informante y luego agente de inteligencia. Fue contratado por Carlos López Maquillón, en aquel entonces responsable de la Red en Barranca. Por sus especiales características, su indagatoria constituye uno de los pilares de la investigación y entre sus puntos trascendentales encontramos: 1. Ha recibido amenazas contra su vida por las declaraciones que ha rendido en la Procuraduría y ante la Justicia Penal Militar. Dice estar incluido en la lista negra que elaboró la Armada Nacional y el Batallón Nueva Granada. Así, por su cabeza y la de Carlos López Maquillón, la Red de Inteligencia de la Armada estaba ofreciendo 45’000.000. de pesos. 2. Entre las amenazas se cuenta la de Ancízar Castaño Buitrago alias “Cachetes”, “Trujillo” o “Exterminio”, quien le advirtió que no denunciara los hechos criminales de la Red. Según Durán, también sicario y funcionario de la red, sabía de sus declaraciones rendidas ante la Procuraduría. Por ellas también se establece que miembros del Batallón Nueva Granada tomaron parte en las masacres. Igualmente, deja ver que los vínculos entre la Red No.07 de la Armada y el Batallón Nueva Granada son de vieja data, pues el antiguo comandante del Batallón “patrocinaba todo eso”, lo que viene a corroborar las graves sospechas que se tenían sobre la comunión criminal de estos dos entes militares. 3. En la misma diligencia incrimina a los siguientes miembros de la Red, activos en 1992: Juan Carracedo De La Hoz, alias “El Caleño” o “Barranquilla”, afirma que fueron compañeros de reclusión en la cárcel Modelo de Cúcuta, patio 12. Lo conoce como sicario de la red de inteligencia de la Armada. Lo acusa de participar en la Masacre del “Billar Versalles” y en las muertes del Barrio “9 de abril” Ancízar Castaño Buitrago, alias “Cachetes”, “Trujillo” o “Exterminio”: Lo conoce como sicario activo de la Red de Inteligencia de la Armada Nacional desde que estaban en Barrancabermeja. Habría participado en los siguientes hechos: 1.Masacre del “Billar Versalles; Masacre de la “Wiskeria Star”; Masacre del Restaurante “La Shannon”; Masacre de los billares “El Tropezón”. 2.Asesinato de Presentación Montesinos en la “Wiskeria Chayanne” 3.Muerte de la cafetería “los Cuyos”. 4.Asesinato de Ismael Jaimes. 5.Asesinato del sindicalista de la Uso Germán Hernández. Julio Ernesto Prada: lo conoció como jefe de los Paramilitares del Magdalena Medio y participando en las masacres del “Tropezón”, del barrio “la Esperanza”, y del barrio “Versalles”. Respecto de esa, Vergara Amaya anota: “Se movilizaron en una microbuseta afiliada a la empresa San Silvestre de Barrancabermeja, llegaron posteriormente a un billar y procedieron a disparar contra la gente que estaba dentro, con pistolas 9 mm. y Miniuzi 9 mm. y emprendieron la huida por el barrio la Esperanza, dejando abandonada la microbuseta por los lados del matadero entre el matadero, el barrio la Esperanza y la vía para el Llanito…” Jimmy Arenas Robledo: Lo acusó de participar en el homicidio de lsmael Jaimes, y en el de Luis Fernando León Cáceres, sindicalista de la USO. José Dolores Buenaño alias “El Negro Dolores”. Amaya Vergara lo conoció como informante de la red, elegía las víctimas que luego eran acribilladas por los sicarios contratados para el efecto. Como consecuencia de lo dicho antes sobre la eliminación de miembros que se opusieran al funcionamiento de la red, el indagado atribuye el caso del homicidio del Capitán Juan Carlos Álvarez, al Coronel Quiñónez. Afirma que la muerte de la secretaria de la red de inteligencia de Barrancabermeja, fue una manera de presionar al Capitán a fin de lograr su traslado a Cartagena, pues el Coronel Quiñónez le habría propuesto trabajar con los carteles de la droga y éste se negó y por esta razón lo mandó matar. Da cuenta igualmente del comportamiento “humanitario” del Capitán Álvarez, comparándolo con el Coronel Quiñónez, en los siguientes términos: “…el C.P. Juan Carlos Álvarez, para todo el grupo de la Red de Inteligencia y Exterminio de la Armada Nacional, era muy buena persona, porque trataba a la gente bien y por que logró objetivos buenos mientras estuvo en Barrancabermeja, pero al Coronel Rodrigo Quiñónez no le importaba si había gente inocente o no, lo cual los sicarios del grupo no compartían las opiniones del Coronel Rodrigo Quiñónez.” Respecto de la tentativa de asesinato contra Libardo Olaya, Vergara Amaya afirma que la labor de inteligencia le permitió establecer que Libardo Olaya era el segundo al mando de un tal Wilson (al parecer de las Milicias Bolivarianas), comunicándoselo a Miguel Durán, quien dio la orden a Vergara Amaya, para que lo señalara y que los sicarios lo esperarían más adelante para darle muerte. En ampliación de indagatoria posterior, Vergara Amaya negó cualquier relación de este atentado con la Armada Nacional, porque según su dicho, fue amenazado en estos términos: “..si me torcía o hablaba algo me acogía a las consecuencias a mí o a mi familia y me mataban, mas si no hablaba me colaboraban con el abogado y me mandaron doscientos mil pesos a la cárcel, Lo mismo ahora en esta investigación, me dijeron que me fuera a niego de todo, que ellos me iban a nombrar un abogado de Bogotá y que si decía lo contrario y desviaba la investigación me darían una fuerte cantidad de dinero y en cuanto a Carlos David López Maquillón ya lo tenían ubicado y lo iban a matar” Igualmente recibió el mismo apremio por intermedio de un soldado del Batallón Nueva Granada quien fue a visitarlo: “saludes le mandaron y que mucho juicio porque si se rajaba ya sabía lo que le pasaba”. Corroboran su activa participación en las labores de la Red de Inteligencia los recibos que obran en el expediente de Fiscalía, en la que se reportan egresos de la Red a su favor por valor de $980,000, independiente de los dineros que recibieron de la Red su hermanos Rachel Vergara de Pabón por $300,000 y Elías Vergara por 100.000. ANALISIS DE IMPUNIDAD Para una mejor comprensión sobre las investigaciones que se adelantaron por los crímenes cometidos por la Red No. 7 de la Armada durante 1992, hemos decidido dividir su desarrollo en los respectivos procesos penales y disciplinarios, adicionando la actuación internacional que se adelantó, pues todos los casos se llevaron en una misma actuación judicial para la mayoría de implicados y miembros de la estructura de inteligencia. PROCESO PENAL ORDINARIO El 8 de febrero de 1994, la Fiscalía Regional de Santafé de Bogotá, profirió resolución de apertura de instrucción, por éste y otros crímenes perpetrados por la Red de la Armada, y vinculó legalmente a Carlos Alberto Vergara Amaya, Ancízar Castaño Buitrago, Miguel Antonio Durán Cáceres, Julio Ernesto Prada y José Reinaldo Amaya Cano. El 25 de febrero de 1994, la Dirección Regional de Fiscalías de Santafé de Bogotá decretó la detención preventiva de Carlos Alberto Vergara Amaya y Ancízar Castaño Buitrago. En la misma fecha también ordenó vincular al proceso a Jimmy Alberto Arenas Robledo y Felipe Gómez Lozano. El 20 de junio de 1994, la mencionada Fiscalía Regional ordenó la vinculación al proceso de Saulo Segura Palacios y Carlos David López Maquillón. Así mismo, al considerar que “los homicidios denunciados e investigados presentan circunstancias comunes en sus características modales, como la actividad cotidiana y profesional de las víctimas; la forma en que se realizaron; las armas utilizadas y el número de autores materiales; igual que estos son miembros de una organización”, se decreta la “unidad procesal de todas las indagaciones preliminares. El 8 de julio de 1994, la Unidad Previa y Permanente de Vida de Barrancabermeja, remitió las diferentes investigaciones a la Fiscalía Regional de Santafé de Bogotá, que acumuló en una investigación todos los casos. El 22 de julio de 1994, la Fiscalía Delegada ante los Jueces Regionales de Santafé de Bogotá, profirió medida de aseguramiento de detención preventiva a Carlos David López Maquillón y Saulo Segura Palacios. El 11 de agosto de 1994, el Consejo Superior de la Judicatura resolvió la colisión de competencias en el proceso contra Rodrigo Alfonso Quiñónez Cárdenas, Jorge Rojas Vargas, Rafael Alfredo Colón Torres, Jairo Enrique Osorio Morales, Harry Rodolfo Ávila Pinilla, Juan Carlos Donado Caamaño y Jorge Enrique Uribe Cañaveral, suscitada entre el Comando de la Armada Nacional y la Fiscalía Delegada ante los Jueces Regionales, Unidad Especializada de Terrorismo de Santafé de Bogotá, en favor de la Justicia Penal Militar, al considerar que “No se trata de que sea función de los militares que laboran en servicios de los que en el lenguaje militar se llaman ‘de inteligencia’ asesinar o cometer actos de terrorismo, ni de que la comisión de asesinatos o de actos terroristas sea cumplimiento de labores de inteligencia. Pero no de esto se sigue que esos hechos delictivos de que se acusa a los oficiales y suboficiales mencionados estén desvinculados de su servicio”. El 12 de septiembre de 1994, la Fiscalía declaró personas ausentes a Miguel Antonio Durán Cáceres, Jimmy Alberto Arenas Robledo, Julio Ernesto Prada y Juan Manuel Carracedo de la Hoz. Así mismo decretó la detención de Felipe Gómez Lozano. El 25 de febrero de 1995, el Fiscal Delegado ante los Jueces Regionales de Santafé de Bogotá decretó medida de aseguramiento contra Carlos Alberto Vergara Amaya y Ancízar Castaño Buitrago, por “conformación o pertenencia a grupos armados de los denominados comúnmente escuadrones de la muerte”. El 18 de julio de 1996, la Unidad Nacional de Derechos Humanos de la Fiscalía llamó a rendir indagatoria a Jimmy Alberto Arenas, Juan Manuel Carracedo de La Hoz, José Reinaldo Amaya Cano, Alma Julieta Builes Cataño y Estela Osorio Rueda. El 20 de agosto de 1996, la Fiscalía dictó medida de aseguramiento consistente en detención preventiva contra Miguel Antonio Durán Cáceres y Julio Ernesto Prada. El 1 de noviembre de 1996 la Unidad de Derechos Humanos de la Fiscalía profirió resolución de acusación por “homicidio con fines terroristas” a Carlos Alberto Vergara Amaya y a Ancízar Castaño Buitrago. El 20 de enero de 1997, la Unidad de Derechos Humanos declaró personas ausentes a Javier Díaz Salas y a Gerardo Álvarez Aguirre; el 18 de marzo de 1997, la Fiscalía Regional ordenó su emplazamiento. El 4 de agosto de 1997, la Unidad de Derechos Humanos decretó resolución de acusación contra Felipe Gómez Lozano, Miguel Antonio Durán Cáceres, Julio Ernesto Prada, Jimmy Alberto Arenas Robledo, Estela Osorio Rueda y Gerardo Álvarez Aguirre; precluyó la investigación a Alma Julieta Builes Castaño, José Reinaldo Amaya Cano, Javier Díaz Salas, Antonio Aguilar Díaz y Rachel Vergara Amaya; así mismo, decretó la extinción de la acción penal por causa de muerte a Juan Manuel Carracedo de la Hoz (el 15 de noviembre de 1994) y a Saulo Segura Palacios (el 30 de diciembre de 1995). El 24 de febrero de 1998, la Justicia Regional de Cúcuta condenó a 30 años de prisión a Carlos Alberto Vergara Amaya y a Ancízar Castaño Buitrago (demostrada su responsabilidad en 32 homicidios). El 6 de noviembre de 1998, el Tribunal Nacional confirmó la condena. PROCESO PENAL MILITAR El 25 de marzo de 1994, el Juzgado 109 de Instrucción Penal Militar, que conoció en primera instancia el proceso por éste y otros crímenes perpetrados por miembros de la Red Nº 7 de la Armada, ordenó la detención preventiva de Carlos David López Maquillón por “conformación de grupos sicariales o escuadrones de la muerte” y se abstuvo de dictar medida de aseguramiento contra Rodrigo Quiñónez Cárdenas, Rafael Alfredo Colón Torres, Jairo Enrique Osorio Morales, Jorge Rojas Vargas, Mauricio Fabián Varón Daza y Harry Rodolfo Ávila Pinilla; también solicitó examen psiquiátrico para los denunciantes y declarantes que hicieron sindicaciones a los militares. La resolución fue impugnada por el agente del Ministerio Público. El juez de primera instancia, en auto del 2 de mayo de 1994, se abstuvo de reponer y concedió el recurso de apelación que surtió ante el Tribunal Superior Militar, que el 15 de diciembre de 1994, confirmó en su integridad la resolución; argumentando que “no existe una sola prueba que le de respaldo probatorio alguno a los dichos de los suboficiales denunciantes… Es inconcebible que Juan Carlos Álvarez Gutiérrez y Carlos David López Maquillón cuando ordenasen a los sicarios matar a alguien, lo hiciesen en cumplimiento de una orden proveniente de la Dirección de Inteligencia, por cuanto en el ámbito militar, las órdenes que se emiten de superior a subalterno deben ser lógicas, claras, precisas, oportunas, concisas y encaminadas al cumplimiento de actos específicos del servicio militar y por ende contener un alto sentido moral”. El 30 de marzo de 1995, el Juzgado 41 de Instrucción Penal Militar concedió el beneficio de libertad provisional en favor de Carlos David López Maquillón. El 17 de julio de 1997, el Comando de la Armada Nacional declaró que no existía mérito para dictar resolución de convocatoria a Consejo Verbal de Guerra y ordenó cesar todo procedimiento en favor de Rodrigo Quiñónez Cárdenas, Rafael Alfredo Colón Torres, Jairo Enrique Osorio Morales, Jorge Rojas Vargas, Mauricio Fabián Varón Daza, Harry Rodolfo Ávila Pinilla, Juan Carlos Donado Caamaño, Jorge Enrique Uribe Cañaveral y Carlos David López Maquillón, por “concierto para delinquir”. Esta decisión fue apelada y el 30 de septiembre de 1998, el Tribunal Superior Militar confirmó la decisión, al considerar que “si quienes eran columna vertebral de los únicos indicios graves de cargos, y estos mismos se retractan voluntariamente de sus mendaces acusaciones, entonces toda sindicación respecto del personal de inteligencia de la Armada, ha quedado sin piso jurídico”. PROCESO DISCIPLINARIO El 24 de julio de 1992, Parmenio había presentado una queja a la Oficina de Investigaciones Especiales de la Procuraduría General de la Nación por “amenazas de muerte”. Este despacho inició indagación preliminar. El 21 y 22 de diciembre de 1993, Saulo Segura Palacios y Carlos David López Maquillón presentaron denuncia ante la Oficina de Investigaciones Especiales de la Procuraduría, sobre éste y otros crímenes perpetrados por miembros de la Red Nº 7 de la Armada, lo que dio origen a la investigación disciplinaria. La Procuraduría Delegada para la Defensa de los Derechos Humanos inició las investigaciones disciplinarias correspondientes y al considerar que debía tener la competencia preferencial para investigar los hechos propuso colisión de competencias a la Delegada para las Fuerzas Militares. El 17 de abril de 1997, la procuraduría General de la Nación resolvió la colisión de competencia en favor para la Delegada para la Defensa de los Derechos Humanos. El 26 de septiembre de 1997, la Delegada para Derechos Humanos eleva pliego de cargos contra Rodrigo Alfonso Quiñónez Cárdenas, Alfredo Rafael Colón Torres, Jairo Enrique Osorio Morales, Walter Javier Hurtado Morales, José Fernando Lee Uribe y Carlos David López Maquillón, “por su participación, promoción financiación, organización, dirección, fomento y actos tendientes a obtener la formación y el ingreso de personas a grupos armados de los denominados comúnmente ‘escuadrones de la muerte’, bandas de sicarios o de justicia privada”. Los implicados son sancionados con “represión severa”. La decisión fue apelada. ACTUACIÓN INTERNACIONAL El 7 de octubre de 1997, el Colectivo de Abogados José Alvear Restrepo y la Comisión Colombiana de Juristas presentaron el caso ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos- CIDH de la OEA, relacionando 78 víctimas (68 de homicidio y 10 lesiones a la integridad física). El 17 de marzo de 1998, la CIDH inició la tramitación del caso. El 21 de julio de 1998, el Estado Colombiano, en comunicación a la CIDH le solicitó no continuar “con el conocimiento del presente caso” con el argumento que no estaban agotados los recursos internos, porque existían procesos penales en la jurisdicción ordinaria y en la penal militar y disciplinario en la Procuraduría, en los que todavía no se había emitido fallo. 1.8. Ejército Como se anotó al inicio de este apartado sobre responsables que actuaron como miembros regulares de las estructuras castrenses, en este punto se incluye los militares responsables de crímenes de lesa humanidad en la zona V que eran efectivos de otras unidades que no hacían parte de la V Brigada, o de los que no se conoce con precisión de la estructura a la cual se encontraban adscritos. ACOSTA, JESÚS ALBERTO Itinerario Cabo Primero. Estaba al mando de las tropas que, el 5 de febrero de 1987, asesinaron a los campesinos Mauricio Castro, de 40 años, Irma Vera Peña, de 22 años, y a Cuatro Hombres y Una Mujer; y torturaron a José Delfín Torres Castro, compañero permanente de Irma, Marina Peña, Andrés Piza, Felix Julio Ramírez Peña, de 12 años, y Miguel Antonio Pacheco Monsalve, en el sitio Piedra Azul de la vereda Río Colorado, municipio de Concepción (Santander) El Suboficial Acosta no fue investigado por estos hechos. ALARCON R., CARLOS Itinerario Responsable de la detención y torturas ocasionadas, en noviembre de 1.978, al campesino Humberto Hernández en Puerto Parra (Santander). No se tiene información de investigaciones hechas por este caso. ARGOTTY CORDOBA, TIBERIO Itinerario El 25 de junio de 1991, el tesorero de Junta de Acción Comunal, José Nasario Garnica, y otro miembro de la Junta, Luis José Rodríguez, fueron asesinados con disparos de fusil por un grupo de soldados al mando del oficial comandante del ejército Tiberio Argotty Córdoba, en el corregimiento La Pedregosa, en La Esperanza (Norte de Santander). Por su participación en el asesinato de José Nasario Garnica y Luis José Rodríguez, no se tiene dato de investigación en su contra. BAHAMON DUSSAN, HUGO Itinerario Teniente Coronel. Tropas bajo su mando, el 5 de febrero de 1987 asesinaron a los campesinos Mauricio Castro, de 40 años, Irma Vera Peña, de 22 años, y a Cuatro Hombres y Una Mujer; y torturaron a José Delfín Torres Castro, compañero permanente de Irma, Marina Peña, Andrés Piza, Félix Julio Ramírez Peña, de 12 años, y Miguel Antonio Pacheco Monsalve, en el sitio Piedra Azul de la vereda Río Colorado, municipio de Concepción. El alto oficial nunca fue relacionado a investigación penal o disciplinaria. BAEZ BAEZ, NORBERTO Itinerario Cabo Segundo. Existen indicios de su participación en la desaparición de Isidro Caballero Delgado y Maria del Carmen Santana el 7 de febrero de 1989 en la finca El Danubio, vereda Guaduas, jurisdicción del municipio de San Alberto (Cesar). ANÁLISIS DE IMPUNIDAD El 11 de septiembre de 1990 el Juzgado Segundo de Orden Público dictó sentencia absolutoria a su favor por estos hechos por el delito de secuestro. La providencia no fue apelada debido a las amenazas contra la esposa de Isidro y su abogado. El 3 de octubre de 1990 fue archivado el proceso. BARRAGÁN, JOSE Itinerario El 30 de noviembre de 1992, diez campesinos de la familia Paguena Salas fueron torturados en su vivienda por miembros del ejército, en un operativo de registro y control que se llevó a cabo en la vereda La Floresta en San Pablo (Bolívar).El Teniente de la marina Barragán fue uno de los autores de los abusos y maltratos a la familia Paquena Salas. Por su participación en las torturas a la familia Paguena Salas, no fue vinculado a la investigación penal militar ni a la disciplinaria. BARERA MOSQUERA, ALFREDO Itinerario Soldado. El 8 de mayo de 1994, participó en la detención y asesinato del campesino José Concepción Pérez Llanos, ocurrido en zona rural de Cáchira (Norte de Santander). ANALISIS DE IMPUNIDAD La Procuraduría Delegada Para los Derechos Humanos, mediante expediente 00800463 de 23 de Julio de 1998, decidió retirar del servicio al soldado voluntario Alfredo Barrera, considerando que él y los otros militares se excedieron en su actuaciones, y que sus afirmaciones no concuerdan ni con las pruebas periciales, ni con los testimonios recogidos. BRICEÑO, PABLO Itinerario Capitán. En enero de 1981 el campesino Armando Peña fue detenido, sindicado y torturado por miembros del ejército, en La Paz (Santander), hechos de los que fue responsable, al igual que del allanamiento, y posterior detención y tortura del campesino Eladio Castellanos, el 3 de enero de 1981 en el mismo municipio. No se tiene información de investigaciones llevadas en su contra. BECERRA PACHECO, GABRIEL ALBERTO Itinerario Entre el 25 y el 30 de diciembre de 1986, Jorge Enrique Cárdenas Santafé fue detenido, torturado y acusado de pertenecer al ELN por el Grupo de Caballería Mecanizado Nº 1 “General Silva Plazas” del ejército, al mando del Teniente Gabriel Alberto Becerra Pacheco, en el Corregimiento de San Bernardo de Bata, municipio de Toledo (Norte de Santander). ANALISIS DE IMPUNIDAD Por su participación en la detención y las torturas a Jorge Enrique Cárdenas Santafé, la Procuraduría Delegada para las Fuerzas Militares, en investigación bajo el radicado Nº 022.56439, sancionó el 10 de septiembre de 1990 al teniente Becerra Pacheco con 5 días de salario, equivalente a la suma de $ 5.711.75. Esta decisión fue confirmada el 14 de Agosto de 1991. CINCERY, JOSE Itinerario El 28 de marzo de 1992, los campesinos y hermanos Rigoberto, Daniel y Hermides Bautista Ascanio, fueron detenidos, torturados y asesinados por miembros del ejército pertenecientes al Batallón de Infantería de Montaña Nº 18 “Coronel Jaime Rooke”, en zona rural de Convención (Norte de Santander). El Cabo Cincery estuvo involucrado en el hecho. Por su participación en la detención, torturas y asesinato de los hermanos Bautista Ascanio, no se tiene dato de investigación en contra de este suboficial. CHACON, CARLOS Itinerario Responsable de la detención y las torturas causadas, en febrero de 1.977, al campesino Víctor Hernández en Puerto Parra (Santander). No se tiene información de investigaciones al respecto. CHAVEZ MAHECHA, WILSON NEYHID Itinerario Capitán que participó junto con otros militares, en la detención y asesinato del campesino José Concepción Pérez Llanos, ocurrido el 8 de mayo de 1994 en zona rural de Cáchira (Norte de Santander). Fue quien dio la orden de atacar al campesino pretextando que era un delincuente y guardaba armas para la guerrilla. ANALISIS DE IMPUNIDAD La Procuraduría Delegada Para los Derechos Humanos, mediante expediente 00800463 de 23 de Julio de 1998, decidió retirar del servicio al oficial Wilson Chávez, Consideró el despacho que se excedieron en su actuaciones, y que sus afirmaciones no concuerdan ni con las pruebas periciales, ni con los testimonios recogidos. FLOREZ, JAVIER Itinerario El 28 de mayo de 1982, los campesinos Alfonso Mora González, Jorge Beltrán, Pedro Ballén, Lisandro Vásquez, Jesús Hernández y otro Campesino más, fueron detenidos y torturados por miembros de una patrulla militar al mando del Cabo Primero Javier Flórez. No se tiene conocimiento de investigaciones adelantadas contra este Suboficial. GALVIS VARGAS, ROBERT Itinerario El 30 de noviembre de 1992, diez campesinos de la familia Paguena Salas fueron torturados en su vivienda por miembros del ejército, en un operativo de registro y control que se llevó a cabo en la vereda La Floresta en San Pablo (Bolívar). El Sargento Segundo Robert Galvis Vargas, procedió a hacer salir de la vivienda a la menor Antonia Paguena Salas, de 13 años, bajo amenazas, con su arma de dotación y con un puñal, y luego la violó. ANALISIS DE LA IMPUNIDAD Por su participación en las torturas infligidas a la familia Paguena Salas y por la violación de la niña Antonia, el Juzgado 24 de Instrucción Penal Militar lo condenó el 2 de octubre de 1995 a dos años de prisión y a la separación absoluta de las Fuerzas Armadas por el delito de acceso carnal violento. No se le endilgaron cargos por los maltratos y torturas de la familia Paguena. El Tribunal Penal Militar confirmó la sentencia condenatoria el 19 de diciembre de 1995. La Procuraduría Delegada para los Derechos Humanos profirió contra él fallo sancionatorio en 1997 bajo el radicado Nº 008-139990, aunque no se tiene dato de su contenido. GELVEZ GELVEZ, ARQUIMEDES Itinerario Suboficial responsable de que el 12 de octubre de 1982, efectivos militares de una patrulla bajo su mando detuvieran, desaparecieran, torturaran y asesinaran al campesino Hernán Pérez Alfonso en Sabana de Torres (Santander). No se tiene información de investigación alguna al respecto. GUTIERREZ ISAZA, MARINO ALBERTO Itinerario Nació en Pácora (Caldas) en 1940. En 1971 tenía el grado de Capitán y se encontraba vinculado al Batallón Galán. En 1972, entre enero y mayo adelantó curso de Oficial de Inteligencia Militar. En 1977 tenía el rango de Mayor. El 3 de enero de 1979, la médica Olga López Jaramillo y su hija Olga Helena Roldán López, de 5 años, fueron torturadas luego de ser detenidas, hacia las 4 a.m. , durante allanamiento a su vivienda, por miembros de la Brigada de Institutos Militares BIM, en Bogotá. El Mayor Gutiérrez Isaza, ayudante de campo del Comandante de la Escuela de Infantería, instalaciones de la BIM, al referirse a las torturas y maltratos a que eran sometidos los detenidos que se encontraban en la guarnición militar afirmó: “si es necesario que los militares violemos la Constitución y las leyes para evitar que unos h.p criminales acaben con este país, no quepa la menor duda de que estamos dispuestos a hacerlo”. Un año mas tarde, 1980, Gutiérrez Isaza fue alumno de la Escuela Superior de Guerra, al termino de la cual fue ascendido a Teniente Coronel, según el decreto 3183 del 28 de noviembre de 1980; ese mismo año recibió la condecoración Orden al Mérito Militar José María Córdova, en el grado de Oficial, mediante el decreto 1923 del 21 de julio de 1980. Durante los años de 1981 y 1982 se desempeño como Comandante del Batallón de Policía Militar No. 4. En el Barrio Belén-Rincón en Medellín (Antioquia), el 26 de mayo de 1982, Gustavo Albeiro Muñoz Hurtado fue detenido por unidades de Policía militar. Desde esa fecha, Gustavo Albeiro Muñoz permanecería siempre desaparecido, hasta el 4 de julio de 1982, cuando su cadáver fue hallado en cercanías a Sahagún (Córdoba). Días antes de la detención-desaparición, unidades militares realizaron varios allanamientos en el Barrio Belén Rincón e indagaron por Gustavo Albeiro Muñoz Hurtado. En los archivos de la IV Brigada, fueron hallados un informe de inteligencia (RESIN No. 22) y un oficio (No. 1470/BR4/BAPOM/S2/212) del Comandante del Batallón de Policía Militar, Oficial Gutiérrez Isaza, donde se registra la captura de Muñoz Hurtado por efectivos de esa unidad. En 1982 recibió la condecoración por Servicios Distinguidos en Orden Público, por primera vez, según el decreto 3218 del 12 de noviembre de dicho año. Al años siguiente, 1983, regresó a la Escuela Superior de Guerra. En 1984 fue designado director de la Escuela de Artillería, allí fue condecorado con la Orden al Mérito Militar Antonio Nariño, en el grado de Comendador, mediante el decreto 1719 de dicho año. Al año siguiente fue instructor invitado de la Escuela de las Américas en el Fuerte Benning de los Estados Unidos, según decreto 3148 de 1984. A su regreso fue ascendido a Coronel según el decreto 3455 del 26 de noviembre de 1985. En 1986, se encontraba vinculado al Batallón Palagua, entonces participó en las torturas y tratos crueles a que fueron sometidos los socios de la finca La Mundial (que había sido propiedad de la familia de Álvaro Uribe Vélez), luego de una negociación que llevó a que esta fuera entregada a los trabajadores. En 1987 recibió la condecoración medalla por servicio al mérito del Gobierno de los Estados Unidos, según el decreto 1590 de 1987. Fue nombrado jefe del Estado Mayor de la III División en 1988, allí la Gobernación del Valle del Cauca le condecoró con la medalla Joaquín de Caicedo y Cuervo, mediante los decretos 632 y 633 de 1988. Fue enviado como adjunto Militar de la Embajada de Colombia en los Estados Unidos del 16 de julio de 1988 al 31 de julio de 1989, según decreto 834 de 1988. En 1990 fue ascendido a Brigadier General, mediante decreto 28 31 del 23 de noviembre de dicho año. Entre noviembre de 1991 y noviembre de 1992, se desempeñó como Comandante de la XIV Brigada. Por este tiempo, exactamente entre el 1 de junio y el 25 de agosto de 1992, los paramilitares Diego Luis Cataño Hernández, Diego Alexander López Salazar, Milton Martínez Plata y José Alirio Ulloa Triana, miembros de apoyo de la Red de Inteligencia Nº 7 de la Armada con sede en Barrancabermeja (responsable de por lo menos 70 crímenes en el Magdalena Medio), fueron desaparecidos, torturados y asesinados en Puerto Parra. El 4 de junio, el Oficial Gutiérrez Isaza, admitió ante los familiares que las víctimas habían sido detenidas porque “existía una orden de captura de un Juzgado”; también les dijo que lamentaba lo ocurrido y que les ayudaría a buscar los cadáveres. ANÁLISIS DE IMPUNIDAD El Juzgado 50 de Instrucción Penal Militar inició las diligencias preliminares por la desaparición de Muñoz Hurtado, y archivó el caso el 14 de septiembre de 1982. Al aparecer el cuerpo de Muñoz Hurtado, el Juzgado Segundo Superior de Montería (Córdoba) inició un proceso por homicidio y oyó en indagatoria al Oficial Gutiérrez Isaza el 14 de mayo de 1983. El proceso pasó a la Jurisdicción Penal Militar (Sumario 850 Juzgado 12 de Instrucción Penal Militar), donde este Oficial fue sobreseído definitivamente el 2 de septiembre de 1985. La Procuraduría Delegada Para las Fuerzas Militares inició una investigación por este mismo hecho, las cual fue archivada dos veces sucesivamente, sin que se formularan cargos contra el Oficial Gutiérrez Isaza. Por la detención, desaparición, torturas y asesinato cometidos contra Diego Cataño, Diego Alexander López, Miltón Martínez y José Ulloa, en ningún momento de la investigación disciplinaria se vínculo al proceso al Brigadier General Gutiérrez Isaza. HUEPO RAMÍREZ, RICARDO Itinerario Suboficial adscrito al Batallón de Infantería No. 2 “Antonio José Sucre” con sede en Chiquinquirá. Participó en la detención y torturas infligidas a Eladio Castellanos el 3 de enero de 1981 en La Paz (Santander). No se tiene información de procesos al respecto. LONDOÑO MORALES, GILBERTO Itinerario El 22 de enero de 1995, el campesino Carlos Arturo López Zuvieta, fue torturado y asesinado, en el corregimiento Los Canelos de Santa Rosa del Sur (Bolívar), por miembros del Batallón de Contraguerrillas Nº 33 Cacique Lutaima, adscrito al Comando Operativo Nº 9 del Ejército, cuya sede estaba ubicada en el municipio de Zaragoza (Antioquia). El Cabo Primero Londoño Morales participó en el operativo en cuyo desarrollo fue asesinado Carlos Arturo. El Suboficial Londoño Morales no fue vinculado a investigación penal o disciplinaria por estos hechos. LUMPAQUI GUTIERREZ, PORFIDIO Itinerario El 4 de septiembre de 1993, los campesinos y dirigentes comunales Ángel Omairo Quintero Durán y Orlando Lázaro, fueron detenidos, torturados y amenazados por militares de la Brigada Móvil Nº 2 y el Batallón de Infantería Nº 15 “Santander”, y por miembros de la SIJIN de la Policía, en La Playa (Norte de Santander). En los operativos participó el Cabo del ejército Porfidio Lumpaqui Gutiérrez, quién los amenazó de muerte. Por su participación en la detención, torturas y amenazas contra dos dirigentes comunales de La Playa, no se tiene dato de investigación en su contra. MARTINEZ, WILLIAM FERNANDO Itinerario Tropas bajo su mando del Batallón de Artillería No. 1 Tarqui, el 25 de febrero de 1989, asesinaron al campesino Marco Tulio Carvajal Lozano, de 9 años, en la vereda Sirguaza de Carcasí (Santander). ANALISIS DE LA IMPUNIDAD La investigación fue iniciada por la Procuraduría Regional de Santander. A ella fue vinculado William Fernando Martínez. Posteriormente, el 4 de febrero de 1993, la Procuraduría Delegada para las Fuerzas Militares, archivo la investigación por falta de mérito razonando que la muerte del menor no es posible atribuirla a la tropa por cuanto estos respondieron a una agresión injusta durante la cual, en el intercambio de disparos, infortunadamente falleció el niño Marco Tulio Carvajal por encontrarse en el lugar donde se desarrollaban los enfrentamientos. MELO CALVO, ANDRES Itinerario Soldado. Responsable directo del asesinato, el 17 de octubre de 1993, del joven artista John Harold Ortega y las heridas causadas a un campesino, en la inspección departamental La Granja en Sucre (Santander). No se tiene información acerca de investigación alguna adelantada en su contra. OSPINA, GILDARDO JOSE Itinerario El 28 de marzo de 1992, los campesinos y hermanos Rigoberto, Daniel y Hermides Bautista Ascanio, fueron detenidos, torturados y asesinados por miembros del ejército pertenecientes al Batallón de Infantería de Montaña Nº 18 “Coronel Jaime Rooke”, en zona rural de Convención (Norte de Santander). En el hecho participó el Sargento Segundo Ospina. Por su participación en la detención, torturas y asesinato de los hermanos Bautista Ascanio, no se tiene dato de investigación en contra de este suboficial. REYES HERNÁNDEZ HECTOR Itinerario Sargento Segundo. Tropas bajo su mando, el 5 de febrero de 1987 asesinaron a los campesinos Mauricio Castro, de 40 años, Irma Vera Peña, de 22 años, y a Cuatro Hombres y Una Mujer; y torturaron a José Delfín Torres Castro, compañero permanente de Irma, Marina Peña, Andrés Piza, Félix Julio Ramírez Peña, de 12 años, y Miguel Antonio Pacheco Monsalve, en el sitio Piedra Azul de la vereda Río Colorado, municipio de Concepción (Norte de Santander). El Suboficial Reyes Hernández no fue investigado penal ni disciplinariamente. RODRÍGUEZ DIAZ-GRANADOS, MANUEL Itinerario El 5 de febrero de 1987, tropas bajo su mando asesinaron a los campesinos Mauricio Castro, de 40 años, Irma Vera Peña, de 22 años, y a Cuatro Hombres y Una Mujer; y torturaron a José Delfín Torres Castro, compañero permanente de Irma, Marina Peña, Andrés Piza, Felix Julio Ramírez Peña, de 12 años, y Miguel Antonio Pacheco Monsalve, en el sitio Piedra Azul de la vereda Río Colorado, municipio de Concepción (Santander). Cuatro años después, el 7 de abril de 1991, Olvar Ariel Gómez, Santiago Lasso Bolaños, Yenny Prieto Rengifo, Leoncio Muñoz Mellizo, Libardo Nieves Dorado, José Belisario Dorado Muñoz, Hernando Rosero, Rubén Joaquín Ruano, Adán Ruano Daza, Henry Suárez Villa, Pastora García, Adriana López, Alejandro Salazar Paz, Saúl Espinoza, Alfonso Chilito Ruano y Wilson Gil Velásquez, fueron asesinados por miembros de la Unidad de Contraguerrilla Aguila 2 del Batallón José Hilario López, en el corregimiento Los Uvos de La Vega (Cauca). El Mayor Rodríguez Díaz-Granados, comandante del puesto de mando atrasado, presentó denuncia, ante la Procuraduría Departamental del Cauca, contra los frentes 6, 8 y 29 de las FARC, sindicándolos de la masacre. ANALISIS DE LA IMPUNIDAD Por la masacre de la vereda Río Colorado, no se conoce de investigaciones llevadas por estos hechos contra el Mayor. Por la masacre de Los Uvos del 7 de abril de 1991, la Procuraduría solicitó, el 29 de julio de 1994 se le suspendiera en el cargo por quince días. ROJAS GALINDO, JORGE ERNESTO Itinerario Entre el 1 de junio y el 25 de agosto de 1992, los paramilitares Diego Luis Cataño Hernández, Diego Alexander López Salazar, de 17 años, conocido como “Rastrillo”, Miltón Martínez Plata y José Alirio Ulloa Triana, conocido como “Carlos Villa”, miembros de apoyo de la Red de Inteligencia Nº 7 de la Armada con sede en Barrancabermeja (responsable de por lo menos 70 crímenes en el Magdalena Medio), fueron desaparecidos, torturados y asesinados en Puerto Parra (Santander). En el crimen participó directamente el Capitán Rojas Galindo. ANALISIS DE IMPUNIDAD Por su participación en la desaparición, torturas y asesinato de las cuatro víctimas, la Procuraduría Delegada Para la Defensa de los Derechos Humanos mediante providencia del 20 de mayo de 1997 sancionó al Capitán Rojas Galindo con suspensión en el ejercicio del cargo sin remuneración por el termino de 90 días. Sin embargo la Procuraduría General de la Nación resolviendo recurso de apelación impuesto por el sancionado en el anterior pronunciamiento, decidió en fallo del 25 de agosto de 1997 declarar prescrita la acción disciplinaria y por tanto cesar todo procedimiento en contra de los implicados, “porque desde la fecha de la realización de las conductas cuestionadas hasta este momento ha transcurrido el termino de cinco (5) años (sic) para que opere el fenómeno jurídico de la prescripción.” RUBIANO NEIRA, GILDARDO Itinerario Cabo segundo que participó junto con otros militares el 8 de mayo de 1994, en la detención y asesinato del campesino José Concepción Pérez Llanos, ocurrido en zona rural de Cáchira (Norte de Sntander). ANALISIS DE IMPUNIDAD La Procuraduría Delegad Para los Derechos Humanos, mediante expediente 00800463 de 23 de Julio de 1998, decidió retirar del servicio al suboficial Gildardo Rubiano y los otros militares implicados. Consideró el despacho que se excedieron en su actuaciones, y que sus afirmaciones no concuerdan ni con las pruebas periciales, ni con los testimonios recogidos. TAVERA CARDONA, CESAR AUGUSTO Itinerario El 22 de enero de 1995, el campesino Carlos Arturo López Zuvieta, fue torturado y asesinado, en el corregimiento Los Canelos de Santa Rosa del Sur (Bolívar), por miembros del Batallón de Contraguerrillas Nº 33 Cacique Lutaima, adscrito al Comando Operativo Nº 9 del Ejército, cuya sede estaba ubicada en el municipio de Zaragoza (Antioquia). El operativo, en cuyo desarrollo fue asesinado Carlos Arturo, estuvo al mando del Teniente Cesar Augusto Tavera Cardona. ANALSIS DE IMPUNIDAD El 15 de marzo de 1995, el Cuerpo Técnico de Investigación -CTI- de El Bagre (Antioquia) envió a la Procuraduría Departamental de Antioquia el “Informe Mensual Violaciones a Derechos Humanos”. El 30 de mayo de 1995, el informe fue remitido a la Procuraduría Provincial de Caucasia (Antioquia). El 21 de junio de 1995 ese despacho lo remitió por competencia a la Procuraduría Provincial de Magangué, donde se le asignó el radicado Nº 045-000650. El 22 de febrero de 1996, fue remitido el proceso, por competencia territorial, a la Procuraduría Provincial de Barrancabermeja, donde se le asignó el radicado Nº 062-007704. Esta provincial luego de valorar las diferentes pruebas, plantea que existe la “probabilidad de que los miembros del Ejército hayan asesinado de manera brutal y bárbara al señor Carlos Arturo, esta conclusión encuentra respaldo al examinar la necropsia y el acta de levantamiento… y en especial el análisis de los tiros que se encontraron en la humanidad de Carlos Arturo, pues aparece que tiene un disparo que le quitó gran parte de la cabeza y varias otras heridas de disparos por sus extremidades y cuerpo y además su cuerpo presentaba quemaduras y una laceración, situación que fortalece aún más la tesis de que el señor Carlos Arturo fue muerto en circunstancias ajenas a un combate”. En razón a que estaba involucrado en el hecho un oficial del Ejército, el proceso fue remitido, el 10 de abril de 1996, a la Procuraduría Delegada para las Fuerzas Militares, donde se le asignó el radicado Nº 022-002539-1996, y se abrió investigación disciplinaria contra el Teniente César Augusto Tavera Cardona, el 31 de julio de 1997. El 23 de febrero de 1998 el ente gubernamental elevó pliego de cargos contra Tavera Cardona, al considerar que “pudo incurrir en irregularidades por posible extralimitación de funciones en el operativo… al permitir que personal bajo su mando diera de baja al señor Carlos Arturo, quien presumiblemente se hallaba en estado de indefensión, para posteriormente informar a sus superiores que se había dado de baja a dos subversivos como resultado de enfrentamiento armado, ocultando la verdad de lo sucedido”. El 27 de julio de 1998, la Procuraduría Delegada para las Fuerzas Militares resolvió absolver al Teniente Tavera Cardona, al considerar que “los militares reaccionaron ante la agresión… se trató ni más ni menos que de u reflejo defensivo frente al inesperado ataque… en cuanto tiene que ver con las laceraciones y aparentes quemaduras observadas en el cuerpo de la víctima, esto pudo haberse debido al hecho de que el cadáver tuvo que ser fuertemente atado y así trasladado, también amarrado sobre el ejemplar caballar que lo transportó”. El 15 de febrero de 1999, en fallo se segunda el Procurador General de la Nación confirmó la providencia de la Delegada para las Fuerzas Militares. TRIANA ZARATE, ALIRIO Itinerario El 22 de julio de 1988, el anciano Cecilio Torres Duarte y su nieta Dominga Jaimes fueron torturados por miembros del Batallón de Artillería No. 1 Tarqui, al mando del Cabo Primero Alirio Triana Zarate en el páramo de La Leona, en Carcasí (Santander). ANALISIS DE IMPUNIDAD La investigación fue asumida por el Juzgado 12 de Instrucción Penal Militar de Sogamoso (información de una organización de Derechos Humanos). El 15 de mayo del 2000, el Comando de la V Brigada, en respuesta a Derecho de petición, informó que en el Juzgado 12 de Instrucción Penal Militar, despacho que instruye las investigaciones del Batallón Tarqui, no se encontró investigación relacionada con el hecho. El 25 de mayo del 2000, en respuesta a Derecho de Petición, el Comando de la II División del Ejército informó que “solicitada la información a los juzgados 12 y 25 de Instrucción Penal Militar, no se encontró anotación alguna relacionada con estos hechos”. Por otro lado, la Procuraduría Delegada para las Fuerzas Militares inició investigación disciplinaria. El 2 de enero de 1991 fue archivada basándose en la sentencia del tribunal militar por el principio “non bis in ibidem”, con base a que el Tribunal Disciplinario del batallón de Artillería Nº 1 Tarqui de la I Brigada el 16 de Diciembre de 1988 condenó al Cabo Primero Triana a la separación absoluta de las fuerzas militares. ZÚÑIGA CHAPARRO, HERNANDO CAMILO Itinerario Entre el 9 y el 11 de septiembre de 1977, los miembros del Ejercito de Liberación Nacional -ELN- Omaira Del Socorro Montoya Henao y Mauricio Trujillo Uribe fueron detenidos y torturados en Barranquilla (Atlántico), y Omaira fue desaparecida, por miembros del B-2 del Ejército, del F-2 de la Policía y del Departamento Administrativo de Seguridad -DAS-. El Teniente Coronel Hernando Camilo Zuñiga Chaparro, 2º comandante del Batallón de Inteligencia y Contrainteligencia Charry Solano (BINCI), fue quién dio la orden de capturar y torturar a las víctimas, a quienes venían siguiendo sus hombres desde la Capital de la República. Entre el 17 y 19 de julio de 1988, el educador y militante del Frente Popular, Rey María Salazar Tapasco, quien trabajaba en la Concentración Escolar Santander de Riosucio y estaba vinculado a la Subdirectiva Educal, fue torturado y asesinado por miembros del Batallón San Mateo, al mando del Subteniente Gustavo Adolfo Duque Rodríguez, cuando se dirigía del corregimiento San Lorenzo a la cabecera municipal de Riosucio (Caldas), en un vehículo de servicio público. Al parecer, este crimen hizo parte de un plan militar conocido como “Operación Milésima”, dirigido por el Brigadier General Hernando Camilo Zúñiga Chaparro, Comandante de la VIII Brigada, el cual se inició el 4 de junio de 1988, siendo detenidas y torturadas 19 personas, acusadas de pertenecer al Ejército Popular de Liberación -EPL-, en el eje cafetero. El oficial Zúñiga Chaparro certificó la detención del educador y justificó su muerte asegurando que el educador era miembro del EPL y estaba sirviendo de guía a la patrulla que lo detuvo y en las primeras horas de la mañana la patrulla fue atacada “siendo dado de baja el mencionado señor”. El 30 de noviembre de 1992, los campesinos Antonia Paguena Salas, Nasario Paguena Barrios, María Encarnación Salas Flórez, Raquel Paguena Salas, Elías Paguena Salas, Margarita Paguena Salas, Eufemia Paguena Salas, Daniel Paguena Salas, Delfina Paguena Salas y Luis Antonio Paguena Salas, todos integrantes de una misma familia, fueron torturados por miembros del Ejército en un operativo de registro y control que se llevó a cabo en la vivienda de la familia Paguena Salas, ubicada en la vereda La Floresta en San Pablo (Bolívar). Allí retuvieron a varios miembros de la misma, los maltrataron físicamente y de palabra, mientras uno de los uniformados identificado como el Sargento Segundo Robert Galvis Vargas, procedió a hacer salir de la vivienda a la menor Antonia, de 13 años, bajo amenazas, con su arma de dotación y con un puñal, y luego la violó. El Mayor General Zúñiga Chaparro, como Comandante General de la Fuerzas Militares, omitió la investigación del delito de torturas y el procesamiento y la sanción de todos los militares comprometidos en el hecho. No se conoce de investigación alguna a la que haya sido vinculado el alto oficial por su participación en estos hechos. 2.SEGÚN ESTRUCTURA POLICIAL En este apartado ponemos a continuación los itinerarios de los policías responsables de la comisión de crímenes de lesa humanidad en la Zona V que comprende la totalidad de los municipios de Norte de Santander, Santander (excepto la localidad de Cimitarra), 11 municipios del departamento de Bolívar y 6 del departamento del César. Las estructuras policiales que hacen presencia son: Departamento de Policía de Santander (DESAN) Departamento de Policía de Norte de Santander (DENOR) Departamento de Policía de Bolívar (DEBOL) Departamento de Policía del Cesar (DECES) SIJIN (organismo de inteligencia para cada Departamento de Policía) La presentación de los itinerarios de los policías se hace partiendo, en primer lugar, de la SIJIN, dividiendo los miembros adscritos a este organismo de inteligencia pertenecientes al DESAN o al DENOR o que estuvieron en el antiguo F-2 (cuerpo que vino a ser remplazado por la SIJIN), efectuando para cada estructura por separado un breve análisis de su operatividad que sobresale particularmente en la comisión de crímenes de lesa humanidad. En segundo lugar describimos los itinerarios de los uniformados adscritos propiamente a los Departamentos de Policía (DESAN, DENOR, DEBOL y DECES), mostrando por último a los agentes vinculados al Departamento Administrativo de Seguridad DAS. 2.1. Sijin-Desan Antes de proseguir con cualquier afirmación respecto de la SIJIN en el departamento de Santander, es menester anotar que los responsables cuyos itinerarios se detallan a continuación, ubican sus acciones en las dos ciudades con mayor importancia de este territorio: Barrancabermeja y Bucaramanga, especialmente la segunda. En esta medida, los patrones y delineamientos de la operatividad de este organismo de inteligencia de la policía, difieren de acuerdo al lugar del hecho. En cuanto a la capital santandereana, la mayoría de las acciones de la SIJIN se circunscriben a un solo lema: la lucha contra la delincuencia. Se diferencia de lo ocurrido en Cúcuta porque no se utilizo en beneficio de la práctica de la “limpieza social”, pero si es paritaria respecto del blanco de los desafueros y diatribas implementados por los uniformados: los delincuentes, rotulo que le imponían a cualquier persona implicada o no en la realización de un delito. De la misma manera, hacían uso del instrumento por excelencia para supuestamente escarmentar, u obtener información de otras conductas punibles: las torturas, las cuales se infligían sin importar el sitio en que se llevaran a cabo (contrario a la SIJIN de Cúcuta). Así, la punición de los delitos pasaba de manos de un juez legal y legítimamente constituido a simples policías que se movían, no por los mandatos legales y constitucionales, sino por su propio arbitrio y voluntad. Por otro lado, y en complemento de las torturas, los miembros de la SIJIN en Bucaramanga estructuraron el sicariato como modalidad operativa propia para afrontar la criminalidad. Varios agentes se encontraron implicados directa o indirectamente en dicha empresa. La ejecución de los asesinatos era una tarea común para todos estos, donde cada uno a su modo participaba para garantizarle éxito. En consecuencia, la mejor manera de acabar con los delincuentes de la ciudad era asesinándolos a sangre fría, sin consideración alguna. La vinculación de particulares como auxiliares, e incluso como partícipes materiales de los crímenes de los agentes de la SIJIN, era un aliciente mas para la efectividad de este mecanismo. No obstante, el sicariato también lo emplearon los agentes en función de salvaguardar su integridad e intereses en la institución, y así la continuidad de los asesinatos. Las acciones cometidas por los miembros de la SIJIN en Barrancabermeja difieren de lo sucedido en Bucaramanga por el objeto de los crímenes, acompasado con los procedimientos del ejército en el puerto petrolero: la lucha contrainsurgente. En su desarrollo la práctica sistemática de detenciones y torturas era la clave para combatir los supuestos insurgentes, castigar su infundada pertenencia a grupos guerrilleros y de paso obtener información a efectos de desvertebrar sus redes. Particularmente las víctimas eran residentes de los sectores populares de Barrancabermeja, zona que para los organismos de seguridad estatales se comprende como “foco guerrillero”. Por tanto, conforme a este juicio, los agentes de la SIJIN justificaban las aprehensiones y los vejámenes a que eran sometidos quienes vivían en los barrios nororientales o surorientales de la ciudad, pues se entendían como actos propios de la lucha antisubversiva en la que cualquier ciudadano era un potencial enemigo. ALDANA SILVA, EDILBERTO Itinerario Agente. Participó con otros uniformados en el allanamiento, detención y torturas infligidas a Jorge Hernández Reales, en hechos ocurridos el 2 de mayo de 1988 en Barrancabermeja (Santander). ANALISIS DE IMPUNIDAD La Procuraduría Delegada Para la Policía Nacional, con providencia del 18 de enero de 1993 decidió sancionar a los uniformados implicados considerando que existían pruebas suficientes del comportamiento inhumano que tuvieron estos con la víctima, por tanto le impuso al Agente Aldana una suspensión en el ejercicio del cargo por 10 días sin derecho a remuneración. ALVAREZ AYALA, FABIO, Itinerario Agente. Entre el 2 y el 3 de febrero de 1994, participó de la detención y torturas infligidas a Pablo Antonio Gutiérrez Morales y Alcides Silva Badillo en hechos ocurridos en Barrancabermeja (Santander). ANALISIS DE IMPUNIDAD Por su participación en las torturas a Pablo Gutiérrez y Alcides Silva, el Juzgado 139 de Instrucción Penal Militar, adscrito al Departamento de Policía de Santander, lo vinculó por el delito de Privación ilegal de la Libertad de Pablo Antonio Gutiérrez Morales y el 20 de marzo de 1998 se abstuvo de imponerle medida de aseguramiento. No fue vinculado a la investigación disciplinaria. AMOROCHO ROZO, JAIME HUMBERTO Itinerario Egresado de la Escuela de Cadetes “Francisco de Paula Santander”. Posteriormente paso a la SIJIN en Bucaramanga teniendo el grado de Capitán. Estando allí, durante 1991, efectivos del organismo de inteligencia tenían un grupo que se dedicó a cometer varios delitos en la capital santandereana. Existen indicios de la participación, o por lo menos del conocimiento que tenía el Oficial Amorocho de estos delitos. El 8 de agosto de 1991, Francisco Vera Vera contratista de ECOPETROL, Luis Francisco Lozano Gómez, Jorguin Vera Vera, Tiburcio Ramírez Pulido, Álvaro Barón Martínez y Reynaldo Ruiz Ballesteros, fueron asesinados por agentes de la SIJIN, dentro de los cuales estaban Néstor Raúl Izaquita y Gilberto Delain Mendoza, en Bucaramanga. Según la declaración de Reynaldo Malaver Duran, particular que fue cómplice en algunos crímenes ejecutados por el personal de la SIJIN, luego de enterarse de la muerte de los Vera Vera, los agentes mencionados lo invitaron a celebrar en la casa donde vivía Izaquita; al llegar al lugar se encontró con este y varios policías, entre ellos el Capitán Amorocho. Igualmente, el 23 de enero de 1992, participó en las torturas infligidas a Mario Matajira Ochoa, en la ciudad de Bucaramanga. Para 1993, Amorocho Rozo se desempeñaba como subdirector de la SIJIN de Bogotá. Tiempo después fue ascendido a Mayor. ANALISIS DE IMPUNIDAD La Fiscalía Regional de Cúcuta en providencia del 23 de junio de 1994, dicto medida de aseguramiento consistente en detención preventiva a Reynaldo Malaver Duran, y los agentes Gilberto Delain Mendoza y Néstor Raúl Izaquita, por los cargos de concierto para delinquir y homicidio agravado por los hechos sucedidos el 8 de agosto de 1991, debido a los graves indicios que existían de la presunta participación de los sindicados; en tanto que de el Capitán Jaime Humberto Amorocho Rozo, no lo vínculo al proceso, ordenando la revocación de la vinculación existente mandada en 1993 por el Fiscal Regional de la Unidad de Vida de Bucaramanga. Por las torturas infligidas a Mario Matajira Ochoa, la Procuraduría Delegada Para la Defensa de los Derechos Humanos, en falló del 19 de diciembre de 1997, absolvió sin mayor consideración de toda responsabilidad al Oficial Amorocho Rozo, por “la cantidad de contradicciones e imprecisiones que incurrió el testimonio del quejoso”, que le hacen perder credibilidad, aunado a la falta de confirmación de su versión, a pesar de que el ente gubernamental tuvo por probadas las lesiones sufridas por la víctima. ANGULO MACUASE, BERNARDO Itinerario El día 21 de marzo de 1994 los señores Javier Poveda, Nilson Alberto Rojas Rangel, Alberto Rojas, Jose Antonio Muñoz y Eduardo Pardo fueron detenidos y torturados por personal de la SIJIN de San Gil (Santander), entre los que se encontraba el Agente Angulo, en hechos sucedidos en este mismo municipio. El 14 de mayo de 1995 a las 5:30 a.m., Ángel María Figueroa Suárez fue detenido, torturado y sindicado luego de ser allanada su residencia y un rato después fue detenido y torturado Tito Ruiz Orjuela, por ocho integrantes de la SIJIN vestidos de civil, en la vereda Los Cauchos del Corregimiento Los Cauchos del municipio de Mogotes (Santander). Angulo Macuase, que para entonces era cabo estuvo involucrado directamente en los acontecimientos. ANALISIS DE IMPUNIDAD Por lo sucedido el 21 de marzo de 1994, se abrió la investigación disciplinaria bajo el radicado 008-000082 el 13 de febrero de 1997, para luego formular cargos contra el Subintendente Angulo el 31 de octubre del mismo año. En fallo del 12 de enero de 1999, la Procuraduría Delegada para la Defensa de los Derechos Humanos considera que está suficientemente probada tanto la ocurrencia de las torturas como la autoría del uniformado de las mismas, por lo que decide sancionar con destitución (separación absoluta) del cargo a los encartado, aduciendo que su proceder a la luz de los tratados internacionales y el régimen constitucional colombiano se adecua a una falta gravísima que en ningún momento puede comprenderse como acto del servicio. Por los hechos que se presentaron el 14 de mayo de 1995 en Mogotes la Procuraduría Delegada para la Defensa de los Derechos Humanos, el 18 de noviembre de 1999, emitió Providencia dentro del expediente Nº 161-00195-00 radicado bajo el Nº 008-002475/97 absolvió de todos los cargos a los ocho agentes de policía implicados por considerar que no se encontraba probada la materialidad de la ocurrencia de los hechos que las víctimas denunciaban, por lo que al no haber certeza de los mismos tiene que darse aplicación al principio de presunción de inocencia. Posteriormente, el 5 de mayo de 2000, la Sala Disciplinaria de la Procuraduría General de la Nación, resolvió la consulta del fallo absolutorio de primera instancia, el cual fue confirmado en todas sus partes, esencialmente, porque la funcionaria de la fiscalía no se percató de las heridas producidas por las torturas y porque las víctimas no lo manifestaron así en las primeras indagatorias. AQUICHIRE PAEZ, JORGE SAUL Itinerario Agente adscrito a la SIJIN de Barrancabermeja. Participó en los siguientes hechos: Torturas infligidas a Maria Nelly Rodríguez, en hechos sucedidos en el año de 1991 en Barrancabermeja (Santander). Detención y torturas infligidas el 30 de octubre de 1991 a Estanislao Amaya y Nelson Jaimes Quintero en Barrancabermeja. ANÁLISIS DE IMPUNIDAD Por lo sucedido con Maria Nelly Rodríguez, la Procuraduría Provincial de Barrancabermeja realizó investigación bajo el radicado No. 062-006270, archivándola el 6 de enero de 1993. Por su participación en la detención y torturas a Estanislao Anaya y Nelson Jaimes Quintero, fue absuelto en la investigación interna del Cuarto Distrito de Policía de Barrancabermeja. La Procuraduría Delegada para la Defensa de los Derechos Humanos, en investigación radicada con el número 008-120418, archivó la investigación con base en el principio de “Non Bis In Idem” (cosa juzgada), a partir de los resultados de la investigación interna. ATARA GIL, NUMA POMPILIO Itinerario Agente. El 14 de mayo de 1995 participó en la detención, torturas y sindicación hecha a Ángel María Figueroa Suárez fue detenido, luego de haber sido allanada su residencia; y en la detención y torturas infligidas a Tito Ruiz Orjuela, junto con siete integrantes mas de la SIJIN vestidos de civil, en hechos ocurridos en la en la vereda Los Cauchos del Corregimiento Los Cauchos del municipio de Mogotes (Santander). ANALISIS DE IMPUNIDAD La Procuraduría Delegada para la Defensa de los Derechos Humanos, el 18 de noviembre de 1999, emitió Providencia dentro del expediente Nº 161-00195-00 radicado bajo el Nº 008-002475/97 absolvió de todos los cargos a los ocho agentes de policía implicados por considerar que no se encontraba probada la materialidad de la ocurrencia de los hechos que las víctimas denunciaban, por lo que al no haber certeza de los mismos tiene que darse aplicación al principio de presunción de inocencia. Posteriormente, el 5 de mayo de 2000, la Sala Disciplinaria de la Procuraduría General de la Nación, resolvió la consulta del fallo absolutorio de primera instancia, el cual fue confirmado en todas sus partes, esencialmente, porque la funcionaria de la fiscalía no se percató de las heridas producidas por las torturas y porque las víctimas no lo manifestaron así en las primeras indagatorias. BARAJAS, CONSTANTINO RAMON Itinerario Entre el 31 de agosto y el 1o de septiembre de 1989, Mario Aníbal Vanegas Portilla fue detenido y posteriormente torturado por los agentes del F-2 (SIJIN), entre los que se encontraba Constantino Ramón Barajas, en Bucaramanga. ANALISIS DE IMPUNIDAD El 5 de septiembre de 1989, la Procuraduría Regional de Bucaramanga inicio la indagación preliminar. Posteriormente, por auto del 21 de febrero de 1990, el expediente fue remitido a la Procuraduría Delegada Para la Defensa de los Derechos Humanos. El ente gubernamental considero que existía mérito suficiente para abrir investigación disciplinaria, y así lo dispone el 29 de mayo del mismo año contra los agentes del F-2 (SIJIN) de Bucaramanga, por haber infligido torturas físicas a Mario Aníbal Vanegas. Tiempo después, la Procuraduría Delegada en fallo del 2 de octubre de 1990 decidió sancionar a los policías endilgados con suspensión en el ejercicio del cargo por 30 días sin remuneración, encontrando “certeza probatoria” del obrar de los agentes del F-2 (SIJIN) por las torturas a que fue sometido Mario Vanegas. Los encartados interpusieron un recurso de reposición al proveído anterior, el cual fue resuelto negativamente el 28 de diciembre de ese año por el mismo organismo, por cuanto se dispuso la ratificación de la sanción. BARAJAS CAMELO, RODRIGO Itinerario Teniente de la SIJIN de Barrancabermeja. Participó en los siguientes hechos: Detención y torturas infligidas el 13 de agosto de 1991 a Efraín Serrano Becerra en su residencia ubicada en zona rural de Barrancabermeja (Santander). Detención y torturas infligidas a Estanislao Anaya y Nelson Jaimes Quintero, ocurridas el 30 de octubre de 1991 en Barrancabermeja. ANALISIS DE IMPUNIDAD Por la detención y torturas ocasionadas a Efraín Serrano, la Procuraduría Delgada para la Policía Judicial y la Policía Administrativa, realizó apertura de investigación bajo el radicado No. 015-133994 del 2 de septiembre de 1994 contra el Teniente Rodrigo Barajas Camelo. Posteriormente se elevo pliego de cargos, comunicado el 4 de noviembre de 1994. El 14 de mayo de 1996, se emitió fallo sancionatorio contra el oficial consistente en suspensión en el ejercicio del cargo sin remuneración por el término de treinta días. El 8 de agosto de 1996 se concedió recurso de apelación al implicado y se remitió el expediente al despacho a la Procuraduría General de la Nación, la cual el 29 de octubre se decretó la prescripción de la acción disciplinaria por haber transcurrido más de cinco años desde el momento en que se cometió la falta hasta el 13 de agosto de 1996 cuando se recibió el expediente en el despacho del señor Procurador. Mediante auto proferido el 20 de noviembre de 1998, la oficina de veeduría decretó el archivo definitivo de la investigación, toda vez que se demostró que en proceso adelantado contra el Policial mencionado, se realizaron las actuaciones procésales pertinentes y suficientes y no se observó inactividad por parte de los funcionarios que tuvieron a su cargo el expediente. Por su participación en la detención y torturas a Estanislao Anaya y Nelson Jaimes Quintero, fue absuelto en la investigación interna del Cuarto Distrito de Policía de Barrancabermeja. La Procuraduría Delegada para la Defensa de los Derechos Humanos, en investigación radicada con el número 008-120418, archivó la investigación con base en el principio de “Non Bis In Idem” (cosa juzgada), a partir de los resultados de la investigación interna. BAUTISTA PEÑA, EDWIN ALBERTO Itinerario El 14 de mayo de 1995, Ángel María Figueroa Suárez fue detenido, torturado y sindicado luego de ser allanada su residencia y un rato después fue detenido y torturado Tito Ruiz Orjuela, por ocho integrantes de la SIJIN vestidos de civil, en la vereda Los Cauchos del Corregimiento Los Cauchos del municipio de Mogotes (Santander). El Sargento Bautista Peña, organizó y dirigió el operativo durante el cual permitió que sus subalternos torturaran a los dos hombres. ANALISIS DE IMPUNIDAD La Procuraduría Delegada para la Defensa de los Derechos Humanos, el 18 de noviembre de 1999, emitió Providencia dentro del expediente Nº 161-00195-00 radicado bajo el Nº 008-002475/97 absolvió de todos los cargos a los ocho agentes de policía implicados por considerar que no se encontraba probada la materialidad de la ocurrencia de los hechos que las víctimas denunciaban, por lo que al no haber certeza de los mismos tiene que darse aplicación al principio de presunción de inocencia. Posteriormente, el 5 de mayo de 2000, la Sala Disciplinaria de la Procuraduría General de la Nación, resolvió la consulta del fallo absolutorio de primera instancia, el cual fue confirmado en todas sus partes, esencialmente, porque la funcionaria de la fiscalía no se percató de las heridas producidas por las torturas y porque las víctimas no lo manifestaron así en las primeras indagatorias. BELTRÁN GAMBOA, MARIO Itinerario Agente. Participó, el 14 de mayo de 1995 en la detención y torturas infligidas a Ángel María Figueroa Suárez y Tito Ruiz Orjuela, luego de un allanamiento a la vivienda del primero en la vereda Los Cauchos del Corregimiento Los Cauchos, municipio de Mogotes (Santander). ANALISIS DE IMPUNIDAD La Procuraduría Delegada para la Defensa de los Derechos Humanos, el 18 de noviembre de 1999, emitió Providencia dentro del expediente Nº 161-00195-00 radicado bajo el Nº 008-002475/97 absolvió de todos los cargos a los ocho agentes de policía implicados por considerar que no se encontraba probada la materialidad de la ocurrencia de los hechos que las víctimas denunciaban, por lo que al no haber certeza de los mismos tiene que darse aplicación al principio de presunción de inocencia. Posteriormente, el 5 de mayo de 2000, la Sala Disciplinaria de la Procuraduría General de la Nación, resolvió la consulta del fallo absolutorio de primera instancia, el cual fue confirmado en todas sus partes, esencialmente, porque la funcionaria de la fiscalía no se percató de las heridas producidas por las torturas y porque las víctimas no lo manifestaron así en las primeras indagatorias. BUITRAGO GARCIA, FELIX ESTEBAN Itinerario Agente adscrito a la SIJIN. Participó entre el 2 y el 3 de febrero de 1994, en la detención y torturas ocasionadas a Pablo Antonio Gutiérrez Morales y Alcides Silva, en Barrancabermeja (Santander). ANALISIS DE LA IMPUNIDAD Por su participación en las torturas a Pablo Gutiérrez y Alcides Silva, el Juzgado 139 de Instrucción Penal Militar, adscrito al Departamento de Policía de Santander, lo vinculó por el delito de Privación ilegal de la Libertad de Pablo Antonio Gutiérrez Morales y el 20 de marzo de 1998 se abstuvo de imponerle medida de aseguramiento. No fue vinculado a la investigación disciplinaria. CALDERON TORRES, JAIME JESÚS Itinerario Agente. Participó, el 14 de mayo de 1995 en la detención y torturas infligidas a Ángel María Figueroa Suárez y Tito Ruiz Orjuela, luego de un allanamiento a la vivienda del primero en la vereda Los Cauchos del Corregimiento Los Cauchos, municipio de Mogotes (Santander). ANALISIS DE IMPUNIDAD La Procuraduría Delegada para la Defensa de los Derechos Humanos, el 18 de noviembre de 1999, emitió Providencia dentro del expediente Nº 161-00195-00 radicado bajo el Nº 008-002475/97 absolvió de todos los cargos a los ocho agentes de policía implicados por considerar que no se encontraba probada la materialidad de la ocurrencia de los hechos que las víctimas denunciaban, por lo que al no haber certeza de los mismos tiene que darse aplicación al principio de presunción de inocencia. Posteriormente, el 5 de mayo de 2000, la Sala Disciplinaria de la Procuraduría General de la Nación, resolvió la consulta del fallo absolutorio de primera instancia, el cual fue confirmado en todas sus partes, esencialmente, porque la funcionaria de la fiscalía no se percató de las heridas producidas por las torturas y porque las víctimas no lo manifestaron así en las primeras indagatorias. CAMARGO ORTIZ, CLAUDIA CECILIA Itinerario El 13 de Octubre 1994, el ex agente de policía Segundo Guillermo Crofoth Hernández y los señores Alberto Gómez León y Luis Gabriel López Rojas, fueron detenidos y posteriormente torturados por agentes de la SIJIN en Bucaramanga, entre los que se encontraba la agente Camargo Ortiz. ANALISIS DE IMPUNIDAD Por estos hechos, la Procuraduría Delegada Para la Defensa de los Derechos Humanos en auto del 7 de mayo de 1997, dictaminó presentar cargos por daño en bien ajeno, allanamiento irregular retención sin formula de juicio ni requerimiento legal, y por malos tratos constitutivos de torturas al Agente Camargo Ortiz. No obstante, mediante proveído del 10 de noviembre de 1999 el ente gubernamental decidió decretar la prescripción de la acción disciplinaria. CAMPUZANO, GERMAN DE JESÚS Itinerario El 14 de julio de 1992, Marcelino Cuesta Contreras fue detenido y posteriormente torturado por agentes de la SIJIN, luego de que uniformados allanaron su casa ubicada en el barrio Torcoroma, en Barrancabermeja. El Capitán Campuzano intervino en los hechos directamente. ANALISIS DE IMPUNIDAD Mediante providencia del 11 de junio de 1997, la Procuraduría Delegada Para la Defensa de los Derechos Humanos decretó la terminación del procedimiento respecto del Capitán Campuzano, debido a que este había fallecido. CASAS SEPÚLVEDA, TRINO ABEL Itinerario Entre el 2 y el 3 de febrero de 1994, Pablo Antonio Gutiérrez Morales, y Alcides Silva Badillo fueron detenidos y torturados por agentes de la SIJIN, entre ellos el Dragoneante Casas Sepúlveda, en Barrancabermeja (Santander). ANALISIS DE LA IMPUNIDAD Por su participación en las torturas a Pablo Gutiérrez y Alcides Silva, el Juzgado 139 de Instrucción Penal Militar, adscrito al Departamento de Policía de Santander, lo vinculó por el delito de Privación ilegal de la Libertad de Pablo Antonio Gutiérrez Morales y el 20 de marzo de 1998 se abstuvo de imponerle medida de aseguramiento. No fue vinculado a la investigación disciplinaria. CASTAÑO CABRERA, ORLANDO ANTONIO Itinerario Agente. Entre el 2 y el 3 de febrero de 1994, intervino directamente en la detención y torturas infligidas a Pablo Antonio Gutiérrez Morales y Alcides Silva Badillo, en hechos ocurridos en Barrancabermeja (Santander). Por su participación en las torturas a Pablo Gutiérrez y Alcides Silva, no fue vinculado a ninguna investigación. CASTILLO BARBOSA, HUMBERTO Itinerario El 7 de diciembre de 1993 a las 4:00 a.m., el mecánico empleado de Talleres Europa, Celiar Silva Lozada, de 37 años, fue detenido y torturado durante un allanamiento a su residencia ubicada en el barrio Las Granjas de Barrancabermeja (Santander) por agentes de la SIJIN, entre ellos Humberto Castillo Barbosa. Por estos hechos no se siguieron investigaciones al agente Castillo Barbosa CASTILLO CASALLAS, LUIS Itinerario El 7 de diciembre de 1993 a las 4:00 a.m., el mecánico empleado de Talleres Europa, Celiar Silva Lozada, de 37 años, fue detenido y torturado durante un allanamiento a su residencia ubicada en el barrio Las Granjas de Barrancabermeja (Santander) por agentes de la SIJIN, entre ellos Humberto Castillo Barbosa. Por lo sucedido a Celiar Silva Lozada, a este agente no se le adelantó investigaciones al respecto. CELIS HERNÁNDEZ, JUAN CARLOS Itinerario Para el 16 de Mayo de 1998, fecha en la que paramilitares de las Autodefensas Unidas de Santander y Sur del Cesar –AUSAC- asesinaron a ocho personas y desaparecieron a veinticinco en una incursión a los barrios nororientales y surorientales de Barrancabermeja (Santander), Celis Hernández era el Jefe de la SIJIN del puerto petrolero y tuvo conocimiento de los hechos sucedidos esa noche, pero no prestó ayuda a las personas que se la solicitaron. Además fue comisionado para verificar la información entregada por el DAS con anterioridad a los hechos sin que tomara ninguna medida. ANALISIS DE IMPUNIDAD El 27 de Agosto de 1999 la Comisión Especial Investigadora de la Procuraduría General de la Nación resolvió sancionarlo suspensión por quince días sin derecho a remuneración por no prestar ayuda a los familiares y amigos de las víctimas que acudieron a la Policía a solicitar ayuda, decisión confirmada en la resolución del recurso de apelación interpuesto ante la sala disciplinaria de la Procuraduría General de la Nación, decisión del 11 de Octubre de 2000. (Rad. 008-14383/98). CUBIDES MARIN JHON Itinerario Agente. El 7 de diciembre de 1993 participó en la detención y torturas infligidas a Celiar Silva Lozada, durante un allanamiento a su residencia ubicada en el barrio Las Granjas de Barrancabermeja (Santander). ANALISIS DE IMPUNIDAD Por estos hechos no se siguieron investigaciones disciplinarias o penales al Agente Cubides. CHAPARRO RAMÍREZ, LUIS FRANCISCO Itinerario Agente de la SIJIN de Barrancabermeja. Estuvo involucrado en los siguientes hechos: Detención y torturas infligidas a Marcelino Cuesta Contreras el 14 de julio de 1991, luego de un allanamiento efectuado a su casa ubicada en el barrio Torcoroma, en Barrancabermeja (Santander). Detención y torturas infligidas, entre el 2 y el 3 de febrero de 1994, a Pablo Antonio Gutiérrez Morales, y Alcides Silva Badillo en Barrancabermeja. ANALISIS DE IMPUNIDAD Por lo ocurrido a Marcelino Cuesta Contreras, la indagación preliminar se inició en la Procuraduría Delegada Para la Defensa de los Derechos Humanos. El 16 de noviembre de 1993, formulo pliego de cargos a los uniformados involucrados en los hechos. Luego en providencia del el 11 de junio de 1997, decidió sancionar con suspensión en el ejercicio del cargo sin derecho a remuneración por el término de 90 días al Cabo Primero Mario Rey Rodríguez y a los Agentes Santiago López Hinestroza, Casimiro Portilla Solano y Danilo Ruiz Suárez, por encontrarse firme convicción, a partir de las pruebas allegadas en el proceso, de que los uniformados fueron responsables de la detención y allanamiento ilegal, y las torturas infligidas a Marcelino, violándose su derecho a la libertad, a no ser retenido arbitrariamente, a la inviolabilidad del domicilio y el derecho a la integridad personal. Mientras tanto, respecto del agente Luis Chaparro Ramírez, la Procuraduría lo absolvió por aplicación del “in dubio pro disciplinado”, pues consideró que no se encontraba plena prueba de su participación en los hechos, sino solamente el señalamiento de Marceliano, el cual era dubitativo. Con todo, la misma Procuraduría Delegada en providencia del 24 de septiembre de 1997, al decidir sobre el recurso de apelación interpuesto por uno de los Agentes, observó que desde la fecha de la falta disciplinaria hasta esta decisión habían transcurrido mas de cinco años, por lo cual simplemente decretó la prescripción de la acción disciplinaria y por tanto el archivo de las diligencias. A juicio del ente disciplinario, no hubo negligencia manifiesta a pesar que el expediente dos años antes “se había refundido por ocho meses de los anaqueles de la Procuraduría, no siendo un retardo ostensible y protuberante … además de que por la cantidad de expedientes manejados en esta dependencia (la delegada), en un momento dado es aceptable que un registro pueda extraviarse sin dársele a la negligencia esa calificación (manifiesta)”. Por su participación en las torturas a Pablo Gutiérrez y Alcides Silva, el Juzgado 139 de Instrucción Penal Militar, adscrito al Departamento de Policía de Santander, lo vinculó por el delito de Privación ilegal de la Libertad de Pablo Antonio Gutiérrez Morales y el 20 de marzo de 1998 se abstuvo de imponerle medida de aseguramiento. No fue vinculado a la investigación disciplinaria. GALAN ALVAREZ, GONZALO Itinerario Agente. El 14 de mayo de 1995 participó en la detención, torturas y sindicación hecha a Ángel María Figueroa Suárez fue detenido, luego de haber sido allanada su residencia; y en la detención y torturas infligidas a Tito Ruiz Orjuela, junto con siete integrantes mas de la SIJIN vestidos de civil, en hechos ocurridos en la vereda Los Cauchos del Corregimiento Los Cauchos, municipio de Mogotes (Santander). ANALISIS DE IMPUNIDAD La Procuraduría Delegada para la Defensa de los Derechos Humanos, el 18 de noviembre de 1999, emitió Providencia dentro del expediente Nº 161-00195-00 radicado bajo el Nº 008-002475/97 absolvió de todos los cargos a los ocho agentes de policía implicados por considerar que no se encontraba probada la materialidad de la ocurrencia de los hechos que las víctimas denunciaban, por lo que al no haber certeza de los mismos tiene que darse aplicación al principio de presunción de inocencia. Posteriormente, el 5 de mayo de 2000, la Sala Disciplinaria de la Procuraduría General de la Nación, resolvió la consulta del fallo absolutorio de primera instancia, el cual fue confirmado en todas sus partes, esencialmente, porque la funcionaria de la fiscalía no se percató de las heridas producidas por las torturas y porque las víctimas no lo manifestaron así en las primeras indagatorias. FLOREZ ANAYA, LUIS ENRIQUE Itinerario Agente que el 2 de mayo de 1988, intervino directamente en la detención y posterior tortura en las instalaciones del F-2 (SIJIN) de Jorge Hernández Reales. Los hechos ocurrieron en Barrancabermeja (Santander). ANALISIS DE IMPUNIDAD La Procuraduría Delegada Para la Policía Nacional, con providencia del 18 de enero de 1993 decidió sancionar a los uniformados implicados considerando que existían pruebas suficientes del comportamiento inhumano que tuvieron estos con la víctima, por tanto les impuso una suspensión en el ejercicio del cargo sin derecho de remuneración, por 30 días al Suboficial Ríos, y por 10 días a los Agentes Aldana Silva y Flórez Anaya. Respecto de Ramírez Perdomo decretó cesación del procedimiento por su fallecimiento el 23 de septiembre de 1989. FLOREZ GRACIANO, OSCAR ANTONIO Itinerario Agente adscrito a la SIJIN. Estuvo entre los uniformados que el 2 y el 3 de febrero de 1994, detuvieron y torturaron a Pablo Antonio Gutiérrez Morales y Alcides Silva Badillo en Barrancabermeja (Santander). ANALISIS DE LA IMPUNIDAD Por su participación en las torturas a Pablo Gutiérrez y Alcides Silva, el Juzgado 139 de Instrucción Penal Militar, adscrito al Departamento de Policía de Santander, lo vinculó por el delito de Privación ilegal de la Libertad de Pablo Antonio Gutiérrez Morales y el 20 de marzo de 1998 se abstuvo de imponerle medida de aseguramiento. No fue vinculado a la investigación disciplinaria. FLOREZ PUENTES, JOSE RAUL Itinerario Agente de la SIJIN de Barrancabermeja. Participó en los siguientes sucesos. Detención y tortura de Celiar Silva Lozada durante un allanamiento a su residencia ubicada en el barrio Las Granjas de Barrancabermeja, el 7 de diciembre de 1993. Detención y torturas infligidas entre el 2 y el 3 de febrero de 1994, a Pablo Antonio Gutiérrez Morales, y Alcides Silva Badillo en Barrancabermeja (Santander). ANALISIS DE LA IMPUNIDAD Por su participación en las torturas a Pablo Gutiérrez y Alcides Silva, el Juzgado 139 de Instrucción Penal Militar, adscrito al Departamento de Policía de Santander, lo vinculó por el delito de Privación ilegal de la Libertad de Pablo Antonio Gutiérrez Morales y el 20 de marzo de 1998 se abstuvo de imponerle medida de aseguramiento. No fue vinculado a la investigación disciplinaria. GARNICA VEGA, JULIAN ALBERTO Itinerario Teniente. El 26 de abril de 1995 participó en la detención ilegal y las torturas infligidas a Adalberto Pedroso Gutiérrez y Víctor Julio Serrano Morales, en hechos sucedidos en Barrancabermeja (Santander). ANALISIS DE IMPUNIDAD La Procuraduría Provincial de Barrancabermeja, realizó investigación bajo el radicado No.062-000053. En providencia del 21 de agosto de 1998 ordenó el archivo de las diligencias debido a que el Oficial Garnica había sido investigado internamente por la Policía, proceso que determinó su responsabilidad y con sanción de multa, por lo cual hacía improcedente la actuación del ente gubernamental en aplicación del principio de “non bis in ídem”. GONZALEZ TIQUE, JOSE MANUEL Itinerario Suboficial de la SIJIN que actuó en Barrancabermeja y Bucaramanga. Asimismo estuvo en el Sur de Bolívar. Participó en los siguientes hechos: Detención y torturas infligidas entre el 21 y el 22 de octubre de 1991 a Nelson Noé Rojas Ovalle en Santa Rosa del Sur (Bolívar). Detención y torturas infligidas el 7 de diciembre de 1993 a Celiar Silva Lozada, durante un allanamiento a su residencia ubicada en el barrio Las Granjas de Barrancabermeja (Santander). Detención y torturas infligidas el 13 de Octubre 1994 al ex agente de policía Segundo Guillermo Hernández y los señores Alberto Gómez León y Luis Gabriel López Rojas, en Bucaramanga. ANALISIS DE IMPUNIDAD Por su participación en la detención y las torturas de Nelson Noé Rojas Ovalle, a pesar que la Procuraduría Delegada para los Derechos Humanos, en la investigación Nº 008-145028, lo sancionó el 8 de julio de 1996 con Suspensión por 30 días en el ejercicio del cargo, la Procuraduría General de la Nación lo absolvió el 21 de octubre de 1996. Frente a las detenciones y torturas infligidas a Segundo Guillermo Crofoth, Alberto Gómez y Luis Gabriel López el 13 de octubre de 1994, la Procuraduría Delegada Para la Defensa de los Derechos Humanos en auto del 7 de mayo de 1997, dictaminó presentar cargos por daño en bien ajeno, allanamiento irregular retención sin formula de juicio ni requerimiento legal, y por malos tratos constitutivos de torturas al Suboficial González Tique. No obstante, mediante proveído del 10 de noviembre de 1999 el ente gubernamental decidió decretar la prescripción de la acción disciplinaria. HERNÁNDEZ, JAIRO Itinerario El 14 de febrero de 1990, Jorge A. Flórez, fue herido de un disparo que le propinó el agente del F-2 Jairo Hernández, durante una concentración popular en Barrancabermeja (Santander). Este policía no fue involucrado a investigación alguna. HERNÁNDEZ CASTRO, HUMBERTO Itinerario Agente de la SIJIN de Barrancabermeja. Participó en los siguientes sucesos. Detención y tortura de Celiar Silva Lozada durante un allanamiento a su residencia ubicada en el barrio Las Granjas de Barrancabermeja, el 7 de diciembre de 1993. Detención y torturas infligidas entre el 2 y el 3 de febrero de 1994, a Pablo Antonio Gutiérrez Morales, y Alcides Silva Badillo en Barrancabermeja (Santander). ANALISIS DE LA IMPUNIDAD Por su participación en la detención y torturas infligidas a Celiar Silva Lozada, el Agente Hernández Castro no fue vinculado penal ni disciplinariamente. Por su participación en las torturas a Pablo Gutiérrez y Alcides Silva, el Juzgado 139 de Instrucción Penal Militar, adscrito al Departamento de Policía de Santander, lo vinculó por el delito de Privación ilegal de la Libertad de Pablo Antonio Gutiérrez Morales y el 20 de marzo de 1998 se abstuvo de imponerle medida de aseguramiento. No fue vinculado a la investigación disciplinaria. IZAQUITA OTERO, NESTOR RAUL Itinerario Agente de la SIJIN de Bucaramanga. Durante 1991, él junto con otros uniformados del organismo de inteligencia, cometieron una serie de crímenes que azotaron la capital santandereana. El 16 de julio de 1991 a las 5:20 P.M, Rodrigo Quintero Salazar fue asesinado por el agente de la SIJIN Gilberto Delain Mendoza, por ordenes del Cabo Cristian Murillo, y con la ayuda de Reynaldo Malaver Duran. El crimen se cometió en la lonchería “Marin”, ubicada en la Cll. 33 No. 13-18 de Bucaramanga. Se tienen indicios de que Néstor Raúl Izaquita tenía conocimiento del asesinato, pues según la indagatoria de Reynaldo Malaver Duran rendida a la Fiscalía seccional de Bucaramanga en 1993, cuando el Cabo Cristian Murillo le invitó a que colaborara “en un trabajo”, ofreciéndole quinientos mil pesos y una moto para ello, esta le fue entregada después por el agente Mendoza en presencia de Izaquita Otero. El 8 de agosto de 1991, Francisco Vera Vera contratista de ECOPETROL, Luis Francisco Lozano Gómez, Jorguin Vera Vera, Tiburcio Ramírez Pulido, Álvaro Barón Martínez y Reynaldo Ruiz Ballesteros, fueron asesinados por agentes de la SIJIN, dentro de los cuales estaban Néstor Raúl Izaquita, en Bucaramanga. Cuatro días después del asesinato de los Vera Vera, exactamente el día 12, el auditor de policía Jorge Enrique Velasco Flórez, fue asesinado por el agente Gilberto Delain Mendoza, en un bomba de gasolina ubicada en la avenida “La Rosita” con Cra. 20 de Bucaramanga. Izaquita Otero y Reynaldo Malaver Duran le prestaron ayuda al uniformado para cometer el asesinato. El crimen se dio porque los miembros de la SIJIN temían una delación del ultimado, pues este les había ayudado en el asesinato de los Vera Vera. ANALISIS DE IMPUNIDAD La Fiscalía Regional de Cúcuta en providencia del 23 de junio de 1994, dicto medida de aseguramiento consistente en detención preventiva a Reynaldo Malaver Duran, y los agentes Gilberto Delain Mendoza y Néstor Raúl Izaquita, por los cargos de concierto para delinquir y homicidio agravado por los hechos sucedidos el 8 de agosto de 1991, debido a los graves indicios que existían de la presunta participación de los sindicados. En las misma providencia, respecto del asesinato de Rodrigo Quintero, el ente acusador sostuvo que habían serios indicios de la participación de los agentes de la SIJIN, así como de Reynaldo Malaver Duran, pero se abstuvo de proferir medida alguna por el hecho, y solamente pidió la ampliación de las indagatorias. Así mismo, por el asesinato de Jorge Enrique Velasco, la Fiscalía solamente los compulso a ampliar sus indagatorias, “en tanto no se le formulen los cargos correspondientes en declaración injuriada”. JAIMES RODRÍGUEZ, VICTOR ALEXI Itinerario Cabo Segundo. Participó con otros efectivos de la SIJIN, el 13 de Octubre 1994, en la detención y posteriores torturas ocasionadas al ex agente de policía Segundo Guillermo Crofoth Hernández y los señores Alberto Gómez León y Luis Gabriel López Rojas, en Bucaramanga. ANALISIS DE IMPUNIDAD Frente a las detenciones y torturas ocurridas a Segundo Guillermo Crofoth, Alberto Gómez y Luis Gabriel López el 13 de octubre de 1994, la Procuraduría Delegada Para la Defensa de los Derechos Humanos en auto del 7 de mayo de 1997, dictaminó presentar cargos por daño en bien ajeno, allanamiento irregular retención sin formula de juicio ni requerimiento legal, y por malos tratos constitutivos de torturas al Suboficial Jaimes. No obstante, mediante proveído del 10 de noviembre de 1999 el ente gubernamental decidió decretar la prescripción de la acción disciplinaria. JAIMES RUIZ PABLO Itinerario El 7 de diciembre de 1993, Celiar Silva Lozada, de 37 años, fue detenido y torturado durante un allanamiento a su residencia ubicada en el barrio Las Granjas de Barrancabermeja (Santander) por agentes de la SIJIN, entre los que se contaba a Pablo Jaimes Ruiz. Este agente no fue vinculado a investigación penal o disciplinaria alguna. LIZARAZO MOYA, CARLOS ALBERTO Itinerario Agente adscrito a la SIJIN de Barrancabermeja. Intervino en los siguientes crímenes: Torturas infligidas a Maria Nelly Rodríguez, en hechos sucedidos en el año de 1991 en Barrancabermeja (Santander). Detención y torturas infligidas el 30 de octubre de 1991 a Estanislao Amaya y Nelson Jaimes Quintero en Barrancabermeja. ANALISIS DE IMPUNIDAD Por lo sucedido con Maria Nelly Rodríguez, la Procuraduría Provincial de Barrancabermeja realizó investigación bajo el radicado No. 062-006270, archivándola el 6 de enero de 1993. Por su participación en la detención y torturas a Estanislao Anaya y Nelson Jaimes Quintero, fue absuelto en la investigación interna del Cuarto Distrito de Policía de Barrancabermeja. La Procuraduría Delegada para la Defensa de los Derechos Humanos, en investigación radicada con el número 008-120418, archivó la investigación con base en el principio de “Non Bis In Idem” (cosa juzgada), a partir de los resultados de la investigación interna. LOPEZ HINESTROZA, SANTIAGO Itinerario Agente que el 14 de julio de 1992, estuvo en la detención y torturas infligidas a Marcelino Cuesta Contreras, luego de haber sido allanada su casa ubicada en el barrio Torcoroma, en Barrancabermeja (Santander). ANALISIS DE IMPUNIDAD La indagación preliminar se inició en la Procuraduría Delegada Para la Defensa de los Derechos Humanos. El 16 de noviembre de 1993, formulo pliego de cargos a los uniformados involucrados en los hechos. Luego en providencia del el 11 de junio de 1997, decidió sancionar con suspensión en el ejercicio del cargo sin derecho a remuneración por el término de 90 días al Cabo Primero Mario Rey Rodríguez y a los Agentes Santiago López Hinestroza, Casimiro Portilla Solano y Danilo Ruiz Suárez, por encontrarse firme convicción, a partir de las pruebas allegadas en el proceso, de que los uniformados fueron responsables de la detención y allanamiento ilegal, y las torturas infligidas a Marcelino, violándose su derecho a la libertad, a no ser retenido arbitrariamente, a la inviolabilidad del domicilio y el derecho a la integridad personal. Es de anotar que para la delegada los hechos endilgados a los sancionados, al ser actos que vulneran por entero los derechos fundamentales, debían ser castigados con la máxima sanción del caso, la destitución, pero por aplicación del principio de favorabilidad debió acoger la de suspensión en el ejercicio del cargo. Con todo, la misma Procuraduría Delegada en providencia del 24 de septiembre de 1997, al decidir sobre el recurso de apelación interpuesto por uno de los Agentes, observó que desde la fecha de la falta disciplinaria hasta esta decisión habían transcurrido mas de cinco años, por lo cual simplemente decretó la prescripción de la acción disciplinaria y por tanto el archivo de las diligencias. A juicio del ente disciplinario, no hubo negligencia manifiesta a pesar que el expediente dos años antes “se había refundido por ocho meses de los anaqueles de la Procuraduría, no siendo un retardo ostensible y protuberante … además de que por la cantidad de expedientes manejados en esta dependencia (la delegada), en un momento dado es aceptable que un registro pueda extraviarse sin dársele a la negligencia esa calificación (manifiesta). LOPEZ VALENCIA, RUBÉN Itinerario Agente. Participó en la detención y torturas infligidas entre el 2 y el 3 de febrero de 1994, a Pablo Antonio Gutiérrez Morales, y Alcides Silva Badillo en el Sector Nororiental de Barrancabermeja (Santander). Por su participación en las torturas a Pablo Gutiérrez y Alcides Silva, no fue vinculado a ninguna investigación. MEDINA ALFONSO, WILLIAM Itinerario El día 21 de marzo de 1994 los señores Javier Poveda, Nilson Alberto Rojas Rangel, Alberto Rojas, José Antonio Muñoz y Eduardo Pardo fueron detenidos y torturados por personal de la SIJIN de San Gil, entre los que se encontraban el Agente William Medina Alfonso, en hechos ocurridos en San Gil (Santander). ANALISIS DE IMPUNIDAD Se abrió la investigación disciplinaria bajo el radicado 008-000082 el 13 de febrero de 1997, para luego formular cargos contra los uniformados el 31 de octubre del mismo año. En fallo del 12 de enero de 1999, la Procuraduría Delegada para la Defensa de los Derechos Humanos considera que está suficientemente probada tanto la ocurrencia de las torturas como la autoría de los policiales de las mismas, por lo que decide sancionar con destitución (separación absoluta) del cargo a los encartados, aduciendo que su proceder a la luz de los tratados internacionales y el régimen constitucional colombiano se adecua a una falta gravísima que en ningún momento puede comprenderse como acto del servicio. MEJIA SANDOVAL, HECTOR Itinerario Dragoneante adscrito a la SIJIN. Entre el 2 y el 3 de febrero de 1994, participó directamente en las torturas realizadas contra Pablo Antonio Gutiérrez Morales, y Alcides Silva Badillo, durante la detención y reclusión de las víctimas, en hechos ocurridos en Barrancabermeja (Santander). ANALISIS DE LA IMPUNIDAD Por su participación en las torturas a Pablo Gutiérrez y Alcides Silva, el Juzgado 139 de Instrucción Penal Militar, adscrito al Departamento de Policía de Santander, lo vinculó por el delito de Privación ilegal de la Libertad de Pablo Antonio Gutiérrez Morales y el 20 de marzo de 1998 se abstuvo de imponerle medida de aseguramiento. No fue vinculado a la investigación disciplinaria. MENDOZA, GILBERTO DELAIN Itinerario Agente de la SIJIN en Bucaramanga. Durante 1991, junto con otros uniformados del organismo de inteligencia, cometió una serie de crímenes que azotaron la capital santandereana. El 16 de julio de 1991 a las 5:20 P.M, Rodrigo Quintero Salazar fue asesinado por el agente de la SIJIN Gilberto Delain Mendoza, por ordenes del Cabo Cristian Murillo, y con la ayuda del particular Reynaldo Malaver Duran. El crimen se cometió en la lonchería “Marin”, ubicada en la Cll. 33 No. 13-18 de Bucaramanga (Santander). Al mes siguiente, en horas de la mañana del 8 de agosto, Francisco Vera Vera contratista de ECOPETROL, Luis Francisco Lozano Gómez, Jorguin Vera Vera, Tiburcio Ramírez Pulido, Álvaro Barón Martínez y Reynaldo Ruiz Ballesteros, fueron asesinados por agentes de la SIJIN, dentro de los cuales estaba Gilberto Delain Mendoza, en Bucaramanga. Cuatro días después del asesinato de los Vera Vera, exactamente el día 12, el auditor de policía Jorge Enrique Velasco Flórez, fue asesinado por el agente Mendoza, en un bomba de gasolina ubicada en la avenida “La Rosita” con Cra. 20 de Bucaramanga. Para cumplir esta finalidad, el uniformado contó con la ayuda y complicidad de otro de sus compañeros, el agente Izaquita Otero, y de particular Reynaldo Malaver Duran. El crimen se dio porque los miembros de la SIJIN temían una delación del ultimado, pues este les había ayudado en el asesinato de los Vera Vera. ANALISIS DE IMPUNIDAD La Fiscalía Regional de Cúcuta en providencia del 23 de junio de 1994, dicto medida de aseguramiento consistente en detención preventiva a Reynaldo Malaver Duran, y los agentes Gilberto Delain Mendoza y Nestor Raúl Izaquita, por los cargos de concierto para delinquir y homicidio agravado por los hechos sucedidos el 8 de agosto de 1991, debido a los graves indicios que existían de la presunta participación de los sindicados. En las misma providencia, respecto del asesinato de Rodrigo Quintero, el ente acusador sostuvo que habían serios indicios de la participación de los agentes de la SIJIN, así como de Reynaldo Malaver Duran, pero se abstuvo de proferir medida alguna por el hecho, y solamente pidió la ampliación de las indagatorias. Así mismo, por el asesinato de Jorge Enrique Velasco, la Fiscalía solamente los compulso a ampliar sus indagatorias, “en tanto no se le formulen los cargos correspondientes en declaración injuriada”. MURILLO, CRISTIAN Itinerario Cabo Primero de la SIJIN en Bucaramanga. Durante 1991, él conformaba un grupo de uniformados del organismo de inteligencia que cometieron una serie de crímenes que azotaron la capital santandereana. El 16 de julio de 1991 a las 5:20 P.M, Rodrigo Quintero Salazar fue asesinado por el agente de la SIJIN Gilberto Delain Mendoza, con la ayuda de Reynaldo Malaver Duran. El crimen se cometió en la lonchería “Marin”, ubicada en la Cll. 33 No. 13-18 de Bucaramanga (Santander). El Cabo Cristian Murillo dio la orden para la consumación del crimen. Según la indagatoria de Malaver Duran rendida a la Fiscalía seccional de Bucaramanga en 1993, el Cabo Murillo le invitó a que colaborara “en un trabajo”, ofreciéndole quinientos mil pesos y una moto para ello, entregada después por el agente Mendoza en presencia de un compañero, también policía, llamado Néstor Raúl Izaquita. Malaver aceptó, y junto con el agente Mendoza se dispusieron a ejecutar el asesinato. Luego de perpetrado el mismo, dice Malaver que “al día siguiente por la tarde el Cabo Cristian me llevó los quinientos mil pesos a la casa”. De acuerdo con las diligencias adelantadas por el hecho, se estableció que el asesinado era Rodrigo Quintero. No se conoce de proceso disciplinario o penal alguno al que haya sido vinculado el Suboficial Murillo. NÚÑEZ MONTOYA, OSCAR Itinerario Agente de la SIJIN de Barrancabermeja. Participó en la detención y torturas infligidas el 30 de octubre de 1991 a Estanislao Amaya y Nelson Jaimes Quintero en Barrancabermeja (Santander). ANÁLISIS DE IMPUNIDAD Por su participación en la detención y torturas a Estanislao Anaya y Nelson Jaimes Quintero, fue absuelto en la investigación interna del Cuarto Distrito de Policía de Barrancabermeja. La Procuraduría Delegada para la Defensa de los Derechos Humanos, en investigación radicada con el número 008-120418, archivó la investigación con base en el principio de “Non Bis In Idem” (cosa juzgada), a partir de los resultados de la investigación interna. PARADA NIÑO, HENRY Itinerario Sargento Segundo que se desempeñaba como Jefe del grupo de delitos contra el Patrimonio Económico en la SIJIN de Bucaramanga. El 31 de agosto de 1992, estuvo involucrado en la detención y posteriores torturas perpetradas al empleado bancario Luis Carlos Cáceres Rodríguez, en sucesos acontecidos en Bucaramanga. ANALISIS DE IMPUNIDAD La Procuraduría Delegada Para la Defensa de los Derechos Humanos, en fallo del 23 de junio de 1997, encontró culpable al Sargento parada Niño de haber ordenado las detenciones ilegales de Luis Carlos Cáceres Rodríguez y Luis Antonio Manrique Parra; y por permitir que personal bajo su mando infringiera malos tratos y conductas atentatorias contra los derechos humanos del detenido Cáceres Rodríguez; sin embargo solo lo sanciono con suspensión en el ejercicio del cargo por 15 días sin remuneración, en aplicación del “principio de favorabilidad”, ya que las torturas no configuraban una falta gravísima merecedora de destitución, en concordancia con el Art. 15 de la ley 200 de 1995 o Código Disciplinario Único. Posteriormente, el suboficial recurso de apelación contra el proveído anterior, el cual se fallo el 1 de septiembre de 1997 por parte del Procurador General de la Nación, quien decretó la “prescripción de la acción disciplinaria porque el último hecho constitutivo de la falta atribuida al investigado ocurrió el 1 de septiembre de 1992, lo que indica que a la fecha han transcurrido mas de cinco años”, razón por la cual procedió a decretar la misma. PARDO PARDO, OMAR EFRAIN Itinerario Teniente. Estuvo como Jefe de la SIJIN de Barrancabermeja. Intervino en los siguientes sucesos: Detención y tortura de Celiar Silva Lozada durante un allanamiento a su residencia ubicada en el barrio Las Granjas de Barrancabermeja, el 7 de diciembre de 1993. Detención y torturas infligidas entre el 2 y el 3 de febrero de 1994, a Pablo Antonio Gutiérrez Morales, y Alcides Silva Badillo en Barrancabermeja (Santander). Posteriormente Pardo Pardo sería ascendido a Capitán. ANALISIS DE LA IMPUNIDAD Por su participación en las torturas infligidas a Celiar Silva Lozada, mediante auto del 10 de diciembre de 1993 la Procuraduría Provincial de Barrancabermeja dispuso la apertura de indagación preliminar y comisionó al Personero Municipal de Barrancabermeja quien verificó en las instalaciones de la cárcel el menoscabo físico y moral de Celiar causado por los agentes de la SIJIN. El 19 de julio de 1995, la Procuraduría Delegada Para la Defensa de los Derechos Humanos dispuso la apertura de formal averiguación disciplinaria e indilgación de pliegos de cargos 167 contra el Teniente Omar Fermín Pardo Pardo, quien para la época de los hechos se desempeñaba como Jefe de la Unidad Investigativa de la SIJIN de Barranca y el único agente con el grado de Teniente que participó en el operativo esa madrugada, a quien los agentes torturadores pedían insistentemente indicaciones, hecho que llevó al Procurador Jesús Orlando Gómez a determinar la responsabilidad del agente. Por ello, en providencia del 4 de febrero de 1998, la Procuraduría Delegada para la Defensa de los Derechos Humanos sancionó con suspensión de funciones sin derecho a remuneración por 30 días y con inhabilidad para el desempeño de cargos públicos por el mismo lapso. El 24 de junio de 1998, la Procuraduría General de la Nación resolvió el recurso de apelación contra la sentencia de primera instancia mediante la cual, aunque encontró la responsabilidad disciplinaria del Teniente Pardo Pardo, consideró que la sanción impuesta no era correspondía a las leyes disciplinarias aplicables a los miembros de la policía nacional, procediendo entonces una amonestación severa. Sin embargo, la Procuraduría en atención al principio de favorabilidad impuso finalmente al Teniente Pardo un amonestación escrita. Por su participación en las torturas a Pablo Gutiérrez y Alcides Silva, el Juzgado 139 de Instrucción Penal Militar, adscrito al Departamento de Policía de Santander, lo vinculó por el delito de Privación ilegal de la Libertad de Pablo Antonio Gutiérrez Morales y el 20 de marzo de 1998 se abstuvo de imponerle medida de aseguramiento. Por otra parte, por estos mismos hechos, la Procuraduría Delegada para la Defensa de los Derechos Humanos adelantó investigación disciplinaria bajo el radicado Nº 008-148832, por las torturas infligidas a Alcides Silva Badillo. El 27 de marzo de 1995 profirió auto de Archivo Provisional, al considerar que no había mérito para abrir investigación disciplinaria. Igualmente, la misma Delegada adelantó investigación disciplinaria bajo el radicado Nº 008-150287, por las torturas infligidas a Pablo Antonio Morales Gutiérrez. En la Apertura de formal averiguación del 30 de mayo de 1995, vinculó a los integrantes de la Policía Judicial –SIJIN- de Barrancabermeja, Capitán Omar Efraín Pardo Pardo y Agente Feliciano Varón Varón. Contra Pardo Pardo elevó cargos por haber ordenado y participado en la detención ilegal de Pablo Antonio Gutiérrez Morales, al igual que por haber permitido que personal bajo su mando infligiera torturas y malos tratos al detenido. Pero el 17 de abril de 1998 la Procuraduría Delegada resuelve absolver a los implicados, argumentando que el Oficial Pardo cometió una “falta disciplinaria culposa” al incurrir en un error de prohibición de tipo vencible en la interpretación de su conducta con respecto de la figura de la “detención administrativa”, toda vez que entendió que su actuar era conforme a derecho considerando los datos del informante como verídicos. Por tal motivo, razón por la cual no prospera el cargo puesto que la sanción disciplinaria opera a título del dolo. En relación con las torturas, la Delegada desestimó el cargo al no encontrar probadas las mismas, pues a su parecer la única prueba existente, la declaración de Pablo Antonio Gutiérrez, carecía de credibilidad por ser contradictoria y no existir ningún elemento probatorio que las respaldara. En consecuencia, aplicó el principio de “in dubio pro disciplinado”, exonerando de responsabilidad disciplinaria al Oficial Pardo Pardo. Posteriormente, la Procuraduría General de la Nación resolvió confirmar el fallo de la Procuraduría Delegada por vía de consulta. PARRA BURBANO, HERNANDO Itinerario Agente adscrito al F-2 (SIJIN). Con otros dos uniformados, entre el 31 de agosto y el 1o de septiembre de 1989, participo de la detención y torturas ocasionadas a Mario Aníbal Vanegas Portilla en una casa residencial ubicada en el barrio Buenos Aires de Bucaramanga. Junto al señor Vanegas también fue detenido Antolino Macias González. ANALISIS DE IMPUNIDAD El 5 de septiembre de 1989, la Procuraduría Regional de Bucaramanga inicio la indagación preliminar. Posteriormente, por auto del 21 de febrero de 1990, el expediente fue remitido a la Procuraduría Delegada Para la Defensa de los Derechos Humanos. El ente gubernamental considero que existía mérito suficiente para abrir investigación disciplinaria, y así lo dispone el 29 de mayo del mismo año contra los agentes del F-2 (SIJIN) de Bucaramanga José del Carmen Vargas Mantilla, Hernando Parra Burbano, por haber infligido torturas físicas a Mario Aníbal Vanegas. Tiempo después, la Procuraduría Delegada en fallo del 2 de octubre de 1990 decidió sancionar a los policías endilgados con suspensión en el ejercicio del cargo por 30 días sin remuneración, encontrando “certeza probatoria” del obrar de los agentes del F-2 (SIJIN) por las torturas a que fue sometido Mario Vanegas. Los encartados interpusieron un recurso de reposición al proveído anterior, el cual fue resuelto negativamente el 28 de diciembre de ese año por el mismo organismo, por cuanto se dispuso la ratificación de la sanción. PEREZ BAUTISTA PABLO CESAR Itinerario Agente de la SIJIN de Barrancabermeja. Participó en los siguientes sucesos. Detención y tortura de Celiar Silva Lozada durante un allanamiento a su residencia ubicada en el barrio Las Granjas de Barrancabermeja, el 7 de diciembre de 1993. Detención y torturas infligidas entre el 2 y el 3 de febrero de 1994, a Pablo Antonio Gutiérrez Morales, y Alcides Silva Badillo en Barrancabermeja (Santander). ANALISIS DE LA IMPUNIDAD Por su participación en las torturas a Pablo Gutiérrez y Alcides Silva, el Juzgado 139 de Instrucción Penal Militar, adscrito al Departamento de Policía de Santander, lo vinculó por el delito de Privación ilegal dela Libertad de Pablo Antonio Gutiérrez Morales y el 20 de marzo de 1998 se abstuvo de imponerle medida de aseguramiento. No fue vinculado a la investigación disciplinaria. PIRAVIQUE GUIO, GILBERTO Itinerario Agente. Participó con otros efectivos de la SIJIN, el 13 de Octubre 1994, en la detención y posteriores torturas ocasionadas al ex agente de policía Segundo Guillermo Crofoth Hernández y los señores Alberto Gómez León y Luis Gabriel López Rojas, en Bucaramanga. ANALISIS DE IMPUNIDAD Frente a las detenciones y torturas ocurridas a Segundo Guillermo Crofoth, Alberto Gómez y Luis Gabriel López el 13 de octubre de 1994, la Procuraduría Delegada Para la Defensa de los Derechos Humanos en auto del 7 de mayo de 1997, dictaminó presentar cargos por daño en bien ajeno, allanamiento irregular retención sin formula de juicio ni requerimiento legal, y por malos tratos constitutivos de torturas al Agente Piraquive. No obstante, mediante proveído del 10 de noviembre de 1999 el ente gubernamental decidió decretar la prescripción de la acción disciplinaria. PIZANO SANTAMARÍA, JORGE Itinerario Teniente del F-2 que fuera responsable, en noviembre 1.975, de la detención con limitación de garantías procesales, sindicación, y torturas ocasionadas mediante aislamiento, incomunicación, amenazas a sus familiares, golpes, insultos, injurias, privación de alimentos, torturas psíquicas, vendas en la cara e interrogatorios prolongados, al obrero Jaime Duarte en Barrancabermeja (Santander). Este policía no fue investigado penal ni disciplinariamente. PORTILLA SOLANO, CASIMIRO Itinerario Agente. Participó en el allanamiento, la detención, y las torturas infligidas a Marcelino Cuesta Contreras, en hechos ocurridos el 14 de julio de 1992 en el barrio Tocoroma y las instalaciones de la SIJIN en Barrancabermeja (Santander). ANALISIS DE IMPUNIDAD La indagación preliminar se inició en la Procuraduría Delegada Para la Defensa de los Derechos Humanos. El 16 de noviembre de 1993, formulo pliego de cargos a los uniformados involucrados en los hechos. Luego en providencia del el 11 de junio de 1997, decidió sancionar con suspensión en el ejercicio del cargo sin derecho a remuneración por el término de 90 días al Agente Portilla Solano y otros uniformados. Es de anotar que para la delegada los hechos endilgados a los sancionados, al ser actos que vulneran por entero los derechos fundamentales, debían ser castigados con la máxima sanción del caso, la destitución, pero por aplicación del principio de favorabilidad debió acoger la de suspensión en el ejercicio del cargo. Con todo, la misma Procuraduría Delegada en providencia del 24 de septiembre de 1997, al decidir sobre el recurso de apelación interpuesto por uno de los Agentes, observó que desde la fecha de la falta disciplinaria hasta esta decisión habían transcurrido mas de cinco años, por lo cual simplemente decretó la prescripción de la acción disciplinaria y por tanto el archivo de las diligencias. A juicio del ente disciplinario, no hubo negligencia manifiesta a pesar que el expediente dos años antes “se había refundido por ocho meses de los anaqueles de la Procuraduría, no siendo un retardo ostensible y protuberante … además de que por la cantidad de expedientes manejados en esta dependencia (la delegada), en un momento dado es aceptable que un registro pueda extraviarse sin dársele a la negligencia esa calificación (manifiesta). RAMÍREZ PERDOMO, BERTULFO Itinerario El 2 de mayo de 1988, Jorge Hernández Reales fue detenido y posteriormente torturado por miembros del F-2 (SIJIN) en las instalaciones del cuerpo policial, luego de haber sido allanada su residencia. Entre los responsables se contó al Agente Bertulfo Ramírez Perdomo. Los hechos ocurrieron en Barrancabermeja (Santander). ANALISIS DE IMPUNIDAD La Procuraduría Delegada Para la Policía Nacional, con providencia del 18 de enero de 1993 decidió respecto de Ramírez Perdomo decretar cesación del procedimiento por su fallecimiento el 23 de septiembre de 1989. REY RODRÍGUEZ, MARIO Itinerario Cabo Primero. Participó en el allanamiento, la detención, y las torturas infligidas a Marcelino Cuesta Contreras, en hechos ocurridos el 14 de julio de 1992 en el barrio Tocoroma y las instalaciones de la SIJIN de Barrancabermeja (Santander). ANALISIS DE IMPUNIDAD La indagación preliminar se inició en la Procuraduría Delegada Para la Defensa de los Derechos Humanos. El 16 de noviembre de 1993, formulo pliego de cargos a los uniformados involucrados en los hechos. Luego en providencia del el 11 de junio de 1997, decidió sancionar con suspensión en el ejercicio del cargo sin derecho a remuneración por el término de 90 días al Cabo Primero Mario Rey Rodríguez y los demás uniformados. Es de anotar que para la delegada los hechos endilgados a los sancionados, al ser actos que vulneran por entero los derechos fundamentales, debían ser castigados con la máxima sanción del caso, la destitución, pero por aplicación del principio de favorabilidad debió acoger la de suspensión en el ejercicio del cargo. Con todo, la misma Procuraduría Delegada en providencia del 24 de septiembre de 1997, al decidir sobre el recurso de apelación interpuesto por uno de los Agentes, observó que desde la fecha de la falta disciplinaria hasta esta decisión habían transcurrido mas de cinco años, por lo cual simplemente decretó la prescripción de la acción disciplinaria y por tanto el archivo de las diligencias. A juicio del ente disciplinario, no hubo negligencia manifiesta a pesar que el expediente dos años antes “se había refundido por ocho meses de los anaqueles de la Procuraduría, no siendo un retardo ostensible y protuberante … además de que por la cantidad de expedientes manejados en esta dependencia (la delegada), en un momento dado es aceptable que un registro pueda extraviarse sin dársele a la negligencia esa calificación (manifiesta). RICO MACHADO, MIGUEL ANTONIO Itinerario Sargento Viceprimero. Fue el autor material de las torturas infligidas a Elías Jiménez Merchán en las instalaciones de la SIJIN de Barrancabermeja (Santander), en hechos ocurridos el 17 de octubre de 1997. ANALISIS DE IMPUNIDAD Mediante auto del 12 de noviembre de 1996 se ordenó la apertura de investigación disciplinaria en contra del sargento vicepr¡mero Rico Machado, a quien el 20 de junio de 1997 se le formuló pliego de cargos. El 23 de marzo de 1999, la Procuraduría Delegada para la Defensa de los Derechos Humanos dentro del expediente Nº. 008-000354/96, sancionó al suboficial con destitución (separación absoluta) del cargo e inhabilidad por cinco años para desempeñar cargos públicos, por encontrar probada la responsabilidad de Rico Machado como autor directo de las torturas infligidas a Elías. El encartado entablo recurso de apelación, que se conoció por la Procuraduría General de la Nación. El 31 de diciembre de 1999, la Procuraduría decretó la prescripción de la acción disciplinaria y como consecuencia la terminación del procedimiento, dado que los hechos ocurrieron el 18 de octubre de 1994, y habían pasado más de cinco años a la fecha de tomar decisión en última instancia, no obstante advertir que por mas de un año el expediente estuvo inactivo procesalmente. RIOS CELIS, ANGEL JAVIER Itinerario El 13 de Octubre 1994, el ex agente de policía Segundo Guillermo Crofoth Hernández y los señores Alberto Gómez León y Luis Gabriel López Rojas, fueron detenidos y posteriormente torturados por agentes de la SIJIN en Bucaramanga, entre los que se encontraba el agente Ríos Celis. ANALISIS DE IMPUNIDAD Por estos hechos, la Procuraduría Delegada Para la Defensa de los Derechos Humanos en auto del 7 de mayo de 1997, dictaminó presentar cargos por daño en bien ajeno, allanamiento irregular retención sin formula de juicio ni requerimiento legal, y por malos tratos constitutivos de torturas al Agente Ríos Celis. No obstante, mediante proveído del 10 de noviembre de 1999 el ente gubernamental decidió decretar la prescripción de la acción disciplinaria. RIOS GARCES, CARLOS Itinerario Cabo Primero. Participó con otros uniformados en el allanamiento, detención y torturas infligidas a Jorge Hernández Reales, en hechos ocurridos el 2 de mayo de 1988 en Barrancabermeja (Santander). ANALISIS DE IMPUNIDAD La Procuraduría Delegada Para la Policía Nacional, con providencia del 18 de enero de 1993 decidió sancionar a los uniformados implicados considerando que existían pruebas suficientes del comportamiento inhumano que tuvieron estos con la víctima, por tanto le impuso al Suboficial Ríos una suspensión en el ejercicio del cargo por 30 días sin derecho a remuneración. El Cabo Ríos Garcés interpuso el respectivo recurso de reposición a la providencia, el cual fue resuelto negativamente el 17 de noviembre de 1993, por lo cual se mantuvo la sanción. ROBLES, ARIOLFO Itinerario El 14 de mayo de 1995, Ángel María Figueroa Suárez fue detenido, torturado y sindicado luego de ser allanada su residencia y un rato después fue detenido y torturado Tito Ruiz Orjuela, por ocho integrantes de la SIJIN vestidos de civil, en hechos ocurridos en la vereda Los Cauchos del Corregimiento Los Cauchos, municipio de Mogotes (Santander). El Dragoneante Robles como integrante del grupo de policías que realizó el operativo, vio cómo actuaban sus compañeros y sólo sugirió que no los torturara más y que los llevaran a los automóviles; sin embargo, nunca dejó constancia en su informe de dicha situación ni puso en conocimiento a sus superiores de todas la irregularidades que se presentaron durante el operativo. ANALISIS DE IMPUNIDAD La Procuraduría Delegada para la Defensa de los Derechos Humanos, el 18 de noviembre de 1999, emitió Providencia dentro del expediente Nº 161-00195-00 radicado bajo el Nº 008-002475/97 absolvió de todos los cargos a los ocho agentes de policía implicados por considerar que no se encontraba probada la materialidad de la ocurrencia de los hechos que las víctimas denunciaban, por lo que al no haber certeza de los mismos tiene que darse aplicación al principio de presunción de inocencia. Posteriormente, el 5 de mayo de 2000, la Sala Disciplinaria de la Procuraduría General de la Nación, resolvió la consulta del fallo absolutorio de primera instancia, el cual fue confirmado en todas sus partes, esencialmente, porque la funcionaria de la fiscalía no se percató de las heridas producidas por las torturas y porque las víctimas no lo manifestaron así en las primeras indagatorias. RUIZ SUAREZ, DANILO Itinerario Agente que el 14 de julio de 1992, participó de la detención y torturas ocasionadas a Marcelino Cuesta Contreras, luego de un allanamiento realizado en su casa ubicada en el barrio Torcoroma, en Barrancabermeja (Santander). ANALISIS DE IMPUNIDAD La indagación preliminar se inició en la Procuraduría Delegada Para la Defensa de los Derechos Humanos. El 16 de noviembre de 1993, formulo pliego de cargos a los uniformados involucrados en los hechos. Luego en providencia del el 11 de junio de 1997, decidió sancionar con suspensión en el ejercicio del cargo sin derecho a remuneración por el término de 90 días al Cabo Primero Mario Rey Rodríguez y a los Agentes Santiago López Hinestroza, Casimiro Portilla Solano y Danilo Ruiz Suárez, por encontrarse firme convicción, a partir de las pruebas allegadas en el proceso, de que los uniformados fueron responsables de la detención y allanamiento ilegal, y las torturas infligidas a Marcelino, violándose su derecho a la libertad, a no ser retenido arbitrariamente, a la inviolabilidad del domicilio y el derecho a la integridad personal. Es de anotar que para la delegada los hechos endilgados a los sancionados, al ser actos que vulneran por entero los derechos fundamentales, debían ser castigados con la máxima sanción del caso, la destitución, pero por aplicación del principio de favorabilidad debió acoger la de suspensión en el ejercicio del cargo. Con todo, la misma Procuraduría Delegada en providencia del 24 de septiembre de 1997, al decidir sobre el recurso de apelación interpuesto por Ruiz Suárez, observó que desde la fecha de la falta disciplinaria hasta esta decisión habían transcurrido mas de cinco años, por lo cual simplemente decretó la prescripción de la acción disciplinaria y por tanto el archivo de las diligencias. A juicio del ente disciplinario, no hubo negligencia manifiesta a pesar que el expediente dos años antes “se había refundido por ocho meses de los anaqueles de la Procuraduría, no siendo un retardo ostensible y protuberante … además de que por la cantidad de expedientes manejados en esta dependencia (la delegada), en un momento dado es aceptable que un registro pueda extraviarse sin dársele a la negligencia esa calificación (manifiesta)”. VARGAS MANTILLA, JOSE DEL CARMEN Itinerario Entre el 31 de agosto y el 1o de septiembre de 1989, Mario Aníbal Vanegas Portilla fue detenido y posteriormente torturado por los agentes del F-2 (SIJIN), entre ellos José del Carmen Vargas Mantilla, en una casa residencial ubicada en el barrio Buenos Aires de Bucaramanga. Junto al señor Vanegas también fue detenido Antolino Macias González. ANALISIS DE IMPUNIDAD El 5 de septiembre de 1989, la Procuraduría Regional de Bucaramanga inicio la indagación preliminar. Posteriormente, por auto del 21 de febrero de 1990, el expediente fue remitido a la Procuraduría Delegada Para la Defensa de los Derechos Humanos. El ente gubernamental considero que existía mérito suficiente para abrir investigación disciplinaria, y así lo dispone el 29 de mayo del mismo año contra los agentes del F-2 (SIJIN) de Bucaramanga, entre ellos José del Carmen Vargas Mantilla, por haber infligido torturas físicas a Mario Aníbal Vanegas. Tiempo después, la Procuraduría Delegada en fallo del 2 de octubre de 1990 decidió sancionar a los policías endilgados con suspensión en el ejercicio del cargo por 30 días sin remuneración, encontrando “certeza probatoria” del obrar de los agentes del F-2 (SIJIN) por las torturas a que fue sometido Mario Vanegas. Los encartados interpusieron un recurso de reposición al proveído anterior, el cual fue resuelto negativamente el 28 de diciembre de ese año por el mismo organismo, por cuanto se dispuso la ratificación de la sanción. VARON VARON, FELICIANO Alias: “EL GATO” Itinerario Entre el 2 y el 3 de febrero de 1994, Pablo Antonio Gutiérrez Morales, y Alcides Silva Badillo fueron detenidos y torturados por agentes de la SIJIN en Barrancabermeja (Santander). Uno de los uniformados identificados por las víctimas fue el Agente Varón Varón. ANALISIS DE LA IMPUNIDAD Por su participación en las torturas a Pablo Gutiérrez y Alcides Silva, el Juzgado 139 de Instrucción Penal Militar, adscrito al Departamento de Policía de Santander, lo vinculó por el delito de Privación ilegal de la Libertad de Pablo Antonio Gutiérrez Morales y el 20 de marzo de 1998 se abstuvo de imponerle medida de aseguramiento. Solamente en relación con lo sucedido con Pablo Gutiérrez, la Procuraduría Delegada para la Defensa de los Derechos Humanos adelantó investigación disciplinaria bajo el radicado 008-150287, vinculando al Agente Varón Varón el 30 de mayo de 1995. En providencia del 17 de abril de 1998, la Delegada desestimó el cargo al no encontrar probadas las torturas, pues a su parecer la única prueba existente, la declaración de Pablo Antonio Gutiérrez, carecía de credibilidad por ser contradictoria y no existir ningún elemento probatorio que las respaldara. En consecuencia, aplicó el principio de “in dubio pro disciplinado”, exonerando de responsabilidad disciplinaria al Agente Feliciano Varón Varón. VELANDIA ACEVEDO, HAYDEE Itinerario Subintendente. Participó con otros efectivos de la SIJIN, el 13 de Octubre 1994, en la detención y posteriores torturas ocasionadas al ex agente de policía Segundo Guillermo Crofoth Hernández y los señores Alberto Gómez León y Luis Gabriel López Rojas, en Bucaramanga. ANALISIS DE IMPUNIDAD Por la detención y torturas infligidas a Segundo Guillermo Crofoth, Alberto Gómez y Luis Gabriel López, la Procuraduría Delegada Para la Defensa de los Derechos Humanos en auto del 7 de mayo de 1997, dictaminó presentar cargos por daño en bien ajeno, allanamiento irregular retención sin formula de juicio ni requerimiento legal, y por malos tratos constitutivos de torturas a Velandia Acevedo. No obstante, mediante proveído del 10 de noviembre de 1999 el ente gubernamental decidió decretar la prescripción de la acción disciplinaria. VELASCO FLOREZ, JORGE ENRIQUE Itinerario El 8 de agosto 1991, en horas de la mañana, Francisco Vera Vera contratista de Ecopetrol, Luis Francisco Lozano Gómez, Jorguin Vera Vera, Tiburcio Ramírez Pulido, Álvaro Barón Martínez, y Reynaldo Ruiz Ballesteros, fueron asesinados por agentes de la SIJIN, dentro de los cuales estaban Néstor Raúl Izaquita y Gilberto Delain Mendoza, en Bucaramanga. En el crimen participó el auditor de la policía perteneciente a la SIJIN Jorge Enrique Velasco, quien ayudo a tenderles una celada a las víctimas para que los otros agentes los asesinaran. Posteriormente, Velasco sería asesinado cuatro días después, el 12 de agosto, por Gilberto Delain Mendoza en la capital santandereana. No se conoce de investigaciones adelantadas contra este policía. VERA OLIMPO, CESAR AUGUSTO Itinerario Agente. Integró el grupo de la SIJIN que el 14 de mayo de 1995, detuvo, torturó y sindicó a Ángel María Figueroa Suárez luego de ser allanada su residencia; y momentos después detuvo y torturó a Tito Ruiz Orjuela, en hechos ocurridos en la vereda Los Cauchos del Corregimiento Los Cauchos, en Mogotes (Santander). ANALISIS DE IMPUNIDAD La Procuraduría Delegada para la Defensa de los Derechos Humanos, el 18 de noviembre de 1999, emitió Providencia dentro del expediente Nº 161-00195-00 radicado bajo el Nº 008-002475/97 absolvió de todos los cargos a los ocho agentes de policía implicados por considerar que no se encontraba probada la materialidad de la ocurrencia de los hechos que las víctimas denunciaban, por lo que al no haber certeza de los mismos tiene que darse aplicación al principio de presunción de inocencia. Posteriormente, el 5 de mayo de 2000, la Sala Disciplinaria de la Procuraduría General de la Nación, resolvió la consulta del fallo absolutorio de primera instancia, el cual fue confirmado en todas sus partes, esencialmente, porque la funcionaria de la fiscalía no se percató de las heridas producidas por las torturas y porque las víctimas no lo manifestaron así en las primeras indagatorias. TATIS, DAVID ORLANDO Itinerario Mayor. Se encontraba vinculado al F-2 en Bucaramanga. Responsable de que el 5 de junio de 1986, los jóvenes activistas de la Juventud Comunista y pertenecientes al comando juvenil de la Unión Patriótica William Ricardo Díaz Acevedo de 19 años, Patricia Carvajal de 18 años, y Alexander Romero Pinto de 14 años fueran detenidos por agentes de ese organismo de inteligencia por ordenes suyas, en Bucaramanga (Santander). Una fuente indicó que en ocho meses anteriores a las detenciones, el Mayor Tatis ha ordenado la detención de mas de 11 activistas de la Unión Patriótica, sin encontrarse nunca elementos que justificaran dichas acciones, por lo que en todos los casos salieron sin cargos. Igualmente el Mayor Tatis participó, el 14 de agosto de 1985, en las detenciones y torturas de los militantes de la Juventud Comunista (JUCO) José Alberto Restrepo Pérez, y Fernando Ruiz Jazbon, y de Gilberto Ríos, Omar Jiménez, Cristhian Hernández, Luis A. Romero, Germán Becerra y Reinaldo Cáceres, en hechos ocurridos en Bucaramanga. Por ninguno de estos dos hechos el Mayor David Orlando Tatis fue vinculado a investigación alguna. 2.2 Sijin-Denor Básicamente los responsables que detallamos a continuación integrantes de esta estructura de inteligencia, hacían parte de la sede de Cúcuta (Norte de Santander), lugar desde el cual se construyo una maquina de inhumanidad y salvajismo encaminado al amedrentamiento de la población de la ciudad, resguardado en una nefasta lucha contra la delincuencia que verdaderamente cubría otro propósito mas infame: la depuración de la sociedad a través de la muerte, o en otras palabras de mejor comprensión y entendimiento para la gran mayoría de colombianos: “la limpieza social”. La capital nortesantandereana, especialmente desde comienzos de la década de los noventa, vivió y estuvo sometida a la “limpieza social” llevada a cabo por la SIJIN. La máxima blandida por sus miembros para justificar este “castigo” a cientos de personas era (como se anotó) la reducción de la criminalidad. Por tanto, y a diferencia de otras regiones como Bucaramanga o el Sur del Cesar, el objetivo de su accionar era concretamente uno de los elementos considerados anormales en la estructura social: los delincuentes, independientemente de que estos sujetos tuviesen o no antecedentes penales, o estuviesen involucrados en la comisión de conductas delictivas. Con todo, el concepto se extendía e incluía sin reparo alguno a cualquier persona, de la misma manera que las fuerzas militares entienden el concepto de guerrillero respecto del campesino. Aparte de los asesinatos y las desapariciones, que eran los instrumentos con los cuales se ejecutaba tan magra actividad de “limpieza”, y cuyo punto mas álgido fue el descubrimiento de las fosas comunes del anillo vial en Villa del Rosario (Norte de Santander), los efectivos de la SIJIN de Cúcuta, bajo la bandera de la lucha contra la delincuencia, tenían otra herramienta con la cual afrentar dicho problema: las torturas. La sede del organismo de inteligencia en Cúcuta, al igual que las instalaciones de la V Brigada en Bucaramanga, retomo las peores formas de degradación del ser humano supuestamente dejados atrás en las mazmorras de la Inquisición. Caer en manos de los efectivos policiales y ser señalado únicamente como cómplice o partícipe de un delito, dejaba el camino preparado para ser objeto de torturas de cualquier índole, físicas (preferentemente) o sicológicas, en las cuales todos los miembros adscritos a la SIJIN terciaban, bien sea encubriéndolas o participando activamente en las mismas. En conclusión, la disminución efectiva de los fenómenos delincuenciales, que en el papel debería ser objeto de un tratamiento serio de política criminal llevada por los organismos gubernamentales, cambio de manos. Los entes de seguridad estatales se arrogaron esa función, en este caso concreto la SIJIN de Cúcuta, la cual mediante la práctica de actos bien definidas y encaminadas a un propósito común, la “limpieza social” , acabó quitando vidas en vez de protegerlas. Acto seguido presentamos los itinerarios de los uniformados adscritos a la SIJIN-DENOR, que como se dijo, fundamentalmente son los pertenecientes a la sede de Cúcuta. AMADO GODOY, JOSE GREGORIO Alias: CHAPALETA Itinerario Agente que perteneció al Grupo de Antiextorsión y Secuestro de la SIJIN de Cúcuta. Participó en los siguientes hechos: Detención y torturas infligidas el 29 de diciembre de 1990 a José De Jesús Estupiñán, Alirio Villamizar Cáceres, Gabriel Antonio Miranda, Luz Marina Salazar Moncada, Luz Marina Miranda y José Giraldo Espitía Duarte en las instalaciones de la SIJIN de Cúcuta. Detención y torturas infligidas entre el 27 y 30 de septiembre de 1990 a Joiner De Dios Flórez Villalba en las instalaciones de la SIJIN de Cúcuta. La victima fue sacada de su casa sin orden judicial y sometida a toda clase de torturas en las cuales participo Amado Godoy. Antes de los hechos la víctima tenía varias radicaciones en su contra en la Fiscalía Regional de Cúcuta por los delitos de homicidio, tentativa de homicidio, porte ilegal de arma y secuestro. Igualmente estuvo involucrado en el caso de las fosas comunes del anillo vial, descubiertas el 4 de diciembre de 1991 en Villa del Rosario (Norte de Santander). Participó directamente en la desaparición de José Francisco Rivera Vega y Rubén Darío Pinzón Ibarra. ANALISIS DE IMPUNIDAD Por su participación en el caso del Anillo Vial, la Fiscalía ordenó precluir la investigación penal a favor de José Gregorio Amado Godoy, dándole la libertad inmediata e incondicional. La Procuraduría Delegada para la Policía Judicial y la Policía Administrativa, en fallo del 6 de julio de 1995, resolvió absolver de responsabilidad disciplinaria, al no encontrar pruebas concluyentes que permitieran establecer algún tipo de participación en el caso. Por su participación en la detención, tortura y los tratos crueles inferidos a Joiner de Dios Flórez Villalba entre el 27 y 30 de septiembre de 1990 la Procuraduría Delegada Para la Defensa de los Derechos Humanos mediante resolución No. 18 del 31 de julío de 1995 lo sanciono con destitución del cargo de agente de la Policía Nacional. Para el momento de la investigación José Gregorio Amado Godoy se encontraba retirado. Por su participación en los hechos del 29 de diciembre de 1990, la Procuraduría Delegada Para la Defensa de los Derechos Humanos mediante fallo de única instancia del 28 de noviembre de 1995 lo sanciono con destitución del cargo. ARIAS SIERRA, JOSE ANTONIO Alias: “EL GATO” Itinerario Agente de la SIJIN de Cúcuta. Estuvo involucrado en el caso de las fosas comunes del anillo vial, descubiertas el 4 de diciembre de 1991 en el Corregimiento Lomitas de Villa del Rosario (Norte de Santander). Participó directamente en el hostigamiento, persecución y posterior desaparición de Omar Alberto Cuellar Bautista y Andrés Alberto Jaimes Koop, dos de las víctimas encontradas en las fosas. Igualmente, el 7 de diciembre de 1991, participó en la detención y torturas infligidas a Dioselín Serrano Pérez, Jairo Pineda Barbosa, Carmen David Villalba Quintero, conocido como Carmito Villamizar, Rubén Peñaloza Ortiz y Gloria Stella Correa Jaimes, luego de un operativo encaminado a liberar a un secuestrado en Cúcuta. ANALISIS DE LA IMPUNIDAD Por su participación en el caso del Anillo Vial, la Fiscalía Seccional Unidad Especializada de Vida, en acto del 20 de noviembre de 1992, ordenó la libertad provisional de José Antonio Arias Sierra, debido a un “formulismo procedimental” por transcurrir 6 meses y 3 días sin haberse calificado la investigación. Posteriormente fue vinculado a la investigación penal y su situación fue definida en el fallo del Juzgado Quinto Penal del Circuito y ratificado por el Tribunal Superior de Distrito Judicial de Cúcuta con sentencia condenatoria, cuya pena principal fue de 18 años de prisión. La Procuraduría Delegada para la Policía Judicial y la Policía Administrativa, en fallo del 6 de julio de 1995, lo halló responsable por los “actos de amenaza de muerte, persecuciones, hostigamiento, malos tratos físicos que como se comprobó, desplegaron contra varios ciudadanos los Agentes: …José Antonio Arias Sierra…” y lo sancionó con solicitud de destitución del cargo. Por su participación en la tortura de los secuestradores de Jorge Mogollón Ballesteros, en la investigación disciplinaria abierta por la Procuraduría Delegada para la Policía Judicial y la Policía Administrativa bajo el radicado 015-120350 se relacionaron los hechos no como falta disciplinaria individualizada sino como indicios graves para establecer la responsabilidad del investigado en el caso de las fosas comunes halladas en el Anillo Vial de Cúcuta. CARRILLO, JAIRO Itinerario Agente de la SIJIN de Cúcuta. Estuvo involucrado en el caso de las fosas comunes del anillo vial, descubiertas el 4 de diciembre de 1991 en el Corregimiento Lomitas de Villa del Rosario (Norte de Santander) Participó directamente en el hostigamiento, persecución y desaparición de José Francisco Rivera Vega y Rubén Darío Pinzón Ibarra, dos de las víctimas encontradas en las fosas. ANALISIS DE LA IMPUNIDAD Por su participación en el caso del Anillo Vial, la Procuraduría Delegada para la Policía Judicial y la Policía Administrativa, en fallo del 6 de julio de 1995, resolvió absolver de responsabilidad disciplinaria, al no encontrar pruebas concluyentes que permitieran establecer algún tipo de participación en el caso CASADIEGO BAUTISTA, HERNANDO Itinerario Agente de la SIJIN de Cúcuta. Estuvo involucrado en el caso de las fosas comunes del anillo vial, descubiertas el 4 de diciembre de 1991 en el Corregimiento Lomitas de Villa del Rosario (Norte de Santander). Participó directamente en el hostigamiento, persecución y desaparición de José Francisco Rivera Vega y Rubén Darío Pinzón Ibarra. Además fue señalado por un informante de la Policía Nacional, Alexander Rodríguez Suescún, como el agente que indagó por José de Jesús Rojas Olarte, Jesús María Peña y José Orlando Flórez Londoño, testigos de la desaparición de Pedro Antonio Granados Rojas, quienes también fueron desaparecidos y asesinados. Los cuerpos sin vida de todos ellos se descubrieron en las fosas. ANALISIS DE LA IMPUNIDAD Por su participación en el caso del Anillo Vial, en calificación del mérito del sumario, el Juzgado Segundo de Instrucción Criminal no halló certeza probatoria para dictar medida de aseguramiento contra el Agente Hernando Casadiego Bautista. La Procuraduría Delegada para la Policía Judicial y la Policía Administrativa, en fallo del 6 de julio de 1995, resolvió absolver de responsabilidad disciplinaria, al no encontrar pruebas concluyentes que permitieran establecer algún tipo de participación en el caso CERNIZA POBLADOR, ALCIBÍADES Itinerario El 4 de diciembre de 1991, se encontraron los cuerpos sin vida de diecinueve personas en ocho fosas comunes ubicadas en el Corregimiento Lomitas de Villa del Rosario (Norte de Santander), víctimas de diversos crímenes cometidos por agentes de la SIJIN de Cúcuta. El Sargento Cerinza Poblador, fue reseñado por sus superiores jerárquicos como la persona encargada de dar las órdenes en los operativos que tienen a cargo los miembros del grupo Antiextorsión y Secuestro de la SIJIN en Cúcuta, en particular en el caso de la detención y desaparición de Pedro Antonio Granados Rojas. También es responsable de dejar laborar en ese grupo a los agentes desvinculados Morales Moscoso y Contreras Rojas. ANALISIS DE LA IMPUNIDAD Por su participación en el caso del Anillo Vial, el Tribunal Superior de Distrito Judicial de Cúcuta ordenó la libertad inmediata e incondicional de Alcibíades Cerinza Poblador, pues no encontró mérito para condenarlo ya que se desempeñaba como jefe de los grupos de Antiterrorismo y de Antiextorsión y Secuestro de la SIJIN de Cúcuta, estando bajo su mando “160 hombres que no puede controlar en su totalidad”, encontrando demostrado que éste cumplió con los procedimientos propios de la Institución. La Procuraduría Delegada para la Policía Judicial y la Policía Administrativa, en fallo del 6 de julio de 1995, resolvió absolver de responsabilidad disciplinaria, al no encontrar pruebas concluyentes que permitieran establecer algún tipo de participación en el caso. CONTRERAS ROJAS, LUIS JESUS Alias: “LA LECHUZA”, “LA BRUJA” Itinerario Este agente de la SIJIN se ganó el mote de “La Lechuza” o “La Bruja” por su habilidad en el manejo de los equipos de telecomunicación del Grupo de Antiextorsión y Secuestro, instruyendo a los demás agentes sobre la ubicación de caletas de drogas, delincuentes y extorsionistas en toda la ciudad de Cúcuta. Tal información fue utilizada con provecho económico personal y de su grupo, llevando a cabo, además, labores en la mal llamada “limpieza social”. Participó en los siguientes hechos: Desaparición de Miguel Hernando Rojas Torres y torturas infligidas a su hermano Omar Iván a principios de 1990, en la urbanización Montebello de Los Patios (Norte de Santander). Desaparición y posterior asesinato de los informantes de la Policía Nacional Camilo Carreño Vargas y José Luis Pabón a principios de 1990, quienes fueron primero desaparecidos en el barrio Daniel Jordán de Cúcuta (Norte de Santander), y luego muertos en la vía que de Cúcuta conduce a Pamplona. Los cuerpos de las víctimas fueron encontrados incinerados, uno de ellos sin genitales. Detención y torturas infligidas en julio de 1990 a Esteban Pérez Bautista, en hechos ocurridos en la Ciudadela Juan Atalaya de Cúcuta. Detención y torturas infligidas en el mes de agosto de 1990 a Juan de Dios Anaya junto con otros uniformados del Grupo Antiextorsión y Secuestro de la SIJIN de Cúcuta, en hechos ocurridos en esta ciudad. Contreras golpeó cruelmente y le arrancó una uña del dedo índice de la mano izquierda a la víctima, para que firmara unos papeles que tenían hechos, con el fin de sindicarlo en un proceso con constancias de buen trato. Posteriormente reconoció ante la víctima su falta y le pidió “que lo perdonara” y que volviera pedir ampliación de indagatoria para que dijera lo que era cierto, dándole la suma de $5.500 en efectivo. Detención y torturas infligidas entre el 27 y 30 de septiembre de 1990 a Joiner De Dios Flórez Villalba junto con otros agentes del Grupo de Antiextorsión y Secuestro de la SIJIN de Cúcuta, en las instalaciones del organismo policial. Asesinato de Hellman Morales Ariza el 27 de mayo de 1991 en Cúcuta, en colaboración con el agente Luis Antonio Morales Moscoso, también perteneciente al Grupo de Antiextorsión y Secuestro de la SIJIN en esta ciudad. La víctima había sufrido persecución, hostigamiento y amenazas de muerte por estos agentes debido a sus antecedentes por atraco y con otro nombre por robo de carros. El 4 de diciembre de 1991, fueron encontrados los cuerpos sin vida de diecinueve personas en ocho fosas comunes que estaban en sitio conocido como anillo vial ubicado en el Corregimiento Lomitas, en Villa del Rosario (Norte de Santander). Los cadáveres correspondían a víctimas de varios crímenes cometidos por agentes del Grupo de Antiextorsión y Secuestro de la SIJIN de Cúcuta, entre estos el Agente Contreras Rojas, involucrado en el hostigamiento, persecución y, consecuentemente, la desaparición de Omar Alberto Cuellar Bautista, Andrés Alberto Jaimes Koop, José Francisco Rivera Vega, Rubén Darío Pinzón Ibarra, Pedro Antonio Granados Rojas, José de Jesús Flórez Olarte, Jesús María Peña y José Orlando Flórez Londoño. Contreras continuó con estas acciones indebidamente en la SIJIN de Cúcuta a pesar de haber sido desvinculado desde el 18 de junio de 1991. Detención y torturas infligidas el 7 de diciembre de 1991 a Dioselín Serrano Pérez, Jairo Pineda Barbosa, Carmen David Villalba Quintero, conocido como Carmito Villamizar, Rubén Peñaloza Ortiz y Gloria Stella Correa Jaimes, en hechos ocurridos en Cúcuta. Contreras participó en los acontecimientos sin importar que estuviera desvinculado del organismo policial. ANALISIS DE IMPUNIDAD Por su participación en el caso de las fosas comunes del Anillo Vial, la Procuraduría Delegada para la Policía Judicial y la Policía Administrativa, en fallo del 6 de julio de 1995, lo halló responsable por los “actos de amenaza de muerte, persecuciones, hostigamiento, malos tratos físicos que como se comprobó, desplegaron contra varios ciudadanos los Agentes: …Luis Jesús Contreras Rojas…” y lo sancionó con solicitud de destitución del cargo. Por su participación en la tortura de Dioselin Serrano Pérez y otros, la desaparición y el asesinato de los informantes de la Policía Nacional; la desaparición de Miguel Hernando Rojas Torres y la tortura de su hermano Omar Iván; el asesinato de Hellman Morales Ariza; las torturas infligidas a Esteban Pérez y Juan de Dios Anaya, en la investigación disciplinaria abierta por la Procuraduría Delegada para la Policía Judicial y la Policía Administrativa bajo el radicado 015-120350 se relacionaron los hechos, no como falta disciplinaria individualizada, sino como indicios graves para establecer la responsabilidad del investigado en el caso de las fosas comunes del Anillo Vial. Por su participación en la detención, tortura y los tratos crueles inferidos a Joiner de Dios Flórez Villalba, la Procuraduría Delegada Para la Defensa de los Derechos Humanos mediante resolución No. 18 del 31 de julío de 1995 lo sanciono con destitución (separación absoluta) del cargo de agente de la Policía Nacional. Para el momento de la investigación Luis Jesús Contreras Rojas se encontraba huyendo de la justicia porque se le dicto auto de detención por los hechos ocurridos en el caso de las fosas comunes del anillo vial. COOK GONZALEZ, JAIRO ALBERTO Itinerario Mayor adscrito a la SIJIN de Cúcuta. Personal bajo su mando detuvo y torturó en las instalaciones del organismo policial el 29 de diciembre de 1990 a José De Jesús Estupiñán, Alirio Villamizar Cáceres, Gabriel Antonio Miranda, Luz Marina Salazar Moncada, Luz Marina Miranda y José Giraldo Espitía Duarte por agentes de la SIJIN. Pretendió además encubrir los hechos ante una visita al lugar de un funcionario de la Fiscalía negando que hablara con los aprehendidos. ANALISIS DE IMPUNIDAD Por su participación en estos hechos, la Procuraduría Delegada Para la Defensa de los Derechos Humanos mediante fallo de única instancia del 28 de noviembre de 1995 lo sanciono con suspensión en el ejercicio del cargo por cinco (5) días porque el agente solo se encontraba en la SIJIN el 31 de diciembre y “las circunstancias no permiten validamente concluir que él se encontraba enterado de lo que allí ocurría”. En este momento se encontraba en retiro. GALINDO PARRA, ALBERTO Itinerario Jefe de la SIJIN de Cúcuta, desde enero a septiembre de 1991. No ordenó la investigación atinente al esclarecimiento de los hechos relacionados en que se encontraban involucrados sus subalternos por el descubrimiento, el 4 de diciembre de 1991, de los cuerpos de diecinueve personas en ocho fosas comunes ubicadas en un sitio conocido como anillo vial del Corregimiento Lomitas, de Villa del Rosario (Norte de Santander), víctimas de crímenes del organismo policial. ANALISIS DE LA IMPUNIDAD Por su participación en el caso del Anillo Vial, la Procuraduría Delegada para la Policía Judicial y la Policía Administrativa, en fallo del 6 de julio de 1995, resolvió absolver de responsabilidad disciplinaria, al no encontrar pruebas concluyentes que permitieran establecer algún tipo de participación en el caso. GUERRERO MENDOZA, MEDARDO Itinerario El 4 de diciembre de 1991, se encontraron los cuerpos sin vida de diecinueve personas en ocho fosas comunes ubicadas en un sitio conocido como anillo vial del Corregimiento Lomitas, jurisdicción de Villa del Rosario (Norte de Santander). Los cadáveres correspondían a víctimas de crímenes cometidos por personal de la SIJIN de Cúcuta como el Agente Guerrero Mendoza, involucrado en el hostigamiento, persecución y desaparición de Omar Alberto Cuellar Bautista y Andrés Alberto Jaimes Koop. Además, a su cuidado se encontraba el Ford Sierra de color gris, de placas XED-483, que fue utilizado en la persecución, detención y desaparición de Pedro Antonio Granados Rojas; a este respecto es de destacar que la volqueta que conducía el señor Granados Rojas se encontró parqueada cerca de la residencia del agente Guerrero Mendoza, en el barrio Aniversario II. Igualmente, el 7 de diciembre de 1991, participó directamente en la detención y torturas ocasionadas a Dioselín Serrano Pérez, Jairo Pineda Barbosa, Carmen David Villalba Quintero, conocido como Carmito Villamizar, Rubén Peñaloza Ortiz y Gloria Stella Correa Jaimes, en hechos sucedidos en Cúcuta en el desarrollo de un operativo encaminado a liberar un secuestrado ANALISIS DE LA IMPUNIDAD Por su participación en el caso del Anillo Vial, la Procuraduría Delegada para la Policía Judicial y la Policía Administrativa, en fallo del 6 de julio de 1995, lo halló responsable por los “actos de amenaza de muerte, persecuciones, hostigamiento, malos tratos físicos que como se comprobó, desplegaron contra varios ciudadanos los Agentes: …Medardo Guerrero Mendoza…” y lo sancionó con solicitud de destitución del cargo. Por su participación en la tortura de Dioselin Serrano Pérez y otros, en la investigación disciplinaria abierta por la Procuraduría Delegada para la Policía Judicial y la Policía Administrativa bajo el radicado 015-120350 se relacionaron los hechos no como falta disciplinaria individualizada sino como indicios graves para establecer la responsabilidad del investigado en el caso de las fosas comunes halladas en el Anillo Vial de Cúcuta. LAGUADO LOPEZ, REINALDO Itinerario El 4 de diciembre de 1991, se encontraron los cuerpos sin vida de diecinueve personas en ocho fosas comunes ubicadas en un sitio conocido como anillo vial del Corregimiento Lomitas, jurisdicción de Villa del Rosario (Norte de Santander). Los cadáveres correspondían a víctimas de crímenes cometidos por personal de la SIJIN de Cúcuta, como el Agente Laguado López, quien intervino directamente en el hostigamiento, persecución y desaparición de José Francisco Rivera Vega y Rubén Darío Pinzón Ibarra. La prueba en su contra fue la declaración de un familiar del señor Rivera Vega. ANALISIS DE LA IMPUNIDAD Por su participación en el caso del Anillo Vial, en calificación del mérito del sumario, el Juzgado Décimo de Instrucción Criminal no halló certeza probatoria para dictar medida de aseguramiento contra el Agente Reinaldo Laguado López. La Procuraduría Delegada para la Policía Judicial y la Policía Administrativa, en fallo del 6 de julio de 1995, resolvió absolver de responsabilidad disciplinaria, al no encontrar pruebas concluyentes que permitieran establecer algún tipo de participación en el caso. MORALES MOSCOSO, LUIS ANTONIO Alias: “MANO DE GUANTE, GUANTE NEGRO” Itinerario Este agente de la SIJIN era identificado por sus víctimas porque usaba siempre en una de sus manos un guante de color negro, buscando ocultar con él una cicatriz que tenía en el dorso de la mano. Estuvo involucrado en los siguientes hechos: Desaparición de Miguel Hernando Rojas Torres y torturas infligidas a su hermano Omar Iván a principios de 1990, en la urbanización Montebello de Los Patios (Norte de Santander). Aparentemente al agente Morales Moscoso le robaron la casa, culpando del hecho a Omar Iván, quién era su vecino, siendo sacado violentamente de su casa con la intención de llevárselo, situación que impidió la familia de la víctima, aun que no pudieron evitar la golpiza que le propinaron en la calle. Desaparición y posterior asesinato de los informantes de la Policía Nacional Camilo Carreño Vargas y José Luis Pabón a principios de 1990, quienes fueron primero desaparecidos en el barrio Daniel Jordán de Cúcuta (Norte de Santander), y luego muertos en la vía que de Cúcuta conduce a Pamplona. Los cuerpos de las víctimas fueron encontrados incinerados, uno de ellos sin genitales. Una de las víctimas, las cuales eran delincuentes, le dijo a Morales Moscoso que en cierta casa había un expendio de droga, realizando el allanamiento sin encontrar nada, razón por la cual sus superiores lo amonestaron. En venganza el Agente les dio muerte. Asesinato del Agente de la Policía Nacional de apellidos Pérez Pico, en Cúcuta, ocurrido a principios de 1990. Según información del ex Agente de la Policía Nacional Reynaldo Vaquero Muñoz, la víctima pertenecía al Grupo de Antiextorsión y Secuestro, siendo asesinado por Morales por supuestamente haber participado en la guerrilla. Detención y torturas infligidas entre el 27 y 30 de septiembre de 1990 a Joiner De Dios Flórez Villalba junto con otros agentes del Grupo de Antiextorsión y Secuestro de la SIJIN de Cúcuta, en las instalaciones del organismo policial. Detención y torturas infligidas el 29 de diciembre de 1990 a José de Jesús Estupiñan, Alirio Villamizar Cáceres, Gabriel Antonio Miranda, Luz Marina Salazar Moncada, Luz Marina Miranda y José Giraldo Espitía Duarte en las instalaciones de la SIJIN de Cúcuta. Asesinato de Hellman Morales Ariza el 27 de mayo de 1991, en hechos ocurridos en Cúcuta. Contó con la complicidad del Agente Luis Jesús Contreras Rojas. La víctima había sufrido persecución, hostigamiento y amenazas de muerte por estos agentes debido a sus antecedentes por atraco y con otro nombre por robo de carros. El 4 de diciembre de 1991, fueron encontrados los cuerpos sin vida de diecinueve personas en ocho fosas comunes que estaban en sitio conocido como anillo vial ubicado en el Corregimiento Lomitas, en Villa del Rosario (Norte de Santander). Los cadáveres correspondían a víctimas de varios crímenes cometidos por agentes del Grupo de Antiextorsión y Secuestro de la SIJIN de Cúcuta, entre estos el Agente Morales Moscoso, involucrado en el hostigamiento, persecución y, consecuentemente, la desaparición de Omar Alberto Cuéllar Bautista, Andrés Alberto Jaimes Koop, José Francisco Rivera Vega, Rubén Darío Pinzón Ibarra, Pedro Antonio Granados Rojas, José de Jesús Flórez Olarte, Jesús María Peña y José Orlando Flórez Londoño. Moscoso continuó con estas acciones indebidamente en la SIJIN de Cúcuta a pesar de haber sido desvinculado desde el 13 de noviembre de 1991. Detención y torturas infligidas el 7 de diciembre de 1991 a Dioselín Serrano Pérez, Jairo Pineda Barbosa, Carmen David Villalba Quintero, conocido como Carmito Villamizar, Rubén Peñaloza Ortiz y Gloria Stella Correa Jaimes, en hechos ocurridos en Cúcuta. Moscoso participó en los acontecimientos sin importar que estuviera desvinculado del organismo policial. Cuando el Agente Luis Antonio Morales Moscoso se evadió de la cárcel, en el transcurso de la investigación por las fosas comunes del Anillo Vial, en compañía de Alfonso Salgado y Mauricio Ordóñez Bastos, también detenidos por los mismos hechos, se proponían ajusticiar a una persona. ANALISIS DE LA IMPUNIDAD Por su participación en el caso de las fosas del Anillo Vial, Luis Antonio Morales Moscoso rindió diligencia de indagatoria el 9 de marzo de 1992 ante el Juez Segundo de Instrucción Criminal de Cúcuta. En el oficio Nº 148 de septiembre 15 de 1992 de la Fiscalía Seccional Especializada de Vida de Cúcuta se informa que Morales Moscoso se evadió de las instalaciones de los Cuarteles de San Mateo, en donde se encontraba recluido con detención preventiva vigente, presentándose al día siguiente con su defensora. Evadió en este lapso de tiempo la captura que le iban a dar Agentes del DAS. Con el se encontraba retenido Mauricio Ordóñez Bastos y la investigación cursaba en el Juzgado Quinto Penal del Circuito de Cúcuta. La Procuraduría Delegada para la Policía Judicial y la Policía Administrativa, en fallo del 6 de julio de 1995, lo halló responsable por los “actos de amenaza de muerte, persecuciones, hostigamiento, malos tratos físicos que como se comprobó, desplegaron contra varios ciudadanos los Agentes: Luis Antonio Morales Moscoso…” y lo sancionó con solicitud de destitución del cargo. Por su participación en la tortura de José de Jesús Estupiñán y otros, la desaparición y asesinato de los muchachos informantes de la Policía Nacional, la desaparición de Miguel Hernando Rojas Torres y la tortura de su hermano Omar Iván, el asesinato de Hellman Morales Ariza, y el asesinato del Agente de Policía Pérez Pico, ex-integrante de un grupo guerrillero, en la investigación disciplinaria abierta por la Procuraduría Delegada para la Policía Judicial y la Policía Administrativa bajo el radicado 015-120350, se relacionaron los hechos no como falta disciplinaria individualizada sino como indicios graves para establecer la responsabilidad del investigado en el caso de las fosas comunes halladas en el Anillo Vial de Cúcuta. Por su participación en la detención, tortura y los tratos crueles inferidos a Joiner de Dios Flórez Villalba entre el 27 y 30 de septiembre de 1990 la Procuraduría Delegada Para la Defensa de los Derechos Humanos mediante resolución No. 18 del 31 de julío de 1995 lo sanciono con destitución del cargo de agente de la Policía Nacional. Para el momento de la investigación Luis Antonio Morales Moscoso se encontraba recluido en la Cárcel Nacional Modelo de Cúcuta con medida de seguridad por los hechos ocurridos en el caso de las fosas comunes del anillo vial. Por su participación en las torturas ocasionadas a Dioselin Serrano Pérez y otros, la Procuraduría Delegada Para la Defensa de los Derechos Humanos mediante fallo de única instancia del 28 de noviembre de 1995 lo sanciono con destitución del cargo. En esa época como se menciono se encontraba recluido en la Cárcel Nacional Modelo de Cúcuta con medida de seguridad por los hechos ocurridos en el caso de las fosas comunes del anillo vial. ORDOÑEZ BASTOS, MAURICIO Itinerario Agente del Grupo de Antiextorsión y Secuestro de la SIJIN de Cúcuta. Participó en los siguientes sucesos: Detención y torturas infligidas el 29 de diciembre de 1990 a José de Jesús Estupiñán, Alirio Villamizar Cáceres, Gabriel Antonio Miranda, Luz Marina Salazar Moncada, Luz Marina Miranda y José Giraldo Espitía Duarte en las instalaciones de la SIJIN de Cúcuta. El 4 de diciembre de 1991, fueron encontrados los cuerpos sin vida de diecinueve personas en ocho fosas comunes que estaban en sitio conocido como anillo vial ubicado en el Corregimiento Lomitas, en Villa del Rosario (Norte de Santander). Los cadáveres correspondían a víctimas de varios crímenes cometidos por agentes del Grupo de Antiextorsión y Secuestro de la SIJIN de Cúcuta, entre estos el Agente Ordóñez Bastos, involucrado en el hostigamiento, persecución y desaparición de Omar Alberto Cuellar Bautista, Andrés Alberto Jaimes Koop, Pedro Antonio Granados Rojas, José de Jesús Flórez Olarte, Jesús María Peña y José Orlando Flórez Londoño. Detención y torturas infligidas el 7 de diciembre de 1991 a Dioselín Serrano Pérez, Jairo Pineda Barbosa, Carmen David Villalba Quintero, conocido como Carmito Villamizar, Rubén Peñaloza Ortiz y Gloria Stella Correa Jaimes, en hechos ocurridos en Cúcuta. Cuando el Agente Luis Antonio Morales Moscoso se evadió de la cárcel, en el transcurso de la investigación por las fosas comunes del Anillo Vial, en compañía de Alfonso Salgado y Mauricio Ordóñez Bastos, también detenidos por los mismos hechos, se proponían ajusticiar a una persona. ANALISIS DE LA IMPUNIDAD Por su participación en la tortura a Dioselín Serrano Pérez y otros , la Procuraduría Delegada Para la Defensa de los Derechos Humanos mediante fallo de única instancia del 28 de noviembre de 1995 lo sanciono con destitución del cargo. Por su participación en el caso del Anillo Vial, Mauricio Ordóñez Bastos se encontraba recluido en la cárcel Modelo de Cúcuta, por orden del Juzgado Quinto Penal del Circuito como del Tribunal Superior de Distrito Judicial de Cúcuta. La Procuraduría Delegada para la Policía Judicial y la Policía Administrativa, en fallo del 6 de julio de 1995, lo halló responsable “por lo menos de la detención ilegal del señor Pedro Antonio Granados Rojas”, y por guardar silencio ante sus superiores de la participación de los agentes desvinculados Morales Moscoso y Contreras Rojas, sancionándolo con solicitud de destitución del cargo. Por su participación en la tortura de José de Jesús Estupiñán y otros, en la investigación disciplinaria abierta por la Procuraduría Delegada para la Policía Judicial y la Policía Administrativa bajo el radicado 015-120350 se relacionaron los hechos no como falta disciplinaria individualizada sino como indicios graves para establecer la responsabilidad del investigado en el caso de las fosas comunes halladas en el Anillo Vial de Cúcuta. PABON BENITEZ, ALVARO Itinerario Agente del Grupo de Antiextorsión y Secuestro de la SIJIN de Cúcuta. Participó en los siguientes hechos: Detención y torturas infligidas entre el 27 y 30 de septiembre de 1990 a Joiner De Dios Flórez Villalba junto con otros agentes del Grupo de Antiextorsión y Secuestro de la SIJIN de Cúcuta, en las instalaciones del organismo policial. Detención y torturas infligidas el 29 de diciembre de 1990 a José de Jesús Estupiñán, Alirio Villamizar Cáceres, Gabriel Antonio Miranda, Luz Marina Salazar Moncada, Luz Marina Miranda y José Giraldo Espitía Duarte en las instalaciones de la SIJIN de Cúcuta. El 4 de diciembre de 1991, fueron encontrados los cuerpos sin vida de diecinueve personas en ocho fosas comunes que estaban en sitio conocido como anillo vial ubicado en el Corregimiento Lomitas, en Villa del Rosario (Norte de Santander). Los cadáveres correspondían a víctimas de varios crímenes cometidos por agentes del Grupo de Antiextorsión y Secuestro de la SIJIN de Cúcuta, entre estos el Agente Pabón Benítez, involucrado en el hostigamiento, persecución y desaparición de Omar Alberto Cuellar Bautista, Andrés Alberto Jaimes Koop, Pedro Antonio Granados Rojas, José de Jesús Flórez Olarte, Jesús María Peña y José Orlando Flórez Londoño. Detención y torturas infligidas el 7 de diciembre de 1991 a Dioselín Serrano Pérez, Jairo Pineda Barbosa, Carmen David Villalba Quintero, conocido como Carmito Villamizar, Rubén Peñaloza Ortiz y Gloria Stella Correa Jaimes, en hechos ocurridos en Cúcuta. ANALISIS DE LA IMPUNIDAD Por su participación en el caso denominado “las fosas comunes de Anillo Vial”, Álvaro Pabón Benítez se encontraba recluido en la cárcel Modelo de Cúcuta, por orden del Juzgado Quinto Penal del Circuito como del Tribunal Superior de Distrito Judicial de Cúcuta. La Procuraduría Delegada para la Policía Judicial y la Policía Administrativa, en fallo del 6 de julio de 1995, lo halló responsable “por lo menos de la detención ilegal del señor Pedro Antonio Granados Rojas” (también por amenazas), y por guardar silencio ante sus superiores de la participación de los agentes desvinculados Morales Moscoso y Contreras Rojas, sancionándolo con solicitud de destitución del cargo. Por su participación en la tortura de José de Jesús Estupiñán y otros, en la investigación disciplinaria abierta por la Procuraduría Delegada para la Policía Judicial y la Policía Administrativa bajo el radicado 015-120350 se relacionaron los hechos no como falta disciplinaria individualizada sino como indicios graves para establecer la responsabilidad del investigado en el caso de las fosas comunes del Anillo Vial. Por su participación en la detención, tortura y los tratos crueles inferidos a Joiner de Dios Flórez Villalba entre el 27 y 30 de septiembre de 1990, la Procuraduría Delegada Para la Defensa de los Derechos Humanos mediante resolución No. 18 del 31 de julío de 1995 lo sanciono con destitución del cargo de agente de la Policía Nacional. Para el momento de la investigación Álvaro Pabón Benítez se encontraba recluido en la Cárcel Nacional Modelo con medida de seguridad por el caso de las fosas comunes del Anillo Vial. Por su participación en la tortura infligida a Dioselín Serrano Pérez y otros, la Procuraduría Delegada Para la Defensa de los Derechos Humanos mediante fallo de única instancia del 28 de noviembre de 1995, lo sanciono con destitución del cargo. En esa época como se menciono se encontraba recluido en la Cárcel Nacional Modelo de Cúcuta con medida de seguridad por los hechos ocurridos en las fosas comunes del Anillo Vial. RIAÑO CAMARGO, MANUEL ENRIQUE Itinerario Jefe de la SIJIN de Cúcuta, desde septiembre 30 de 1991 a enero 15 de 1992. No ordenó la investigación atinente al esclarecimiento de los hechos relacionados en que se encontraban involucrados sus subalternos por el descubrimiento, el 4 de diciembre de 1991, de los cuerpos de diecinueve personas en ocho fosas comunes ubicadas en un sitio conocido como anillo vial del Corregimiento Lomitas, de Villa del Rosario (Norte de Santander), víctimas de crímenes del organismo policial. ANALISIS DE LA IMPUNIDAD Por participación en el caso del Anillo Vial, en calificación del mérito del sumario, el Juzgado Décimo octavo de Instrucción Criminal no halló certeza probatoria para dictarle medida de aseguramiento. La Procuraduría Delegada para la Policía Judicial y la Policía Administrativa, en fallo del 6 de julio de 1995, resolvió absolver de responsabilidad disciplinaria, al no encontrar pruebas concluyentes que permitieran establecer algún tipo de participación en el caso. SALGADO, ALFONSO Itinerario El 4 de diciembre de 1991, se encontraron los cuerpos sin vida de diecinueve personas en ocho fosas comunes ubicadas en un sitio conocido como anillo vial del Corregimiento Lomitas, jurisdicción de Villa del Rosario (Norte de Santander). Los cadáveres correspondían a víctimas de crímenes cometidos por personal de la SIJIN de Cúcuta, entre estos el Agente Salgado, quien participó directamente en el hostigamiento, persecución y desaparición de Pedro Antonio Granados Rojas, José de Jesús Flórez Olarte, Jesús María Peña y José Orlando Flórez Londoño. Cuando el Agente Luis Antonio Morales Moscoso se evadió de la cárcel, en el transcurso de la investigación por las fosas comunes del Anillo Vial, en compañía de Alfonso Salgado y Mauricio Ordóñez Bastos, también detenidos por los mismos hechos, se proponían ajusticiar a una persona. ANALISIS DE LA IMPUNIDAD Por su participación en el caso del Anillo Vial, Alfonso Salgado se encontraba recluido en la Penitenciaria Nacional de Cúcuta. La Procuraduría Delegada para la Policía Judicial y la Policía Administrativa, en fallo del 6 de julio de 1995, resolvió absolver de responsabilidad disciplinaria, al no encontrar pruebas concluyentes que permitieran establecer algún tipo de participación en el caso, a pesar de que por el mismo hecho fue condenado en la jurisdicción penal ordinaria. SÁNCHEZ PABON, NORBERTO Itinerario El 4 de diciembre de 1991, se encontraron los cuerpos sin vida de diecinueve personas en ocho fosas comunes ubicadas en un sitio conocido como anillo vial del Corregimiento Lomitas, jurisdicción de Villa del Rosario (Norte de Santander). Los cadáveres correspondían a víctimas de crímenes cometidos por personal de la SIJIN de Cúcuta. El Agente Sánchez Pabón estuvo involucrado en el hostigamiento, persecución y desaparición de Omar Alberto Cuellar Bautista, Andrés Alberto Jaimes Koop, Pedro Antonio Granados Rojas, José de Jesús Flórez Olarte, Jesús María Peña y José Orlando Flórez Londoño. ANALISIS DE LA IMPUNIDAD Por su participación en el caso del Anillo Vial, Norberto Sánchez Pabón se encontraba recluido en la cárcel Modelo de Cúcuta, por orden del Juzgado Quinto Penal del Circuito como del Tribunal Superior de Distrito Judicial de Cúcuta. La Procuraduría Delegada para la Policía Judicial y la Policía Administrativa, en fallo del 6 de julio de 1995, lo halló responsable “por lo menos de la detención ilegal del señor Pedro Antonio Granados Rojas”, y por guardar silencio ante sus superiores de la participación de los agentes desvinculados Morales Moscoso y Contreras Rojas, sancionándolo con solicitud de destitución del cargo. TORRES PULIDO, TIBERIO Itinerario Cabo Primero. Responsable de la detención y posterior tortura de Alexander Chinchilla Flórez el 10 de marzo de 1992 en la localidad de Los Patios (Norte de Santander). ANÁLISIS DE IMPUNIDAD Por estos hechos la Procuraduría Delegada para la Policía Judicial y Administrativa, mediante providencia del 18 de diciembre de 1992, sancionó al Suboficial con suspensión en el ejercicio del cargo sin derecho a remuneración por el término de 10 días. El uniformado interpuso recurso de reposición al fallo anterior, el cual resolvió la Delegada en forma negativa y por ende mantuvo la sanción impuesta, en providencia del 22 de abril de 1993. 2.3 departamento de Policía de Santander ALQUICHIRE, JORGE Itinerario Agente que participó en las torturas infligidas a Maria Nelly Rodríguez, en hechos sucedidos en el año de 1991 en Barrancabermeja (Santander). ANALISIS DE IMPUNIDAD Por este hecho la Procuraduría Provincial de Barrancabermeja realizó investigación bajo el radicado No. 062-006270, archivándola el 6 de enero de 1993. ARIAS MARTÍNEZ, WILSON Itinerario El 27 de julio de 1991 fue el autor de las torturas sufridas por Alcira Martínez en Barrancabermeja (Santander). ANALISIS DE IMPUNIDAD La Procuraduría Provincial de Barrancabermeja, realizó investigación bajo el radicado No. 062-006249. El 17 de enero de 1995 se emitió fallo sancionatorio. ARROYABE VALENCIA, ORLANDO Itinerario El 27 de septiembre de 1988, participó en la detención y las heridas causadas a Ernesto Díaz Rodríguez, en la vereda El Guayabal de San Gil (Santander). No se conoce que el Agente Arroyabe Valencia haya sido vinculado a investigaciones por este hecho. BARRERO QUINTERO, FELIX TIBERIO Itinerario Agente que fue el autor material del asesinato de José Excelino Forero Mateus, técnico agropecuario que se desempeñaba como asesor de la Asociación Campesina de Tabacaleros de la Provincia de García Rovira y miembro del Servicio de Pastoral Social de la Diócesis de Socorro y San Gil (SEPAS), en el sitio La Ochenta, vereda Popagá en San José de Miranda (Santander). No se vinculó al agente Barrero a investigación penal o disciplinaria alguna. BERBESI MARIÑO, DOUGLAS Itinerario Agente que participó en la detención y torturas ocasionadas a Gabriel Malave Carreño, el 16 de mayo de 1987, en Socorro (Santander). ANÁLISIS DE IMPUNIDAD En providencia del 16 de abril de 1991, la Procuraduría Delegada para la Policía Nacional, dentro del expediente Nº 020-66790, sancionó al agente Berbesi Mariño con multa equivalente a 5 días de sueldo devengado para la época de los hechos. Tiempo después, el 21 de febrero de 1992, resolvió el recurso de apelación confirmando el primer fallo en todas sus partes. CARVAJAL ROSAS, GONZALO Itinerario Agente que el 31 de julio de 1994, detuvo y torturó a Álvaro Díaz en Piedecuesta (Santander). A consecuencia de las torturas Álvaro murió el 17 de agosto de 1994, en el hospital Ramón González Valencia de Bucaramanga. Igualmente fue responsable junto con otro uniformado de la tortura y asesinato de Eduardo Ramírez Pinto, conocido como “El Zorro”; y las torturas y heridas ocasionadas a otro hombre, en hechos ocurridos el 7 de agosto de 1994 en un establecimiento público del barrio San Rafael en el centro de la localidad santandereana mencionada. ANÁLISIS DE IMPUNIDAD Por la tortura y asesinato de Eduardo Ramírez Pinto, la Procuraduría Regional de Santander adelantó la investigación disciplinaria contra este agente pero no se conoce su resultado. CARVAJAL SIERRA, LUIS FRANCISCO Itinerario Participó junto con el agente Luis Rivera Hernández en el asesinato del dirigente del Sindicato de Trabajadores del Ministerio de obras Públicas Luis Antonio Pimientos Ballesteros, y las heridas causadas a Hernando Pimiento, el 9 de agosto de 1985 en Floridablanca (Santander). ANALISIS DE IMPUNIDAD Por estos hechos, a finales del mes de septiembre 1986, el agente Luis Francisco Carvajal Sierra y el otro uniformado, fueron absueltos por unanimidad en Consejo Verbal de Guerra. CIFUENTES PÉREZ, JORGE ENRIQUE Itinerario Oficial que el 27 de febrero de 1991, torturó a Mauricio Humberto Morales en Barrancabermeja (Santander). ANALISIS DE IMPUNIDAD La procuraduría provincial de Barrancabermeja, inició investigación bajo el radicado No.062-006096. El 26 de mayo de 1993, promulgó fallo sancionatorio. No se tiene dato de su contenido. CLARET CUELLO, JOSE Itinerario EL 20 de marzo de 1993, el gerente de la Caja de Previsión Municipal Helí Ruiz, fue amenazado por José Claret Cuello, Comandante de la Estación de Policía, en San Vicente de Chucurí (Santander). Claret Cuello no fue investigado por estos hechos. CONTRERAS, JESUS Itinerario Agente que el 19 de abril de 1986, fue autor material de las detención y torturas ocasionadas a los ingenieros Mauricio Mejía Abello y Andrés Plata, en Barrancabermeja (Santander). Las víctimas presentaron denuncia penal contra el uniformado pero no se conoce el resultado de la investigación. DELGADO, CARLOS Itinerario Cabo Segundo. El 14 de abril de 1.978, asesinó al estudiante de 16 años de edad Álvaro Gómez Solano en Barrancabermeja (Santander). El Suboficial no fue investigado por estos hechos. DIAZ BOHÓRQUEZ, JUAN DE JESUS Responsable junto con otro uniformado de la tortura y asesinato de Eduardo Ramírez Pinto, conocido como “El Zorro”; y las torturas y heridas ocasionadas a otro hombre, en hechos ocurridos el 7 de agosto de 1994, en un establecimiento público del barrio San Rafael en el centro de Piedecuesta. ANÁLISIS DE IMPUNIDAD Por la tortura y asesinato de Eduardo Ramírez Pinto, la Procuraduría Regional de Santander adelantó la investigación disciplinaria contra este agente pero no se conoce su resultado. ESPITIA DIAZ, ERNESTO Itinerario El 21 de febrero de 1988 en horas de la mañana, el campesino Directivo de la Asociación Nacional de Usuarios Campesinos (ANUC), Vicepresidente del Comité de Solidaridad y Derechos Humanos de la Provincia de García Rovira Valentín Basto Calderón, el concejal por el Partido Liberal Pedro Vicente Camargo Niño fueron asesinados, Eliza Maldonado de Niño y la niña Carmenza Camargo resultaron heridas por tres hombres armados pertenecientes al grupo paramilitar Muerte a Subversivos y Colaboradores (MASC) en complicidad con miembros de la Policía y efectivos de la base militar de Servitá adscrita a la V Brigada en el barrio Calicanto de Cerrito (Santander). El Sargento Espitia Díaz, quien se desempeñaba como Comandante de la estación de Policía de Cerrito, no adelantó ningún tipo de acción para detener a los asesinos, pese a que hubo la posibilidad de hacerlo. Dos días después, durante el sepelio de las víctimas, junto con un Capitán del Ejército hostigaron a los asistentes, hicieron disparos al aire e intentaron torpedear la realización de las honras fúnebres. ANALISIS DE IMPUNIDAD El Procurador General de la Nación, ante las denuncias presentadas por varias organizaciones sociales, creó una comisión especial para investigar los hechos. El 9 de septiembre de 1988 la Procuraduría General envió copia del expediente a las Procuradurías Delegadas para la Policía Nacional y las Fuerzas Militares, para que adelantaran investigaciones tendientes a esclarecer la identidad de los responsables. El 12 de marzo de 1991, la Procuraduría Delegada para la Policía Nacional que había elevado pliego de cargos contra Ernesto Espitia Díaz por que “en su calidad de Comandante de la Subestación de Cerrito… se mostró negligente en el descubrimiento de los autores de la muerte de los ciudadanos Valentín Basto Calderón y Pedro Vicente Camargo, permitiendo con tal omisión que no se descubrieran y se capturaran oportunamente… como también actuando en complicidad con el Ejército de una manera drástica sin que hubiera motivo durante el sepelio de los precitados occisos… y permitiendo que sus subalternos hicieran disparos en horas de la tarde aduciendo que posiblemente algún grupo subversivo quería tomarse la población”; lo sancionó con “solicitud de suspensión del cargo de la Policía Nacional por el término de diez (10) días por haber sido hallado responsable de los cargos endilgados”. GOMEZ, RAMIRO Itinerario Suboficial que el 19 de abril de 1986, fue autor material de las detención y torturas ocasionadas a los ingenieros Mauricio Mejía Abello y Andrés Plata, en Barrancabermeja (Santander). Las víctimas presentaron denuncia penal contra el uniformado pero no se conoce el resultado de la investigación. GOMEZ BEJARANO, MANUEL GUILLERMO Itinerario Agente que fue el autor material del asesinato de José Excelino Forero Mateus, técnico agropecuario que se desempeñaba como asesor de la Asociación Campesina de Tabacaleros de la Provincia de García Rovira y miembro del Servicio de Pastoral Social de la Diócesis de Socorro y San Gil (SEPAS), en el sitio La Ochenta, vereda Popagá en San José de Miranda (Santander). Desde el 7 de marzo de 1988 hasta el 3 de septiembre del mismo año, Gómez Bejarano se desempeñó como Comandante de Policía de Capitanejo. A partir del 3 de septiembre de 1988, estuvo adscrito a la Policía Judicial de Málaga. En noviembre de 1989, fue trasladado a la SIJIN en Bucaramanga. ANALISIS DE LA IMPUNIDAD Por el asesinato de José Excelino Forero Mateus, el 6 de noviembre de 1988, en San José de Miranda, fue vinculado a investigación penal ordinaria, en la que el 27 de marzo de 1989 rindió indagatoria, se le dictó auto de detención, el cual fue revocado el 10 de junio de 1989. El 7 de enero de 1994, la investigación fue suspendida y archivada por la Fiscalía 16 de Bucaramanga. El 25 de enero de 1991, la investigación a la que había sido vinculado por la Procuraduría Delegada para la Policía Nacional, fue archivada “por falta de méritos”. HURTADO DIAZ, HUGO HERNAN Itinerario Sargento Segundo. Participó en la desaparición, tortura y asesinato de los paramilitares Diego Luis Cataño Hernández, Diego Alexander López Salazar, de 17 años, conocido como “Rastrillo”, Miltón Martínez Plata y José Alirio Ulloa Triana, conocido como “Carlos Villa”, miembros de apoyo de la Red de Inteligencia Nº 7 de la Armada con sede en Barrancabermeja (responsable de por lo menos 70 crímenes en el Magdalena Medio), en hechos ocurridos entre el 1 de junio y el 25 de agosto de 1992 fueron desaparecidos, torturados y asesinados en Puerto Parra (Santander). ANALISIS DE IMPUNIDAD Por su participación en la desaparición, torturas y asesinato de las cuatro víctimas, la Procuraduría Delegada Para la Defensa de los Derechos Humanos mediante providencia del 20 de mayo de 1997 sanciono al Sargento segundo Hurtado Díaz con suspensión en el ejercicio del cargo sin remuneración por el termino de 90 días, por aplicación del principio de favorabilidad . Sin embargo la Procuraduría General de la Nación resolviendo recurso de apelación impuesto por el sancionado en el anterior pronunciamiento, decidió en fallo del 25 de agosto de 1997 declarar prescrita la acción disciplinaria y por tanto cesar todo procedimiento en contra de los implicados, “porque desde la fecha de la realización de las conductas cuestionadas hasta este momento ha transcurrido el termino de cinco (5) años (sic) para que opere el fenómeno jurídico de la prescripción.” JIMENEZ CALDAS, LUIS EDUARDO Itinerario Agente. Participó en la desaparición, tortura y asesinato de los paramilitares Diego Luis Cataño Hernández, Diego Alexander López Salazar, de 17 años, conocido como “Rastrillo”, Miltón Martínez Plata y José Alirio Ulloa Triana, conocido como “Carlos Villa”, miembros de apoyo de la Red de Inteligencia Nº 7 de la Armada con sede en Barrancabermeja (responsable de por lo menos 70 crímenes en el Magdalena Medio), en hechos ocurridos entre el 1 de junio y el 25 de agosto de 1992 fueron desaparecidos, torturados y asesinados en Puerto Parra (Santander). ANALISIS DE IMPUNIDAD Por su participación en la detención, desaparición, torturas y asesinato de las cuatro víctimas, la Procuraduría Delegada Para la Defensa de los Derechos Humanos mediante providencia del 20 de mayo de 1997 sanciono al Agente Jiménez Caldas con suspensión en el ejercicio del cargo sin remuneración por el termino de 90 días, por aplicación del principio de favorabilidad. Sin embargo la Procuraduría General de la Nación resolviendo recurso de apelación impuesto por el sancionado al anterior pronunciamiento, decidió en fallo del 25 de agosto de 1997 declarar prescrita la acción disciplinaria y por tanto cesar todo procedimiento en contra de los implicados, “porque desde la fecha de la realización de las conductas cuestionadas hasta este momento ha transcurrido el termino de cinco (5) años (sic) para que opere el fenómeno jurídico de la prescripción.” MACANA ACERO, ISRAEL ANTONIO Itinerario Agente. Participó en la desaparición, tortura y asesinato de los paramilitares Diego Luis Cataño Hernández, Diego Alexander López Salazar, de 17 años, conocido como “Rastrillo”, Miltón Martínez Plata y José Alirio Ulloa Triana, conocido como “Carlos Villa”, miembros de apoyo de la Red de Inteligencia Nº 7 de la Armada con sede en Barrancabermeja (responsable de por lo menos 70 crímenes en el Magdalena Medio), en hechos ocurridos entre el 1 de junio y el 25 de agosto de 1992 fueron desaparecidos, torturados y asesinados en Puerto Parra (Santander). ANALISIS DE IMPUNIDAD Por su participación en la desaparición, torturas y asesinato de las cuatro víctimas, la Procuraduría Delegada Para la Defensa de los Derechos Humanos mediante providencia del 20 de mayo de 1997 sanciono al Agente Macana Acero con suspensión en el ejercicio del cargo sin remuneración por el termino de 90 días, por aplicación del principio de favorabilidad. Sin embargo la Procuraduría General de la Nación resolviendo recurso de apelación impuesto por el sancionado en el anterior pronunciamiento, decidió en fallo del 25 de agosto de 1997 declarar prescrita la acción disciplinaria y por tanto cesar todo procedimiento en contra de los implicados, “porque desde la fecha de la realización de las conductas cuestionadas hasta este momento ha transcurrido el termino de cinco (5) años (sic) para que opere el fenómeno jurídico de la prescripción MALDONADO CIFUENTES, EDILBERTO Itinerario El 1 de junio de 1989, los miembros de diferentes organizaciones sindicales, populares, cívicas y campesinas Rafael Acevedo Suárez, Rodolfo Hernández Pulgar, Rafael Llain, Guillermo Salazar, Efraín Gómez, José Alirio Osorio, Jaime Alberto Navarro Max, Álvaro Enrique Peñaranda, Santiago Ortiz Escobar, Wilfredo Cañizalez, Neftaly Franco, Héctor Sánchez, Gustavo Contreras y Emiro Rafael Solera Hernández, fueron detenidas por una patrulla combinada del ejército y el Comando de Investigaciones Antiextorsión y Secuestro CIAES en zona rural de Lebrija (Santander); y luego torturadas en las instalaciones de la V Brigada en Bucaramanga. En el hecho participó el Agente Maldonado Cifuentes. ANALISIS DE IMPUNIDAD Con auto del 25 de noviembre de 1993 la Procuraduría Delegada para la Defensa de los Derechos Humanos dispuso abrir formal investigación disciplinaria y formuló pliego de cargos contra el agente de Policía adscrito al Departamento de Policía de Santander, Edilberto Maldonado Cifuentes por haber permitido que 16 sindicalistas que se encontraban detenidas bajo su responsabilidad fueran sometidas a actos configurativos de torturas en las instalaciones de la Brigada V del Ejército en Bucaramanga. La Procuraduría Delegada, en cabeza del Procurador Hernando Valencia Villa, por medio de fallo de única instancia del 13 de mayo de 1994 dentro de la investigación disciplinaria radicada bajo el No. 91008, sancionó con destitución (separación absoluta) del cargo “por cuanto al no tomar las medidas del caso, su proceder determinó que personas bajo su responsabilidad fueran sometidas a tortura (…) encontrándose probado los cargos formulados”. MIRANDA AGAMEZ, MANUEL ESTEBAN Itinerario El 21 de febrero de 1988 en horas de la mañana, el campesino Directivo de la Asociación Nacional de Usuarios Campesinos (ANUC), Vicepresidente del Comité de Solidaridad y Derechos Humanos de la Provincia de García Rovira Valentín Basto Calderón, el concejal por el Partido Liberal Pedro Vicente Camargo Niño fueron asesinados, Eliza Maldonado de Niño y la niña Carmenza Camargo resultaron heridas por tres hombres armados pertenecientes al grupo paramilitar Muerte a Subversivos y Colaboradores (MASC) en complicidad con miembros de la Policía y efectivos de la base militar de Servitá adscrita a la V Brigada en el barrio Calicanto de Cerrito (Santander). El Cabo Primero Miranda Agamez, adscrito a la estación de policía del Cerrito, no adelantó ninguna acción para evitar que los criminales escaparan, a pesar de que estos, luego del crimen, pasaron frente a la estación de policía. Al Suboficial Miranda Agamez no se le vinculó a la respectiva investigación disciplinaria que se adelantaba por estos hechos. MONTENEGRO RICO, LUIS ENRIQUE Itinerario El 21 de febrero de 1988 en horas de la mañana, el campesino Directivo de la Asociación Nacional de Usuarios Campesinos (ANUC), Vicepresidente del Comité de Solidaridad y Derechos Humanos de la Provincia de García Rovira Valentín Basto Calderón, el concejal por el Partido Liberal Pedro Vicente Camargo Niño fueron asesinados, Eliza Maldonado de Niño y la niña Carmenza Camargo resultaron heridas por tres hombres armados pertenecientes al grupo paramilitar Muerte a Subversivos y Colaboradores (MASC) en complicidad con miembros de la Policía y efectivos de la base militar de Servitá adscrita a la V Brigada en el barrio Calicanto de Cerrito (Santander). El oficial Montenegro Rico, quien se desempeñaba como Comandante del Departamento de Policía Santander, en declaraciones públicas, para justificar los hostigamientos de la Policía a las personas asistentes al sepelio de las víctimas aseguró, que el dirigente de la ANUC que fue detenido “portaba documentos subversivos” y estaba “incitando a la población contra las autoridades”. No se conoce de investigación alguna a que haya sido vinculado en oficial. NIÑO EUGENIO MARIA Itinerario Responsable del asesinato del obrero Juan Bautista Torres ocurrido el 24 de diciembre de 1979 en Bucaramanga. Por el asesinato de Juan Bautista Torres, el Juzgado 14 de Instrucción Criminal de Bucaramanga lo vinculó al proceso penal. PARADA PINEDA, RODRIGO ALBERTO Itinerario Agente. Intervino directamente en la detención y las torturas infligidas en las instalaciones policiales del UNASE a José Uldarico Castillo Aguilar, en hechos ocurridos el 4 de octubre de 1994 en Bucaramanga (Santander). ANALISIS DE IMPUNIDAD Por estos hechos, la Procuraduría Delegada Para la Defensa de los Derechos Humanos, en fallo del 18 de mayo de 1988 decidió sancionar al agente Parada Pineda con suspensión en el ejercicio del cargo sin derecho a remuneración por el termino de 60 días, y al Teniente Pineda Camargo y el agente Rodríguez Vargas con multa de 60 días de salario, todos por ser los responsables de las torturas infligidas a José Uldarico Castillo Aguilar. Los culpados interpusieron recurso de apelación, el cual se desato el 11 de agosto de 1999 con fallo de la Procuraduría General de la Nación, el cual fue resuelto a su favor revocando las sanciones impuestas y por tanto absolviendo de todo cargo a los policiales, ya que para el ente gubernamental la declaración de José Castillo Aguilar carece de todo valor probatorio por las distintas contradicciones en que incurrió, no pudiéndose constatar por otros medios las lesiones que sufrió. PINEDA CAMARGO, PEDRO JOSE Itinerario Teniente adscrito a la Unidad de Antiextorsión y Secuestro -UNASE- de la policía. El 4 de octubre de 1994 participó junto con dos agentes, en la detención y posteriores torturas infligidas a José Uldarico Castillo Aguilar, en hechos ocurridos en Bucaramanga (Santander). ANALISIS DE IMPUNIDAD Por estos hechos, la Procuraduría Delegada Para la Defensa de los Derechos Humanos, en fallo del 18 de mayo de 1988 decidió sancionar al agente Parada Pineda con suspensión en el ejercicio del cargo sin derecho a remuneración por el termino de 60 días, y al Teniente Pineda Camargo y el agente Rodríguez Vargas con multa de 60 días de salario, todos por ser los responsables de las torturas infligidas a José Uldarico Castillo Aguilar. Los culpados interpusieron recurso de apelación, el cual se desato el 11 de agosto de 1999 con fallo de la Procuraduría General de la Nación, el cual fue resuelto a su favor revocando las sanciones impuestas y por tanto absolviendo de todo cargo a los policiales, ya que para el ente gubernamental la declaración de José Castillo Aguilar carece de todo valor probatorio por las distintas contradicciones en que incurrió, no pudiéndose constatar por otros medios las lesiones que sufrió. PINILLA REYES, PEDRO NEL Itinerario Mayor. Responsable de la detención y torturas del educador Heriberto Mojica Carreño el 14 de octubre de 1989 en el Comando de la Policía de Barichara (Santander). ANALISIS DE IMPUNIDAD Por su participación en la detención y torturas a Heriberto Mojica Carreño, La Procuraduría Delegada para la Policía Nacional, bajo el radicado Nº 87.627/89, impuso sanción de solicitud de suspensión de tres días, la cual no se hizo efectiva porque el Mayor se encontraba retirado de la institución. PRIETO, WALDO Itinerario Responsable de la detención y torturas infligidas al estudiante Armando Serrano, en octubre de 1977 en Bucaramanga (Santander). No se tiene información de que el Agente Prieto haya sido investigado. RAMÍREZ, HELI Itinerario Responsable de las amenazas, torturas y heridas ocasionadas el 11 de marzo de 1984, al joven trabajador Hernán Pineda Flórez, en Floridablanca (Santander). No se tiene conocimiento de investigaciones al Agente Ramírez sobre estos hechos. RANGEL CASTELLANOS, JUAN CARLOS Itinerario Agente. Participó en el asesinato de Freddy Arley Avendaño Urrego, ocurrido el 2 de diciembre de 1992 en Barrancabermeja (Santander). ANALISIS DE IMPUNIDAD La Fiscalía No. 36 Especializada de Barrancabermeja en providencia del 8 de diciembre de 1993 dicto medida de aseguramiento de detención preventiva al agente Rangel Castellanos por su participación en el asesinato de Freddy Arley Avendaño, en el grado de autor directo, en concurso material con el delito de porte ilegal de armas. Ante el pedido de revocatoria de la medida, el ente acusador se pronuncio el 10 de febrero de 1994 negando la pretensión del sindicado. Posteriormente por los cargos descritos, la misma división de la Fiscalía el 30 de marzo de 1994 profirió resolución de acusación contra el miembro de la policía nacional. La Procuraduría Provincial de Barrancabermeja en primera instancia, mediante la resolución No. 0061 del 22 de agosto de 1994 decidió sancionar al agente Rangel Castellanos con destitución del cargo por el homicidio en la persona de Avendaño Urrego. Posteriormente, y resolviendo recurso de apelación interpuesto por el demandado, la Procuraduría Delegada Para la Policía Nacional en providencia del 13 de enero de 1995 confirmo el fallo anterior, y por tanto mantuvo la sanción impuesta por el a-quo. RIVERO HERNÁNDEZ, LUIS JESÚS Itinerario El 27 de febrero de 1991 hacia las 11:30 p.m., Gratiniano Tangua Neira, fue torturado por el agente de la policía Luis Jesús Rivero Hernández en la Estación de Policía de los Ferrocarriles de Barrancabermeja (Santander). ANALISIS DE IMPUNIDAD Mediante auto del 14 de mayo de 1991 se declaró abierta formal averiguación disciplinaria. La Procuraduría Provincial de Barrancabermeja, realizó investigación bajo el radicado No. 062-006103 y el 26 de enero de 1993 emitió fallo absolutorio al conceder total credibilidad a la versión presentada por el agente Luis Jesús Rivero Hernández quien argumentó que las heridas que presentaba Gratiniano se las había causado él mismo al momento de ser detenido cuando se encontraba en estado de embriaguez y se cayó en un hueco con piedras y escombros. RODRIGUEZ VARGAS, JOSE Itinerario Agente adscrito a la Unidad de Antiextorsión y Secuestro -UNASE- de la policía. El 4 de octubre de 1994 participó en la detención y posteriores torturas infligidas a José Uldarico Castillo Aguilar, en hechos ocurridos en Bucaramanga. ANALISIS DE IMPUNIDAD Por estos hechos, la Procuraduría Delegada Para la Defensa de los Derechos Humanos, en fallo del 18 de mayo de 1988 decidió sancionar al agente Parada Pineda con suspensión en el ejercicio del cargo sin derecho a remuneración por el termino de 60 días, y al Teniente Pineda Camargo y el agente Rodríguez Vargas con multa de 60 días de salario, todos por ser los responsables de las torturas infligidas a José Uldarico Castillo Aguilar. Los culpados interpusieron recurso de apelación, el cual se desato el 11 de agosto de 1999 con fallo de la Procuraduría General de la Nación, el cual fue resuelto a su favor revocando las sanciones impuestas y por tanto absolviendo de todo cargo a los policiales, ya que para el ente gubernamental la declaración de José Castillo Aguilar carece de todo valor probatorio por las distintas contradicciones en que incurrió, no pudiéndose constatar por otros medios las lesiones que sufrió. SÁNCHEZ CABAL, WILLIAM Itinerario Agente. Participó en la desaparición, tortura y asesinato de los paramilitares Diego Luis Cataño Hernández, Diego Alexander López Salazar, de 17 años, conocido como “Rastrillo”, Miltón Martínez Plata y José Alirio Ulloa Triana, conocido como “Carlos Villa”, miembros de apoyo de la Red de Inteligencia Nº 7 de la Armada con sede en Barrancabermeja (responsable de por lo menos 70 crímenes en el Magdalena Medio), en hechos ocurridos entre el 1 de junio y el 25 de agosto de 1992 fueron desaparecidos, torturados y asesinados en Puerto Parra (Santander). ANALISIS DE IMPUNIDAD Por su participación en la desaparición, torturas y asesinato de las cuatro víctimas, la Procuraduría Delegada Para la Defensa de los Derechos Humanos mediante providencia del 20 de mayo de 1997 sanciono al Agente Sánchez Cabal con suspensión en el ejercicio del cargo sin remuneración por el termino de 90 días, por aplicación del principio de favorabilidad. Sin embargo la Procuraduría General de la Nación resolviendo recurso de apelación impuesto por el sancionado en el anterior pronunciamiento, decidió en fallo del 25 de agosto de 1997 declarar prescrita la acción disciplinaria y por tanto cesar todo procedimiento en contra de los implicados, “porque desde la fecha de la realización de las conductas cuestionadas hasta este momento ha transcurrido el termino de cinco (5) años (sic) para que opere el fenómeno jurídico de la prescripción.” SIERRA BUENO, ARGEMIRO Itinerario El 27 de septiembre de 1988, participó en la detención y las heridas causadas a Ernesto Diaz Rodríguez, en la vereda El Guayabal de San Gil (Santander). ANALISIS DE IMPUNIDAD Mediante auto del 22 de junio de 1989 la Procuraduría Delegada para la Policía Nacional se dispuso abrir formal averiguación disciplinaria y la formulación de pliego de cargos para el Agente Angelmiro Sierra Bueno. El 18 de febrero de 1992, la Procuraduría en el fallo de expediente Nº 79.869/88 sancionó con multa de 15 días de sueldo al agente Sierra Bueno. TRIANA A. ALEJANDRO RAUL Itinerario Capitán que en diciembre de 1.972 asesinó a Víctor Manuel Zambrano en la ciudad de Bucaramanga (Santander). Por esto hechos el Oficial Triana no fue vinculado a investigaciones penales o disciplinarias. VASQUEZ PEREIRA, LUIS ANTONIO Itinerario Agente. Participó junto con otro uniformado de los tratos crueles y las amenazas hechas contra el señor Miguel Antonio Contreras Chacón y su hijo Miguel Antonio Contreras Fonseca, en hechos ocurridos el 27 de julio de 1991 en Barrancabermeja (Santander). ANALISIS DE IMPUNIDAD Por las acciones cometidas contra Miguel Contreras Chacón y su hijo el Cuarto Distrito de Policía de Barrancabermeja adelanto investigación interna a los agentes Velasco Aguilar y Vásquez Pereira. Mediante providencia del 17 de octubre de 1991 decidió exonerar de toda responsabilidad al agente Velasco Aguilar. El 31 de Julío de 1991 Miguel Contreras Chacón presento queja formal contra los agentes Vásquez y Velasco en la Procuraduría Provincial de Barrancabermeja. En fallo del 7 de julío de 1992 esta corporación decreto archivar la averiguación disciplinaria contra los encartados por sustracción de materia en aplicación del principio del NON BIS IN IDEM, porque anteriormente ya habían sido investigados internamente por los mismos hechos por el Cuarto Distrito de Policía. VASQUEZ VARGAS, PEDRO ANTONIO Itinerario Agente que participó en la detención y torturas ocasionadas a Gabriel Malave Carreño, el 16 de mayo de 1987, en Socorro (Santander). ANÁLISIS DE IMPUNIDAD En providencia del 16 de abril de 1991, la Procuraduría Delegada para la Policía Nacional, dentro del expediente Nº 020-66790, sancionó al agente Vásquez Vargas con multa equivalente a 5 días de sueldo devengado para la época de los hechos. Tiempo después, el 21 de febrero de 1992, resolvió el recurso de apelación confirmando el primer fallo en todas sus partes. VELASCO AGUILAR, CARLOS SAUL Itinerario Agente. Participó junto con otro uniformado de los tratos crueles y las amenazas hechas contra el señor Miguel Antonio Contreras Chacón y su hijo Miguel Antonio Contreras Fonseca, en hechos ocurridos el 27 de julio de 1991 en Barrancabermeja (Santander). ANALISIS DE IMPUNIDAD Por las acciones cometidas contra Miguel Contreras Chacón y su hijo el Cuarto Distrito de Policía de Barrancabermeja adelanto investigación interna a los agentes Velasco Aguilar y Vásquez Pereira. Mediante providencia del 17 de octubre de 1991 decidió exonerar de toda responsabilidad al agente Velasco Aguilar. El 31 de Julío de 1991 Miguel Contreras Chacón presento queja formal contra los agentes Vásquez y Velasco en la Procuraduría Provincial de Barrancabermeja. En fallo del 7 de julío de 1992 esta corporación decreto archivar la averiguación disciplinaria contra los encartados por sustracción de materia en aplicación del principio del NON BIS IN IDEM, porque anteriormente ya habían sido investigados internamente por los mismos hechos por el Cuarto Distrito de Policía. VIVAS, JULIO Itinerario Mayor. Responsable de la detención con limitación de garantías procesales, sindicación, y las torturas ocasionadas mediante golpes, patadas, puños, a Orlando Mosquera el 1 de julio de 1.978, en Barrancabermeja (Santander). El Oficial no fue investigado al respecto. 2.4. Departamento de Policía de Norte de Santander ARCILA QUESADA, LUIS ENRIQUE Itinerario Capitán. Se desempeño como Comandante del Quinto Distrito de Policía de Tibú. El 1 de julío de 1991 ordenó la detención ilegal del Corregidor de la población de Reyes Campo Dos Pedro Nel Hernández Villanueva y el señor Patricio Melgarejo Vargas fueron, aprehendidos detenidos por miembros de la Policía Nacional en el Corregimiento de Reyes Campo Dos del municipio de Tibú (Norte de Santander). ANALISIS DE IMPUNIDAD La Procuraduría Delegada Para la Policía Nacional, en providencia del 9 de agosto de 1994 sanciono al Oficial Arcila con multa de diez (10) días de sueldo básico tasado para la época de los hechos de $35.966 pesos. Posteriormente, el mismo organismo el 2 de febrero de 1995 en resolución de recurso de reposición, revocó la providencia anterior considerando que si bien la detención ocurrió, no existe persona responsable a la cual imputarle la conducta; inclusive agregó que la estancia de los detenidos en los exteriores de las instalaciones policiales pudo ser por fines investigativos y no en calidad de retenidos. En este orden de ideas la Delegada absolvió al Capitán Arcila por aplicación del in dubio pro reo. BUITRAGO HINCAPIÉ, LUIS ENRIQUE Itinerario Agente de la Subestación de Policía de Teorama. Participó el 22 de noviembre de 1992, en los asesinatos del comerciante y dueño del salón de billares “El Tutty” Julio Angarita Angarita, su hermano Elí Angarita Angarita, el comerciante Alirio Méndez Martínez, el obrero José Trinidad Benítez, el campesino José Carvajalino Rodríguez, el estudiante José David Buitrago Carrillo y Antonio Pérez Rojas, en Teorama (Norte de Santander). ANÁLISIS DE IMPUNIDAD La investigación disciplinaria se adelantó mediante auto de 26 de mayo de 1993 de la Procuraduría Provincial de Ocaña. Luego el mismo ente mediante Resolución Nº 023 de 17 de julio de 1995, y el fallo del 30 de noviembre de 1995, expediente Nº. 046-06722, sancionó a los agentes de policía investigados, entre ellos Buitrago Hincapié, con destitución (separación absoluta) del cargo, ya que dio por probado la participación y perpetuación de los hechos por los uniformados. En cumplimiento del proveído anterior, el Director General de la Policía Nacional destituyó a los agentes investigados por medio de resolución Nº 002549 del 7 de mayo de 1996, No obstante, por providencia del 5 de diciembre de 1997, la Procuraduría Provincial de Ocaña decretó la prescripción y archivo definitivo de la investigación disciplinaria adelantada contra los implicados en la masacre de Teorama debido a las nulidades que se presentaron en el proceso 046-06722/V.A. y a las constantes comisiones a que debió someterse el expediente para notificaciones, ya que los agentes fueron trasladados a Barranquilla, Cali, Tunja y Bogotá. CAMARGO CUCHIA, CESAR EMILIO Itinerario Mayor. Una patrulla bajo su mando el 13 de abril de 1992, asesinó a los abogados Oscar Iván Andrade Salcedo y Faride Herrera Jaime, de 31 años, y dejo heridos a Astrid Leonor Álvarez Andrade, Gloria Beatriz Álvarez Jaime, Felipe Álvarez -menor de edad-, Esperanza Álvarez Jaime y Leonardo Arévalo, en hechos ocurridos en la vía que de Abrego conduce a Ocaña (Norte de Santander), a la altura del sitio conocido como Alto del Pozo. Posterior a los hechos el Mayor Camargo, quien era comandante del Cuarto Distrito de Policía de Ocaña, emitió un comunicado y dio declaraciones a la opinión publica, en los cuales aseguraba que la Toyota donde se transportaban las víctimas habían atravesado la línea de fuego del combate entre la patrulla de la policía y guerrilleros del Ejercito de Liberación Nacional, afirmando que éstos últimos fueron los que atacaron con granadas y fusiles el vehículo. Esta versión fue desvirtuada por los sobrevivientes, quienes al recuperarse afirmaron que no hubo enfrentamiento alguno y que fueron atacados por los policías. ANALISIS DE IMPUNIDAD Por su participación en los hechos que desencadenaron la muerte de dos personas y las heridas causadas a cinco en el Alto del Pozo, fue vinculado a la investigación penal ordinaria que cursaba en la Fiscalía Regional de Cúcuta, Unidad de Vida, bajo el radicado Nº 2769. Sin embargo el Juez 70 Penal Militar provocó colisión de competencias positiva para que le fuera asignado el caso, lo cual efectivamente aconteció. En mayo de 1994, fue realizado Consejo de Guerra, que profirió veredicto absolutorio de los acusados. El presidente del consejo declaró contraevidente el veredicto y el Tribunal Superior declaró fundada dicha declaratoria, con lo cual se convocó un segundo Consejo de Guerra que deliberó del 13 al 21 de diciembre de ese mismo año, en el cual el fallo absolutorio fue confirmado en su totalidad por el Tribunal Militar, siendo definitiva la decisión de acuerdo al Art. 680 del Código Penal Militar. Por otro lado, la Procuraduría Delegada para la Policía Nacional, bajo el radicado Nº 020-134805, lo sancionó el 10 de agosto de 1994 con solicitud de destitución (separación absoluta del cargo), decisión confirmada por la instancia al resolver recurso de reposición. CONTRERAS MURILLO, JACINTO Itinerario Agente de la Subestación de Policía de Teorama. Participó el 22 de noviembre de 1992, en los asesinatos del comerciante y dueño del salón de billares “El Tutty” Julio Angarita Angarita, su hermano Elí Angarita Angarita, el comerciante Alirio Méndez Martínez, el obrero José Trinidad Benítez, el campesino José Carvajalino Rodríguez, el estudiante José David Buitrago Carrillo y Antonio Pérez Rojas, en Teorama (Norte de Santander). ANÁLISIS DE IMPUNIDAD La investigación disciplinaria se adelantó mediante auto de 26 de mayo de 1993 de la Procuraduría Provincial de Ocaña. Luego el mismo ente mediante Resolución Nº 023 de 17 de julio de 1995, y el fallo del 30 de noviembre de 1995, expediente Nº. 046-06722, sancionó a los agentes de policía investigados, entre ellos Contreras Murillo, con destitución (separación absoluta) del cargo, ya que dio por probado la participación y perpetuación de los hechos por los uniformados. En cumplimiento del proveído anterior, el Director General de la Policía Nacional destituyó a los agentes investigados por medio de resolución Nº 002549 del 7 de mayo de 1996, No obstante, por providencia del 5 de diciembre de 1997, la Procuraduría Provincial de Ocaña decretó la prescripción y archivo definitivo de la investigación disciplinaria adelantada contra los implicados en la masacre de Teorama debido a las nulidades que se presentaron en el proceso 046-06722/V.A. y a las constantes comisiones a que debió someterse el expediente para notificaciones, ya que los agentes fueron trasladados a Barranquilla, Cali, Tunja y Bogotá. GALVIS ALJURE. DUBERLEY Itinerario Agente. El 10 de Octubre de 1988, participó con otros miembros del Distrito de Policía de Ocaña, en la detención, tortura y desaparición del conductor Moisés Navarro Pacheco, en hechos ocurridos en el corregimiento La Floresta, en Ocaña (Norte de Santander). ANALISIS DE IMPUNIDAD Por su participación en el asesinato de Moisés Navarro Pacheco, no se tiene dato de investigación en su contra. A pesar que el cuerpo de la víctima indicaba la participación de varias personas, la investigación de la Procuraduría Delegada para la Policía Nacional, bajo el radicado Nº 76026, se centró sólo en un agente. GARCIA HERNÁNDEZ, LUIS ERNESTO Itinerario Agente que participó en las detenciones que se llevaron a cabo el 16 de enero de 1992 en horas del medio día contra los campesinos Eligio Flórez, Reynaldo González González, Mario Carreño Carreño, Ventura Flórez García, Valentín Almeida, Luis Alberto Arenas, Luis Arturo Lazo Serrano, Domingo Ravelo Samaca, Jorge Roberto Escobar Panqueva, Ariosto Correa Marín, Laureano Hernández Suárez y Luis Humberto Escalante, en el sector del Anillo Vial, en el corregimiento de Lomitas del municipio de Villa del Rosario (Norte de Santander). No se adelantó investigación alguna en su contra. GUZMÁN LOPEZ, EDUARDO Itinerario Capitán. Participó junto con otros policías en el asesinato de los abogados Oscar Iván Andrade Salcedo y Faride Herrera Jaime, de 31 años; y las heridas causadas a Astrid Leonor Álvarez Andrade, Gloria Beatriz Álvarez Jaime, Felipe Álvarez -menor de edad-Esperanza Álvarez Jaime y Leonardo Arévalo, en hechos ocurridos el 13 de abril de 1992 en la vía que de Ábrego conduce a Ocaña (Norte de Santander), a la altura del sitio conocido como Alto del Pozo. En el operativo también participaron el Mayor César Emilio Camargo Cuchia y los Agentes Óscar Oviedo Cáceres, Roberto Rosero Montero y Henry Sánchez Bueno. ANALISIS DE IMPUNIDAD Por su participación en los hechos que desencadenaron la muerte de dos personas y las heridas causadas a cinco en el Alto del Pozo, fue vinculado a la investigación penal ordinaria que cursaba en la Fiscalía Regional de Cúcuta, Unidad de Vida, bajo el radicado Nº 2769. Sin embargo el Juez 70 Penal Militar provocó colisión de competencias positiva para que le fuera asignado el caso, lo cual efectivamente aconteció. En mayo de 1994, fue realizado Consejo de Guerra, que profirió veredicto absolutorio de los acusados. El presidente del consejo declaró contraevidente el veredicto y el Tribunal Superior declaró fundada dicha declaratoria, con lo cual se convocó un segundo Consejo de Guerra que deliberó del 13 al 21 de diciembre de ese mismo año, en el cual el fallo absolutorio fue confirmado en su totalidad por el Tribunal Militar, siendo definitiva la decisión de acuerdo al Art. 680 del Código Penal Militar. Por otro lado, la Procuraduría Delegada para la Policía Nacional, bajo el radicado Nº 020-134805, lo sancionó el 10 de agosto de 1994 con solicitud de destitución (separación absoluta del cargo), decisión confirmada por la instancia al resolver recurso de reposición. HERNANDEZ MANTILLA, JAIRO Itinerario Responsable y coautor de la detención y las lesiones infligidas el 17 de julio de 1986, en horas de la media noche, al campesino Emiliano Villamizar Contreras, en la cabecera municipal de Arboledas (Norte de Santander). ANALISIS DE IMPUNIDAD Por estos hechos, el juzgado 70 Penal Militar dictaminó cesación de procedimiento por no encontrar irregularidad alguna. Por otro lado, la Procuraduría Delegada para la Policía Nacional el 1 de junio de 1989, primeramente condenó al agente a una sanción pecuniaria de cinco días de sueldo devengado para la época de $4.497.00. En recurso de reposición fallado el 20 de noviembre de 1990, se consideró que “se despoja de todo valor probatorio lo que se considera prueba indiciaria plena” y se revocó la providencia de única instancia. LASTRA PAEZ, CARLOS ORLANDO Itinerario Agente de la Subestación de Policía de Teorama que participó en los asesinatos de el comerciante y dueño del salón de billares “El Tutty” Julio Angarita Angarita, su hermano Elí Angarita Angarita, el comerciante Alirio Méndez Martínez, el obrero José Trinidad Benítez, el campesino José Carvajalino Rodríguez, el estudiante José David Buitrago Carrillo y Antonio Pérez Rojas el 22 de noviembre de 1992 en Teorama (Norte de Santander). Lastra Páez llegó al lugar de los hechos aproximadamente 15 minutos después con la patrulla de cinco policías que remataron a las víctimas mientras les gritaban: “la ley es acabarlos a todos, porque si no cuentan la verdad”. Fue el principal culpable de la masacre. ANALISIS DE IMPUNIDAD La Unidad de la Fiscalía de Ocaña realizó la investigación preliminar de la masacre. Se estableció que luego de la muerte del agente Silva Sierra, su compañero, Carlos Orlando Lastra Páez, asesinó a las siete personas al disparar indiscriminadamente contra quienes se encontraban en el lugar, por lo que dictó auto de detención contra el uniformado y conminó al Comandante del Cuarto Distrito de Policía de Ocaña para que lo hiciera efectivo mientras un juez militar le definía la situación jurídica. Posteriormente el Juzgado Regional de Norte de Santander, mediante providencia del 18 de enero de 1996 condenó a Lastra Páez a 30 años de prisión y multa equivalente a 20 salarios mínimo mensuales, por hallarlo responsable de homicidio homogéneo con circunstancias de agravación punitiva, lesiones personales y homicidios. Además sentenció como pena accesoria la interdicción de derechos y funciones públicas por un período de 10 años. Por otro lado, la investigación disciplinaria se adelantó mediante auto de 26 de mayo de 1993 de la Procuraduría Provincial de Ocaña. Luego el mismo ente mediante Resolución Nº 023 de 17 de julio de 1995, y el fallo del 30 de noviembre de 1995, expediente Nº. 046-06722, sancionó a los agentes de policía investigados, entre ellos Lastra Páez, con destitución (separación absoluta) del cargo, ya que dio por probado la participación y perpetuación de los hechos por los uniformados. En cumplimiento del proveído anterior, el Director General de la Policía Nacional destituyó a los agentes investigados por medio de resolución Nº 002549 del 7 de mayo de 1996, No obstante, por providencia del 5 de diciembre de 1997, la Procuraduría Provincial de Ocaña decreta la prescripción y archivo definitivo de la investigación disciplinaria adelantada contra los implicados en la masacre de Teorama debido a las nulidades que se presentaron en el proceso 046-06722/V.A. y a las constantes comisiones a que debió someterse el expediente para notificaciones, ya que los agentes fueron trasladados a Barranquilla, Cali, Tunja y Bogotá. MAYORGA GARAY, JOSE LIBARDO Itinerario Agente de la Subestación de Policía de Teorama. Participó el 22 de noviembre de 1992, en los asesinatos del comerciante y dueño del salón de billares “El Tutty” Julio Angarita Angarita, su hermano Elí Angarita Angarita, el comerciante Alirio Méndez Martínez, el obrero José Trinidad Benítez, el campesino José Carvajalino Rodríguez, el estudiante José David Buitrago Carrillo y Antonio Pérez Rojas, en Teorama (Norte de Santander). Ese día Mayorga Garay estaba de Comandante de Guardia y su superior era el sargento segundo Manuel Antonio Bautista Aponte de la subestación de Teorama. También llegó al lugar de los hechos aproximadamente 15 minutos después con la patrulla de cinco policías que remataron a las víctimas mientras les gritaban: “la ley es acabarlos a todos, porque si no cuentan la verdad”. ANÁLISIS DE IMPUNIDAD La investigación disciplinaria se adelantó mediante auto de 26 de mayo de 1993 de la Procuraduría Provincial de Ocaña. Luego el mismo ente mediante Resolución Nº 023 de 17 de julio de 1995, y el fallo del 30 de noviembre de 1995, expediente Nº. 046-06722, sancionó a los agentes de policía investigados, entre ellos Mayorga Garay, con destitución (separación absoluta) del cargo, ya que dio por probado la participación y perpetuación de los hechos por los uniformados. En cumplimiento del proveído anterior, el Director General de la Policía Nacional destituyó a los agentes investigados por medio de resolución Nº 002549 del 7 de mayo de 1996, No obstante, por providencia del 5 de diciembre de 1997, la Procuraduría Provincial de Ocaña decretó la prescripción y archivo definitivo de la investigación disciplinaria adelantada contra los implicados en la masacre de Teorama debido a las nulidades que se presentaron en el proceso 046-06722/V.A. y a las constantes comisiones a que debió someterse el expediente para notificaciones, ya que los agentes fueron trasladados a Barranquilla, Cali, Tunja y Bogotá. MURCIA CÉSPEDES, LUIS ARNULFO Itinerario Agente adscrito al Distrito de Policía de Ocaña. Junto con otros uniformados, el 10 de Octubre de 1988, fue el responsable de la detención, tortura y asesinato del conductor Moisés Navarro Pacheco, ocurrido en el corregimiento La Floresta, en Ocaña (Norte de Santander). ANALISIS DE IMPUNIDAD Por su participación en el asesinato de Moisés Navarro Pacheco, no se tiene dato de investigación en su contra. A pesar que el cuerpo de la víctima indicaba la participación de varias personas, la investigación de la Procuraduría Delegada para la Policía Nacional, bajo el radicado Nº 76026, se centró sólo en un agente. ORDUZ CHANAGA, ROBERTO Itinerario Responsable y coautor de la detención y las lesiones infligidas el 17 de julio de 1986, en horas de la media noche, al campesino Emiliano Villamizar Contreras, en la cabecera municipal de Arboledas (Norte de Santander). ANALISIS DE IMPUNIDAD Por estos hechos, el juzgado 70 Penal Militar dictaminó cesación de procedimiento por no encontrar irregularidad alguna. Por otro lado, la Procuraduría Delegada para la Policía Nacional el 1 de junio de 1989, primeramente condenó al agente a una sanción pecuniaria de cinco días de sueldo devengado para la época de $4.822. En recurso de reposición fallado el 20 de noviembre de 1990, se consideró que “se despoja de todo valor probatorio lo que se considera prueba indiciaria plena” y se revocó la providencia de única instancia. OVIEDO CACERES, OSCAR Itinerario El 13 de abril de 1992, los abogados Oscar Iván Andrade Salcedo y Faride Herrera Jaime, de 31 años, fueron asesinados y Astrid Leonor Álvarez Andrade, Gloria Beatriz Álvarez Jaime, Felipe Álvarez -menor de edad-, Esperanza Álvarez Jaime y Leonardo Arévalo, fueron heridos por miembros de la policía, en la vía que de Ábrego conduce a Ocaña (Norte de Santander), a la altura del sitio conocido como Alto del Pozo. En el operativo participó el Agentes Óscar Oviedo Cáceres. El Agente Oviedo Cáceres fue también el conductor del vehículo en que se transportaba la Patrulla responsable de los hechos. ANALISIS DE IMPUNIDAD Por su participación en los hechos que desencadenaron la muerte de dos personas y las heridas causadas a cinco en el Alto del Pozo, fue vinculado a la investigación penal ordinaria que cursaba en la Fiscalía Regional de Cúcuta, Unidad de Vida, bajo el radicado Nº 2769. Sin embargo el Juez 70 Penal Militar provocó colisión de competencias positiva para que le fuera asignado el caso, lo cual efectivamente aconteció. En mayo de 1994, fue realizado Consejo de Guerra, que profirió veredicto absolutorio de los acusados. El presidente del consejo declaró contraevidente el veredicto y el Tribunal Superior declaró fundada dicha declaratoria, con lo cual se convocó un segundo Consejo de Guerra que deliberó del 13 al 21 de diciembre de ese mismo año, en el cual el fallo absolutorio fue confirmado en su totalidad por el Tribunal Militar, siendo definitiva la decisión de acuerdo al Art. 680 del Código Penal Militar. Por otra parte, en la investigación disciplinaria adelantada por la Procuraduría Delegada para la Policía Nacional, bajo el radicado Nº 020-134805, fue absuelto por aplicación del in dubio pro reo mediante fallo del 10 de agosto de 1994. RIZZO RIVAS, EDWIN Itinerario Responsable de las detenciones ilegales llevadas a cabo el 16 de enero de 1992 en horas del medio día a los campesinos Eligio Flórez, Reynaldo González González, Mario Carreño Carreño, Ventura Flórez García, Valentín Almeida, Luis Alberto Arenas, Luis Arturo Lazo Serrano, Domingo Ravelo Samaca, Jorge Roberto Escobar Panqueva, Ariosto Correa Marín, Laureano Hernández Suárez y Luis Humberto Escalante, en el sector del Anillo Vial, en el corregimiento de Lomitas del municipio de Villa del Rosario (Norte de Santander). ANÁLISIS DE IMPUNIDAD El 3 de diciembre de 1996 la Procuraduría Delegada Para la Policía Nacional ordeno la suspensión en el ejercicio del cargo por el termino de 15 días al Capitán Edwin Rizzo Rivas y anotación en la hoja de vida por falta disciplinaria grave, debido a “extralimitación en el uso de sus funciones”. ROA BULLA, EDGAR Itinerario Agente de la Subestación de Policía de Teorama. Participó el 22 de noviembre de 1992, en los asesinatos del comerciante y dueño del salón de billares “El Tutty” Julio Angarita Angarita, su hermano Elí Angarita Angarita, el comerciante Alirio Méndez Martínez, el obrero José Trinidad Benítez, el campesino José Carvajalino Rodríguez, el estudiante José David Buitrago Carrillo y Antonio Pérez Rojas, en Teorama (Norte de Santander). ANÁLISIS DE IMPUNIDAD La investigación disciplinaria se adelantó mediante auto de 26 de mayo de 1993 de la Procuraduría Provincial de Ocaña. Luego el mismo ente mediante Resolución Nº 023 de 17 de julio de 1995, y el fallo del 30 de noviembre de 1995, expediente Nº. 046-06722, sancionó a los agentes de policía investigados, entre ellos Roa Bulla, con destitución (separación absoluta) del cargo, ya que dio por probado la participación y perpetuación de los hechos por los uniformados. En cumplimiento del proveído anterior, el Director General de la Policía Nacional destituyó a los agentes investigados por medio de resolución Nº 002549 del 7 de mayo de 1996, No obstante, por providencia del 5 de diciembre de 1997, la Procuraduría Provincial de Ocaña decretó la prescripción y archivo definitivo de la investigación disciplinaria adelantada contra los implicados en la masacre de Teorama debido a las nulidades que se presentaron en el proceso 046-06722/V.A. y a las constantes comisiones a que debió someterse el expediente para notificaciones, ya que los agentes fueron trasladados a Barranquilla, Cali, Tunja y Bogotá. RODRÍGUEZ CONTRERAS, NAHUM Itinerario Agente. El 10 de Octubre de 1988, participó con otros miembros del Distrito de Policía de Ocaña, en la detención, tortura y desaparición del conductor Moisés Navarro Pacheco, en hechos ocurridos en el corregimiento La Floresta, en Ocaña (Norte de Santander). ANALISIS DE IMPUNIDAD Por su participación en el asesinato de Moisés Navarro Pacheco, no se tiene dato de investigación en su contra. A pesar que el cuerpo de la víctima indicaba la participación de varias personas, la investigación de la Procuraduría Delegada para la Policía Nacional, bajo el radicado Nº 76026, se centró sólo en un agente. ROSERO MONTERO, ROBERTO Itinerario Agente. El 13 de abril de 1992 participó en el asesinato de los abogados Oscar Iván Andrade Salcedo y Faride Herrera Jaime, de 31 años, y las heridas causadas a Astrid Leonor Álvarez Andrade, Gloria Beatriz Álvarez Jaime, Felipe Álvarez -menor de edad-, Esperanza Álvarez Jaime y Leonardo Arévalo, en hechos ocurridos en la vía que de Ábrego conduce a Ocaña (Norte de Santander), a la altura del sitio conocido como Alto del Pozo. ANALISIS DE IMPUNIDAD Por su participación en los hechos que desencadenaron la muerte de dos personas y las heridas causadas a cinco en el Alto del Pozo, fue vinculado a la investigación penal ordinaria que cursaba en la Fiscalía Regional de Cúcuta, Unidad de Vida, bajo el radicado Nº 2769. Sin embargo el Juez 70 Penal Militar provocó colisión de competencias positiva para que le fuera asignado el caso, lo cual efectivamente aconteció. En mayo de 1994, fue realizado Consejo de Guerra, que profirió veredicto absolutorio de los acusados. El presidente del consejo declaró contraevidente el veredicto y el Tribunal Superior declaró fundada dicha declaratoria, con lo cual se convocó un segundo Consejo de Guerra que deliberó del 13 al 21 de diciembre de ese mismo año, en el cual el fallo absolutorio fue confirmado en su totalidad por el Tribunal Militar, siendo definitiva la decisión de acuerdo al Art. 680 del Código Penal Militar. Por otro lado, la Procuraduría Delegada para la Policía Nacional, bajo el radicado Nº 020-134805, lo sancionó por estos mismos hechos el 10 de agosto de 1994 con solicitud de destitución (separación absoluta del cargo), decisión confirmada por la instancia al resolver recurso de reposición. SALCEDO GARCIA, JAIRO Itinerario Capitán. Comandaba el operativo en el que miembros de la policía de Ocaña detuvieron, torturaron y asesinaron al conductor Moisés Navarro Pacheco, en hechos ocurridos el 10 de octubre de 1988 en el corregimiento La Floresta de Ocaña (Norte de Santander). ANALISIS DE IMPUNIDAD Por su participación en el asesinato de Moisés Navarro Pacheco, no se tiene dato de investigación en su contra. A pesar que el cuerpo de la víctima indicaba la participación de varias personas, la investigación de la Procuraduría Delegada para la Policía Nacional, bajo el radicado Nº 76026, se centró sólo en un agente. SANCHEZ BUENO, HENRY Itinerario Agente. Participó junto con otros policías en el asesinato de los abogados Oscar Iván Andrade Salcedo y Faride Herrera Jaime, de 31 años; y las heridas causadas a Astrid Leonor Álvarez Andrade, Gloria Beatriz Álvarez Jaime, Felipe Álvarez -menor de edad-Esperanza Álvarez Jaime y Leonardo Arévalo, en hechos ocurridos el 13 de abril de 1992 en la vía que de Ábrego conduce a Ocaña (Norte de Santander), a la altura del sitio conocido como Alto del Pozo. En el operativo también participaron el Mayor César Emilio Camargo Cuchia, el Capitán Eduardo Guzmán López y los Agentes Óscar Oviedo Cáceres y Roberto Rosero Montero. ANALISIS DE IMPUNIDAD Por su participación en los hechos que desencadenaron la muerte de dos personas y las heridas causadas a cinco en el Alto del Pozo, fue vinculado a la investigación penal ordinaria que cursaba en la Fiscalía Regional de Cúcuta, Unidad de Vida, bajo el radicado Nº 2769. Sin embargo el Juez 70 Penal Militar provocó colisión de competencias positiva para que le fuera asignado el caso, lo cual efectivamente aconteció. En mayo de 1994, fue realizado Consejo de Guerra, que profirió veredicto absolutorio de los acusados. El presidente del consejo declaró contraevidente el veredicto y el Tribunal Superior declaró fundada dicha declaratoria, con lo cual se convocó un segundo Consejo de Guerra que deliberó del 13 al 21 de diciembre de ese mismo año, en el cual el fallo absolutorio fue confirmado en su totalidad por el Tribunal Militar, siendo definitiva la decisión de acuerdo al Art. 680 del Código Penal Militar. Por otro lado, la Procuraduría Delegada para la Policía Nacional, bajo el radicado Nº 020-134805, lo sancionó el 10 de agosto de 1994 con solicitud de destitución (separación absoluta del cargo), decisión confirmada por la instancia al resolver recurso de reposición. SUAZA, LUIS ANIBAL Itinerario El 10 de Octubre de 1988, el conductor Moisés Navarro Pacheco, fue detenido, torturado y asesinado por miembros de la Policía en el corregimiento La Floresta, en Ocaña (Norte de Santander). Entre los uniformados se encontraba el Agente Luis Aníbal Suaza, quien se atribuyó el hecho de la muerte justificándose en un supuesto ataque de la víctima. ANALISIS DE IMPUNIDAD Por su participación en el asesinato de Moisés Navarro Pacheco, la Procuraduría Delegada para la Policía Nacional, mediante providencia del 29 de agosto de 1990, impuso sanción de solicitud de destitución. El Uniformado interpuso recurso de reposición el cual le fue resuelto negativamente el 17 de abril de 1991 y por tanto se mantuvo la sanción señalada mediante TOLOZA, LUIS Itinerario El 19 de julio de 1975, los campesinos Israel García, Mario Barbosa, Manuel Bustos, Isaías Parra y Aníbal Parra, y el estudiante Jesús Niegan, fueron asesinados, otra persona fue desaparecida y dieciocho personas más fueron heridas de gravedad por cinco agentes de la policía al mando del Cabo Luis Dolosa, en El Carmen (Norte de Santander). Por su participación en el asesinato de seis personas, las heridas causadas a 18 y la desaparición de otra, no se tiene dato de investigación en su contra. TRUJILLO PEDRAZA, LUIS ISRAEL Itinerario Agente de la Subestación de Policía de Teorama. Participó el 22 de noviembre de 1992, en los asesinatos del comerciante y dueño del salón de billares “El Tutti” Julio Hungarita, su hermano Heli Hungarita, el comerciante Alirio Méndez Martínez, el obrero José Trinidad Benítez, el campesino José Carvajalito Rodríguez, el estudiante José David Buitrago Carrillo y Antonio Pérez Rojas, en Teorama (Norte de Santander). ANÁLISIS DE IMPUNIDAD La investigación disciplinaria se adelantó mediante auto de 26 de mayo de 1993 de la Procuraduría Provincial de Ocaña. Luego el mismo ente mediante Resolución Nº 023 de 17 de julio de 1995, y el fallo del 30 de noviembre de 1995, expediente Nº. 046-06722, sancionó a los agentes de policía investigados, entre ellos Trujillo Pedraza, con destitución (separación absoluta) del cargo, ya que dio por probado la participación y perpetuación de los hechos por los uniformados. En cumplimiento del proveído anterior, el Director General de la Policía Nacional destituyó a los agentes investigados por medio de resolución Nº 002549 del 7 de mayo de 1996, No obstante, por providencia del 5 de diciembre de 1997, la Procuraduría Provincial de Ocaña decretó la prescripción y archivo definitivo de la investigación disciplinaria adelantada contra los implicados en la masacre de Teorama debido a las nulidades que se presentaron en el proceso 046-06722/CHA. y a las constantes comisiones a que debió someterse el expediente para notificaciones, ya que los agentes fueron trasladados a Barranquilla, Cali, Tunja y Bogotá. VILLAMIZAR VELÁSQUEZ, HENRY Itinerario Agente de la Subestación de Policía de Teorama. Participó el 22 de noviembre de 1992, en los asesinatos del comerciante y dueño del salón de billares “El Tutti” Julio Hungarita, su hermano Heli Hungarita, el comerciante Alirio Méndez Martínez, el obrero José Trinidad Benítez, el campesino José Carvajalito Rodríguez, el estudiante José David Buitrago Carrillo y Antonio Pérez Rojas, en Teorama (Norte de Santander). ANÁLISIS DE IMPUNIDAD La investigación disciplinaria se adelantó mediante auto de 26 de mayo de 1993 de la Procuraduría Provincial de Ocaña. Luego el mismo ente mediante Resolución Nº 023 de 17 de julio de 1995, y el fallo del 30 de noviembre de 1995, expediente Nº. 046-06722, sancionó a los agentes de policía investigados, entre ellos Villamizar Velásquez, con destitución (separación absoluta) del cargo, ya que dio por probado la participación y perpetuación de los hechos por los uniformados. En cumplimiento del proveído anterior, el Director General de la Policía Nacional destituyó a los agentes investigados por medio de resolución Nº 002549 del 7 de mayo de 1996, No obstante, por providencia del 5 de diciembre de 1997, la Procuraduría Provincial de Ocaña decretó la prescripción y archivo definitivo de la investigación disciplinaria adelantada contra los implicados en la masacre de Teorama debido a las nulidades que se presentaron en el proceso 046-06722/CHA. y a las constantes comisiones a que debió someterse el expediente para notificaciones, ya que los agentes fueron trasladados a Barranquilla, Cali, Tunja y Bogotá. YARA, ROCIO Itinerario Cabo Segundo. Participó en las detenciones que se llevaron a cabo el 16 de enero de 1992 en horas del medio día contra los campesinos Eligio Flórez, Reynaldo González, Mario Carreño, Ventura Flórez García, Valentín Almeida, Luis Alberto Arenas, Luis Arturo Lazo Serrano, Domingo Rabéelo Hamaca, Jorge Roberto Escobar Panque va, Arriostro Correa Marín, Laureano Hernández Suárez y Luis Humberto Escalarte, en el sector del Anillo Vial, en el corregimiento de Lomitas del municipio de Villa del Rosario (Norte de Santander). No se adelantó investigación alguna en su contra. 2.5. Distritos de Policía del Sur de Bolivar y Sur del Cesar ALBARRACIN ROMERO, FRANCISCO JOSE Itinerario Agente. Participó de la detención y torturas infligidas entre el 21 y el 22 de octubre de 1991 a Nelson Noé Rojas Ovalle en la Subestación de Policía de Santa Rosa del Sur (Bolívar). ANALISIS DE IMPUNIDAD Por su participación en la detención y las torturas de Nelson Noé Rojas Ovalle, a pesar que la Procuraduría Delegada para los Derechos Humanos, en la investigación Nº 008-145028, lo sancionó el 8 de julio de 1996 con Suspensión por 30 días en el ejercicio del cargo, la Procuraduría General de la Nación lo absolvió el 21 de octubre de 1996. ALVAREZ RODRÍGUEZ, ANGEL ALBERTO Itinerario El 4 de septiembre de 1991, el comerciante Bernabé Caro Hernández de 26 años, fue detenido arbitrariamente y torturado durante 4 días por miembros de la policía, entre ellos Ángel Alberto Álvarez Rodríguez, en la Estación de San Pablo (Bolívar). ANALISIS DE IMPUNIDAD El 30 de marzo de 1995 la Procuraduría Delegada Para la Defensa de los Derechos Humanos mediante Resolución Nº 003 correspondiente al expediente con el radicado Nº 008-134233, decidió solicitar la destitución (separación absoluta del servicio y de la institución) de el Cabo Segundo Carlos Emiro Delgado Vanegas y el agente Ángel Alberto Álvarez Rodríguez. BASTO CORREA, HAROLD HUMBERTO Itinerario Entre el 21 y el 22 de octubre de 1991, Nelson Noé Rojas Ovalle fue detenido y torturado por miembros de la policía en Santa Rosa del Sur (Bolívar). El Subteniente Basto Correa, como comandante de la Subestación, ordenó la detención de la víctima bajo la acusación de pertenecer al Frente XXIV de las FARC y permitió que sus subalternos lo torturaran brutalmente. Posteriormente fue ascendido al grado de Teniente. ANALISIS DE IMPUNIDAD Por su participación en la detención y las torturas de Nelson Noé Rojas Ovalle, la Procuraduría Delegada para los Derechos Humanos, en la investigación Nº 008-145028, lo sancionó el 8 de julio de 1996 con Suspensión por 30 días en el ejercicio del cargo. La Procuraduría General de la Nación confirmó la decisión el 21 de octubre de 1996. BONILLA FIGUEROA, VICTOR MARIO Itinerario Cabo Segundo. Se encontraba al mando de la Estación de Policía de San Alberto (Cesar) el 5 de febrero de 1988, fecha en la que fueron detenidos Efraín Manuel Patiño Sandoval y Rene Franco Ramos, quienes estuvieron aprehendidos en las instalaciones policiales. Posteriormente sus cuerpos sin vida serían hallados en zona rural del municipio de La Esperanza (Norte de Santander). ANALSIS DE IMPUNIDAD La Procuraduría Delegada para la Policía Nacional, abrió el expediente 69767, y en providencia del 16 de marzo de 1993 consideró que el Suboficial Víctor Bonilla y el Agente Esneider Montenegro habían infringido el Código disciplinario al requisar a los inculpados sin las formalidades requeridas. No se tiene mas dato de la investigación. CORONADO CHAVEZ, HENRY Itinerario Teniente. Responsable de la tortura, asesinato y desaparición de los señores Jaime Amaya Anaya y Hernando De Jesús Zuleta Ruiz, en hechos ocurridos el 18 de Noviembre de 1988 en San Pablo (Bolívar). ANALISIS DE IMPUNIDAD La Procuraduría Delegada para la Defensa de los Derechos Humanos en decisión confirmada lo sancionó con solicitud de destitución (Rad. Nº 008-92314). A la fecha de la sentencia había sido ascendido a capitán. CORONADO MEJÍA, VICTOR MANUEL Itinerario Teniente de la policía. Fue comandante de la Estación de San Pablo (Bolívar) durante 1991. Participó en los siguientes hechos: Detención, torturas y amenazas de muerte proferidas el 25 de agosto de 1991 a Fernando Caicedo Chacón en San Pablo. Posteriormente el 8 de septiembre de 1991 a las 11:30 P.M aproximadamente, Caicedo Chacón fue asesinado en la misma población por dos policías que le dispararon en cinco oportunidades causando su muerte instantánea. El homicidio fue consecuencia de la amenaza de muerte hecha en su contra por el Teniente Coronado en la fecha anteriormente descrita. Detención y torturas infligidas el 4 de septiembre de 1991 al comerciante Bernabé Caro Hernández en la Estación de Policía de San Pablo. Asesinato del obrero de construcción y estudiante Conrado Ávila Malagón y una niña de 9 meses de edad fueron asesinados; y heridas causadas a Sonia Ariza y Flor Alba Avila Ariza, también de 9 meses, en un atentado con una granada de fragmentación lanzada contra su vivienda en el barrio “Nuevo” del municipio de San Pablo, el 13 de septiembre de 1991. Anteriormente Conrado y su familia habían sido amenazados por el Teniente Coronado. ANALISIS DE IMPUNIDAD Por la queja presentada por la detención, los tratos crueles, las amenazas de muerte y el asesinato de Fernando Caicedo Chacón la Procuraduría Delegada Para la Policía Nacional decidió en indagación preliminar absolver de formal averiguación disciplinaria al Teniente acusado Víctor Manuel Coronado Mejía porque en el caso en estudió, “el estado de la averiguación no arroja culpabilidad contra ningún miembro de la policía en forma concreta y categorica”. Por tanto se ordeno el archivo de lo actuado. En el transcurso de la indagación de la Procuraduría, al Teniente Coronado Mejía se le inició proceso penal en la Unidad de Fiscalía No. 28 de Simití por el homicidio de Fernando Caicedo Chacón, crímen que se encontraba en diligencias preliminares en el Juzgado Promiscuo Municipal de San Pablo, siendo remitido después por competencia al Juzgado Sexto de Instrucción Criminal de Simití. Por su responsabilidad en los otros hechos no se tiene noticia de investigación alguna. DELGADO ANGARITA, LEOPOLDO Itinerario El 5 de febrero de 1988, Efraín Manuel Patiño Sandoval, estudiante de bachillerato de 18 años de edad, y el campesino Rene Francisco Ramos fueron detenidos por miembros de la policía. Posteriormente sus cuerpos sin vida fueron encontrados en el sitio “Curva del Diablo”, en el municipio de la Esperanza (Norte de Santander, cuando era Corregimiento del municipio de Cáchira). Ambos presentaban señales de torturas. El Agente Delgado Angarita era uno de los uniformados que participó en la aprehensión de las víctimas. No se tiene dato de investigaciones adelantadas en su contra por estos hechos. DELGADO VANEGAS, CARLOS EMIRO Itinerario Agente. Intervino directamente en la detención y torturas infligidas el 4 de septiembre de 1991 al comerciante Bernabé Caro Hernández, en hechos ocurridos en San Pablo (Bolívar). ANALISIS DE IMPUNIDAD El 30 de marzo de 1995 la Procuraduría Delegada Para la Defensa de los Derechos Humanos mediante Resolución No. 003 correspondiente al expediente con el radicado Nº 008-134233, decidió solicitar la destitución (separación absoluta del servicio y de la institución) del Cabo Segundo Carlos Emiro Delgado Vanegas y el agente Ángel Alberto Alvarez Rodríguez. HERNÁNDEZ BARAHONA, NASSER RAFAEL Itinerario Agente. Participó de la detención y torturas infligidas entre el 21 y el 22 de octubre de 1991 a Nelson Noé Rojas Ovalle en la Subestación de Policía de Santa Rosa del Sur (Bolívar). ANALISIS DE IMPUNIDAD Por su participación en la detención y las torturas de Nelson Noé Rojas Ovalle, a pesar que la Procuraduría Delegada para los Derechos Humanos, en la investigación Nº 008-145028, lo sancionó el 8 de julio de 1996 con Suspensión por 30 días en el ejercicio del cargo, la Procuraduría General de la Nación lo absolvió el 21 de octubre de 1996. LENIS PEÑUELA, ELKIN JAVIER Itinerario Teniente de la Policía quien el 15 de febrero de 1997 torturo a Alberto Antonio Ahumada en Simití (Bolívar). No se conoce de investigaciones adelantadas a este Oficial. LIZARAZO PEREZ, GERMAN IVAN Itinerario Agente. Responsable de la tortura, asesinato y desaparición de los señores Jaime Amaya Anaya y Hernando De Jesús Zuleta Ruiz, en hechos ocurridos el 18 de Noviembre de 1988 en San Pablo (Bolívar). ANALISIS DE IMPUNIDAD La investigación, radicada con el Nº 008-92314, la llevó a cabo la Procuraduría Delegada para la Defensa de los Derechos Humanos, la cual el 30 de Septiembre de 1991 sancionó con solicitud de destitución al Agente Fernando Vargas Antolinez. A la decisión le fue interpuesto recurso de reposición, instancia en la que se confirmó la decisión el 9 de Marzo de 1992. LUNA GRANADOS, ELVIS Itinerario Subteniente. Estuvo involucrado en los siguientes hechos: Allanamiento ilegal y posterior detención de Elvia Rosa Fonseca, ocurrido el 5 de septiembre de 1991 en Barrancabermeja (Santander). Detención y maltrato físico causado el 23 de diciembre de 1991 a Luis Alfredo Román Rodríguez, en hechos ocurridos en San Pablo (Bolívar). ANALISIS DE IMPUNIDAD Por la detención y allanamiento ilegal de la residencia de Elvia Rosa Fonseca, mediante acto administrativo de diciembre 10 de 1992 se dispuso abrir formal averiguación contra el ST. Luna Granados. El 2 de junio de 1993 la Procuraduría Delegada para la Policía Nacional dentro del expediente Nº. 118678 emitió fallo sancionatorio con amonestación escrita con anotación a la hoja de vida. Por la detención y malos tratos causados a Luis Alfredo Román Rodríguez, la Procuraduría General de la Nación en providencia de 19 de diciembre de 1996, radicación No. 020132153, consideró que el disciplinado no dio la orden de retenerlo, ni tampoco hay pruebas de la misma así como de los malos tratos; por tanto ordenó el archivo de la investigación. MONTENEGRO FERREIRA, ESNEIDER Itinerario Agente. El 5 de febrero de 1988 participó en la detención de Efraín Manuel Patiño Sandoval y Rene Franco Ramos, ocurrida en San Alberto (Cesar), quienes posteriormente aparecieron muertos en zona rural del municipio de La Esperanza (Norte de Santander). ANALISIS DE IMPUNIDAD La Procuraduría Delegada para la Policía Nacional, abrió el expediente 69767, y en providencia del 16 de marzo de 1993 consideró que el Suboficial Victor Bonilla y el Agente Esneider Montenegro habían infringido el Código disciplinario al requisar a los inculpados sin las formalidades requeridas. No se tiene mas dato de la investigación. ORTIZ, JOSE LUIS Itinerario Agente. El 5 de febrero de 1988 participó en la detención de Efraín Manuel Patiño Sandoval y Rene Franco Ramos, ocurrida en San Alberto (Cesar), quienes posteriormente aparecieron muertos en zona rural del municipio de La Esperanza (Norte de Santander). No se tiene dato de investigaciones adelantadas en su contra por estos hechos. PACHECO PUCHE, EDISSON ENRIQUE Itinerario Agente. Entre el 21 y el 22 de octubre de 1991, participó de la detención y torturas infligidas a Nelson Noé Rojas Ovalle en Santa Rosa del Sur (Bolívar). ANALISIS DE IMPUNIDAD Por su participación en la detención y las torturas de Nelson Noé Rojas Ovalle, la Procuraduría Delegada para los Derechos Humanos, en la investigación Nº 008-145028, lo sancionó el 8 de julio de 1996 con Suspensión por 30 días en el ejercicio del cargo. La Procuraduría General de la Nación confirmó la decisión el 21 de octubre de 1996. PADILLA CANTILLO, OMAR ANTONIO Itinerario Agente. Participó con otros uniformados en la detención y torturas infligidas, entre el 21 y el 22 de octubre de 1991, a Nelson Noé Rojas Ovalle en Santa Rosa del Sur (Bolívar). ANALISIS DE IMPUNIDAD Por su participación en la detención y las torturas de Nelson Noé Rojas Ovalle, a pesar que la Procuraduría Delegada para los Derechos Humanos, en la investigación Nº 008-145028, lo sancionó el 8 de julio de 1996 con Suspensión por 30 días en el ejercicio del cargo. Posteriormente la Procuraduría General de la Nación lo absolvió el 21 de octubre de 1996. VANEGAS SERNA, JAIME Itinerario Entre el 21 y el 22 de octubre de 1991, Nelson Noé Rojas Ovalle fue detenido y torturado por miembros de la policía en Santa Rosa del Sur (Bolívar), entre ellos el Agente Jaime Vanegas Serna. ANALISIS DE IMPUNIDAD Por su participación en la detención y las torturas de Nelson Noé Rojas Ovalle, a pesar que la Procuraduría Delegada para los Derechos Humanos, en la investigación Nº 008-145028, lo sancionó el 8 de julio de 1996 con Suspensión por 30 días en el ejercicio del cargo. Sin embargo, la Procuraduría General de la Nación lo absolvió el 21 de octubre de 1996. VARGAS ANTOLINEZ, FERNANDO Itinerario Agente. Responsable de la tortura, asesinato y desaparición de los señores Jaime Amaya Anaya y Hernando De Jesús Zuleta Ruiz, en hechos ocurridos el 18 de Noviembre de 1988 en San Pablo (Bolívar). ANALISIS DE IMPUNIDAD La Procuraduría Delegada para la Defensa de los Derechos Humanos en decisión confirmada lo sancionó con solicitud de destitución (Rad. Nº 008-92314). 2.6. Departamento Administrativo de Seguridad – DAS BECERRA CORREDOR, CARLOS EDUARDO Itinerario Director del DAS Seccional Santander. Ordenó el asesinato del juez segundo penal de aduanas Omar Herrera Niño, ocurrido el 27 de enero de 1992 en Bucaramanga, ejecutado por el soldado Placido Pinzón Fontecha con la colaboración del militar Gonzalo Arias Alturo. ANALISIS DE IMPUNIDAD La Fiscalía Regional de Cúcuta en providencia del 19 de diciembre de 1994, acusó a Gonzalo Arias Alturo, Carlos Eduardo Becerra Corredor y Jaime García Cala de ser coparticipes en el homicidio con fines terroristas del juez Omar Herrera Niño, y por ello les decretó medida de aseguramiento consistente en detención preventiva sin beneficio de libertad provisional. No se conoce mas información del proceso. GARCIA CALA, JAIME Itinerario Subdirector del DAS Seccional Santander. Ordenó el asesinato del juez segundo penal de aduanas Omar Herrera Niño, ocurrido el 27 de enero de 1992 en Bucaramanga, ejecutado por el soldado Placido Pinzón Fontecha con la colaboración del militar Gonzalo Arias Alturo. ANALISIS DE IMPUNIDAD La Fiscalía Regional de Cúcuta en providencia del 19 de diciembre de 1994, acusó a Gonzalo Arias Alturo, Carlos Eduardo Becerra Corredor y Jaime García Cala de ser coparticipes en el homicidio con fines terroristas del juez Omar Herrera Niño, y por ello les decretó medida de aseguramiento consistente en detención preventiva sin beneficio de libertad provisional. No se conoce mas información del proceso. LECHUGA MARTINEZ, ALFONSO RAFAEL Itinerario Para la noche del 16 de Mayo de 1998, fecha en la que paramilitares de las Autodefensas Unidas de Santander y Sur del Cesar –AUSAC-, asesinaron a siete personas y desaparecieron a veinticinco en una incursión a los barrios nororientales y surorientales de Barrancabermeja (Santander), el Agente Lechuga Martínez se encontraba en la sede del DAS en el turno de 7:00 p.m. a 1:00 a.m.; estaba bailando e ingiriendo bebidas embriagantes con su compañero Oscar Martínez, y tuvo una actitud displicente e irrespetuosa con los familiares y amigos de las víctimas que fueron al lugar a solicitar ayuda. ANALISIS DE IMPUNIDAD El 27 de Agosto de 1999, la Comisión Especial de la Procuraduría General de la Nación, sanciono al Agente Lechuga Martínez con quince días de suspensión sin derecho a remuneración en razón a no haber obtenido diligentemente a los familiares y amigos de las víctimas y por su conducta en el lugar de trabajo atentatoria de la moral y las buenas costumbres, decisión confirmada en la resolución del recurso de apelación interpuesto ante la sala disciplinaria de la Procuraduría General de la Nación, decisión del 11 de Octubre de 2000 (Rad. 008-14383/98). MUÑOZ, ENRIQUE Itinerario Agente del DAS y miembro de un grupo paramilitar del sur del Cesar. Coautor de las torturas y heridas sufridas por el campesino Roque Julio Cabanzo el 4 de octubre de 1994, en zona rural de San Martín (Cesar). No se tiene conocimiento de investigación alguna adelantada en su contra ORTIZ CUBIDES, OSCAR Itinerario Para la noche del 16 de Mayo de 1998, fecha en la que paramilitares de las Autodefensas Unidas de Santander y Sur del Cesar –AUSAC-, asesinaron a siete personas y desaparecieron a veinticinco en una incursión a los barrios nororientales y surorientales de Barrancabermeja (Santander), Oscar Ortiz se encontraba de guardia en la sede del DAS en el turno de 7:00 p.m. a 1:00 a.m., estaba bailando e ingiriendo bebidas embriagantes con su compañero Lechuga Martínez, teniendo una actitud displicente e irrespetuosa con los familiares y amigos de las víctimas que fueron al lugar a solicitar ayuda. ANALISIS DE IMPUNIDAD El 27 de Agosto de 1999, la Comisión Especial de la Procuraduría General de la Nación, sanciono al Agente Lechuga Martínez con quince días de suspensión sin derecho a remuneración en razón a no haber obtenido diligentemente a los familiares y amigos de las víctimas y por su conducta en el lugar de trabajo atentatoria de la moral y las buenas costumbres, decisión confirmada en la resolución del recurso de apelación interpuesto ante la sala disciplinaria de la Procuraduría General de la Nación, decisión del 11 de Octubre de 2000 (Rad. 008-14383/98). PARRA TORRES, VICTOR HUGO Itinerario El 27 de enero de 1992, aproximadamente a las 6:15 P.M, el juez segundo penal de aduanas Omar Herrera Niño, fue asesinado por el soldado Placido Pinzón Fontecha con la colaboración del militar Gonzalo Arias Alturo en la Cll. 36 con Cra. 14 de Bucaramanga. El crimen había sido ordenado por Carlos Eduardo Becerra y Jaime García Cala, Director y Subdirector del DAS Seccional Santander respectivamente. En la ejecución material del crimen participó el detective Parra Torres. Por otro lado, el Detective Parra intervino materialmente con militares y paramilitares, en el asesinato de Ángel Antonio Muñoz y Nancy Edith Acosta Salaza, y las heridas causadas a Misael Acosta, Matilde Salazar y Mauricio Galvis, en hechos ocurridos el 6 de mayo de 1993 en la finca El Rubí, ubicada en la vereda La Azufrada de Lebrija (Santander). Posteriormente, por medio de la Resolución 1986 del 27 de septiembre de 1993, Víctor Hugo Parra Torres fue declarado insubsistente del cargo de Detective y retirado de la Seccional Santander. No se conoce que el ex-detective Parra haya sido vinculado penal o disciplinariamente por los crímenes que cometió. 3.SEGÚN ESTRUCTURA PARAMILITAR De conformidad a la información y casos documentados en el Informe de la Zona V, que comprende la totalidad de municipios de Norte de Santander, Santander excepto Cimitarra; once municipios del Sur de Bolívar y seis del Sur del Cesar, a continuación se presenta una relación de agentes paramilitares que actuaron como grupos de civiles armados bajo la coordinación, entrenamiento y patrocinio del ejército, operando en regiones tanto rurales como urbanas. AGUILAR ESPINEL, APÓSTOL Itinerario Paramilitar que el 19 de junio de 1983, participó con agentes estatales en el asesinato del dirigente campesino Eliécer Martínez Tarazona, ocurrido en Carcasí (Santander). Este paramilitar no fue vinculado a investigación penal alguna. AMOROCHO APONTE, CARLOS ARTURO Itinerario Miembro de La Mano Negra. Participó en el asesinato de Gustavo Wilson González el 13 de octubre de 1997 en Bucaramanga. ANALISIS DE IMPUNIDAD La Fiscalía Séptima de Vida de Bucaramanga inició la investigación bajo el radicado No 3313, archivando las diligencias el 31 de mayo de 2001, mediante resolución de preclusión. AMOROCHO APONTE, RENE ALEJANDRO Itinerario Miembro de La Mano Negra. Participó en el asesinato de Gustavo Wilson González el 13 de octubre de 1997, en Bucaramanga. ANALISIS DE IMPUNIDAD Por su participación en estos hechos la Fiscalía Séptima de Vida de Bucaramanga inició la investigación bajo el radicado No 3313, archivando las diligencias el 31 de mayo de 2001 mediante resolución de preclusión. ARDILA, CARLOS Itinerario Paramilitar del grupo “los Masetos”. En la semana del 14 al 20 de septiembre de 1992, miembros de este grupo bajo su mando y el de Manuel Castro amenazaron a los campesinos Nelson Mejía, Ciro Pinzón y Jorge Pinzón en las veredas Cascajales Bajo, El Edén, Rancho Grande y El Chucho en El Carmen de Chucurí. No se tiene conocimiento de actuaciones judiciales llevadas en su contra. ATEHORTUA LOPERA O GALLEGO LOPERA, FABER Alias: “PALIZADA” Itinerario Reconocido paramilitar que actuaba principalmente en la región chucureña, entre los municipios de El Carmen y San Vicente; era integrante del grupo “Los Masetos”. Participó en los siguientes hechos: Detención, tortura y asesinato del campesino Juan Bautista Verdugo Sandoval conjuntamente con miembros del Batallón de Ingenieros No. 5 “Caldas”, en hechos ocurridos el 3 de septiembre de 1988 en la vereda Filo de Oro, municipio de El Carmen de Chucurí (Santander). Asesinato del conductor Laureano Serrano García y su hermano, el empleado Luis Ricardo Serrano García, el 7 de septiembre de 1988 en hechos ocurridos en la Inspección Departamental de Yarima de San Vicente de Chucurí (Santander). Antes de su asesinato Luis Serrano había tenido que abandonar la región ante las frecuentes amenazas contra su vida por parte de los paramilitares; no obstante, según un testimonio, “hacía pocos meses había recibido una carta de uno de los comandantes de dicho grupo alias, “Palizada”, donde le decía que podía regresar y que le respetarían la vida”. A los 15 días del regreso de Luis Eduardo fue asesinado. Retención, tortura y asesinato de los campesinos Leonardo Rangel de 22 años e Isnardo García Carreño de 25 años el 28 de enero de 1993, ocurrido en el punto Las Arrugas, vereda San Cristóbal de San Vicente de Chucurí. Los nombres de las víctimas figuraban en una lista de personas que los paramilitares irían a ejecutar. Asesinato de Luis Eduardo Arciniegas, ocurrido el 7 de abril de 1993 en la Vereda los Aljibes, jurisdicción de El Carmen de Chucurí. Torturas y amenazas proferidas el 14 de febrero de 1994 al campesino Pedro José Niño, en hechos ocurridos en la vereda Tierra Nueva en San Vicente de Chucurí. Antes de estos hechos los paramilitares venían de la vereda Danto Bajo donde cometieron una serie de hostigamientos y arbitrariedades contra los pobladores de la zona. Asesinato, junto con otros paramilitares, de la campesina Francelina Beltrán Carvajal ocurrido el 24 de marzo de 1994 en la vereda Rancho Chile, municipio de El Carmen de Chucurí. Los paramilitares se identificaron como integrantes de la guerrilla, pero habitantes de la zona afirmaron que en realidad hacían parte del grupo paramilitar “Los Masetos”. Asesinato del campesino José Vicente Rueda, ocurrido el 19 de octubre de 1995 en una tienda de la vereda Danto Bajo, jurisdicción de Simacota (Santander). Torturas infligidas el 5 de noviembre de 1995 a un campesino en la vereda Danto Alto de Simacota (Santander), con miembros del Batallón de Infantería No 40 “Luciano D’ Elhuyar” y otros paramilitares. A pesar de la cantidad de crímenes en los que estuvo involucrado indirecta o directamente este paramilitar, nunca se le inició o adelantó investigación penal alguna. AVILA CORDERO, NILSON Itinerario Paramilitar miembro del grupo Los Masetos. El 7 de diciembre de 1991, participó junto con otros “Masetos” en el asesinato del campesino Lorenzo Saavedra Garavito, ocurrido en la vereda La Laguna, en El Carmen de Chucurí (Santander). No se posee información de procesos judiciales contra este paramilitar. AVILA GONZALEZ, EULISES Alias: “POLLO TRISTE” Itinerario Paramilitar miembro del grupo Los Masetos. El 7 de diciembre de 1991, participó con otros “Masetos” en el asesinato del campesino Lorenzo Saavedra Garavito ocurrido en la vereda La Laguna, en El Carmen de Chucurí (Santander). Ávila González no fue investigado por estos hechos. BAQUERO AGUDELO, ALONSO DE JESÚS Alias: “COMANDANTE BLADIMIR”; “EL NEGRO BLADIMIR” Itinerario Alonso de Jesús Baquero antes de ser un reconocido terrateniente de Puerto Berrío (Antioquia) y ser uno de los mas activos miembros de las estructuras paramilitares de la región, había sido guerrillero de las FARC. En abril de 1987, los campesinos Jesús Darío Rentería Correa, Humberto Quiroga, Samuel NN, Luis Magnu Chaverra, Isaías NN, José NN, Telmo Zambrano, Hernando Bustamante y cinco personas más no identificadas, fueron asesinados durante una incursión armada a la vereda Número Siete, ubicada en Cimitarra (Santander), conocida como “Operación Cero Siete”, adelantada por el grupo paramilitar comandando por Henry de Jesús Pérez Durán, por orden del Comando del Batallón Rafael Reyes. El operativo fue coordinado entre Alonso de Jesús Baquero Agudelo y los oficiales del Batallón Rafael Reyes: Coronel Pinzón, el Mayor Rubiano y el Capitán Alirio Forero. En octubre de 1987, diecinueve personas, la mayoría de ellas dedicadas al comercio de mercancía de contrabando, fueron torturadas y desaparecidas por miembros del Batallón Bárbula y paramilitares del grupo al mando de Henry de Jesús Pérez Durán, por orden del Brigadier General Farouk Yanine Díaz. Baquero Agudelo fue uno de los paramilitares que participó en el hecho. El 17 de enero de 1988, en el corregimiento San José del Nus de San Roque (Antioquia), el sacerdote Jaime Restrepo López fue asesinado en la capilla. Según las confesiones ante la Procuraduría, del ex agente de Inteligencia Militar y ex miembro del grupo paramilitar URE, Martín Emilio Sánchez Rodríguez, el Oficial Navas Rubio dio la orden a miembros del mencionado grupo de asesinar al sacerdote. El grupo URE tenía su sede en Puerto Berrío (Antioquia) y estaba integrado por miembros de la XX Brigada, de los B-2 de las Brigadas V y XIV y por civiles adscritos a las redes de inteligencia de estas unidades. La acción fue comandada por el paramilitar Baquero Agudelo. El 11 de noviembre de1988 fueron asesinadas 43 personas y heridas otras 50 más en Segovia (Antioquia). Ese día fue suspendido el patrullaje que diariamente realizaban en la población a las 6 de la tarde, efectivos militares, y no se presentaron los escoltas de la Policía asignados a la alcaldesa y la presidenta del Concejo Municipal de Segovia, ambas militantes de la Unión Patriótica. La masacre fue reivindicada por el grupo paramilitar “Muerte a Revolucionarios del Nordeste”, igualmente conocido como “Los Realistas”. Previo a la masacre, militares y policías protagonizaron el 26 de octubre una falsa toma de Segovia, en la cual pintaron graffitis anunciando el crimen y distribuyeron volantes del grupo paramilitar, los que fueron impresos en el mimeógrafo de la empresa Frontino Gold Mines Company a solicitud del Comandante del Batallón Bombona. Baquero Agudelo fue uno de los paramilitares que participó en el crimen. El 18 de enero de 1989, en el sitio La Rochela, del municipio de Simacota (Santander), una comisión judicial que investigaba una cadena de crímenes cometidos por militares y paramilitares, fue interceptada por paramilitares y fueron asesinados once de sus integrantes. Según se estableció el crimen fue ideado y coordinado por el B-2 de las Brigadas V y XIV, y el G-2 de la II División, y para su consumación fueron utilizados paramilitares que trabajaban para las redes de inteligencia de esas unidades. El grupo era comandando por el jefe paramilitar Alonso de Jesús Baquero Agudelo, quien se identificó como el “Comandante Vladimir”, máximo líder del XXIII Frente de las FARC’. Según declaró el paramilitar Efrén Galeno López, por la masacre Baquero Agudelo recibió 2OO millones de pesos, los cuales fueron enviados en un maletín por Yanine Díaz. Galeano López fue encargado por el alto Oficial de hacer la entrega, la cual se hizo en las afueras de las instalaciones de la XIV Brigada en Puerto Berrío. Baquero Agudelo fue capturado en Puerto Berrío el 16 de agosto de 1989. Para 1992 estaba detenido en la Cárcel de Vista Hermosa. ANALISIS DE IMPUNIDAD Por la masacre de La Rochela de 1989, el 29 de junio de 1990, Alonso de Jesús Baquero Agudelo fue condenado a 30 años de prisión. No se conoce de condenas por los demás crímenes en los que participó. BARRIENTOS, RUFINO Itinerario Paramilitar responsable de la desaparición y posterior asesinato del conductor de chalupa Rubén Darío Figueroa Pontón; y la desaparición de Un Poblador de la vereda Las Cruces, ocurridas el 24 de junio de 1997 en el Corregimiento Puerto Mosquito, jurisdicción de Gamarra (Cesar). No se conoce de investigaciones en su contra BERMUDEZ ALCANTARA, RAUL Itinerario Paramilitar que había sido denunciado como miembro del grupo denominado “Los Grillos” que actuaban en Santa Helena del Opón. Fue uno de los autores materiales del asesinato del Alcalde de Sabana de Torres Álvaro Garcés Parra, el 16 de agosto de 1987. Resultó muerto en los hechos. No se conoce de investigaciones en su contra BLANCO LIZCANO, LUIS ALBERTO Itinerario Paramilitar miembro de Los Masetos. Participó, el 15 de marzo de 1990, en las torturas y asesinato del campesino Filemón Cala Reyes sucedido en El Carmen de Chucurí (Santander). No se conoce de procesos penales llevados en su contra. CABALLERO ARENAS, LUIS FELIPE Itinerario Paramilitar integrante del grupo Los Masetos. Participó en los siguientes casos: Detención, tortura y asesinato del campesino Juan Bautista Verdugo Sandoval, conjuntamente con efectivos del Batallón Caldas, en hechos ocurridos el 3 de abril de 1988 en la vereda Filo de Oro, municipio de El Carmen de Chucurí (Santander). Asesinato del conductor Laureano Serrano García de 24 años y su hermano el empleado Luis Ricardo Serrano García de 21 años, ocurrido el 7 de septiembre de 1988 en la Inspección Departamental de Yarima, municipio de San Vicente de Chucurí (Santander). A Caballero Arenas nunca se le siguió proceso judicial por los crímenes en que participó. CAMACHO, MARCOS Itinerario Integrante del grupo paramilitar “Los Masetos”. El 6 de noviembre de 1988, participó con otros paramilitares en el asesinato de los campesinos Luis Francisco Sánchez y Luis Antonio Amado Sánchez, ocurrido en la vereda La Pitala de El Carmen de Chucurí (Santander). No se conoce que Marcos Camacho haya sido investigado por este crimen. CARDENAS, LUIS ANTONIO Alias: “PEGANTE” Itinerario Paramilitar del grupo Los Masetos que en el primer semestre de 1991 violó a Yolanda Saavedra de 13 años y su hermana Olga Saavedra de 10 años, en hechos ocurridos en El Carmen de Chucurí (Santander). Igualmente participó, el 7 de diciembre de 1991, en el asesinato del campesino Lorenzo Saavedra Garavito junto con otros “Masetos”, crimen llevado a cabo en la vereda La Laguna en El Carmen de Chucurí. ANALISIS DE IMPUNIDAD Por lo sucedido a las hermanas Saavedra la Investigación Preliminar se adelantó en el Juzgado Promiscuo Municipal de El Carmen. La investigación formal se abrió el 9 de diciembre de 1991 y remitida por competencia a la Fiscalía 39 de San Vicente el 20 de diciembre de 1991. No se conoce el resultado de la investigación. CARDENAS CALA, JOSE VICENTE Alias: “CAPITAN ROBINSON” Itinerario Paramilitar perteneciente al grupo “Los Masetos”. Estaba al mando de los paramilitares que retuvieron, torturaron y asesinaron a Filemón Cala Reyes el 15 de marzo de 1990, en El Carmen de Chucurí. El paramilitar no fue investigado por este crimen. CARREÑO, EDUARDO Alias: “EL DIABLO” Itinerario Reconocido paramilitar del grupo “Los Masetos” responsable de los siguientes crímenes: Asesinato de Luis Ángel Patiño, realizado el 2 de febrero de 1993 con otros Masetos, frente a la plaza de ferias de San Vicente de Chucurí (Santander). Asesinato de José del Carmen Díaz, perpetrado el 31 de diciembre de 1992 en el parque principal de San Vicente de Chucurí (Santander). La víctima estaba en compañía de la coordinadora de la Corporación Chucureña de Derechos Humanos y funcionaria del municipio Alba Lucero López, quien resultó ilesa del atentado en su contra. Asesinato del hacendado Horacio Rueda Castellanos el 15 de marzo de 1993, ocurrido en la vereda Palmira, municipio de San Vicente de Chucurí. Este paramilitar nunca fue investigado por los crímenes que cometió. CARREÑO LIZARAZO, GUILLERMO ISIDRO Alias: COMANCHE Itinerario Reconocido por ser el Inspector de Policía de San Juan Bosco de la Verde (Santa Helena del Opón), cuna del paramilitarismo en el Magdalena Medio Santandereano. Carreño Estévez desde 1981 fue uno de los grandes artífices del crecimiento y despliegue de grupos paramilitares desde esa zona, apoyados inicialmente por el Comando Operativo No. 10 del ejército, y luego por varias unidades militares de la XIV y V Brigada. Tiene responsabilidad en los siguientes hechos: Asesinato de un hombre de apellido Medina y otro conocido como “El Tuerto Florentino”, ocurrido en 1982 en San Vicente de Chucurí (Santander). Asesinato de Moisés Leal, Severo Casallas, Ramiro Almanza, Isidro Morales y su Esposa, ejecutado en 1987 por miembros del MAS en la Inspección de Policía de San Juan Bosco La Verde, Santa Helena del Opón (Santander). Isidro Carreño fue cómplice del crimen. Asesinato de 14 campesinos en la vereda Tres Amigos de El Carmen de Chucurí, en hechos sucedidos el 22 de julio de 1988. Carreño comandaba a los paramilitares del Comando Coronel Correa Campos que efectuaron la masacre. Asesinato de once funcionarios judiciales en la vereda La Rochela, en Simacota (Santander), ejecutado el 18 de enero de 1989 por ordenes de altos oficiales del ejército y la armada, entre ellos, el Brigadier General Farouk Yanine Díaz. Isidro Carreño participó en la ejecución material del crimen. Asesinato del campesino Antonio Delgado, realizado el 4 de marzo de 1990 en la vereda Bajo Cascajales, municipio de El Carmen de Chucurí (Santander). Desaparición del campesino Álvaro Tolosa de 40 años y su hijo Edgar Tolosa de 16 años, perpetrada el 20 de julio de 1990 en El Carmen de Chucurí. Isidro Carreño comandaba el grupo de paramilitares que efectuó el crimen. Retención, tortura y asesinato del campesino Gumersindo Fontecha Zea, crimen sucedido el 5 de abril de 1990 en la vereda Rancho Grande de El Carmen de Chucurí. Carreño comandaba el grupo que cometió el hecho. Retención, torturas y amenazas proferidas el 21 de enero de 1991 a dos campesinos en El Carmen de Chucurí (Santander). Los dos campesinos reconocieron entre sus captores a Isidro Carreño. Carreño también era conocedor del asesinato del joven Filemón Cala en manos de los paramilitares, ocurrido el 15 de marzo de 1990; y de la utilización de algunas bases militares como centro de operaciones de los paramilitares hasta que ellos construyeran otra para su uso exclusivo. A pesar de ser uno de los principales promotores del paramilitarismo en el magdalena Medio Santandereano, nunca se le relaciono o investigo por autoridad alguna. CASTAÑO GIL, CARLOS Alias: “EL PELAO” Itinerario Junto a su hermano Fidel, Carlos Castaño Gil fue uno de los pilares del paramilitarismo en Colombia. Protegido y ayudado por miembros de las Fuerzas Militares, a partir de 1995 era la cabeza visible de los grupos paramilitares en el país agrupados bajo las Autodefensas Unidas de Colombia AUC. En 1981, luego de que su padre muriera de un infarto cuando se encontraba secuestrado por las FARC, los hermanos Castaño empezaron a colaborar con el ejército como informantes. En el Bajo Nordeste antioqueño, el Partido Comunista y el MOIR fueron perseguidos y golpeados duramente en 1983, con el asesinato de varios de sus líderes más destacados así como su base social en la zona rural de Segovia y Remedios (Antioquia). Dicha política de exterminio tuvo como principal ejecutor al Batallón de Infantería No. 12 “Bomboná”, al mando del Teniente Coronel Luis Eduardo Torres Mesa (1982) y del Teniente Eduardo Enrique Romero Barrios (1983), y con la participación de Fidel y Carlos Castaño Gil. Para entonces los hermanos Castaño ya habían participado en un curso de entrenamiento militar, al que también asistieron Gonzalo de Jesús Pérez y Ramón Isaza. Posteriormente Carlos Castaño y su hermano Fidel, comandaron un grupo paramilitar que tenía asiento en Córdoba, el cual se expandió hacia el Urabá siendo responsables de varias masacres y numerosos asesinatos ocurridos en la región. Luego de la presunta muerte de Fidel Castaño, Carlos se hizo comandante de la estructura que se denominó Autodefensas Campesinas de Córdoba y Urabá ACCU, y tiempo después de las Autodefensas Unidas de Colombia AUC, de las que fue su líder desde 1995. Entre el 15 y 20 de julio de 1997, aproximadamente 48 campesinos y pobladores del municipio de Mapiripan (Meta), la mayoría de ellos sin identificar, fueron torturados, desmembrados, desviscerados, degollados y arrojados al río Guaviare por un grupo cercano a doscientos hombres pertenecientes a las ACCU provenientes del Urabá, que permanecieron en la localidad por cinco días sin ser repelidos y perseguidos por la fuerza pública acantonada en la zona. Carlos Castaño reivindicó públicamente la ejecución de 48 personas, de las cuales muchas de ellas permanecen en la condición de desaparecidos. El 27 de febrero de 1998, el abogado Jesús María Valle Jaramillo, Presidente del Comité Permanente para la Defensa de los Derechos Humanos de Antioquia, fue asesinado por paramilitares de las Autodefensas Unidas de Colombia -AUC-, organización comandada por Carlos Castaño Gil, en el interior de su oficina, ubicada en el centro de la ciudad de Medellín (edificio Colón, oficina 405), hacia las 2:15 p.m. Castaño mismo fue quién ordenó el asesinato de Jesús María. El 4 de mayo de 1998, dentro de la ofensiva desplegada en el Meta por las ACCU-AUC ordenada por Carlos Castaño, 200 paramilitares asesinaron con sevicia a cerca de 17 personas en la Inspección de Policía de Puerto Alvira, jurisdicción de Mapiripan. 14 de las víctimas fueron ejecutadas en la estación de gasolina de la localidad. El 28 de noviembre de 1999, el activista de derechos humanos y miembro de la Mesa Regional Permanente por la Paz del Magdalena Medio, Edgar Quiroga de 34 años, y el campesino Gildardo Fuentes, de 18 años, fueron torturados y desaparecidos, en una acción conjunta entre miembros del Batallón Nº 45 Héroes de Majagual y paramilitares de las “Autodefensas Unidas de Colombia” -AUC-, en la vereda La Placita del corregimiento Cerro Azul de San Pablo. Edgar y Gildardo habían llegado el día anterior a este lugar, cuando al pasar por un retén paramilitar fueron señalados por un hombre joven de apellido Pareja, siendo retenidos. Los paramilitares los llevaron a hablar con el “Comandante Carlos” (o sea Carlos Castaño), quien los interrogó sobre su presencia en la zona. Edgar le explicó que estaban adelantando una labor humanitaria y que contaban con el respaldo del gobierno. Hacia las 4 p.m. fueron subidos a un helicóptero militar que aterrizó frente a la gasolinera del pueblo donde fueron amarrados de pies y manos y golpeados. Antes de partir un paramilitar conocido como “Niche” les dijo que a Edgar lo llevaban para San Blas (corregimiento de Simití) porque “los jefes” lo necesitaban para hablar con él y que a Gildardo lo matarían inmediatamente. Desde entonces se desconoce el paradero de los líderes campesinos. En circunstancias extrañas, y en el marco de las “negociaciones de paz” adelantadas por las AUC con el Gobierno de Álvaro Uribe Vélez, Carlos Castaño desapareció en abril de 2003 en una finca ubicada en zona rural de Necoclí (Antioquia). Versiones sin confirmar aseguran que se encuentra muerto. ANALISIS DE IMPUNIDAD Por su participación en el asesinato de Jesús María Valle Jaramillo, la Fiscalía Especializada de Antioquia inició la investigación sindicando a Carlos Castaño y otros, continuando con la misma los Jueces Penales Especializados del Circuito de Medellín, sin que se sepa el resultado de estas investigaciones. Por la masacre de Mapiripan, el Juzgado Segundo Especializado de Bogotá el 18 de junio de 2003 lo condeno a 40 años de prisión por los delitos de homicidio agravado y secuestro agravado. CASTILLO, PEDRO Itinerario Paramilitar perteneciente al grupo “Los Masetos”. El 12 de enero de 1992, participó directamente en la retención y en el asesinato de los campesinos Gilberto Barbosa Castillo y el hermano de este, Luis Ambrosio Barbosa Castillo, junto con otros paramilitares, en la finca Las delicias, vereda El Centenario de El Carmen de Chucurí. No se tiene información de investigaciones adelantadas en su contra. CASTRO, ANTONIO Itinerario Paramilitar entrenado en San Juan Bosco de La Verde. El 14 de julio de 1994, asesinó al campesino Antonio María Domínguez en la vereda La Laguna, municipio de El Carmen de Chucurí. Este paramilitar no fue investigado por el hecho. CASTRO, MANUEL Itinerario En la semana del 14 al 20 de septiembre de 1992, los campesinos Nelson Mejía, Ciro Pinzón y Jorge Pinzón, fueron amenazados por paramilitares del grupo “Los Masetos” en las veredas Cascajales Bajo, El Edén, Rancho Grande y El Chucho en El Carmen de Chucurí (Santander). Al mando estaban Manuel Castro y Carlos Ardila No se tiene información de que haya sido investigado por estos hechos CATAÑO HERNÁNDEZ RAFAEL Itinerario El 18 de enero de 1989, once funcionarios judiciales fueron asesinados en el sitio La Laguna, de la vereda La Rochela, en Simacota (Santander), por un grupo de hombres fuertemente armados pertenecientes al grupo paramilitar “Los Masetos”, que operaba en el Magdalena Medio, quienes recibieron la orden y dinero de parte de altos oficiales del Ejército y la Armada, entre ellos, el Brigadier General Farouk Yanine Díaz. Cataño Hernández hacía parte de la organización paramilitar, participando materialmente en la ejecución de la masacre. No se conoce de procesos adelantados contra este paramilitar. DIAZ, CIRO ANTONIO Itinerario Paramilitar perteneciente al grupo “Los Masetos”. Estaba al mando de los paramilitares que retuvieron, torturaron y asesinaron a Filemón Cala Reyes el 15 de marzo de 1990, en El Carmen de Chucurí (Santander). Anteriormente el 7 de febrero del mismo año, Díaz había amenazado a la víctima. El paramilitar no fue investigado por este crimen. DIAZ, JESÚS ANTONIO Itinerario Paramilitar perteneciente al MAS quien participó junto con otros integrantes de este grupo, entre ellos Medardo Rubiano, y efectivos del ejército, en la detención y desaparición del joven arriero Jesús Henao, ocurrida el 16 de diciembre de 1983 en Barrancabermeja (Santander). No se conoce de proceso alguno contra este paramilitar. ECHAVARRIA, ENRIQUE Itinerario Paramilitar perteneciente al MAS, quien participó junto con otros integrantes de este grupo, y efectivos del ejército, en la detención y desaparición del joven arriero Jesús Henao, ocurrida el 16 de diciembre de 1983 en Barrancabermeja (Santander). No se conoce de proceso alguno contra este paramilitar. ESTRADA, ELIAS Itinerario Paramilitar perteneciente al grupo “Los Masetos”. El 12 de enero de 1992, participó en la retención y en el asesinato de los campesinos Gilberto Barbosa Castillo y el hermano de este, Luis Ambrosio Barbosa Castillo, en hechos ocurridos en la finca Las Delicias, vereda El Centenario de El Carmen de Chucurí (Santander). El paramilitar no fue investigado por estos hechos. GALEANO LOPEZ, EFRÉN Itinerario Participó del asesinato en mayo de 1995 de un poblador de San Martín (Cesar), hecho ocurrido cerca a una tienda ubicada a la salida de este municipio hacia Aguachica. No se conocen investigaciones por estos hechos. GALLEGO, ANTONIO Itinerario Paramilitar perteneciente al grupo “Los Masetos”, que participó, el 7 de septiembre de 1988, en el asesinato del conductor Laureano Serrano García de 24 años y su hermano el empleado Luis Ricardo Serrano García de 21 años, en la Inspección Departamental de Yarima municipio de San Vicente del Chucurí (Santander). Igualmente, Gallego Gómez, el 20 de junio de 1991, estuvo involucrado en la desaparición del campesino miembro de la Asociación Nacional de Usuarios Campesinos (ANUC) Benedicto Cubides, y la detención y tortura de los campesinos Nelly Sánchez y Trino Camargo, conjuntamente con una patrulla del Batallón de Infantería No. 40 “Luciano D’ Elhuyar”, en hechos ocurridos en Simacota (Santander). No se tiene información de actuaciones judiciales llevadas al respecto. GALLEGO GOMEZ, RUBIEL Itinerario Paramilitar que perteneció al grupo “Los Masetos”. Intervino materialmente en los siguientes crímenes: Detención, tortura y asesinato del campesino Juan Bautista Verdugo Sandoval, junto con miembros del Batallón Caldas, en hechos ocurridos el 3 de abril de 1988 en la vereda Filo de Oro, municipio de El Carmen de Chucurí (Santander). Asesinato, el 7 de septiembre de 1988, del conductor Laureano Serrano García de 24 años y su hermano el empleado Luis Ricardo Serrano García de 21 años, ocurrido en la Inspección Departamental de Yarima, municipio de San Vicente del Chucurí (Santander). No se tiene información de actuaciones judiciales llevadas contra este paramilitar. GALVIS BROCHERO, JAIRO IVAN Alias: “MEDIA VIDA” Itinerario Líder paramilitar del Magdalena Medio. Participó en los siguientes hechos: Asesinato de once funcionarios judiciales el 18 de enero de 1989 en la vereda La Rochela, en Simacota (Santander), por ordenes altos oficiales del Ejército y la Armada, entre ellos, el Brigadier General Farouk Yanine Díaz. Asesinato del Capitán de la Armada Nacional y ex jefe de la Red No 7 de Inteligencia, Juan Carlos Álvarez Gutiérrez, ejecutado el 6 de agosto de 1993 en Cartagena (Bolívar), por orden de su superior, el Coronel Rodrigo Alfonso Quiñónez Cárdenas, Director de Inteligencia de la Armada Nacional. Asesinato de la campesina Francelina Beltrán Carvajal, realizado el 24 de marzo de 1994 junto con otros paramilitares en la vereda Rancho Chile, municipio de El Carmen de Chucurí (Santander). Ordeno el asesinato de Fernando Ossa, perpetrado en 1993 o 1994 en la inspección de policía departamental Patevaca de Yacopí (Cundinamarca), Asesinato del campesino Domingo Sánchez Enríquez de 63 años, ocurrido el 20 de julio de 1994 en la inspección departamental Yarima municipio San Vicente de Chucurí (Santander). Galvis Brochero ordenó en diciembre de 1994 el asesinato de un paramilitar conocido como Wilson N., ocurrido en La Dorada (Caldas). Quienes lo ejecutaron se identificaron como integrantes de la guerrilla, pero habitantes de la zona afirmaron que en realidad hacían parte del grupo paramilitar Los Masetos. Al igual que el caso anterior, el 31 de diciembre de 1994 ordenó el asesinato de Guillermo Arias Ramírez y Abelardo de Jesús González Correa, muertos en La Dorada (Caldas). ANALISIS DE IMPUNIDAD Por la masacre de La Rochela, el 5 de noviembre de 1996 la Unidad Nacional de Derechos Humanos de la Fiscalía vinculó al proceso, mediante indagatoria, a Luis Alberto Arrieta Morales, Nelson Lesmes Leguizamón, Marceliano Panesso Ocampo, Darío Alberto Marín, Gilberto Silva Cortez, Jairo Iván Galvis Brochero, Robinsón Gutiérrez de la Cruz, Waldo Patiño García y Luis Alfredo Rubio Rojas; ordenando su captura el 10 de enero de 1997. No se tiene mas información de las actuación que se siguió contra Galvis Brochero. GALVIS BROCHERO, JORGE IVAN Itinerario Paramilitar que fue uno de los autores intelectuales de la desaparición, tortura y asesinato de los paramilitares Diego Luis Cataño Hernández, Diego Alexander López Salazar, de 17 años, conocido como “Rastrillo”, Milton Martínez Plata y José Alirio Ulloa Triana, conocido como “Carlos Villa”, miembros de apoyo de la Red de Inteligencia No 7 de la Armada con sede en Barrancabermeja (responsable de por lo menos 70 crímenes en el Magdalena Medio), en hechos ocurridos entre el 1 y 25 de agosto de 1992 en Puerto Parra (Santander). Los cuerpos de las víctimas se encontraron en dos fincas propiedad del Galvis Brochero. ANALISIS DE IMPUNIDAD A pesar de encontrarse presente en el momento de traslado de los detenidos del retén hacia la casa de la señora Giraldo, y posiblemente haber facilitado la ejecución de los crímenes contra las víctimas en retaliación a lo acontecido anteriormente contra el, además de que los restos de los asesinados se encontraron en dos predios de su propiedad, no existe investigación penal en su contra. GARCES, JULIO Itinerario El 15 de marzo de 1990 a las 5:00 p.m., el campesino Filemón Cala Reyes de 19 años fue retenido, torturado y asesinado por miembros del grupo paramilitar Los Masetos, entre los que se encontraba Julio Garcés, en hechos ocurridos en El Carmen de Chucurí (Santander). No se conoce que este paramilitar haya sido investigado por este crimen. GIRON, RAMON Itinerario Paramilitar miembro de Los Masetos. El 15 de marzo de 1990 participó en la retención, tortura y asesinato del campesino Filemón Cala Reyes, sucedido en El Carmen de Chucurí (Santander). No se corrió actuación penal alguna contra este paramilitar por el asesinato de Filemón Cala. GOMEZ, ALVARO Itinerario Paramilitar perteneciente al grupo “Los Masetos”, que el 12 de septiembre de 1994, en conjunción con miembros del Batallón de Infantería No. 40 Luciano D’ Elhuyar, detuvo torturo y amenazó al campesino Freddy Humberto Barbosa, en la vereda La Celoreña, Inspección Departamental La Putana del municipio Betulia (Santander). No se tiene información de procesos penales contra este paramilitar. GUZMÁN, ERNESTO Itinerario El 16 de diciembre de 1983, el joven Jesús Henao, arriero de oficio, fue detenido y desaparecido por unidades militares, que actuaban en conjunto con unidades paramilitares del MAS, en Barrancabermeja. Entre los miembros del grupo paramilitar que actuaron en el hecho se pudo establecer, entre otros, la identidad de Ernesto Guzmán. No se tiene información de investigaciones penales adelantadas contra este paramilitar. GUZMÁN, ISMAEL Itinerario Paramilitar perteneciente al MAS que participó junto con efectivos del ejército, en la detención y desaparición del joven arriero Jesús Henao, ocurrida el 16 de diciembre de 1983 en Barrancabermeja (Santander). No se tiene dato de investigación alguna. JAIMES RODRÍGUEZ, JULIAN Alias: “JULIAN RIVERA” Itinerario Julián Jaimes Rodríguez nace en 1959 en Barrancabermeja y con cedula de Bucaramanga. Reconocido paramilitar de la región del Opón y jefe del grupo paramilitar Los Masetos en Campo Capote, en Puerto Parra (Santander). Prestó servicio militar en el Batallón de Policía Nº 5 de la V Brigada donde se desempeñó como Ayudante de Comando. Por entonces, el Capitán Jorge Beltrán Prada era el comandante de su compañía. Participó en los siguientes crímenes: Asesinato del agricultor Jorge Ramírez, ejecutado el 22 de octubre de 1988 en compañía de una patrulla del ejército en la IPD Campo Capote de Puerto parra (Santander). Asesinato del líder campesino José Sánchez, ocurrido el 28 de noviembre de 1988 en la vereda La Militosa, Inspección de Policía de Campo Capote, jurisdicción de Puerto Parra. Asimismo, participó en la masacre de los once funcionarios judiciales ocurrida el 11 de enero de 1989 en la Inspección de Policía de La Rochela, jurisdicción de Simacota (Santander). No se tiene información de actuaciones judiciales corridas contra este paramilitar. JIMÉNEZ, LUIS JAIME Alias: “CACHEMONCORO” Itinerario Luego de sus patrullajes como paramilitar perteneciente al grupo denominado “Los Masetos” en la región de San Vicente de Chucurí en 1993, Jiménez aparece en operativos del Batallón Nueva Granada y haciendo presencia en la Base Militar del barrio María Eugenia en Barrancabermeja. En el mes de febrero de 1994 Luis Jaime Jiménez se encuentra en Barrancabermeja, para entonces ese sujeto presenta antecedentes reportados a la Oficina de Investigaciones especiales de la Procuraduría, por testigos presenciales, quienes han declarado y lo han reconocido mediante retratos hablados. La presencia de este paramilitar en los barrios populares y su amenaza de muerte expresa en contra de algunas personas provocó el desplazamiento de la ciudad en los primeros meses de 1994 de varias familias que venían desplazadas de la región chucureña. El 23 de febrero de 1.994 Amelia García, Fidel Carreño, Silvia González, Luis Fernando Mateus, Sandra Paola García y el niño Elkin Arley fueron amenazados por el paramilitar del Magdalena Medio Luis Jaime Jiménez, alias el “Cachemoncoro” y otro soldado más del Batallón Nueva Granada, en el barrio María Eugenia de la ciudad de Barrancabermeja (Santander). Jiménez era un reconocido paramilitar de la zona y había participado en la incursión paramilitar en la que toda la familia García fue sacada de su casa amarrados y llevados a una escuela donde los obligaron a acostarse boca abajo durante toda la noche. Al día siguiente fueron interrogados y amenazados. En esa misma incursión fueron asesinados Isnardo Carreño y Leonardo Rangel. El día en que Sandra Paola estaba comprando la leche vestía prendas militares y portaba armas, la siguió hasta su casa, hecho que obligó a la familia desplazarse nuevamente. El 28 de enero de 1993, los campesinos Leonardo Rangel de 22 años e Isnardo García Carreño de 25 años fueron retenidos, torturados y asesinados por aproximadamente 30 hombres pertenecientes al grupo paramilitar Los Masetos, entre quienes estaba Faber Lopera alias Palizada y Jaime N. alias Cachemoncoro en el punte Las Arrugas, vereda San Cristóbal municipio San Vicente de Chucurí (Santander). No se conoce de actuaciones judiciales adelantadas en contra de este paramilitar. LEON, SILIAS Itinerario: Informante de la Brigada Móvil No. 2; fue quien el 4 de julio de 1993 acuso a los labriegos menores de edad Armando Pérez y José Rodrigo Caro de ser guerrilleros, siendo estos luego detenidos, torturados y asesinados por miembros de esa unidad militar en Santa Rosa del Sur. Igualmente, el 17 de junio de 1996, acusó de ser guerrilleros a los Jóvenes campesinos Armando Pérez Arévalo y Aníbal Botello, siendo luego detenidos, torturados y asesinados por varios miembros de la Brigada Móvil Nº 2 del ejército, en la Vereda Limoncito, zona rural de Aguachica (Cesar). No se tiene información de investigaciones adelantadas en su contra. LIZARAZO MUNOZ, SANTOS Itinerario El 15 de marzo de 1990 a las 5:00 p.m., el campesino Filemón Cala Reyes de 19 años fue retenido, torturado y asesinado por miembros del grupo paramilitar Los Masetos, entre ellos Lizarazo Muñoz, en hechos ocurridos en El Carmen del Chucurí (Santander). Santos Lizarazo no fue investigado penalmente por este hecho. LIZARAZO REYES, LORENZO Itinerario Paramilitar que el 21 de noviembre de 1989, participó en el asesinato del campesino Joaquín Mendoza en San Vicente de Chucurí (Santander). Igualmente hacia parte del grupo de “Masetos” que retuvieron, torturaron y asesinaron a Filemón Cala Reyes el 15 de marzo de 1990, en El Carmen de Chucurí (Santander). No se conoce de procesos judiciales corridos contra Lizarazo Reyes. LOPERA, JAVIER Itinerario Paramilitar que participó, el 20 de junio de 1991, en la desaparición del campesino miembro de la Asociación Nacional de Usuarios Campesinos (ANUC) Benedicto Cubides, y la detención y tortura de los campesinos Nelly Sánchez y Trino Camargo, conjuntamente con una patrulla del Batallón de Infantería No. 40 “Luciano D’ Elhuyar”, en hechos ocurridos en Simacota (Santander). No se tiene información de actuaciones judiciales llevadas al respecto. LOPEZ JORGE Itinerario Paramilitar perteneciente al grupo “Los Masetos”, que el 12 de septiembre de 1994, en conjunción con miembros del Batallón de Infantería No. 40 Luciano D’ Elhuyar, detuvo torturo y amenazó al campesino, Freddy Humberto Barbosa, en la vereda La Celoreña, Inspección Departamental La Putana del municipio Betulia (Santander). No se tiene información de actuaciones judiciales frente a este paramilitar. LUQUE, JAIRO BELTRÁN Itinerario Jairo Beltrán Luque fue alcalde de El Carmen de Chucurí (Santander). Desde su posición era uno de los promotores y facilitadores de la expansión del paramilitarismo en la región chucureña; llegó a ser también cómplice de crímenes cometidos por Los Masetos. Tenemos: Asesinato del campesino Pastor Pita, ocurrido en 1991 en El Carmen de Chucurí (Santander). Asesinato del campesino Jorge Eliécer Cala Reyes, muerto por paramilitares al mando de Helio Pacheco y miembros del ejército el 18 de marzo de 1992. Jorge Eliécer y había tenido un altercado con un compañero de trabajo que los acusó ante el Alcalde del municipio de El Carmen Jairo Beltrán. El alcalde los entregó al comandante de los paramilitares Helio Pacheco quien sancionó a Jorge Eliécer con seis meses de patrullaje. En cumplimiento de la sanción murió, Jorge Eliécer al pisar una mina antipersonal. En este hecho también murieron un teniente y un soldado del ejército. No se tiene información de investigaciones penales o disciplinarias adelantadas en su contra. MADARRIAGA, ABEL Alias: “EL LOCO AVE” Itinerario Paramilitar que según las investigaciones realizadas por la masacre del 15 de enero de 1995 en el Corregimiento de Puerto Patiño, Aguachica, pertenecía al grupo paramilitar de Juancho Prada y era contratado como sicario por la Fuerza de Tarea Nº 27 “Pantera” del ejército. Murió el 14 de enero de 1996. Por su participación en grupos paramilitares en el Sur del Cesar, no se tiene dato de investigación en su contra. MAHECHA, ALVARO Alias: “EL GATO” Itinerario “El Gato”, era uno de los principales miembros del grupo paramilitar “Los Masetos”; su radio de acción se cernía principalmente sobre la región del Bajo Simacota y los municipios del San Vicente y El Carmen de Chucurí (Santander). Constantemente andaba patrullando las zonas mencionadas en compañía de miembros del Batallón de Infantería No. 40 “Luciano D’ Elhuyar”. Estuvo involucrado en los siguientes crímenes: Torturas y amenazas proferidas el 14 de febrero de 1994, junto con otros miembros de “Los Masetos”, al campesino Pedro José Niño, en hechos ocurridos en la vereda Tierra Nueva en San Vicente de Chucurí (Santander). Asesinato de la campesina Francelina Beltrán Carvajal, realizado el 24 de marzo de 1994 en la vereda Rancho Chile, municipio de El Carmen de Chucurí (Santander). Torturas infligidas el 5 de noviembre de 1.995 a un campesino junto con militares del los batallones Luciano D’ Elhuyar y Héroes del Majagual, en hechos ocurridos en la vereda Danto Alto de Simacota (Santander).. Asesinato, el 19 de octubre de 1995, del campesino José Vicente Rueda, perpetrado con otros Masetos en una tienda de la vereda Danto Bajo, de Simacota. A pesar de la cantidad de crímenes a su cargo, no se tiene información de actuaciones o procesos judiciales iniciados contra él. MALAGON, ANTONIO Itinerario Paramilitar miembro del grupo “Los Masetos” . El 2 de febrero de 1993 hacia las 7:00 p.m., asesinó con otros paramilitares al vendedor de chance y lotería Luis Ángel Patiño, frente a la plaza de ferias de San Vicente de Chucurí (Santander). ANALISIS DE IMPUNIDAD Se adelanto la investigación penal contra desconocidos pero no se conoce su resultado. MANCUSO, SALVATORE Itinerario El 28 de marzo de 1997, los campesinos Cesar Julio Gutiérrez Vergara, de 24 años, Donaldo Antonio Ramírez Baraona, de 25 años, y Otro Joven, fueron asesinados, en el corregimiento Coco Tiquisio y los campesinos Robinsón Acevedo Chamorro, de 22 años, Dairo Jaramillo Acosta (O Zapata), de 19 años, y Wilson Simanca Acosta, de 34 años, y el comerciante Wilson García Carrascal, de 27 años, fueron asesinados en el corregimiento Puerto Coca de Tiquisio, por cerca de 200 hombres armados entre los que habían militares, paramilitares y ex guerrilleros. Salvatore Mancuso planeo el hecho y dio la orden a los paramilitares pertenecientes a las Autodefensas Campesinas de Córdoba y Urabá -ACCU- de participar en la acción armada en que resultaron muertas las víctimas, junto con los soldados del Batallón de Infantería Mecanizado No. 5 “Antonio Nariño”, y otros paramilitares. ANALISIS DE IMPUNIDAD El 28 de mayo de 1997, la Fiscalía Delegada ante el Juzgado Penal del Circuito de Magangué inició la investigación previa contra “desconocidos (AUC)”, bajo el radicado Nº 624. El 15 de agosto de 1997, la remitió por competencia a la Fiscalía Regional de Barranquilla, donde se le asignó el radicado Nº 8694. El 27 de mayo de 1998, el proceso fue remitido a la Unidad Nacional de Derechos Humanos. MARIN PEDRAZA, LIDER Itinerario Paramilitar que primeramente hizo parte del MAS de Puerto Boyacá y luego se incorporó a “Los Masetos” que actuaban en la región chucureña. El 17 de marzo de 1987, los campesinos Gonzalo Salazar, su esposa Otilia del Socorro Duque y su hija Diana Salazar Duque, de 4 años de edad; Luz Marina Mosquera; Luis Eduardo Gallego, trabajador de la empresa Pilsen; Porfidia Niño Restrepo; Rosa Pardo; José Blandón y una mujer de nombre Virgelina, fueron torturados y asesinados por paramilitares del MAS, en el sitio Bocas de la Corcovada, en la vereda La Corcovada de Cimitarra. (Santander). En los hechos participó, junto con otros paramilitares, Marín Pedraza. Un año después, junto con Marcos Pedraza y otros “Masetos”, el 31 de julio 1988 asesinó a los campesinos Cecilia Corzo Hernández de 47 años y su esposo Benjamín Hernández Cornejo de 65 años en El Carmen del Chucurí (Santander). Igualmente el 19 de julio de 1990, participó en el asesinato de la campesina Odilia Briceño fue asesinada por un el grupo paramilitar “Los Masetos”, ocurrido en El Carmen de Chucurí. Los paramilitares llegaron preguntando por el esposo de Odilia a quien acusaban de ser colaborador de la guerrilla; luego, Marín disparó contra ella en un campo de ahuyama. Casi un mes después, el 22 de agosto, los campesinos Israel Niño Tolosa, Alfonso Reyes Marín, Eusebio Mendoza, Luis Negrines Patiño, Eduardo Díaz León y una Mujer fueron asesinados por miembros del grupo paramilitar “Los Masetos” en El Carmen de Chucurí (Santander). Estos individuos eran comandados por Lider Marín y los hermanos Marcos y Herson Martínez Pedraza. Los paramilitares buscaban impedir que los campesinos salieran de la zona ya que conocían todo el montaje que ellos tenían con el ejército en la región. Por ninguno de estos hechos fue procesado Lider Marín Pedraza MARTINEZ FONSECA, PORFIRIO Itinerario Paramilitar integrante del grupo “Los Masetos”. Intervino directamente en la detención, tortura y asesinato del campesino Juan Bautista Verdugo Sandoval, en conjunción con miembros del Batallón de Ingenieros No. 5 “Caldas”. El crimen sucedió el 3 de abril de 1988 en la vereda Filo de Oro de El Carmen de Chucurí (Santander). Martínez Fonseca también fue responsable con otros paramilitares y miembros del ejército, de los asesinatos ocurridos el 7 de septiembre de 1988 del conductor Laureano Serrano García de 24 años y su hermano el empleado Luis Ricardo Serrano García de 21 años, en la Inspección Departamental de Yarima municipio de San Vicente del Chucurí (Santander). No se posee información de procesos llevados contra este paramilitar. MARTINEZ PEDRAZA, MARCOS Itinerario Paramilitar perteneciente a “Los Masetos” al igual que varios miembros de su familia. Participó en los siguientes hechos: Asesinato de los campesinos Cecilia Corzo Hernández, y el esposo de esta, Benjamín Hernández Cornejo, realizado el 31 de julio de 1988 en El Carmen del Chucurí (Santander). Asesinato, el 7 de septiembre de 1988, del conductor Laureano Serrano García de 24 años y su hermano el empleado Luis Ricardo Serrano García de 21 años, realizado conjuntamente con miembros del ejército en la Inspección Departamental de Yarima, municipio de San Vicente de Chucurí (Santander). Asesinato de la campesina Odilia Briceño, perpetrado con otro Maseto el 19 de julio de 1990 en El Carmen de Chucurí. Asesinato, el 22 de agosto de 1990, de los campesinos Israel Niño Tolosa, Alfonso Reyes Marín, Eusebio Mendoza, Luis Negrines Patiño, Eduardo Díaz León y una Mujer. Los hechos sucedieron en El Carmen de Chucurí. Martínez Pedraza comandaba a los paramilitares que ejecutaron el crimen. Este paramilitar no se relacionó a procesos judiciales por los hechos descritos. MARTINEZ ARGUELLO, JORGE ELI Alias: “VALDEMAR” Itinerario El 29 de mayo de 1988, los campesinos Arnulfo Ramírez Izaquita, Nelson Otero Martínez, Alfredo Ríos Barrios, Luis Enrique Sánchez Millán, Luis José Archila Plata, José Joaquín Zambrano Molina, Pablo Manuel Hernández Rodríguez, Esperanza Herrera Villa, José Natividad Velandia Prada, Raúl Antonio Gómez Chaparro, José Méndez, Wilson Botero y Clemente Quiroga fueron asesinados y aproximadamente 38 Campesinos más fueron asesinados y sus cuerpos desaparecidos y otros 50 heridos por 240 militares al mando del Teniente Coronel Rogelio Correa Campo adscritos al Batallón Luciano D’Elhuyar en la vereda Llana Caliente del municipio San Vicente de Chucurí (Santander). “Valdemar”, desertor de la guerrilla que se había convertido en paramilitar e informante del ejército, era escolta personal del Teniente Coronel Correa Campos. Su misión consistía en señalar a los supuestos infiltrados de la guerrilla en la marcha. Posteriormente murió en 1988 en una emboscada de las FARC. Nunca se le investigo por estos hechos. MARTINEZ PEDRAZA, GERSON Itinerario Paramilitar de “Los Masetos”, al igual que su hermano Marcos. Estuvo involucrado en los siguientes crímenes: Asesinato, el 7 de septiembre de 1988, del conductor Laureano Serrano García de 24 años y su hermano el empleado Luis Ricardo Serrano García de 21 años, realizado conjuntamente con miembros del ejército en la Inspección Departamental de Yarima, municipio de San Vicente de Chucurí (Santander). Asesinato de la campesina Odilia Briceño, perpetrado con otro Maseto el 19 de julio de 1990 en El Carmen de Chucurí. Asesinato, el 22 de agosto de 1990, de los campesinos Israel Niño Tolosa, Alfonso Reyes Marín, Eusebio Mendoza, Luis Negrines Patiño, Eduardo Díaz León y una Mujer. Los hechos sucedieron en El Carmen de Chucurí. Los paramilitares buscaban impedir que los campesinos salieran de la zona ya que conocían todo el montaje que ellos tenían con el ejército en la región. No se conoce de investigaciones judiciales llevadas contra este paramilitar. MORA, JOSE ANGEL Paramilitar que en el mes de abril de 1.982, participó en la detención y torturas ocasionadas al campesino Rito Mario Pinzón Rueda en la Inspección de Policía El Guamo, municipio de Simacota (Santander). Este paramilitar no fue investigado penalmente. MUÑOZ, JUVENAL Itinerario El 18 de octubre de 1.995 el campesino Jorge Gómez fue torturado durante varias horas por paramilitares, entre ellos Juvenal Muñoz, en compañía de miembros del Ejército pertenecientes al Batallón Luciano D’Elhuyar, en la Vereda Vizcaína, municipio de Simacota (Santander). No se conoce de actuaciones judiciales contra este paramilitar. MUÑOZ NEIRA, LUIS SILVERIO Alias: “TRAPICHERO” Itinerario El 29 de mayo de 1988, los campesinos Arnulfo Ramírez Izaquita, Nelson Otero Martínez, Alfredo Ríos Barrios, Luis Enrique Sánchez Millán, Luis José Archila Plata, José Joaquín Zambrano Molina, Pablo Manuel Hernández Rodríguez, Esperanza Herrera Villa, José Natividad Velandia Prada, Raúl Antonio Gómez Chaparro, José Méndez, Wilson Botero y Clemente Quiroga fueron asesinados y aproximadamente 38 Campesinos más fueron asesinados y sus cuerpos desaparecidos; y otros 50 heridos, por 240 militares al mando del Teniente Coronel Rogelio Correa Campos adscritos al Batallón Luciano D’ Elhuyar en la vereda Llana Caliente del municipio San Vicente de Chucurí (Santander). Muñoz Neira desertó de la guerrilla transformándose luego en paramilitar e informante del ejército; era escolta personal del Teniente Coronel Correa Campos. Su misión consistía en señalar a los supuestos infiltrados de la guerrilla en la marcha. Días después de la masacre, habitantes de la región afirmaron que “Trapichero” acompañaba las patrullas del ejército que comenzaron a amedrentarlos y a buscar a los campesinos que habían participado en las marchas. Un año mas tarde falleció Muñoz Neira. Nunca fue investigado este paramilitar por lo que sucedió en Llana Caliente. NARANJO, NEDER Itinerario Paramilitar que el 26 de diciembre de 1997, torturó y asesinó junto con sus hermanos al conductor José Daniel Beltrán Viloria, en complicidad con miembros de la fuerza pública, en la quebrada “Santo Domingo” del corregimiento Carmen de Cucú, en San Pablo (Bolívar). Por su participación en el asesinato de José Daniel Beltrán Viloria, no se tiene dato de investigación en su contra. NARANJO, UBER Itinerario El 26 de diciembre de 1997, el conductor José Daniel Beltrán Viloria fue torturado y asesinado por paramilitares, en complicidad con miembros de la fuerza pública, en la quebrada “Santo Domingo” del corregimiento Carmen de Cucú, en San Pablo (Bolívar). En el hecho participó Uber Naranjo. Por su participación en el asesinato de José Daniel Beltrán Viloria, no se tiene dato de investigación en su contra. NN, NN Alias: “COMANDANTE CERVEZA” Itinerario Este paramilitar con la connivencia de la fuerza pública y otros funcionarios del Estado, ha liderado junto con alias Angola y alias Neún o Sagún también paramilitares, varias incursiones a la zona rural de Morales (Bolívar), concretamente al Corregimiento de Mico Ahumado. El 28 de julio de 2000, el joven campesino Deiner Pérez, poblador del corregimiento Mico Ahumado de Morales, fue torturado y asesinado, en la vereda Moralito de Morales, por paramilitares al mando del “Comandante Cerveza”, que contaron con la complicidad de miembros de la Policía y el personero municipal de esta localidad. Paramilitares bajo el mando de este sujeto, dos meses después, el 2 de septiembre, desaparecieron al comerciante Ronaldo Flórez León, de 30 años, quien trabajaba como distribuidor de cerveza, en Morales. No se tiene información de investigaciones llevadas contra este paramilitar. NN, NN Alias: “COMANDANTE NELSON” Itinerario El 25 de abril de 1997, el campesino Juan Camacho Herrera, socio de la Asociación Agrominera del Sur de Bolívar -ASOAGROMISBOL-, el seminarista Cristian Sánchez, el trabajador del juzgado Edinson Zequea, el profesor Neftalí Vélez, el rector del Colegio Departamental de Rioviejo Rubén Darío Mendoza, Saturnina Morato, alguien llamado Lorenzo y otras veinticuatro personas, fueron víctimas de la acción criminal de paramilitares que se identificaron como “Autodefensas Campesinas del Cesar” o como “Autodefensas de la Hacienda Bellacruz”, quienes incursionaron en el casco urbano de Río Viejo (Bolívar), donde torturaron y asesinaron a Juan Camacho y torturaron a los otros campesinos. El “Comandante Nelson” les ordenó a los otros paramilitares decapitar a una de las víctimas, a quien degolló, cogió la cabeza por el pelo y obligó a las personas que estaban tendidas en el piso a que levantaran la cara para que vieran como iban a quedar todos esa noche. Por su participación la tortura, asesinato y decapitación Juan Camacho Herrera y las torturas realizadas a 30 personas más, no se tiene dato de investigación en su contra. NN, NN Alias: “DANILO” Itinerario El 28 de septiembre de 1991, el campesino Armando Cárdenas de 51 años fue detenido y desaparecido por un grupo de militares y paramilitares, en la vereda Danto Alto en Simacota (Santander). Entre los paramilitares iba este sujeto que participó en el crimen; hacía parte de los paramilitares que tenían como centro de operaciones la Inspección de San Juan Bosco de la Verde en el municipio Santa Helena del Opón (Santander). No se conocen de investigaciones penales llevadas por este hecho. NN, NN Alias: “DAVID” El 19 de julio de 1999 aproximadamente a las 10:00 a.m., la ama de casa Flor María Alzate de 24 años, y una mujer llamada Sandra (“Rosmari”), de 19 años, fueron desaparecidas por paramilitares, luego de que fueron bajadas de un camión en el que viajaban a San Pablo, a la altura de la finca Guarigua, en el sitio conocido como “Loma Fresca” ubicado a 6 kilómetros de la cabecera de dicho municipio. En el retén montado por los paramilitares estaba un ex guerrillero conocido como “David”, quienes obligaron a bajarse a la gente que se transportaba en un camión, les pidieron documentos de identidad que confrontaron con una lista y llamaron aparte de las dos mujeres, dijeron a los demás pasajeros que “más adelante se las mandaban” y desde entonces se desconoce su paradero. No se tiene información de procesos judiciales llevados al respecto. NN, NN Alias: “EL CABEZON” Itinerario El 28 de septiembre de 1991, el campesino Armando Cárdenas de 51 años fue detenido y desaparecido por un grupo de militares y paramilitares, en la vereda Danto Alto en Simacota (Santander). Entre los paramilitares iba este sujeto que participó en el crimen; hacía parte de los paramilitares que tenían como centro de operaciones la Inspección de San Juan Bosco de la Verde en el municipio Santa Helena del Opón (Santander). No se conocen investigaciones penales llevadas por estos hechos. NN, NN Alias: “FELIPE GUARAPO” Itinerario Paramilitar del sur del Cesar y amnistiado del Ejército Popular de Liberación EPL. Participó de las torturas y heridas infligidas el 4 de octubre de 1994 al campesino Roque Julio Cabanzo, en zona rural de San Martín. NN, NN Alias: “JIMMY” Itinerario En 1991 se retiró del ELN y empezó a trabajar como informante del Batallón García Rovira. El 25 de mayo de 1992, los guerrilleros del Frente Efraín Pabón Pabón del ELN, Mario Ramírez Ortiz, conocido como Darío, y una mujer, fueron asesinados por miembros del Batallón García Rovira en la Inspección de Policía Departamental de El Mortiño, municipio de Cerrito (Santander). “Jimmy” era el guía de los militares y además disparó contra las víctimas. El 9 de junio de 1992 hacia las 2:00 p.m., el Inspector de Policía de Tabeta, Rafael Basto Olivares de 57 años fue asesinado y el Secretario de la Inspección de Policía de Tabeta José Delfín Torres Castro de 32 años, fue torturado y asesinado por miembros del Batallón García Rovira en colaboración con el ex-guerrillero e informante del ejército Jimmy en la vereda Carabobo de la Inspección de Policía Departamental de Tabeta, jurisdicción del municipio de Cerrito (Santander). El 19 de julio de 1992 Jimmy fue asesinado por miembros del ELN en Málaga. No se registran investigaciones penales sobre este sujeto. NN, NN Alias: “JOHN” Itinerario El 6 de octubre de 1995, el campesino Víctor Julio Gómez fue asesinado por un grupo paramilitar comandado por alias John, que actúa bajo custodia del Batallón Luciano D’ Elhuyar en la vereda Las Marías, San Vicente de Chucurí (Santander). No se tiene información de investigaciones al respecto NN, NN Alias: “MANO ‘E RINCHE” Itinerario Desertor de las FARC. Su centro de acción era la provincia de Ocaña y la región del Catatumbo en Norte de Santander. Entre el 3 y el 4 de octubre de 1993, los campesinos Jesús Ariza, Edilia Ortega y Álvaro Blanco, fueron detenidos, torturados y asesinados por militares de la Brigada Móvil Nº 2, en la vereda Puerto Barranca de la Inspección de Policía Departamental La Gabarra, en Tibú (Norte de Santander). Al momento de su detención, las víctimas iban acompañadas por dos niños y una niña; después, uno de los niños estaba siendo buscado por el paramilitar conocido como “Mano ‘e Rinche”, para “quitarlo del mapa”. Entre el 9 y el 11 de noviembre de 1993, el campesino con problemas mentales, Hugo Sánchez, fue detenido, torturado y asesinado en una acción conjunta entre paramilitares y miembros del Batallón de Contraguerrillas Nº 16 “Caribes”, adscrito a la Brigada Móvil Nº 2, en La Playa. Luego de asesinarlo lo llevaron a Tibú y lo vistieron con prendas militares para presentarlo como “guerrillero dado de baja en combate” el 11 de noviembre. Uno de los paramilitares que participó en el crimen fue el conocido con el alias “Mano ‘e Rinche”. Por su posible participación o por el posible encubrimiento de las torturas y asesinato de los campesinos Jesús Ariza, Edilia Ortega y Álvaro Blanco, no se tiene dato de investigación en su contra, al igual que por el crimen del campesino Hugo Sánchez. NN, NN Alias: “PEDRO” Itinerario Jefe Paramilitar. Participó del asesinato de un poblador de San Martín en una tienda ubicada cerca de la salida de este municipio hacia Aguachica en mayo de 1995, por orden del ganadero Vicente Zabala. No se tiene información de investigaciones al respecto NN, NN Alias: “POPEYE” Itinerario Jefe paramilitar responsable de la desaparición y asesinato el 4 de agosto de 1998, del campesino Edison Antonio Godoy Molina, en un retén montado por paramilitares en el sitio La Segunda, ubicado en el corregimiento Las Brisas de Simití (Bolívar). No se tiene información de investigaciones al respecto NN, NN Alias: “RICARDO” Itinerario Participó en el asesinato de un poblador de San Martín (Cesar) en mayo de 1995, crimen ocurrido cerca a una tienda ubicada a la salida de este municipio hacia Aguachica. Era primo del ganadero Vicente Zabala. No se tiene información de investigaciones al respecto NN, NN Alias: ROQUE Itinerario Paramilitar que estuvo al mando de 6 paramilitares que el 11 de mayo de 1995 retuvieron al campesino Jairo Garavito Tirado, los padres de este, Ana Rosa Tirado y un niño campesino en la vereda Montebello, municipio Betulia (Santander). Este sujeto no fue investigado por estos hechos. NN, NN Alias: TAYSON Itinerario Paramilitar que estuvo al mando de 6 paramilitares que el 11 de mayo de 1995 retuvieron al campesino Jairo Garavito Tirado, los padres de este, Ana Rosa Tirado y un niño campesino en la vereda Montebello, municipio Betulia (Santander),. Además señalo a la primera de las víctimas como “colaborador de la guerrilla”; al parecer era desertor de un grupo subversivo. No se conoce de investigaciones desarrolladas frente a este sujeto. OLIVO, AMARANTO Itinerario Paramilitar que el 26 de diciembre de 1997, participó de la tortura y asesinato del conductor José Daniel Beltrán Viloria, en complicidad con miembros de la fuerza pública, en hechos ocurridos en la quebrada “Santo Domingo” del corregimiento Carmen de Cucú, en San Pablo (Bolívar). Por su participación en el asesinato de José Daniel Beltrán Viloria, no se tiene dato de investigación en su contra. OLIVO, JULIO Itinerario Paramilitar que junto a su hermano Amaranto, y los hermanos Ubre y Neder Naranjo, el 26 de diciembre de 1997, torturaron y asesinaron el conductor José Daniel Beltrán Viloria, en complicidad con miembros de la fuerza pública, en la quebrada “Santo Domingo” del corregimiento Carmen de Cucú, en San Pablo (Bolívar). Por su participación en el asesinato de José Daniel Beltrán Viloria, no se tiene dato de investigación en su contra. ORTEGA, GABRIEL Itinerario Paramilitar perteneciente a Los Masetos. El 17 de mayo de 1993, participó en la desaparición y asesinato del líder campesino Ramiro Pinto Ladino en San Vicente de Chucurí (Santander). Se corrió la investigación penal pero no se conoce su resultado. ORTEGA PARADA, GONZALO Itinerario Gonzalo Ortega Parada prestó su servicio militar en el Batallón de Infantería No. 13 “García Rovira”, desempeñándose inicialmente en la Compañía de Contraguerrilla “Águila”, de la cual salió para ingresar al Departamento de Policía Militar como estafeta del Coronel Luis Carlos Parrado Gutiérrez, y fue ascendido a Dragoneante. Se desmovilizó en 1983. Tres años mas tarde, en 1986, el Subcomandante del B-2 de la V Brigada, Mayor Luis Arsenio Bohórquez Montoya, lo vinculó al Batallón Ricaurte como “guía”, siendo además miembro del grupo paramilitar “Los Grillos”; también este Oficial lo contactó con el Teniente Coronel Luis Bernardo Urbina Sánchez, para la época Jefe del B-2 de la V Brigada, quien le ordenaba directamente tomar parte en una serie de asesinatos de personas cuyos nombres en su mayoría nunca supo. El 15 de abril de 1987, el joven obrero de construcción y miembro de un grupo cristiano, Mario Alexander Granados Plazas, fue torturado y asesinado, en Piedecuesta (Santander) por Gonzalo Ortega Parada, el cual recibió la orden del Teniente Coronel Luis Bernardo Urbina Sánchez. A mediados de 1987 fue contratado por el Capitán Luis Orlando Ardila Orjuela para que le hiciera seguimiento a tres militantes de la Unión Patriótica del municipio de Lebrija y al Alcalde de Sabana de Torres, por lo que conoció del plan que existía para asesinarlo. No participó del operativo en que asesinaron a Álvaro Garcés Parra, el 16 de agosto de 1987, y días antes trató de advertir a algunas personas cercanas al alcalde de la existencia de dicho plan. Fue amenazado por el Capitán Luis Orlando Ardila y el mayor Oscar de Jesús Echandía Sánchez, llevado a la fuerza al Batallón Ricaurte, al parecer para ser asesinado o desaparecido, pero logró escapar salvando su vida. Aunque había buscado protección en la Procuraduría General de la Nación, donde declaró sobre los hechos en que había participado y de los que tenía conocimiento, a finales de 1987 fue torturado y asesinado en Saravena (Arauca) por orden del Teniente Coronel José Vicente Pérez Berrocal, Comandante del Batallón Ricaurte y presentado como guerrillero del ELN, según declaración del oficial Oscar de Jesús Echandía Sánchez. No se conoce de investigaciones llevadas en su contra por las acciones en que directamente estuvo involucrado. OSORIO, REINALDO Itinerario Paramilitar que participó junto con miembros de la policía y del ejército, en la detención, desaparición, tortura y asesinato de los paramilitares Diego Luis Cataño Hernández, Diego Alexander López Salazar, de 17 años, conocido como “Rastrillo”, Milton Martínez Plata y José Alirio Ulloa Triana, conocido como “Carlos Villa”, miembros de apoyo de la Red de Inteligencia No 7 de la Armada con sede en Barrancabermeja (responsable de por lo menos 70 crímenes en el Magdalena Medio). Los hechos ocurrieron entre el 1 y el 25 de agosto de 1992 en Puerto Parra (Santander). A pesar de encontrarse presente en el momento de traslado de los detenidos del retén hacia la casa de la señora Giraldo, y posiblemente haber facilitado la ejecución de los crímenes contra las víctimas, no existe investigación penal en su contra. PACHECO, ANATOLIO Itinerario El 6 de noviembre de 1988, los campesinos Luis Francisco Sánchez y Luis Antonio Amado Sánchez fueron asesinados por paramilitares del grupo “Los Masetos” en la vereda La Pitala del El Carmen de Chucurí (Santander). Entre los responsables estaba Anatolio Pacheco, hermano del comandante de la banda paramilitar, Helio Pacheco. No se tiene conocimiento de actuaciones penales llevadas a este paramilitar. PACHECO, FRANCISCO Itinerario Paramilitar perteneciente a “Los Masetos”, y hermano de Helio Pacheco, jefe del grupo. El 6 de noviembre de 1988, se encontraba entre los paramilitares que asesinaron a los campesinos Luis Francisco Sánchez y Luis Antonio Amado Sánchez en la vereda La Pitala, en El Carmen de Chucurí (Santander). No se conoce que Francisco Pacheco haya sido investigado penalmente al respecto. PACHECO, HELIO Alias: “COMANDANTE RAYO” Itinerario Helio Pacheco, conocido comúnmente como “Comandante Rayo”, era uno de los jefes del grupo paramilitar Los Masetos que actuó en la región chucureña, principalmente en El Carmen de Chucurí (Santander). Varios miembros de su familia hacían parte de la estructura. Estuvo involucrado en los siguientes hechos. Asesinato, el 6 de noviembre de 1988, de los campesinos Luis Francisco Sánchez y Luis Antonio Amado Sánchez, en compañía de dos hermanos suyos en hechos sucedidos en la vereda La Pitala de El Carmen de Chucurí (Santander). Asesinato, el 6 de mayo de 1991, del guerrillero Humberto Higuera Ávila, ocurrido en la vereda La Bodega, municipio El Carmen de Chucurí. Pacheco le dio muerte a la víctima a pesar de que manifestó que se rendía, a lo cual respondió, Pacheco le respondió que “no le perdonaba la vida a ningún guerrillero”. Ese día comandaba una tropa junto con el Capitán Gilberto Ibarra Mendoza de militares y paramilitares. Retención y asesinato del campesino Gilberto Barbosa Castillo, sucedido el 12 de enero de 1992 en la finca Las delicias, vereda El Centenario de El Carmen de Chucurí (Santander). Asesinato, el 18 de marzo de 1992, del campesino Jorge Eliécer Cala Reyes, con complicidad de miembros del ejército y del Alcalde Jairo Beltrán Luque, en El Carmen de Chucurí (Santander). Jorge Eliécer había tenido un altercado con un compañero de trabajo que los acusó ante el alcalde del municipio de El Carmen Jairo Beltrán. El alcalde los entregó al comandante de los paramilitares Helio Pacheco quien sancionó a Jorge Eliécer con seis meses de patrullaje. En cumplimiento de la sanción murió Jorge Eliécer al pisar una mina antipersonal. Tortura y asesinato, el 17 de septiembre de 1995, de los jóvenes Luis Alfredo Quintero y Fernando Velásquez en un tramo de la carretera Panamericana, Inspección Departamental Yarima, municipio San Vicente de Chucurí (Santander). Pacheco iba al mando de los Masetos que ejecutaron el crimen. A pesar de la cantidad de crímenes y delitos en los que era responsable este paramilitar, nunca se le relacionó a algún proceso penal por sus acciones. PARRA CAÑAS, JOSE ALBERTO Alias: “EL CANOSO” Itinerario José Alberto Parra Cañas, conocido como “El Canoso”, era uno de los mas distinguidos promotores y partícipes del paramilitarismo en la región chucureña, con la connivencia de las tropas militares acantonadas en la región, o las que desarrollaban operativos en ella. Varios crímenes y hostigamientos contra los campesinos de la zona tiene en su haber. “El Canoso” hizo parte del IV Frente de las FARC. Posteriormente pasó a conformar los grupos paramilitares que venían operando en El Carmen y San Vicente hasta convertirse en uno de sus principales jefes y baluartes; fue además informante del ejército, exactamente del Batallón de Infantería “Luciano D’ Elhuyar”. Inclusive estuvo como escolta del Teniente Coronel Correa Campos en los sucesos de la masacre del 25 de mayo de 1988 en Llana Caliente, San Vicente del Chucurí. El 12 de diciembre de 1989, el campesino Luis Alberto Suárez Villabona de 26 años fue asesinado, Maximiliano y dos Personas más fueron detenidas durante un operativo conjunto entre miembros del Batallón Antiaéreo Nueva Granada y paramilitares hecho en la tienda La Ye, ubicada en la vereda Río Fuego municipio El Carmen de Chucurí (Santander). “El Canoso” comandaba el grupo paramilitar. El 5 de abril de 1990, el campesino Gumersindo Fontecha Zea de 21 años fue detenido, torturado y asesinado por una patrulla paramilitar integrada por 11 hombres al mando de Isidro Carreño y José Alberto Parra y efectivos del ejército en la vereda Rancho Grande municipio El Carmen de Chucurí. El 12 de enero de 1992, el campesino Gilberto Barbosa Castillo de 17 años y su hermano Luis Ambrosio Barbosa Castillo de 21 años fueron retenidos y asesinados por paramilitares en la finca Las delicias, vereda El Centenario municipio El Carmen de Chucurí (Santander). Las víctimas habían sido sacados de su casa el 28 de diciembre de 1991 por el paramilitar “El Canoso” Parra para llevarlos a El Carmen porque, según les dijeron, “debían ir a prestar seguridad”. Ambrosio y Gilberto había pedido permiso para ir a visitar a su familia, pero como no volvieron a presentarse donde los paramilitares, ellos fueron a buscarlos y los encontraron en la vereda. Allí los subieron a un carro y posteriormente los asesinaron. José Alberto Parra nunca fue investigado ni involucrado a proceso penal alguno por los crímenes y las acciones que cometió. PRADA, JUAN Alias: “JUANCHO” Itinerario El 15 de enero de 1995, los pescadores Fernando López Osorio, Jesús Ropero, John Hoymar Beltrán Galván, Libardo Montalvo Pérez, Miguel Ángel Cáceres Padilla, Lorenzo Pedrozo Padilla, Geovanny Guzmán Pérez y León Saldaña, fueron asesinados y José Trinidad Galván Urquijo fue desaparecido, en el corregimiento de Puerto Patiño del municipio de Aguachica (Cesar), por un grupo de paramilitares que contaron con el apoyo de miembros del Ejército y que se autodenominaron los “Caratapadas”. Juancho Prada financió, conformó y comandó el grupo paramilitar que actuaba en Montecito, Agua Blanca, Puerto Oculto, San Martín, Los Ángeles, Morrison, El Barro y San José (departamento del Cesar), el cual ubica sus bases en la finca “El Tesoro” y en la finca de los Angarita. Por la conformación y financiación de grupos paramilitares en el Sur del Cesar, entre ellos el que cometió la masacre de Puerto Patiño, no se tiene dato de investigación en su contra. QUINCENO BOLIVAR, OSCAR Itinerario Miembro de la Mano Negra que participó en el asesinato del reciclador Gustavo Wilson González el 13 de octubre de 1997 en Bucaramanga. ANALISIS DE IMPUNIDAD Por su participación en estos hechos la Fiscalía Séptima de Vida de Bucaramanga inició la investigación bajo el radicado No 3313, archivando las diligencias el 31 de mayo de 2001 mediante resolución de preclusión. REYES, LUIS ALBERTO Alias: “CHICHE” Itinerario Informante de grupos paramilitares en el Sur del Cesar. Tuvo relación directa en la masacre del Corregimiento de Puerto Patiño, jurisdicción de Aguachica (Cesar), ocurrida el 15 de enero de 1995. “Chiche” fue reseñado ante el ejército, por los familiares de las personas masacradas, de tener vínculos con los paramilitares autores del crimen y de ser el informante que señaló a las víctimas como colaboradores de la guerrilla. Desde los días siguientes a la masacre de Puerto Patiño, cuando fue dejado en libertad por los militares asignados para la investigación de los hechos, la población no volvió a saber de su paradero. Por su participación en la masacre de Puerto Patiño, no se tiene dato de investigación en su contra. RUBIANO, MEDARDO Itinerario Paramilitar del MAS que el 16 de diciembre de 1983, intervino directamente en la detención y desaparición del joven Jesús Henao, junto con miembros del ejército en Barrancabermeja (Santander). No se tiene dato de investigaciones adelantadas contra este paramilitar. SANCHEZ, FLORINDO Itinerario Paramilitar perteneciente al grupo Los Masetos. El 6 de noviembre de 1988, estuvo materialmente involucrado en el asesinato de los campesinos Luis Francisco Sánchez y Luis Antonio Amado Sánchez ocurrido en la vereda La Pitala de El Carmen de Chucurí (Santander). Este paramilitar nunca fue vinculado penalmente por el crimen. TORRADO ARO, GIOVANNY Alias: “YIM”, “YIMMY”, “ANDRES” Itinerario Desertor de la guerrilla convertido en informante del ejército, quien en ocasiones operaba armado y uniformado, y en otras encapuchado. Un testigo de los crímenes cometidos por él relató: “…lo conozco porque hay una denuncia en el municipio de Hacarí donde… este señor llegó con el ejército también encapuchado y el señor personero de Hacarí le hizo quitar la capucha y mucha gente lo reconoció como Yimy, ex miembro del Ejército Popular de Liberación que cuando desertó se robó una motocicleta de la UMATA, también está esa denuncia concreta…” El 1 de diciembre de 1995, Torrado Aro asesinó a Luis Alfonso Pérez Rojas en la vereda Puente Azul de la Inspección de Policía Departamental San Pablo, en Teorama (Norte de Santander). Dos años después, en 1997, participaría en el asesinato del campesino Arturo Amaya junto con miembros del ejército, en la misma población nortesantandereana. Para finales de ese año, diciembre de 1997, este paramilitar también estuvo involucrado en la detención y torturas infligidas al campesino Abel Antonio Bayona, junto con miembros del ejército en hechos ocurridos en Teorama (Norte de Santander). Posteriormente fue encarcelado varios años por haberle dado alojamiento en una oportunidad a éste último, cuando era guerrillero del Ejército Popular de Liberación -EPL-. Un poblador de la zona relata de él que: “… no se ha precisado aún el nombre real pero es conocido como Giovanni Torrado Aro, natural de San Pablo… por aquí se conoció como Yim o Yimy. Esta persona ha llamado a la administración municipal de San Calixto a manifestar que va haber una incursión paramilitar y que él es un paramilitar. Dio el número de su celular y del número de su cuenta de ahorros para exigirle a la administración municipal el pago de una suma de 10 millones de pesos, porque si no pues ocurriría la masacre. Eso fue en el año 1998”. Por su participación en los crímenes comentados, no se siguieron investigaciones en su contra. VARGAS, ARCADIO Itinerario Paramilitar miembro de Los Masetos. Por ordenes de uno de los lideres de la organización, Gilberto Ávila, alias “Sergio, el 4 de junio de 1992, asesinó al campesino Ignacio Ortiz Castillo, porque este se negó a patrullar con ellos. Los hechos ocurrieron en la vereda Filo de Oro en El Carmen de Chucurí (Santander). Arcadio Vargas nunca fue relacionado a actuaciones penales por este crimen. SIERRA MARTINEZ, NORBERTO Itinerario Paramilitar perteneciente al grupo Los Masetos. El 28 de noviembre de 1988, participó junto al Teniente Luis Enrique Andrade Ortiz, y con el paramilitar Julián Jaimes Sánchez Martínez alias “Chupalillo”, en el asesinato del líder campesino José Sánchez, ocurrido en la vereda La Militosa, Inspección de Policía de Campo Capote, jurisdicción de Puerto Parra (Santander). No se conoce de investigaciones llevadas en su contra. VARGAS, SALVADOR Itinerario Integrante del grupo paramilitar “Los Masetos”. El 6 de noviembre de 1988, participó en el asesinato de los campesinos Luis Francisco Sánchez y Luis Antonio Amado Sánchez, ocurrido en la vereda La Pitala de El Carmen de Chucurí (Santander). No fue vinculado penalmente por este hecho. ZABALA, VICENTE Itinerario Ganadero. En una finca de su propiedad, ubicada en el sitio Campo Alegre de Sabana de Torres (Santander) funcionaba una base de un grupo paramilitar comandado por un hombre conocido como “Pedro”. Autor intelectual del asesinato de un poblador de San Martín (Cesar) en la salida de este municipio hacia Aguachica en mayo de 1995; además la motocicleta desde la cual se disparo a la víctima fue llevada a la finca de Zabala.
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