La reparación es una dimensión intrínseca de la justicia y trata de volver a equilibrar la balanza de la realidad, que había quedado ventajosamente inclinada en favor del victimario, reconstruyendo en lo posible, o recompensando en su peso, lo que el victimario destruyó, y asegurando que su poder destructor no vuelva a imponerse.

En Colombia, los espacios legales de la reparación se han reducido a la indemnización monetaria, pero aun ésta es privilegio de muy escaso número de víctimas, pues las prescripción en dos años de este mecanismo, por la vía contencioso administrativa, protege al Estado de tener que indemnizar a la inmensa mayoría de sus víctimas, sobre todo a las de sectores económicamente débiles, que no tienen posibilidad de costear o gestionar el complicado proceso ante los tribunales.

Los trabajos de la ONU en los últimos años han desarrollado el derecho a la reparación en más justas dimensiones y alcances. El documento de Principios y Directrices Básicos para la Reparación (E/CN.4/1997/104) aprobado por la Subcomisión en 1997, define la obligación de los Estados de adoptar medidas para una REPARACION RAPIDA Y PLENAMENTE EFICAZ, así : 

La reparación deberá lograr soluciones de justicia, eliminando o reparando las consecuencias del perjuicio padecido, así como evitando que se cometan nuevas violaciones, a través de la prevención y la disuasión. La reparación deberá ser proporcionada a la gravedad de las violaciones y del perjuicio sufrido y comprenderá la restitución, compensación, rehabilitación, satisfacción y garantías de no repetición. (…) La prescripción no será aplicable durante los períodos en los cuales no funcionen recursos eficaces ante violaciones de derechos humanos o del derecho internacional humanitario” (No. 7 y 9)

Vale la pena destacar algunas de estas dimensiones:

  • La RESTITUCION implica restablecer la situación existente antes de los crímenes: de libertad, de vida familiar, del empleo perdido, el retorno del exilio o del desplazamiento, etc.
  • La COMPENSACION implica donación de bienes que compensen daños irreparables, físicos o psíquicos, como oportunidades perdidas de educación, de empleo, de ingresos o lucro cesante; la reputación o la dignidad; los gastos efectuados por servicios jurídicos o médicos, etc.
  • La REHABILITACION implica atención médica y psicológica, así como servicios jurídicos y sociales, según el perjuicio sufrido.
  • La GARANTIA DE NO REPETICION implica la cesación de las violaciones existentes; la disolución de los grupos paraestatales; la depuración de los organismos de seguridad; la transmisión de lo sucedido en los manuales de historia; asegurar la sanción a los victimarios; otorgar garantías para el ejercicio de los derechos y crear órganos de control efectivos para los agentes del Estado.
  • La SATISFACCION implica proclamar la verdad de lo ocurrido; recibir disculpas del Estado; homenajes a las víctimas para restablecer su dignidad, en conmemoraciones y monumentos, etc.

Pero hay dimensiones de la destrucción lograda por los crímenes de lesa humanidad que todavía parecen invisibles, incluso a los organismos internacionales, y que afectan, tanto la vida individual como la colectiva, incidiendo profundamente en el orden socio político.

En efecto, estos crímenes logran traumatizar, en niveles que en gran medida permanecen inconscientes, la libertad de conciencia y de expresión, en las que se asientan las opciones éticas, ideológicas y políticas que modelan la sociedad. Por esta vía, la conciencia moral ha sido profundamente destruida, cuando las opciones que conectan los principios morales más fundamentales con el quehacer social y político tienen que ponerse en dilema con el instinto de conservación.

El terrorismo de Estado logra también traumatizar y destruir la confianza y las relaciones sociales de las comunidades, y por esta vía logra manipular su conducción política.

El campo de relaciones entre los ciudadanos y el Estado se ve también profundamente traumatizado por estos crímenes. Hay destrozos demasiado profundos en la capacidad de reclamo y de protesta y en la confianza en la justicia, que forman parte de los niveles más básicos de los derechos civiles y políticos y del sentido elemental de libertad, de democracia y de seguridad colectiva.

Reparar la conciencia moral y la capacidad de ejercitar sin traumatismos los derechos básicos de ciudadanía, y reconstruir unas relaciones ciudadanos/Estado mínimamente sanas, es una empresa ardua y prolongada, que exige una refinada pedagogía que todavía no se vislumbra.

Todavía no existe norma alguna para reparar a las organizaciones o partidos que fueron exterminadas o inmovilizadas por el terror. Se impone exigir reparaciones políticas que restablezcan y recompensen el poder democrático que habían conquistado o estaban conquistando y que fue traumatizado o aniquilado por el terror. Eludir este tipo de reparaciones es aceptar que el poder político siga siendo progresivamente un botín de quienes logren asesinar o desaparecer a sus contrarios, como de hecho, lo es actualmente.

Somos conscientes de que el campo de la reparación es un campo enorme. Es el Estado el responsable de sentar las bases y de proporcionar todos los medios, legales y económicos, para que pueda darse, pero es un desafío para todos el buscar derroteros de reconstrucción de lo que ha sido destruido. Y el primer paso, elemental y urgente, es el de esforzarnos por identificar ruinas y destrozos que muchas veces pasan desapercibidos, como efecto de la misma destrucción que todos padecemos.